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"N° 1587.- Santiago, 2 de diciembre de 1965.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio N° 2911, en el que a petición del Honorable Diputadodon Carlos Garcés Fernández, solicita se adopten las medidas tendientes a obtener que el Banco del Estado de Chile y los bancos particulares amplíen los márgenes que tienen autorizados para descontar letras de cambio, originadas en actividades de la producción, en la provincia de Curicó.
Al respecto, y de acuerdo a lo informado por el Banco Central de Chile, cúmpleme manifestar a V. E. que, en Sesión N° 2050, de 4 de noviembre último, el Directorio de dicho Banco adoptó un conjunto de resoluciones tendientes a proporcionar ayuda crediticia a la agricultura
de la zona sur, las que ya fueron comunicadas a las empresas bancadas del país.
Así es como, a partir del 1° de diciembre de 1965, el Banco Central redesconta-rá a los bancos particulares y al Banco del Estado, aquellos documentos que hayan sido descontados en sus oficinas ubicadas en la zona comprendida entre las provincias de Curicó y Llanquihue, siempre que esos documentos tengan su origen en operaciones de compraventa o anticipos de compra de trigo, arroz, cebada, maíz, oleaginosas, lana y remolacha. El plazo que falte para el vencimiento del documento en el momento que éste sea descontado debe ser superior a 90 días y hasta 180 días; salvo en las letras de trigo, en que el plazo deberá ser de más de 90 días y hasta 210 días.
Los descuentos respectivos se harán directamente por los bancos a agricultores de la zona o a cooperativas de agricultores y éstos deben ser aceptados por industriales o asociaciones de industriales que elaboren los productos mencionados o por cooperativas de agricultores.
El Banco Central de Chile destinará para estos redescuentos la suma de E9 5.000.000 que, de acuerdo con las normas dictadas, significará un incremento en este tipo de colocaciones de E9 10.000.000. Por otra parte estas nuevas operaciones, las realizarán ios bancos sin perjuicio de los márgenes asignados en conformidad a lo resuelto en la Sesión N° 2028, de 2 de junio ppdo., que permitirá a los bancos efectuar colocaciones por un total de E9 40.000.000, para reemplazar la cartera del Banco Central que alcanzaba, en esa fecha, a más o menos E9 30.000.000.
Finalmente, cabe hacer presente a V. E. que, en esa oportunidad, se adoptaron también disposiciones tendientes a favorecer y estimular a aquellas empresas que demuestren un mayor interés por efectuar colocaciones de este tipo en la zona de Curicó a Llanquihue.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Sergio Molina Silva."
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