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Nº 86. Santiago, 26 de enero de 1966.
Tengo el agrado de dar respuesta al Oficio Nº 3. 756, por el que Su Señoría transcribe la petición formulada por el Honorable Diputado señor Ernesto Guajardo Gómez, para que se adopten las medidas tendientes a obtener la derogación del decreto que autorizó el alza de tarifas de pasajeros y carga de la "Línea Aérea Nacional" dentro del territorio nacional.
Al respecto, cumplo con el deber de informar a Su Señoría que no procede acceder a dicha petición por cuanto las nuevas tarifas de "LAN" obedecen a la política adoptada por el Gobierno, en el sentido de que las empresas estatales de transporte puedan llegar a su autofinanciamiento, sin que sea necesario el aporte fiscal que significa en la actualidad una carga para todos los contribuyentes y no solamente para los usuarios de sus servicios.
No obstante lo anterior, teniendo en especial consideración las dificultades de la zona de Magallanes, se han aprobado tarifas especiales para obreros entre Santiago y Punta Arenas y entre Puerto Montt y Punta Arenas, válidas en ambos sentidos, que representan un monto inferior de un 20% sobre las tarifas generales.
Entre estos mismos tramos, las tarifas fijadas para estudiantes representan un 60 % de las aprobadas para adultos, en circunstancias que entre los demás puntos del país, sus montos equivalen a un 70% de estas últimas.
Por otra parte, la "Línea Aérea Nacional" dispondrá facilidades de pago para estudiantes, empleados y obreros.
Además, se tiene en estudio un tratamiento especial que en esta materia se daría a funcionarios públicos, etc.
Finalmente, cabe hacer presente a Su Señoría que la tarifa básica por asientokilómetro es considerablemente menor entre Santiago y Punta Arenas que entre los demás puntos del territorio nacional, con lo que se comprueba que dicha zona continúa siendo motivo de un trato preferencial.
Es cuanto puedo informar a Su Señoría sobre el particular.
Dios guarde a Su Señoría.
(Fdo. ): Domingo Santa María Santa Cruz".
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