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- rdf:value = " 12.- PRORROGA DE LA LEY N° 16.045, QUE OTORGO BENEFICIOS A FUNCIONARIOS DE LOS INSTITUTOS DE PREVISION.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse del Mensaje que consulta diversas medidas en favor de los empleados de las instituciones de previsión.
Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Legislación Social es el Honorable señor Cardemil.
El proyecto, impreso en el boletín N° 10.484, dice:
"Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1966 la autorización para el pago de horas extraordinarias, a que se refiere el artículo 3° de la ley N° 16.045, de 22 de diciembre de 1964.
En virtud de esta autorización y previo informe favorable de la Superintendencia de Seguridad Social, las instituciones da previsión podrán también realizar trabajes en horas extraordinarias que no estén directamente relacionados con la concesión de beneficios.
Artículo 2°.- Sustituyese en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 16.045, de 22 de diciembre de 1964, la frase "doce mensualidades" por la siguiente: "veinticuatro mensualidades iguales".
Artículo 3°.- Agrégase al artículo 49 de la ley N° 16.250, de 21 de abril de 1965, el siguiente inciso:
"El personal que se acoja a lo dispuesto en el presente artículo y que se encuentre en goce de una remuneración superior a la que le corresponda en el nuevo cargo, tendrá derecho a percibir la diferencia por planilla suplementaria, a contar desde la fecha de su nombramiento."."
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En discusión el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor CARDEMIL.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GALLEGUILLOS.-
Esta es una manera de impedir la prórroga de los efectos de la ley sobre inamovilidad de los obreros...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Qué dice Su Señoría?
El señor GALLEGUILLOS.-
¿Me concede la palabra, por un minutos, señor Presidente?
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Está con la palabra el Honorable señor Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, la Comisión de Trabajo y Legislación Social dio su aprobación al proyecto de ley que paso a informar, pues, consideró que sus disposiciones benefician a los personales de los institutos de previsión y tienden a reparar una situación difícil que se presentaría a estos funcionarios de no prorrogarse la vigencia de algunos preceptos de la ley N° 16.045, de 22 de diciembre de 1964, que permitió pagar el trabajo en horas extraordinarias, debido al fuerte incremento en las labores que deben realizar las instituciones de previsión.
Así es como el artículo 1° prorroga hasta el 31 de diciembre de 1966 la autorización para el pago de horas extraordinarias que estableció el artículo 3° de la ley N° 16.045. De no prosperar la iniciativa del Ejecutivo, los personales de los institutos de previsión sólo gozarán del beneficio del pago de horas extraordinarias hasta el 12 de diciembre del año en curso, por disponerlo así expresamente el artículo 3° de la ley N° 16.045, perdiendo los trabajadores semifiscales este ingreso adicional de sus entradas mensuales.
El artículo 2° del proyecto de ley que nos preocupa amplía el plazo de servicio del préstamo que fuera concedido a los personales de las cajas de previsión y del Instituto de Seguros del Estado en virtud del artículo 1° de la ley N° 16.045, de doce a veinticuatro mensualidades, permitiendo así un menor descuento en sus remuneraciones mensuales.
En el artículo 3° se repara una injusticia que lesiona al personal de servicios menores, el cual tiene preferencia para llenar las vacantes que se produzcan en las plantas administrativas de las respectivas instituciones de previsión. Al ser encasillados estos funcionarios en grados superiores y encontrarse en goce de una remuneración superior a las que les corresponda en el nuevo cargo, tendrán derecho a percibir la diferencia por planilla suplementaria.
Esta situación se subsana agregando un nuevo inciso al artículo 49 de la ley N° 16.250, para reparar una omisión que perjudica abiertamente a estos personales semifiscales.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, lo manifestado por el Honorable señor Cardemil, en realidad, es suficientemente comprensivo de las razones que ha tenido en vista el Ejecutivo para presentar este proyecto de ley a la, consideración del Parlamento.
Sólo quiero referirme, por breves momentos, a lo dispuesto en el artículo 3° de este proyecto de ley, que dice a la letra: "El personal que se acoja a lo dispuesto en el presente artículo y que se encuentre en goce de una remuneración superior a La que le corresponda en el nuevo cargo tendrá derecho a percibir la diferencia por planilla suplementaria, a contar desde la techa de su nombramiento."
Este precepto viene a hacer justicia cumplida a un sector muy importante de trabajadores, que son los de servicios menores de estas instituciones de previsión, a quienes, en pasadas oportunidades, el anterior Parlamento había hecho -no creo que por razón directa; pero, sí, por inobservancia o descuido- víctimas de una injusticia muy grande.
El texto legal permitía al personal de servicios menores pasar a la planta administrativa; pero, al mismo tiempo, este texto no dijo nada de la remuneración. ¿Qué sucede, entonces? Que al pasar a la planta administrativa, estos funcionarios perdían parte del sueldo de que estaban gozando, porque entraban a percibir el sueldo asignado al grado de la planta administrativa. Viene, pues, este artículo, a suplir ese vacío, ese olvido de la ley; de suerte que, ahora, el personal de servicios menores podrá hacer uso de la franquicia de pasar a la planta administrativa sin perder parte del sueldo que estaban percibiendo, debiéndoseles pagar la diferencia que hay entre la remuneración del grado a que van a optar y a la que realmente tienen, por planilla suplementaria.
Al mismo tiempo, respecto de esta disposición debo hacer presente mi profunda satisfacción por el hecho de que, el Ejecutivo haya acogido la petición que yo formulé en la Cámara. En el mes de septiembre, presenté un proyecto de ley, para hacer justicia a este sector de servicios menores. En esa oportunidad, se produjo una discusión, pues se sostuvo que algunas de sus disposiciones requerían del patrocinio del Ejecutivo. Pedí, entonces, al Presidente de la Cámara que oficiara a Su Excelencia el Presidente de la República, para que incluyera en la convocatoria esas disposiciones a fin de satisfacer las aspiraciones, de que yo me había hecho portavoz, de estos servicios menores. Ahora, el Ejecutivo ha acogido al pie de la letra una de ellas; de modo que yo quedo profundamente satisfecho de que haya coincidido la voluntad de un sector de este Parlamento con la del Ejecutivo, para solucionar una situación, que se viene arrastrando desde hace tiempo y que era de urgencia remediar.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas estamos de acuerdo con la proposición de la Comisión de Trabajo y Legislación Social, basada en el Mensaje del Ejecutivo, respecto de este proyecto.
Voy a referirme a una indicación especial que formulamos en el artículo 3°. Antes de comenzar a tratarse este proyecto, el Honorable colega señor Manuel Cantero. en nombre de los Diputados comunistas, hizo notar la situación que se crea con el término de la vigencia de la disposición del artículo 92 de la ley N° 16.250, modificado por la ley 16.270. En el citado artículo 3° de este proyecto se introdujo una modificación al artículo 49 de la ley N° 16.250.
Pues bien, anoche asistí a una asamblea de la Federación Nacional de Empleados de Comercio, en la cual su presidenta, señorita Inés del Canto, planteó, con verdadera preocupación, la necesidad de que todos los parlamentarios adopten alguna medida par acelerar la tramitación del proyecto sobre propiedad del empleo, que el Ejecutivo enviará al Congreso en pocos días más y que solucionará definitivamente los problemas de esta especie.
El hecho concreto que preocupa a esa Federación, como, asimismo, a la Confederación de Empleados Particulares de Chile (CEPCH), según expresó también el presidente de este otro organismo, es el de que numerosos patrones esperan que la tramitación legislativa de dicho proyecto -que sólo llegará al Parlamento la próxima semana, durante la cual es posible que no sesione la Cámara o que tenga una sola sesión- se prolongue, por lo menos, hasta principios de 1966. Se trata, en verdad, de una materia bastante compleja, porque el proyecto, regulará, en forma definitiva, los sistemas de despidos, de acuerdo con las recomendaciones hechas en la última asamblea de la Organización Internacional del Trabajo sobre esta materia, suscritas también por nuestro país.
Como digo, muchos patrones esperan que la tramitación de este proyecto en la Cámara y en el Senado, con la posibilidad de los cinco trámites constitucionales de rigor y de observaciones del Presidente de la República que por muy breves que sean tendrá el carácter de un pequeño código sobre la propiedad del empleo y el sistema de despido, no permita que alcance a ser promulgado exactamente antes del 31 de diciembre. En la asamblea a que me he referido se manifestó que, en la práctica, esto implicaría que entrarían a regir algunos despidos, que ya están siendo notificados, a contar del 1° de enero; de manera que es indispensable que se proceda, jurídicamente, a la prórroga del período de inamovilidad en el curso del presente mes, mientras está vigente la actual disposición sobre el particular. En esta forma, la situación de los empleados quedaría amparada previamente del riesgo de despidos arbitrarios, cuando ya entre a regir la ley sobre propiedad del empleo. Por lo demás, esta fue la teoría o la tesis sustentada en la Organización Internacional del Trabajo por el actual Ministro del Trabajo y Previsión Social, al aceptar las recomendaciones formuladas por ella sobre esta materia.
Por otra parte, es indudable que los efectos de la inamovilidad han sido beneficiosos para la economía nacional. Por consiguiente, sería extraordinariamente perjudicial si en los momentos en que se discuten, precisamente, los términos de un reajuste general de sueldos y salarios, se permite que peligre la movilidad de los empleados y obreros, aun cuando ello sólo sea por uno o dos días. Por lo tanto, nosotros volvemos a insistir en ésta que no es una idea particular nuestra; tal situación está preocupando, en general, a todos los sindicatos de obreros y a todas las federaciones de empleados del país. En efecto, antes que rija la nueva ley, estudiada cuidadosamente, que contenga normas definitivas sobre la propiedad del empleo, el régimen actual de inamovilidad, establecido en forma transitoria, termina su vigencia, y puede producirse un salto al vacío, pues puede haber interrupciones en esta inamovilidad, justamente en los momentos en que corresponde un reajuste de sueldos y salarios en el país, lo que estimamos muy peligroso.
De aquí que nos hayamos permitido formular indicación para agregar al artículo 3° de este proyecto, que modifica el artículo 49 de la ley N° 16.250, una modificación de su artículo 92 para prorrogar un año su vigencia, a fin de evitar, así, este vacío que se produciría. Porque, según lo ha manifestado el Honorable señor Valenzuela, la próxima semana el Ejecutivo enviará al Congreso el proyecto de ley definitivo sobre la propiedad del empleo, el cual como digo, por los diversos trámites que debe tener en la Cámara y en el Senado, con posibilidades de que sea objeto de un veto del Presidente de la República, corre el peligro de que no alcance a entrar en vigencia antes del 31 de diciembre.
Nuestra indicación pretende, entonces, evitar este posible vacío, ya que cuando se publique la ley sobre la propiedad del empleo, habrá terminado la vigencia de esta inamovilidad, que ahora proponemos que se prorrogue.
Por estas razones, seguros de interpretar un anhelo de todos los trabajadores que encuentra eco en la mayoría de los sectores de la Honorable Cámara, nos permitimos plantear la conveniencia de aprobar esta prórroga, aprovechando la circunstancia de que modificamos la ley N° 16.250. Tal prórroga no ocasiona perjuicio alguno y en ninguna forma se contrapone con una ley permanente sobre la materia, la cual, como es usual en estos casos, contendría un artículo transitorio que pondría término a la vigencia de esta prórroga, que ahora estableceríamos, en la fecha que dicha ley comience a regir.
Nada más, señor Presidente.
El señor CLAVEL.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Godoy Urrutia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, los Comités Socialistas y Comunistas han presentado una indicación para modificar el artículo 2° de la ley N° 15.464, con el objeto de corregir una situación que afecta a algunos centenares de empleados semifiscales de las instituciones de previsión. Se trata de un personal contratado, que debió haber sido asimilado a los términos de la ley N° 15.474, que estableció la planta de las instituciones semifiscales de la República.
Según los antecedentes que se han proporcionado, esta ley que acabo de mencionar, pretendió, también, mejorar la condición de los empleados de las instituciones semifiscales. Sin embargo, nunca se ha dado el caso de que una ley que intenta mejorar la condición de determinado personal de la Administración, de cualquier servicio que sea, rebaje las asignaciones que tengan los empleados; al extremo de que casi siempre figura en toda ley de esta naturaleza un artículo que dispone que, en ningún caso, funcionario alguno, al aplicarse la nueva legislación sufrirá rebajas de los sueldos que ellos tenían en el momento de promulgarse.
En este caso, aquellos empleados contratados, que son, vuelvo a decir, algunos centenares, que según lo dispuesto en la ley, debían, posteriormente, ser incorporados a la planta, con derecho a recibir los nuevos sueldos que les correspondieran, han sido víctimas de una interpretación de dicha ley por parte de la Contraloría, que puede importar un perjuicio para ellos, contrariando el espíritu de la misma ley.
La proposición hecha por los Comités Socialista y Comunista tiende a corregir esta situación. Ella dice, textualmente: "Declárase que los personales que tenían el carácter de contratados a la fecha de la dictación de la ley N° 15.474, de 20 de enero de 1964, tienen derecho a percibir la diferencia de sueldos que resultare entre el grado asignado como contratado y el que se le otorgó en conformidad a dicha ley".
Señor Presidente, la Mesa ha sostenido que se requiere la iniciativa, la venia del Ejecutivo, para tratar este artículo, que proponemos se incluya en el proyecto de ley que discutimos. Pues bien, como consecuencia de las indicaciones presentadas, incluso, de las que el Ejecutivo acaba de enviar, después del informe rendido por la Comisión, el proyecto deberá volver a ella para ser considerado, en segundo informe, por la Sala; entonces, hay oportunidad para que el Ejecutivo otorgue su venia para que este artículo propuesto por nosotros sea incorporado al proyecto de ley que se discute.
No se trata, en la práctica, de un mayor gasto, señor Presidente, porque los empleados a que nos venimos refiriendo mantendrán el mismo sueldo que ellos perciben en este momento. De lo que se trata es de impedir que, por una resolución posterior, se les hagan descuentos, que para ellos constituirían una lesión extraordinaria en sus modestos intereses. En efecto, son todos ellos empleados pobres, con pocos años de servicio, ya que precisamente habían entrado a las cajas de previsión como contratados, y posteriormente, por disposición de la ley que he mencionado, fueron asimilados a las plantas de estas instituciones semifiscales.
Por estas razones y para no distraer más tiempo a la Honorable Cámara, hacemos públicos nuestros puntos de vista. Y esperamos que otros Honorables colegas, particularmente los señores Diputados que constituyen mayoría en esta Corporación, nos ayuden a conseguir, de parte del Ejecutivo, un pronunciamiento que permita que el artículo al cual dimos lectura quede incorporado al texto de este proyecto, que tiende a corregir situaciones que se refieren a empleados de los mismos servicios; como es aquélla que permite pagar horas extraordinarias, que como tiene un límite de vigencia, tratamos de prorrogarla por un año más.
Nada más.
El señor PAPIC (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, el artículo 3° de la ley N° 16.045 autorizó a las cajas de previsión para pagar a sus personales horas extraordinarias, con el objeto de poner al día el trabajo de las distintas secciones de dichas instituciones.
Esta ley ha dado como resultado excelentes beneficios para los imponentes. Es así como desde que salió publicada y se comenzaron a pagar estas horas extraordinarias, muchas secciones de estas cajas se pusieron al día en su trabajo y la tramitación de jubilaciones, solicitudes de continuidad de la previsión y muchas otras operaciones se han visto notoriamente aceleradas.
Por eso, los parlamentarios radicales votaremos afirmativamente este proyecto de ley del Ejecutivo, el cual, sin duda alguna, favorece a los imponentes de las diferentes cajas de previsión.
En cuanto al artículo 2° del proyecto en discusión, por el que se autoriza a las cajas de previsión para ampliar a 24 meses el plazo para pagar los préstamos concedidos, en vez de doce mensualidades, como se establece en el artículo 1° de la ley N° 16.045, también estimamos que es de toda justicia, ya que regula el servicio del préstamo y uniforma el monto de los descuentos que deben efectuar las diversas instituciones, como lo indica el informe de la Comisión respectiva.
Respecto del artículo 3°, consideramos que perfecciona el artículo 49 de la ley N° 16.250.
No estoy de acuerdo con lo manifestado por el Honorable señor Valenzuela Valderrama, en el sentido que esta ley perjudicó al personal que adquirió la calidad de empleado porque, según las propias palabras de Su Señoría, fue mal o apresuradamente estudiada en las Comisiones y no advirtieron el error cometido. Puedo expresarle a Su Señoría que, según dictamen de la Contraloría General de la República, ningún personal que pasó a esta planta sufrió disminución en sus rentas, porque se aplicó la ley general y las diferencias se pagaron por planilla suplementaria en las distintas cajas.
Por otra parte, los Diputados de es las bancas hemos presentado una indicación que tiende a solucionar el problema que se presenta a les rondines del Servicio de Seguro Social. Esta indicación, que incide en el artículo 3° del proyecto en discusión, dice: "El personal a contrata de rondines del Servicio de Seguro Social ocupará las vacantes que existan y que se produzcan en las plantas de servicios auxiliares de dicha institución". Estos rondines son, como bien lo dice la indicación, personal a contrata; llevan muchos años en el servicio y son hombres de plena confianza de la institución. Creo que la aprobación de esta indicación encierra un acto de justicia para estos esforzados trabajadores.
He concedido una interrupción al Honorable señor Fuentes.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Samuel Fuentes.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos favorablemente la iniciativa de los Diputados comunistas y socialistas, por cuanto concordamos con la conveniencia de mantener por mayor tiempo la propiedad de sus cargos respecto de los trabajadores del sector privado. Se nos ha informado que existe un proyecto del Gobierno muy completo sobre la materia. Pero resulta que cuando se trató la ley que puso a cubierto a estos trabajadores hasta el 31 de diciembre del presente año de una posible cesantía, también se nos manifestó lo mismo. Aún no llega ese proyecto, y como ya estamos a fin de año, los sectores empresariales privados, ante los próximos reajustes de sueldos, salarios y otros beneficios de su personal, están notificando a muchos de sus trabajadores de un próximo despido. Por esta razón, creemos de suma conveniencia que en este proyecto de ley, de iniciativa del Ejecutivo, aprobemos la indicación necesaria para poner a cubierto de la cesantía a este sector; ello mientras se despacha la ley cuyo proyecto se ha anunciado en la Sala.
Los Diputados radicales apoyaremos, entonces, una indicación en tal sentido, y si no la hemos formulado nosotros mismos es porque ya el Honorable señor Millas ha anunciado su presentación. Repito que concordamos plenamente con ella.
Nada más.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, cuando se discutió este proyecto en la Comisión, los Diputados socialistas manifestamos que no éramos partidarios de una legislación de "parche", como la calificamos en esa ocasión. Pero reconocernos que las circunstancias obligan a esta solución mediata; de lo contrario, se perjudicará a una gran cantidad de funcionarios; por ejemplo, a los de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, que han visto aumentadas sus tareas, precisamente, porque la Honorable Cámara ha dado la calidad de empleados a varios sectores de trabajadores: fresadores, mecánicos, electricistas, etcétera.
Además, deseaba expresar, aparte de que estamos de acuerdo por estas razones con el proyecto, que me he permitido entregar a la Mesa una indicación para aclarar la situación del personal del Servicio Médico Nacional de Empleados. Solicito de la Honorable Cámara que, en el momento respectivo, la acoja, para dejar solucionado el problema creado a este gran sector de empleados.
Nada más.
El señor BARRIONUEVO.-
Pido la palabra.
El señor CARDEMIL.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, es necesario que la Honorable Cámara conozca la indicación enviada por el Ejecutivo el día de ayer, cuya copia tengo en mi poder. Ella aclara algunas indicaciones como la que anuncia haber presentado o va a presentar la Honorable señora Lazo en nombre de los Diputados de las bancas del Partido Socialista.
Esta indicación del Ejecutivo aclara tres aspectos, y es de importancia que se debata y conozca su significado.
En el artículo 1° se agrega, tal como dice la Honorable colega señora Lazo, al personal administrativo del Servicio Médico Nacional de Empleados. La indicación es del tenor siguiente: Agrégase el siguiente inciso final al artículo 1°: "Incluyese al Servicio Médico Nacional de Empleados entre las instituciones a que se refiere el artículo 4°, transitorio de la ley N° 15.388, aclarado por el artículo 56 de la ley N° 15.575, pero la autorización para trabajar horas extraordinarias, solo podrá concederse al personal administrativo y de servicios menores".
2°.- Agréganse los siguientes artículos nuevos:
"Artículo...- Declárase, interpretando el artículo 4°, transitorio de la ley N° 15.386 y las disposiciones de la ley N° 16.045, que los trabajos en horas extraordinarias autorizados en dichas leyes, han debido remunerarse en base al siguiente valor hora: a) el que resulte de dividir, por 132, las remuneraciones de los profesionales funcionarios, aumentado el cuociente en 50%; y b) el que resulte de dividir, por 172, las remuneraciones de los funcionarios administrativos y del personal de servicios menores, aumentado el cuociente en 50%. Para estos efectos, se considerará el total de las remuneraciones imponibles, incluida sólo la asignación familiar".
Además de esta indicación del Ejecutivo, junto con los Honorables señores Héctor Valenzuela y Mario Torres, presentamos otra del siguiente tenor: "Condónanse los valores que como remuneraciones por concepto de horas extraordinarias calculadas sobre las asignaciones familiares, hubieren percibido los empleados de las instituciones semifiscales a que se refiere este artículo."
Esta indicación tiene por objeto evitar que los personales de los institutos de previsión nombrados tengan que devolver los valores percibidos por horas extraordinarias desde el año 1964, que se calcularon en base a las asignaciones familiares agregadas al sueldo.
Al respecto, el Ejecutivo formula una indicación, de la cual deseo que quede constancia en la historia de la ley, que dice: "La facultad del Presidente de la República a que se refiere el artículo 4° transitorio de la ley N° 15.386, comprenderá, a partir de la vigencia de la presente ley, la de establecer las normas con arreglo a las cuales deberá calcularse y pagarse las horas extraordinarias." Esta indicación permitirá que el factor que regía para calcular las horas extraordinarias durante los años 1964 y 1965, en 1966 aumente de acuerdo con las peticiones de los personales de las instituciones semifiscales por decreto supremo y de conformidad con las indicaciones de la Superintendencia de Seguridad Social. De esta manera nos evitamos tener que calcular, en una nueva oportunidad, este factor, porque en la ley queda establecida la facultad del Presidente de la República para determinar este cuociente de acuerdo con los personales semifiscales.
El señor CLAVEL.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CARDEMIL.-
Con todo gusto, Honorable Diputado, pero antes me la había pedido el Honorable señor Héctor Valenzuela.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, puede usar de una interrupción el Honorable señor Héctor Valenzuela.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, agradezco la interrupción que me ha concedido el Honorable señor Cardemil.
Sólo deseo explicar un poco más este aspecto, de extraordinaria importancia, que, con razón, inquieta a los diversos sectores de los institutos de previsión. En esta modalidad de las horas extraordinarias, se tuvieron en vista dos aspectos. Uno, el enorme retraso que existe, prácticamente en la totalidad de las instituciones, en los trabajos normales que deben desarrollar. Así, por ejemplo, tengo conocimiento de que en la Caja de Previsión de Empleados Particulares la contabilidad está atrasada en 5 o 6 años. El último balance es de 1963. Esta es la situación de anarquía en diversos institutos previsionales y esta es la forma cómo han sido administrados hasta ahora.
El pago de horas extraordinarias tiene como primera finalidad restablecer el funcionamiento normal de los institutos de previsión, y hay una segunda idea involucrada, cual es la de permitir a los funcionarios, mediante esta vía, aumentar sus rentas con un trabajo extraordinario. Esta es, evidentemente, una Situación de emergencia, porque el ideal no es que la gente tenga que trabajar, como lo hace, diez o más horas. Repito que no es el ideal, pero sí como situación de emergencia es lo único posible en este momento.
Ahora bien, en relación con este segundo aspecto, en la ley que determinó esta modalidad de las horas extraordinaria; se estableció la posibilidad de fijar tres factores o cuocientes. Al sector profesional y técnico se les pagaba con un factor; al sector administrativo, con un segundo factor, y al personal de servicios menores, con un tercer factor, menor que los anteriores, en circunstancias que rodos estaban haciendo un esfuerzo similar, cada uno en la ubicación que tenía, para solucionar esta situación de anarquía que existe en la administración de los diversos institutos de previsión.
Por otra parte, como se buscaba mejorar las remuneraciones de los empleados, no resultaba justo ni lógico que, al crearse los tres factores hubiera diferencia en la apreciación pecuniaria del trabajo.
Por este motivo, se faculta al Presidente de la República para fijar el factor uniforme que servirá de base para pagar las horas extraordinarias, de acuerdo con las disponibilidades reales de caja de los institutos de previsión. O sea la tendencia es nivelar el factor de los empleados con el que rige para los profesionales y técnicos.
Hago esta aclaración para que conste en la historia fidedigna del establecimiento de esta ley.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, para mi ha sido una sorpresa la indicación presentada por el Ejecutivo y que nos acaba de leer el Honorable señor Cardemil, pues, en mi opinión, habría sido de suma importancia que la hubieran conocido oportunamente los parlamentarios de todas las bancas, ya que por su contenido viene a variar completamente la iniciativa en discusión.
Yo pensaba pedir que se omitiera el segundo informe de este proyecto y se aprobara en general y en particular en esta sesión, pero como, desgraciadamente la indicación del Gobierno requiere trámite de Hacienda, por irrogar gastos, no podré formular tal solicitud.
De todas maneras, protesto por el hecho de que los Diputados democratacristianos sean los únicos que tengan copias de las indicaciones del Ejecutivo, lo que impide, a los que deseamos perfeccionar este proyecto, conocer las disposiciones presentadas a última hora.
Nada más y muchas gracias.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, hago constar al Honorable señor Clavel que la indicación del Ejecutivo llegó ayer a la Cámara, y que los dirigentes de la Asociación de Empleados Semifiscales, que la conocieron oportunamente, se dirigieron a los parlamentarios de estas bancas, y entiendo que a los de todos los partidos, para solicitar su aprobación y las modificaciones del caso.
Yo lamento que el Honorable señor Clavel no haya tenido información oportuna de este nuevo precepto, que yo recibí de las directivas gremiales de las distintas cajas de previsión.
El señor CLAVEL.-
No tengo por qué tenerlas.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Hay que estar más cerca del pueblo, Honorable señor Clavel.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Barrionuevo.
El señor BARRIONUEVO.-
Señor Presidente, sólo deseo hacer presente a la Cámara la imprescindible necesidad que hay en aprobar esta iniciativa, y que, en el futuro, cuando legislemos sobre el nuevo proyecto, que posiblemente mandará la semana próxima el Gobierno, tengamos cuidado en corregir los vicios que ahora se hayan deslizado.
Ayer en la mañana, los dirigentes sindicales de Muelles Mecanizados de Caldera, me informaron que, a pesar de la vigencia de esta disposición legal, habían sido despedidos ocho obreros.
Fui a la Inspección del Trabajo para saber por qué se había tomado esta determinación con obreros que pertenecen a un sindicato debidamente organizado con personalidad jurídica, y se me informó que habían sido despedidos por resolución de la Juez del Trabajo de Copiapó, que sólo escuchó a la parte patronal, aun cuando no se justificaban las razones de disminución de embarques, pues tengo antecedentes como para afirmar que éstos, con el hierro de la provincia de Atacama, aumentan día por día, como lo ha hecho saber el Gobierno.
Pues bien, en compañía de los representantes del sindicato de Muelles Mecanizados pregunté a la Juez del Trabajo de Copiapó por qué sólo se había oído a la parte patronal y no a la parte interesada, y me contestó: "porque los legisladores dejaron en la ley un vacío: los obreros no son parte en estos juicios. De esta manera y de acuerdo con el informe de la parte patronal, se procedió al despido de ocho obreros, sin escucharlos en sus justas reclamaciones.
Hoy han llegado a Santiago los representantes del sindicato Nuna Huantemé con motivo del despido de 80 obreros por disminución de faenas. Sin embargo, la compañía está trabajando normalmente en los dos turnos. ¿Qué se pretende entonces con este despido? Que los obreros no cuenten con los veinticinco miembros reglamentarios que se exigen para mantener un sindicato.
Mientras tanto se recurre al sistema de "galleros". No sé si el vocablo es el más adecuado, pero consiste en sacar obreros de otros trabajos para ocuparlos en los embarques o faenas rápidas. En esta forma la compañía impide que los obreros se organicen en sindicato.
No es mi ánimo distraer más la atención de la Cámara con estos detalles; pero tengo la obligación de dar cuenta de los hechos ocurridos, a fin de que en el estudio de la nueva legislación logremos obtener que los obreros sean parte y puedan ser escuchados en los juzgados donde se verifican los juicios. Tengo entendido que esa es nuestra intención: que los obreros sean escuchados en sus razonamientos.
Nada más y muchas gracias, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el sentimiento de la Sala para que pase a presidir la Honorable señora Retamal.
Acordado.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas, de acuerdo con nuestra actitud permanente, apoyaremos las disposiciones de este proyecto y también la indicación entregada a la Mesa, que da a los funcionarios semifiscales y públicos la propiedad de su empleo.
Con respecto a las leyes que pretendieron favorecer con beneficios económicos a los empleados públicos y semifiscales, pero que han sido perjudicados en sus emolumentos, hemos formulado indicación con el Comité Comunista, a fin de que, por la vía interpretativa de la ley se solucione esta situación, de acuerdo con el espíritu que tuvo el legislador.
Aprovecho esta oportunidad para hacer una denuncia. Pero antes quiero recordar el pensamiento unánime que la Cámara tuvo, sin distinción de colores políticos, para aprobar, me parece que hasta sin discusión, el proyecto sobre inamovilidad de los obreros y empleados del país. Pues bien, estoy en conocimiento, porque se me ha hecho la denuncia de que en estos instantes hay entablada en los Tribunales del Trabajo una demanda del señor Arturo Alessandri Rodríguez por inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la citada ley, que como digo, declaró por un determinado periodo la inamovilidad de los empleados y obreros del país. El despido arbitrario y prepotente de la señorita Paulsen, secretaria particular del señor Arturo Alessandri Rodríguez, determinó que la afectada hiciera la denuncia correspondiente solicitando, en primer lugar, la aplicación de la ley de inamovilidad, y, en segundo término, el pago de sus sueldos. Esta situación es la que ha originado una querella del señor Alessandri Rodríguez para declarar inconstitucional e inaplicable la ley sobre inamovilidad de empleados y obreros.
Por esta razón, solicito de la Mesa que se sirva recabar el asentimiento de la Cámara para enviar un oficio al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, a fin de que ordene investigar lo que proceda con respecto a la querella presentada por el señor Alessandri, pues pone en tela de juicio, no sólo el pensamiento mayoritario del Parlamento nacional, sino el del propio Gobierno.
Asimismo, pido que se envíe un oficio al señor Ministro de Justicia, a fin de que ordene al Consejo de Defensa del Estado, hacerse parte en el juicio sobre aplicación irrestricta de la ley de inamovilidad de obreros y empleados.
-La señora Retamal pasa a presidir la sesión.
La señora RETAMAL (Presidenta accidental).-
Solicito el asentimiento de la Cámara para enviar, en su nombre, los oficios solicitados por el Honorable señor Palestro.
Acordado.
Tiene la palabra la Honorable señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señora Presidenta, los Honorables colegas del Partido Radical presentaron una indicación que favorece a los rondines del Servicio de Seguro Social. Como los Diputados socialistas formulamos una similar, solicitaría que fueran refundidas en una sola, porque el propósito de justicia de ambas es el mismo, esto es, proteger en sus cargos a estos funcionarios que un partido político influyente pretende reemplazar por otros...
El señor CLAVEL.-
¿A qué partido se refiere Honorable Diputada?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Seguramente debe ser al Partido Radical.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora ALLENDE.-
Por lo tanto, espero que la Cámara apruebe la indicación formulada, que podría refundirse con la presentada por los Honorables colegas del Partido Radical.
La señora RETAMAL (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señora Presidenta, los parlamentarios comunistas consideramos que la situación reglamentaria de la indicación suscrita por el Ejecutivo es clara y que, en verdad, no debe ir a la Comisión de Hacienda, por cuanto se trata, al igual que el resto del articulado del proyecto, de una materia que si bien significa algunos cambios en las partidas de las instituciones de previsión, no importa mayor gasto en el Presupuesto fiscal, por lo que, habiéndola leído cuidadosamente, nos parece que no requiere del trámite de Hacienda.
Ahora bien, este proyecto de ley considerado por la Honorable Cámara con trámite de urgencia, fue objeto de un estudio cuidadoso en la Comisión de Hacienda, pero sin el ánimo de postergar demasiado su despacho. En verdad, en este momento los institutos de previsión se hallan abocados a una difícil situación por falta de flexibilidad en las disposiciones de las leyes vigentes, las que hay que adecuar a las actuales circunstancias.
Nosotros consideramos, al igual que el Honorable señor Clavel, que es necesario que este proyecto sea despachado en la sesión de hoy. Nos parece que las razones dadas por el Honorable colega son concluyentes y que rigen a pesar de esta nueva indicación del Ejecutivo, que, en verdad, completa aquellas materias que ya se han considerado en el texto estudiado con detención por la Comisión de Trabajo y Legislación Social. Por eso, con el apoyo del Comité Comunista, me permito solicitar que, una vez aprobado en general este proyecto, se recabe el asentimiento de la Cámara para que se discuta también en particular en la presente sesión. El Honorable señor Clavel había anticipado que tenía el propósito de formular una petición en este mismo sentido.
Además, me permito hacer presente que nos parece extraordinariamente nítida la procedencia de la indicación que hemos presentado para agregar un inciso segundo al artículo 3°. Si hubiera alguna duda al respecto podría ser dilucidada por la Sala.
En verdad, se trata de modificar diversas disposiciones legales. Entre éstas, las de la ley N° 16.045, de acuerdo con la nueva indicación propuesta por el Ejecutivo, y de la ley 16.250. Pues bien, nuestra indicación versa, precisamente, sobre otro de los artículos de la misma ley N° 16.250. Por otra parte, es muy importante para los trabajadores en estos momentos que no haya ningún interregno en materia de inamovilidad. Todos estamos de acuerdo, como lo indicaba el Honorable señor Barrionuevo, en la necesidad de que exista una legislación definitiva sobre la propiedad del empleo. Sin embargo, es indispensable evitar que se interrumpa la inamovilidad establecida por la legislación vigente.
Anoche, en una reunión celebrada en la Federación de Empleados de Comercio, se me informó que se están produciendo notificaciones de desahucio a partir del 1° de enero de 1966. En consecuencia, si no se dictan nuevas normas legales a contar de esa fecha, resultarán gravemente perjudicados los trabajadores y la economía nacional. Frente al próximo reajuste de sueldos y salarios, sería muy grande la responsabilidad de quienes se opusieran en este momento, a una prórroga de la inamovilidad. El señor Diputado informante y el Presidente de la Comisión de Trabajo y Legislación Social han afirmado que el Ejecutivo, en la próxima semana, pedirá la urgencia para el proyecto sobre la propiedad del empleo que está incluido en la convocatoria.
Por otra parte, existe un compromiso del sector mayoritario de esta Cámara, para despachar rápidamente dicha iniciativa legal.
No obstante, estimamos indispensable que no haya discontinuidad en la legislación sobre la materia.
Los parlamentarios comunistas modificaremos la indicación que presentamos, a fin de que la inamovilidad se prorrogue por 60 días, en el entendido de que al término de ese lapso ya regirá la ley definitiva sobre la materia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, cuando hablaba el Honorable señor Valenzuela Valderrama, le quise solicitar una interrupción, pero en ese momento recordé su invariable oposición a todas nuestras peticiones.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Su Señoría está hablando de más; sabe que lo respeto mucho.
El señor GODOY URRUTIA.-
Está a la vista que a Su Señoría le molesta todo cuanto decimos los Diputados de estos bancos. Puede ser una reacción de orden temperamental.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, Honorable Diputado?
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara, para que pase a presidir la Honorable señorita Saavedra.
Acordado.
-Pasa a presidir la, sesión, la Honorable señorita Saavedra.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- Puede continuar el Honorable señor Godoy Urrutia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señorita Presidenta, como no tenemos a la mano el boletín con las nuevas indicaciones formuladas a este proyecto, deseaba que el señor Diputado informante o el Honorable colega señor Valenzuela VALDERRAMA me explicaran si la idea de que el Ejecutivo fije en el futuro el valor de las horas extraordinarias del personal semifiscal fue propuesta por el Presidente de la República a través de las indicaciones complementarias que llegaron al Congreso con posterioridad al informe de la Comisión, o es, sencillamente, una sugerencia del Honorable colega que la dio a conocer. Si ella tuvo origen en el Ejecutivo, puede obviarse su tramitación, como han expresado aquí varios señores Diputados entre ellos el Honorable señor Millas. En tal caso, como la indicación formulada por los Comités Socialista y Comunista para resolver el problema que se les presenta a algunos sectores de empleados semifiscales ha sido declarada improcedente por la Mesa, no tendríamos inconveniente en que fuera considerada por el Senado, siempre que se despachara totalmente el proyecto en esta sesión. En esto no habría ninguna inconsecuencia, porque tendremos después la posibilidad de completar el proyecto. Pero, mientras tanto, podemos avanzar en su tramitación, despachándolo en esta sesión.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¿Por qué no so vota de inmediato, señorita Presidenta?
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señorita Presidenta, lamento que se haya ausentado de la Sala el Honorable señor Valenzuela Valderrama, porque quería recordarle que, cuando presentó el proyecto sobre inamovilidad de empleados y obreros en esta Cámara, ella se extendía sólo hasta el mes de septiembre de este año.
Un señor DIPUTADO.-
Así fue.
El señor AGUILERA.-
Le hicimos presente que ese plazo era muy breve y los Diputados radicales presentaron indicación para ampliarlo hasta el 31 de diciembre, la que fue aprobada. En aquella oportunidad, los Diputados socialistas formulamos también una indicación para ampliar a un año ese período; pero el Honorable colega señor Valenzuela Valderrama se opuso, basando su actitud en que pronto el Ejecutivo enviaría un proyecto para legislar en forma permanente sobre el particular. Esta tarde, nuevamente nos anuncia que el Gobierno enviará, la próxima semana el proyecto de ley que establecerá la propiedad del empleo.
Los Honorables colegas democratacristianos anuncian continuamente el envío de proyectos, pero ellos no llegan oportunamente al Congreso. Por esta razón, no tenemos confianza en lo que ha expresado el Honorable señor Valenzuela, en el sentido de que el Ejecutivo enviará este proyecto al Parlamento la próxima semana.
Por tal motivo, pido que la Mesa recabe el asentimiento de la Cámara, para que se oficie al Presidente de la República, para que envíe cuanto antes el proyecto de ley que ha anunciado el Honorable señor Valenzuela Valderrama.
Eso es todo.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara, para dirigir a Su Excelencia el Presidente de la República, en nombre de la Cámara, el oficio a que se ha referido el Honorable señor Aguilera.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Cardemil, Diputado informante.
El señor CARDEMIL.-
Señorita Presidenta, es el propósito de los Diputados democrata-cristianos que este proyecto se despache en esta sesión, para no perjudicar a los funcionarios semifiscales, cuyos ingresos mensuales disminuirían al no poder percibir el pago de las horas extraordinarias que están trabajando y que trabajarán hasta el 31 de diciembre de este año, pues el día 11 de este mes vence la autorización establecida en la ley anterior.
Quiero contestarle al Honorable señor Godoy Urrutia que fue el Ejecutivo el que presentó la indicación para autorizar al Presidente de la República a fin de fijar las normas que determinen el coeficiente para calcular las horas extraordinarias, por lo que no hay inconveniente en que la Sala despache este proyecto en esta sesión.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra la Honorable señora Laura Allende.
La señora ALLENDE.-
Señorita Presidenta, a propósito de inamovilidad, he recibido recientemente una nota que dice lo siguiente: "El contratista de la Cámara, Fernando Massas, está, en este momento, citando a los obreros a su oficina y haciéndoles firmar el desahucio".
Creo que es muy importante que los Diputados nos preocupemos de lo que está sucediendo en nuestra propia casa.
Los obreros que están trabajando aquí, a contrata, presentaron un pliego de peticiones, que después pusieron en nuestro conocimiento. Cuando el contratista lo supo, parece que de inmediato empezó a tomar las medidas necesarias para desahuciar a estos trabajadores.
En una conversación que sostuve con dicho contratista, me expresó que se vería obligado a suspender los trabajos que se están haciendo en la Cámara, porque e! Ministerio de Obras Públicas, del cual dependen las obras no ha entregado el dinero suficiente para su continuación.
Por estas razones, pido que se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas para que destine los fondos necesarios para terminar estos trabajos, a fin de evitar la cesantía de estos trabajadores.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara, para enviar el oficio a que ha hecho referencia la Honorable señora Laura Allende.
Acordado.
La señora ALLENDE.-
Además, señor Presidente, ruego a los señores Diputados que se tomen la molestia de conversar con estos obreros para que se impongan de las razones que los han obligado a presentar un pliego de peticiones y las condiciones en que trabajan. Me parece que así como nos preocupamos de la situación de otros sectores de trabajadores, también debemos interesarnos por los problemas que afectan a la gente que tenemos más cerca.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fuentes, don Samuel, en el tiempo le su segundo discurso.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Hice uso de una interrupción, pero no he pedido antes la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, respecto al problema de la inamovilidad, creo conveniente hacer un llamado a los Honorables colegas de la mayoría de esta Cámara, para que, como decía el Honorable señor Millas, sin perjuicio de esa iniciativa sobre propiedad del empleo que han anunciado los Honorables colegas Valenzuela Valderrama, Barrionuevo, Cardemil y otros parlamentarios, aprobemos en esta sesión el proyecto en debate. La idea de prorrogar la inamovilidad por sesenta días, como lo señalaba el Honorable señor Millas, en el afán de aprobar esta disposición, o por un año, no se contradice con el proyecto anunciado por el Gobierno, porque esa norma quedaría sin efecto apenas se promulgue la ley sobre propiedad del empleo.
Nosotros creemos que tenemos la obligación de proteger a los trabajadores, frente a las denuncias que acaban de formularse y a las intenciones que abrigan los patrones de empezar a despedir a los empleados y obreros. Anoche, varios parlamentarios asistimos a una reunión en la Confederación de Empleados de Comercio, atendiendo a una invitación que se nos formuló. Allí se nos hicieron diversas peticiones sobre esta materia.
Por eso, estimamos que, así como aprobamos una iniciativa del Honorable señor Héctor Valenzuela Valderrama para establecer la inamovilidad hasta el 30 de septiembre, que después modificamos para ampliarla hasta el 31 de diciembre del presente año, por estimar que ese plazo era demasiado breve, debemos mantener el mismo criterio en esta ocasión a fin de colocar a los miles de trabajadores y obreros, que laboran en distintas empresas, a cubierto de la acción patronal.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
¿Habría acuerdo para omitir la lectura de las indicaciones presentadas?
El señor ACEVEDO.-
Que se lean todas, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El señor Secretario dará lectura a las indicaciones.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
El Ejecutivo ha formulado las siguientes indicaciones:
"1°.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 1°:
"Incluyese al Servicio Médico Nacional de Empleados entre las instituciones a que se refiere el artículo 4° transitorio de la ley N° 15.386, aclarado por el artículo 56 de la ley N° 15.575, pero la autorización para trabajar horas extraordinarias sólo podrá concederse al personal administrativo y de servicios menores".
"2°.- Agréganse los siguientes artículos nuevos:
"Artículo.- ... Declárase, interpretando el artículo 4° transitorio de la ley N° 15.386 y las disposiciones de la ley N° 16.045, que los trabajos en horas extraordinarias autorizadas en dichas leyes han debido remunerse en base al siguiente valor hora: a) al que resulta de dividir por 132 las remuneraciones de los profesionales funcionarios, aumentado el cuociente en un 50%; y b) al que resulte de dividir por 172 las remuneraciones de los funcionarios administrativos y del personal de servicios menores, aumentado el cuociente en un 50%. Para estos efectos, se considerará el total de las remunerado imponibles, excluidas solamente las sigilaciones familiares.
"La facultad del Presidente de la República a que se refiere el artículo 4° transitorio de la ley N° 15.386 comprenderá, a partir de la vigencia de la presente ley, la de establecer las normas con arreglo a las cuales deberán calcularse y pagarse las horas extraordinarias".
"Artículo.-... Para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, autorízase a las Instituciones de Previsión para que durante el presente año, hagan los pagos sin necesidad de modificar sus presupuestos".
Indicación de la señora Lazo y del señor Olave, para agregar el siguiente artículo:
"Incluyese al Servicio Médico Nacional de Empleados, entre las Instituciones a que se refiere el artículo 4° transitorio de la ley N° 15.386, aclarado por el artículo 56 de la ley N° 15.575. En consecuencia,, los personales de la referida Institución podrán trabajar horas extraordinarias con la sola excepción de los profesionales funcionarios regidos por la ley N° 15.076".
Indicación de los señores Valenzuela Valderrama, don Héctor; Torres y Cardemil, para agregar el siguiente inciso final al primero de los artículos propuestos por el Ejecutivo en el oficio de las indicaciones:
"Condónanse los valores que, como remuneraciones por concepto de horas extraordinarias calculadas sobre las asignaciones familiares, hubieren percibido los empleados de las instituciones semifiscales a que se refiere este artículo".
Indicación del señor Aravena, don Jorge, para reemplazar, en el inciso segundo del artículo 3° del informe de la Comisión, la frase: "El personal que se acoja", por "El personal que se haya acogida o se acoja".
Las demás indicaciones han sido declaradas improcedentes por la Mesa.
El señor ACEVEDO.-
Que se les dé lectura a todas.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para que pueda usar de la palabra el Honorable señor Valenzuela Valderrama, don Héctor, hasta por un minuto...
El señor CLAVEL.-
Pido medio minuto para mí.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
... y el Honorable señor Clavel, hasta medio minuto.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela Valderrama.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, deseo proponer, en primer lugar, que en esta oportunidad se vote en general el proyecto, porque las numerosas indicaciones formuladas hacen muy difícil tratarlo ahora en particular; y, en segundo término, que pase en segundo trámite no a la Comisión de Hacienda, sino a la de Trabajo y Legislación Social, la cual verá si debe tramitarse a la Comisión de Hacienda o no. La Comisión de Trabajo y Legislación Social sesionará mañana en la mañana, oportunidad en la cual puede despachar este proyecto.
Por último, ruego al señor Presidente solicitar el acuerdo de la Sala para que este proyecto se despache en la primera sesión que tenga la Cámara para legislar, sea ésta ordinaria o especial. De esa manera, es probable que esta iniciativa quede despachada mañana en su primer trámite constitucional.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, pedí la palabra porque me imaginaba en cierto modo, lo que iba a decir el Honorable señor Valenzuela, clon Héctor.
Entiendo que la Mesa ya declaró que este proyecto no tendrá el trámite de la Comisión de Hacienda. En consecuencia, puede tratarse en esa sesión en general y en particular.
En seguida, deseo aclarar algo. El primer artículo nuevo propuesto por el Ejecutivo establece que las horas extraordinarias "han debido remunerarse" de acuerdo con la norma que en él se detalla. En consecuencia, dejo en claro para la historia de la ley que, según el texto de esa indicación, deben reajustarse todas las horas extraordinarias pagadas hasta ese momento por las distintas Cajas de Previsión. Lo dice muy claro la indicación del Ejecutivo. En consecuencia, los empleados de las instituciones semifiscales tienen derecho al reajuste de la asignación familiar por las horas extraordinarias trabajadas.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Ha terminado el tiempo concedido a Su Señoría.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado,
Pasará a Comisión para su segundo informe.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
A la Comisión de Trabajo...
El señor PALESTRO.-
A la de Hacienda, directamente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Pasará a la Comisión que corresponda.
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