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- rdf:value = " 1.-PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE LIBERA DE DERECHOS LA INTERNACION DE VEHICULOS DESTINADOS A LA FUNDACION "MI CASA".
La Cámara de Diputados ha tenido a bien insistir en la aprobación del proyecto de ley que libera de derechos la internación de vehículos destinados a la Fundación "Mi Casa", que ha sido desechado por esa Honorable Corporación, del siguiente tenor:
Proyecto de Ley
"Artículo único.Libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto de Hacienda Nº 2772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, y autorízase la internación de los vehículos que se detallan, destinados a las labores de promoción de la Fundación "Mi Casa": siete (7) camiones para 500 kilogramos y un (1) camión para 2.600 kilogramos.
Los impuestos, derechos de internación y demás gravámenes de cuyo pago exime este artículo a los vehículos señalados, deberán en todo caso enterarse en arcas fiscales si el material respectivo fuere enajenado a cualquier título, dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de vigencia de esta ley o ellos fueren destinados a otros usos o fines, quedando solidariamente responsables las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos.
Exímese, además, a los vehículos detallados en la presente ley, de la obligación de hacer los depósitos establecidos en el decreto supremo Nº 6973, del 28 de noviembre de 1956, que fijó el texto refundido de la ley sobre Comisión de Cambios Internacionales."
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 2435, de fecha 31 de mayo del año en curso.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Alfredo horca Valencia.Eduardo Cañas Ibáñez.
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