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El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolecentes.
Diputados informantes de las comisiones de Constitución, Legislación y Justicia, y de Hacienda, son los señores René Saffirio y Patricio Melero, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 63ª de la presente legislatura, en 2 de septiembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, 73ª de la presente legislatura, en 30 de septiembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 11.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 74ª de la presente legislatura, en 1 de octubre de 2014.
Documentos de la Cuenta N° 5.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor SAFFIRIO (de pie).-
señor presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 222 del Reglamento de la Corporación, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes.
El mensaje señala que las exigencias de la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, hacen necesario alcanzar una institucionalización de la defensa penal especializada en adolescentes en el país.
Efectivamente, la responsabilidad penal adolescente impone ciertas condiciones particulares respecto del juzgamiento penal de adultos, en cuanto a la forma en que debe ser comprendido el debido proceso, como garantía judicial de aquellos y aquellas que son juzgados en virtud de dicha ley. Las justificaciones de esta particularidad son diversas, destacándose las de índole normativa, fáctica y político-criminal.
Agrega el mensaje que una defensa especializada está integrada por una serie de elementos que derivan de los derechos fundamentales del adolescente, reconociéndose y tratándose de manera especial, como, por ejemplo, el interés superior del niño, el derecho a ser oído, el derecho a comunicarse libremente con su abogado, entre otros. Estas especiales características de la defensa penal adolescente se traducen en una mayor carga e intensidad de trabajo que deben asumir el defensor y el personal de la unidad en estos casos.
El modelo de provisión de defensa contemplado en la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, contempla una dotación fija de defensores institucionales que constituyen la base del sistema, más una dotación de defensores cuyos servicios son licitados, no contemplándose en la dotación a defensores penales juveniles, que hoy son tan necesarios.
Por esta razón, el Ejecutivo, a través del proyecto en informe, propone medidas que buscan regularizar la situación laboral del personal que presta servicios en el Programa de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública.
Durante la discusión de este proyecto en el seno de vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, surgieron algunas dudas acerca de la técnica legislativa utilizada respecto de las normas propuestas en el proyecto. El artículo 28 de la ley N° 19.718 dispone que la planta de personal de la Defensoría Penal Pública alcanza a 457 funcionarios. Por su parte, la Ley de Presupuestos para 2014 establece que la dotación máxima de personal de la Defensoría será de 629 funcionarios. Por último, el informe financiero del proyecto señala que los 83 cargos que se estarían aumentando hoy están siendo provistos en calidad de honorarios.
Dado que el aumento de 33 funcionarios, excluidos los 50 nuevos defensores, se contempla en un artículo transitorio, en la Comisión se originó la duda en orden a si este aumento de la dotación regirá solo para lo que resta del año y en lo sucesivo se aplicará la respectiva Ley de Presupuestos, o bien se trata de un aumento permanente que pudo concretarse a través de una modificación del artículo 28 de la ley N° 19.718. Asimismo, del tenor del proyecto no resultaba del todo claro si este aumento de personal es adicional a los 629 funcionarios que contempla la Ley de Presupuestos para 2014, dado que en el informe financiero se señala que solo se trata de pasar a contrata a personal que hoy se desempeña en calidad de honorarios.
Sobre este punto, la Defensoría Penal Pública, a través de su director administrativo, señaló que la ley de la Defensoría contempla dos disposiciones referidas a la dotación de personal. El artículo 28 de la ley consagra la planta de la Defensoría, la que contempla 457 funcionarios de carácter permanente, y se distinguen los tipos de estamentos y los grados que corresponden a cada uno de ellos. Por su parte, el artículo 31 establece que habrá 145 defensores locales, cifra que, con el proyecto, aumenta a 195.
Agregó que, perfectamente, el proyecto se pudo limitar a aumentar la dotación de personal de la Defensoría en 83 funcionarios. Con todo, ello no puede hacerse sin la modificación en el articulado permanente, dado que este consagra expresamente el número de defensores. De ahí, entonces, la necesidad de modificar el artículo 31.
Respecto de los otros 33 funcionarios, informó que la Dirección de Presupuestos no deseaba aumentar la planta de la Defensoría, y permitió solo aumentar la dotación. Se señaló que el fundamento de ello radicaba en que el 40 por ciento de los cargos de planta de la Defensoría, consagrados en el artículo 28, se encuentran sin proveer. El 40 por ciento corresponde a 149 cargos de la planta de la Defensoría sin proveer a la fecha.
Añadió que cualquiera de los 33 funcionarios que pasarán a contrata podrá ingresar a la planta de la Defensoría en los futuros concursos que se realizarán.
Hecha la aclaración, vuestra comisión aprobó el proyecto, en general y en particular, por la unanimidad de los diputados presentes.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor MELERO (de pie).-
señor presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes.
Tal como señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, el proyecto tiene por objeto regularizar la situación laboral del personal que presta servicios en el Programa de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública. Dicho objetivo se concreta a través de un artículo único y dos disposiciones transitorias, los que, al tenor de lo informado por la comisión técnica, fueron sometidos en su totalidad al conocimiento de la Comisión de Hacienda. Conjuntamente con ello, este proyecto institucionaliza en forma adecuada el programa que desarrolla la Defensoría para atender la responsabilidad penal juvenil, que contempla salidas alternativas y contribuye a conservar el personal especializado en la materia que se ha informado.
La Comisión escuchó a la señora Paulina Vodanovic, jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia; a la señora Viviana Castel, defensora nacional subrogante; a la señora Patricia Orellana, abogada de la Dirección de Presupuestos. Asimismo, en el debate se contó con la participación de las distintas asociaciones de la Defensoría Penal Pública, representadas por sus dirigentes señores Peter Sharp, presidente de la Asociación Nacional Democrática de Funcionarios de la Defensoría; Jacques Mora, presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Defensoría Penal Pública, y Pablo Sanzana, dirigente de la Asociación de Defensores. Finalmente, se contó con la opinión del señor Leonardo Di Domenico, representante del Programa de Responsabilidad Penal Juvenil.
Cabe destacar que todos los invitados estuvieron contestes en la necesidad de aprobar la iniciativa para promover y dar continuidad al trabajo especializado que se requiere en la justicia penal adolescente, y reconocer y valorar la excelencia de la labor prestada por los defensores y sus equipos colaboradores durante todos estos años.
En cuanto al contenido del proyecto, me permito hacer presente que, mediante su artículo único, se aumenta de 145 a 195 el número de defensores penales de adolescentes y se dispone que al menos 50 de estos -el aumento que propone el mensaje cumplirán funciones para la defensa penal de dichos adolescentes.
Por su parte, mediante las disposiciones transitorias se incrementa a 83 cupos la dotación máxima de personal vigente de la Defensoría Penal Pública y se establece que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley para el año de su entrada en vigencia se financiará con los recursos contemplados en el presupuesto de la Defensoría Penal Pública. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, suplirá dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pueda financiar con los referidos recursos.
Concordante con lo anterior, el informe financiero precisa que, dado que actualmente los 83 cargos están siendo provistos en calidad de honorarios, el traspaso a la contrata irroga un mayor gasto asociado a las prestaciones previsionales, aportes patronales, componente base y colectivo del bono de desempeño, y nivelación de grados a los establecidos en la ley de plantas de la Defensoría Penal Pública para estos cargos, teniendo esta iniciativa un costo, en régimen, equivalente a 719.364.000 pesos.
En consecuencia, habiéndose sometido a la consideración de la Comisión de Hacienda, la totalidad del proyecto fue aprobado por la unanimidad de los integrantes presentes, proponiendo su aprobación en igual forma a esta honorable Cámara.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
señor presidente, en primer lugar, saludo a los dirigentes de las asociaciones de la Defensoría Penal Pública presentes en las tribunas, porque después de un largo trabajo esta Cámara despachará este proyecto. Por lo tanto, hoy es un día muy especial para ellos.
Hace tres años, en la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos nos correspondió analizar una situación que estimamos extraña, injusta, indebida y que provocaba serios problemas en materia de defensoría penal adolescente.
La ley que rige la Defensoría Penal Pública es la N° 19.718, cuyo artículo 31 establece lo siguiente: “Los defensores locales serán funcionarios a contrata. El acceso a los empleos correspondientes se efectuará por concurso público.”.
¿Qué nos plantearon los dirigentes de las asociaciones de funcionarios? Se trata de una materia en la que existió unanimidad, tanto en la Subcomisión Mixta de Presupuestos como en la Comisión de Hacienda de esta Cámara. Ellos nos manifestaron su preocupación por el hecho de que defensores, que desarrollan una gran labor, cumplían funciones a honorarios, lo que significaba que incluso un mes antes del término del año aún no sabían si efectivamente continuarían en el cargo.
Los ministros de Justicia, José Antonio Gómez, y de Hacienda, Alberto Arenas, constituyeron una mesa y llegaron a la conclusión de que esta situación anómala no podía continuar, porque perjudicaba directamente a los adolescentes que se debe defender. Entonces, se presentó el proyecto que debatimos, que seguramente vamos a aprobar por unanimidad.
La iniciativa tiene por objetivo la provisión permanente y oportuna de defensa penal especializada de adolescentes, lo cual implica contar no solo con abogados defensores capacitados y exclusivamente dedicados a atender a este grupo, sino también con un equipo formado por asistentes sociales y asistentes administrativos. Ello permitirá que en adelante se pueda cubrir la demanda de atención, para lo cual podrá continuarse con el modelo mixto actualmente existente en la Defensoría Penal Pública y asegurar que la dotación que se sume sea efectivamente dedicada a la atención exclusiva de los adolescentes infractores de la ley, para conseguir un estándar óptimo de defensa penal juvenil, acorde con la Constitución Política y con el sistema de responsabilidad penal adolescente regulado en la ley N° 20.084.
¿Por qué nos interesa tanto esta iniciativa? Porque en esta materia se da una relación muy particular entre los defensores y los jóvenes infractores de ley, lo que significa una mayor carga e intensidad de trabajo, que debe ser asumida por los defensores y demás asistentes de las unidades judiciales. En consecuencia, las razones para aumentar las dotaciones son justificadas. A esto se suma la necesidad de resguardar los derechos del adolescente y sus intereses superiores, como el derecho a ser oído y a comunicarse libremente con sus abogados. Obviamente, debemos apoyar esto por ley.
Por lo tanto, para dar solución a estos problemas, mediante el número 1) del artículo único del proyecto se modifica el inciso tercero del artículo 31 de la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, en el sentido de aumentar de 145 a 195 el número de defensores locales. Por su parte, el número 2) agrega lo siguiente: “A lo menos, 50 de dichos defensores locales cumplirán funciones para la defensa penal de adolescentes, de conformidad con los dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 20.084.”.
Además, mediante las disposiciones transitorias se incrementa en 83 cupos la dotación máxima de personal vigente de la Defensoría Penal Pública.
Durante el análisis de este proyecto de ley en la Comisión de Hacienda, donde me correspondió asumir como Presidente subrogante la semana pasada, la defensora nacional subrogante expresó que de todos los casos que les corresponde atender, al menos el 10 por ciento está relacionado con la defensoría penal adolescente.
Ahora, en cuanto al financiamiento, el proyecto de ley, en régimen, costará 719.364.000 pesos anuales.
Con todo, quiero expresar que esta iniciativa me llena de satisfacción, por cuanto con ella queda demostrado que cuando todos trabajamos por un objetivo justo, al margen de la cuestión política -todos los que estamos aquí somos políticos, pero también servidores públicos-, los problemas se pueden resolver. En este caso, era de justicia total y absoluta crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes. Esto me alegra mucho, porque se trata de asistir a niños y a adolescentes que han delinquido, pero muchas veces motivados por el ambiente, por circunstancias especiales, lo que no les ha permitido vivir felices y con justicia. Por eso, debemos hacer esfuerzos papa recuperarlos.
Por eso, pido en forma muy especial a los colegas presentes en la Sala que demos una señal muy potente con la aprobación unánime de este proyecto, para que vaya al Senado de la República, en segundo trámite constitucional. No me cabe la menor duda de que los senadores están en conocimiento y de acuerdo con este proyecto porque en la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos hay tres diputados y dos senadores. Creo que es posible que esta iniciativa se convierta en ley de la república durante los primeros días de noviembre, para terminar con el drama de esos 50 defensores penales que no sabían si continuarían trabajando.
Tal como lo hice al comienzo de mi intervención, envío un saludo a todos los dirigentes de las asociaciones, que han demostrado que creen verdaderamente en sus representados y están cumpliendo una gran labor. ¡Muchas felicidades!
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
señor presidente, en realidad, me molesta un poco que no estén presentes la señora Paulina Vodanovic, jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, y don Gonzalo Rodríguez, asesor legislativo, quienes participaron en la discusión del proyecto en la comisión. Creo que debieron concurrir a la Sala para responder las eventuales consultas de los diputados que estamos discutiendo en este momento o de los que tengan interés en hacer algún aporte a tan importante iniciativa. La Mesa debiera tomar debida nota del reclamo que realizo una vez más.
Este proyecto no pretende otra cosa que regularizar la situación laboral del personal que presta servicios a honorarios en el Programa de Defensa Penal de la Defensoría Penal Pública.
Como ya lo explicaron los diputados informantes, el costo del incremento de la planta vigente de la Defensoría Penal Pública en 83 cargos representará poco más de 719 millones de pesos.
Creo que se perdió la oportunidad -lo dije durante la discusión del proyecto en la Comisión de Hacienda de aumentar la planta, porque todos estamos contestes en que el problema de los adolescentes que delinquen en nuestro país es muy grave. De manera que nuestra mayor preocupación debiera ser el aumento del número de profesionales. Esta es solo una solución parcial que consiste en que quienes no estaban en la planta sean incorporados en ella.
En los últimos años, hemos dado pasos importantes para ir mejorando nuestro sistema de justicia y asegurar los derechos de las personas que se ven involucradas en una contienda penal. Es algo indiscutible. Sin embargo, aún queda mucho por hacer, especialmente en materia de enjuiciamiento penal de los adolescentes. De hecho, gracias al trabajo realizado por la comisión que investigó el funcionamiento del Sename y de toda la red encargada de la custodia de los menores que se encuentran en situación de vulnerabilidad o que han delinquido, en la Cámara pudimos comprobar que existe la necesidad de contar con más profesionales en el sistema público de defensa de los adolescentes.
Como sabemos, la Convención sobre los Derechos del Niño establece que, en materia de juzgamiento penal, las normas que se aplican a los adolescentes deben ser distintas de las que rigen para los adultos, con el objeto de proteger sus derechos, lo que mejorará los estándares de juzgamiento en relación con lo que debe entenderse como debido proceso. Por lo mismo, debe existir una defensa especializada para los menores y, al mismo tiempo, mayor especialización de los jueces que enjuician a los adolescentes.
Sabemos que la Defensoría Penal Pública ha atendido las situaciones consideradas en la legislación internacional por medio de una unidad piloto, que se ha encargado de la defensa de los adolescentes. Pero eso no basta, porque lo que está haciendo la Defensoría es desatender la defensa de otros imputados y distraer valiosos recursos humanos y materiales para cumplir con los compromisos contraídos por Chile en materia de defensoría penal adolescente.
Por ello, considero que este proyecto se justifica plenamente y su aprobación permitirá contar con una defensoría especializada. Este es el momento que debemos aprovechar, de una vez por todas, para entregar a esta función pública la categoría que se merece y más y mejores profesionales. Una planta de profesionales dedicados exclusivamente a esta función permitirá liberar a otros abogados defensores para que se dediquen al conocimiento de otras causas. Además, se agrega una dotación de personal profesional y administrativo que coadyuvará a los defensores para que puedan cumplir en mejor forma sus labores de defensa de los adolescentes.
La iniciativa modifica la ley N° 19.718 -lamentablemente, no se había dicho aquí-, y la creación de la Defensoría Penal Pública tuvo ese objetivo: defender a los adolescentes.
Por lo tanto, voy a aprobar el proyecto de ley, para que los profesionales queden en mejor situación laboral. Todavía falta mucho por hacer para entregarles un verdadero reconocimiento; no se les puede exigir tanto a tan pocos.
Hoy, Chile tiene problemas con la delincuencia juvenil, por lo cual tenemos que entregar respuestas.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
tiene la palabra el diputado Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
señor presidente, ante todo, considero muy importante destacar el hecho de que estemos discutiendo este proyecto durante el primer año de gobierno de la PresidentaBachelet.
Lo digo por una razón muy simple. Hace muchos años que los defensores penales de adolescentes plantearon la necesidad de ser incorporados a la planta de la Defensoría Penal Pública. Durante el gobierno del Presidente Piñera, prácticamente todos los años los defensores penales concurrían a la Comisión de Hacienda para pedir algo muy simple: que, dado que estaban contratados a honorarios, fueran incorporados en la planta, a fin de tener los derechos previsionales de todos los trabajadores y la posibilidad de desarrollar sus funciones -por así decirlo en forma legal. Como digo, estaban contratados a honorarios, y todos los años le planteábamos al Ejecutivo que solo bastaba con aumentar el número de cargos, porque no se requerían más recursos para cumplir un objetivo absolutamente necesario en la Defensoría Penal Pública.
Durante todos los años pasados se nos dijo que se enviaría un proyecto de ley sobre la materia, porque requería ley. En todas las ocasiones le dijimos al Ejecutivo que bastaba con considerar en la Ley de Presupuesto de la Nación un aumento de la planta del Ministerio de Justicia, a fin de poder incorporar a estos profesionales en la planta de la Defensoría Penal Pública.
¿Qué ocurre con este proyecto? Que aumenta la planta en el número preciso de defensores que están contratados a honorarios y que ahora pasarán a la planta.
Quiero agradecer al gobierno de la PresidentaBachelet y al ministro de Justicia, José Antonio Gómez, el cumplimiento de un compromiso que asumimos con los defensores penales públicos hace mucho tiempo.
Desde su creación, la Defensoría Penal Pública tiene un problema que dice relación con esta mirada de mercado que hay en nuestra sociedad. De esta forma, parte importante de las causas se licitan en el mercado para que estudios de abogados realicen las prestaciones a la Defensoría.
Este sistema ha provocado que incluso prestigiosos estudios de abogados liciten causas y después contraten abogados a un menor costo para que realicen las acciones que licitaron. Siempre he pensado que se trata de un mal sistema, pues la labor de la Defensoría Penal Pública debiera estar radicada en funcionarios del Estado, contratados por la Defensoría, tal como lo plantea este proyecto. De esa manera, los defensores responderían ante el Estado de Chile y no sucederían hechos como los relatados, en que prestigiosos estudios jurídicos contratan -perdonen la expresión “medios pollos” para que realicen las tareas que licitó la Defensoría Penal Pública a nivel nacional.
Me parece importante que en Chile tengamos una mirada de Estado y no de mercado en áreas como la salud, la educación y, como en este caso, la justicia.
La función de los defensores penales consiste en defender a la gente de menos recursos; por lo tanto, si el Estado no dispone de personal idóneo, con todo lo que se requiere para defender a esas personas, entonces disminuye la posibilidad de que obtengan justicia real.
La gente de mayores ingresos contrata abogados, porque los puede pagar; en cambio, la gente de menores ingresos requiere de la Defensoría Penal Pública, porque no tiene otra forma de ser defendida sino a través de un defensor público. Por eso, en el caso de los adolescentes, quiero destacar, nuevamente, que el Ministerio de Justicia y el gobierno de la PresidentaBachelet estén cumpliendo una aspiración muy sentida por los defensores penales juveniles.
La Defensoría Penal Pública se ha ido especializando de manera importante. Al principio, se pensó en licitar la labor de los defensores en la Defensoría Penal Pública, pero primó el buen criterio de contratarlos, para que fuesen parte de la Defensoría. En un principio se incorporaron a honorarios, pero la situación ya no daba para más. Los defensores, que deben hacer un trabajo especializado, estuvieron muchos años a honorarios. Ellos conocen más que nadie el trabajo de defender a adolescentes.
Finalmente, anuncio que vamos a concurrir con nuestro voto para aprobar este importante proyecto, que es una demostración de que el gobierno de la PresidentaBachelet está cumpliendo sus compromisos de campaña. El Estado de Chile les entrega a los adolecentes de nuestro país que caen en infracción la posibilidad de tener una defensoría adecuada, institucionalizada, con personal idóneo para desarrollar las funciones desde el Estado.
He dicho.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb.
El señor RATHGEB.-
señor presidente, hay una situación que vive nuestro país desde hace muchos años y que es motivo de preocupación de todos los chilenos: la seguridad pública.
Esta situación se manifiesta en la inseguridad que las personas sienten al salir de sus domicilios, al concurrir a sus lugares de trabajo o al transitar por la vía pública.
No me referiré a la cantidad de recursos y al aumento de personal, porque ya lo han mencionado otros diputados. Estoy de acuerdo con ello, por lo que votaré a favor esta iniciativa.
Sin duda, es necesaria e indispensable la defensa penal especializada en adolescentes. Sabemos del trato especial que ellos deben tener para tratar de sacarlos del círculo de la delincuencia en el que se están iniciando. Necesitan una atención exclusiva y un trato especial para que no vuelvan a delinquir, muy distinto al de las defensorías licitadas, que generan una relación absolutamente impersonal.
El diputadoRobles criticó la licitación de las defensorías que obtienen estudios de abogados que, finalmente, contratan a “medios pollos” para realizar esa tarea. Al respecto, debo recordar que ese tipo de licitaciones partió con la reforma al sistema procesal penal, realizada durante los gobiernos de la Concertación. Por lo tanto, hay que ser responsable cuando se habla sobre el tema y se debe señalar que las licitaciones partieron en los gobiernos de la Concertación. De manera que si alguien formula una crítica, también debe hacerse cargo de la misma como parte del gobierno al que perteneció. Por lo tanto, si se cuestionan las licitaciones de la defensoría, también se debe criticar todo el sistema que se implementó en los gobiernos de la Concertación.
Más allá de eso, esta es una muy buena iniciativa, que apoyaremos con entusiasmo, porque pretendemos mejorar la Defensoría Penal Pública especializada en adolescentes, con nuevo personal que, con entusiasmo y cariño, realizará esas defensorías. Pero también se debe avanzar en la figura de los querellantes para las víctimas. En efecto, la víctima hoy no es representada por nadie; la Fiscalía representa a la sociedad en general, pero no a las víctimas. Las víctimas que no tienen recursos finalmente no tienen las condiciones económicas para contratar abogados que los representen.
Por lo tanto, teniendo presente la gran cantidad de delitos que se cometen en Chile, un problema que no ha podido ser solucionado, es necesario avanzar en establecer querellantes gratuitos para las víctimas que no cuenten con los recursos para poder financiar su contratación.
Aprobaremos esta iniciativa porque sabemos que las personas que defienden a los adolescentes, así como quienes lo harán en el futuro, lo harán pensando en la sociedad y no solo en obtener un ingreso económico, porque piensan que esos jóvenes tienen la oportunidad de salir de los círculos de delincuencia a los que han ingresado, lo que nosotros, como diputados, estamos dispuestos a respaldar.
He dicho.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Leonardo Soto.
El señor SOTO.-
señor presidente, quiero expresar mi apoyo a este proyecto de ley, que tiene como objetivo regularizar y normalizar la precaria situación laboral del personal profesional y administrativo que presta actualmente servicios en el programa de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública, quienes deberán pasar de honorarios a contrata. De esta forma, se institucionaliza la defensa penal especializada en adolescentes.
Han existido varios proyectos de acuerdo y de resolución mediante los cuales esta Corporación ha solicitado a dos administraciones distintas el envío de un proyecto de ley que subsanara una de las principales falencias que presenta nuestro sistema de defensoría penal, esto es, la carencia de un completo sistema de justicia especializado en los adolescentes.
Según los antecedentes que tuvimos a la vista en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, la Defensoría Penal Pública, con la normativa vigente, ya cuenta con una estructura especializada para atender los casos de jóvenes, compuesta por 50 defensores, 11 trabajadores sociales y 22 asistentes administrativos; sin embargo, todos ellos están contratados bajo el régimen de honorarios a suma alzada.
Su precaria situación contractual ha implicado varios problemas, como la permanente rotación de abogados, con la consiguiente pérdida de la inversión efectuada en capacitación y formación especializada; problemas financieros para reemplazar abogadas y asistentes durante sus períodos de pre y posnatal. Además, estos trabajadores se encuentran excluidos del sistema de incentivos asociados al cumplimiento de metas, de lo cual sí gozan el resto de los funcionarios de la Defensoría; otro inconveniente es la imposibilidad de reemplazarlos en caso de enfermedad, entre otros impactos negativos de su situación contractual.
En consecuencia, la aprobación del proyecto es altamente conveniente y también esperada, pues resuelve la precaria situación de los 83 funcionarios a honorarios, todos muy calificados y preparados, institucionalizando un servicio que, de acuerdo con lo que consagran la ley y los tratados internacionales que Chile ha suscrito, debe ser permanente, profesional y especializado.
Cabe recalcar que, en el contexto internacional, ha sido una preocupación permanente el trato que se les da a los adolescentes que infringen la ley. Al ser personas menores de edad, en proceso de formación y desarrollo, todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos deberán tener una consideración primordial a que se atenderá: el interés superior del niño.
Este predicamento está recogido explícitamente en la Convención sobre los Derechos del Niño, la que, en su artículo 40, establece que es necesario que los adolescentes que estén acusados o se declaren culpables de haber infringido la ley penal reciban un tratamiento, desde la acusación hasta la sentencia, con juicio y aplicación de la sanción correspondiente, promoviendo siempre la educación, la atención integral y reinserción del adolescente a la familia.
Con la aprobación de este proyecto de ley, nuestras y nuestros adolescentes que, por distintas razones, se ven en conflicto con la justicia, no solo contarán con abogados capacitados y exclusivamente dedicados a atender a este grupo, sino que también dispondrán de un equipo formado por asistentes sociales y asistentes administrativos que den correcto resguardo a sus necesidades de tratamiento y atención. Todo ello será realizado por profesionales que contarán con estabilidad y, ahora, seguridad en su trabajo, lo que, por cierto, permitirá conseguir un estándar óptimo de defensoría penal juvenil, acorde a nuestra Constitución Política y a nuestro sistema de responsabilidad penal adolescente, regulado en la ley N° 20.084.
Espero -me comprometo a ello-, prontamente, sustituir este antiguo régimen por uno en que primen, como fundamentos del sistema penal, la prevención y la rehabilitación para aquellos que, muchas veces, se transforman en infractores de la ley, fundamentalmente, porque esta, en lo sustantivo, reproduce el tipo de sociedad excluyente y mercantilizada que nos hemos propuesto sustituir por una de inclusión y de derechos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO.-
señor presidente, en primer lugar, saludo a la delegación de la comunidad de Pudahuel que nos acompaña.
Sin duda, este proyecto es importante para dotar a nuestro sistema de Defensoría Penal Pública de adolescentes de los profesionales debidamente acreditados, a tiempo completo, para enfrentar un tema que, muchas veces, ha sido motivo de discusión: la incursión de muchos adolescentes en la delincuencia.
También es necesario abordar el tema desde una visión más integral, lo que significa brindarles una legítima defensa, la posible reinserción, y no mirarlo solo desde la perspectiva de un hecho. Debemos asumirlo con la responsabilidad en el tratamiento que el tema requiere.
Muchas veces nos ha correspondido observar cómo los ciudadanos ven, con frustración, que muchos adolescentes incursionan en la delincuencia, y pareciera ser un tema sin solución.
¡Qué duda cabe de que el asunto es complejo! Por eso, este proyecto ayudará, desde la perspectiva de la necesidad de lograr, a través de este sistema de responsabilidad penal, la imposición de determinadas condiciones, que son muy particulares, que permitan un juzgamiento penal distinto al de los adultos, en cuanto a la forma en que debe ser comprendido el debido proceso, y con las garantías judiciales que deben tener aquellas personas que son juzgadas en virtud de esa ley.
La justificación de la particularidad de por qué se requiere de una defensoría penal específica para el tema de la adolescencia, obviamente, tiene que ver con los factores normativos, fácticos, políticos y criminales que enfrenta la delincuencia en ese nivel de la vida. De ahí, entonces, que las normas jurídicas que modelan la respuesta punitiva en el Estado deben otorgar un marco adecuado para que esto también esté dentro de lo que nuestra Constitución Política establece y lo que la Convención sobre los Derechos del Niño nos obliga a respetar, en la necesidad de que los estados que forman parte -y Chile forma parte establezcan procedimientos adecuados, cuenten con autoridades competentes e instituciones específicas para que los niños, niñas y adolescentes que cometan infracciones a la ley tengan un sistema penal distinto al que son sometidos los adultos.
Ese es el fundamento que, en su momento, dio origen a la citada ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal.
Si bien lo que estamos haciendo hoy puede parecer no tan trascendental, sí lo es. La situación de quienes durante mucho tiempo ejercieron esta función respecto de una materia tan importante, los cuales estaban contratados a honorarios, con la inestabilidad propia que ello implica, ahora se regularizará como corresponde, porque serán asimilados a los grados de la escala única de sueldos, y no bajo la inseguridad que significa una contratación a honorarios.
La Defensoría Penal especializada en adolescentes requiere de profesionales con dedicación completa, competentes, que ganen experiencia en el tiempo y que, obviamente, ayuden a la especificidad propia de tratar con niños y adolescentes infractores de la ley penal.
Estamos frente a una realidad psicológica, social y cultural de nuestros adolescentes que son seleccionados por el sistema penal. Ello hace que se justifique este tratamiento más especializado en cumplimiento de un principio que todos debemos respetar, cual es el de igualdad ante la ley.
No quiero ahondar más en el contenido del proyecto, pues ha sido explicado minuciosamente a través del informe que rendí. Solo espero que esta decisión que vamos a adoptar signifique un salto cualitativo y cuantitativo para el sistema penal, puesto que son 700 millones de pesos adicionales que se destinarán a fortalecer la institucionalidad y el marco profesional y técnico de la Defensoría Penal adolescente. Con ello se propende a contar con una política integrada en el marco de nuestro sistema jurídico y la forma como se debe aplicar la ley.
Por las razones expuestas, la bancada de diputados de la UDI votará a favor el proyecto. He dicho.
-Aplausos.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).-
señor presidente, la ley de responsabilidad penal adolescente es un instrumento que, a mi juicio, estuvo bien inspirado, pero que no cumple con el objetivo de impedir que estos sigan comprometidos con el delito.
Hemos visto -esto hay que decirlo con todas sus letras cómo los niños siguen en el circuito del delito; incluso, es posible señalar que su presencia ha aumentado. Muchos de esos niños, niñas y adolescentes son instrumentalizados por adultos. Hace un tiempo, conocimos el caso de una mujer de La Legua que había contratado a varios niños para distribuir drogas. Al final, en vez de ayudar a los niños a romper ese círculo vicioso, lo que en realidad hacemos es responsabilizarlos penalmente. En otras palabras, la única respuesta del Estado es la sanción.
Por lo tanto, debemos volver a estudiar la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, porque no ha entregado los resultados esperados. Hemos transformado esa legislación en un derecho penal del menor; sin embargo, ha perdido el carácter rehabilitador y socializador de niños, niñas y adolescentes, y su noción de incorporarlos a la sociedad, de modo de romper o fracturar los vínculos con la delincuencia. En definitiva, hemos generado mayor persecución hacia nuestros adolescentes, lo que se encuentra favorecido por el hecho de existir un ente persecutor autónomo e independiente.
En el otro extremo tenemos una Defensoría Penal, dependiente del Ministerio de Justicia, que no puede fijar sus propias políticas ni plantas de personal. En esta situación surge un desequilibrio, que también depende de la aún inconclusa definición del carácter de la Defensoría Penal. A mi juicio debe ser un órgano autónomo e independiente, tal como lo es el órgano persecutor. Creo que así se restablecerían los equilibrios necesarios en defensa no solo de los adolescentes, sino también de todos aquellos que requieren asistencia judicial para un debido proceso.
No obstante esta carencia de autonomía de la Defensoría Penal, la reflexión sobre su quehacer nos lleva a sentirnos orgullosos de lo realizado, pese a la precariedad de medios con los que cuenta. Esta precariedad hoy se manifiesta en lo que se solicita a través del proyecto; se trata de algo sencillo y simple: que quienes defienden a menores -tal como aún se les dice a nuestros niños, niñas y adolescentes y que prestan servicios a honorarios pasen a estar en calidad de contrata, situación que si bien es sencilla, ha costado mucho lograr.
Esta situación también evidencia otra mirada respecto de la cual nos tenemos que hacer cargo. Lo que acá importa no es el niño, la niña y el adolescente -respecto de los cuales no existe ninguna preocupación-, sino el castigo y la persecución penal de un eventual delincuente. Sin embargo, no se asocia que un niño infractor de ley es, además, una víctima de vulneración de derechos. Por lo tanto, cuando como Estado no nos damos cuenta de esa circunstancia, al final del día lo único que hacemos es encarcelar a nuestros niños, niñas y adolescentes, lo que es pernicioso.
Por todo lo anterior, insisto en que debemos volver a estudiar la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, porque no ha cumplido con los fines para los cuales fue establecida y no rompe el ciclo delictivo. Muchos de esos niños luego ingresan a dependencias del Sename, donde, más que rehabilitarse, generan mafias que luego se incorporan al circuito del delito mayor. Esto hay que decirlo porque es una constatación; no estoy responsabilizando a nadie en particular.
Creo que en este proceso hay temas que examinar; hay una despreocupación total del Estado por solucionar temas gravitantes en relación con los niños infractores de ley, que, sin duda, también son víctimas de vulneración de sus derechos.
El carácter de lo que estamos tratando es urgente. Debemos aprobar el proyecto porque el Estado debe hacerse cargo de lo que crea. La Ley de Responsabilidad Penal Adolescente emanó del Congreso Nacional. Sus modificaciones posteriores, más que ayudar, tuvieron un carácter más agresivo en relación con los adolescentes infractores de ley. De una vez por todas hay que ayudar a que el Estado muestre mayor preocupación por los adolescentes, razón por la cual –repito la iniciativa de ley tiene debe ser aprobada. Reitero que el proyecto aborda una mínima parte del problema, porque, en buenas cuentas, lo que estamos haciendo es poner un parche ante una herida que, sin duda, está abierta.
Considero necesario que el Gobierno emprenda una verdadera modificación a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, a la Defensoría Penal, en el sentido de que se convierta en un órgano independiente y autónomo. Es imperioso que respetemos las Reglas de Beijing respecto de la persecución penal y los derechos de los niños infractores de ley. No las respetamos porque siempre actuamos bajo la lógica de castigar, castigar y castigar, para luego ver las consecuencias de los castigos implementados, sin pensar que esos adolescentes requieren ser reincorporados a la sociedad, para lo cual es necesario romper este círculo vicioso que lo único que logra es incorporar a los niños, niñas y adolescentes a grupos mafiosos.
En razón de lo anterior, felicito el trabajo hecho por la Defensoría Penal Pública a través del Programa de Defensa Penal Juvenil. Con los escasos recursos a su disposición ha realizado un estupendo trabajo desde la precariedad, logrando construir defensas en favor de los adolescentes de nuestro país. Creo que la forma de agradecer toda esa labor es aprobando la ley en proyecto, que se requiere con urgencia.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
tiene la palabra el diputado señor Renzo Trisotti.
El señor TRISOTTI.-
señor presidente, una defensa especializada está integrada por una serie de elementos que derivan de los derechos fundamentales del adolescente, reconociéndose y tratándose de manera especial, como, por ejemplo, el interés superior del niño, el derecho a ser oído, a comunicarse libremente con su abogado, entre otros.
El modelo de provisión de defensa contemplado en la ley Nº 19.718, que creó la Defensoría Penal Pública, contempla una dotación fija de defensores institucionales que constituyen la base del sistema, más una dotación de defensores cuyos servicios son licitados, no contemplándose en la dotación a defensores penales juveniles que hoy se requieren.
De ahí que el objetivo del proyecto, de acuerdo a lo planteado por el Ejecutivo, es permitir la provisión permanente y oportuna de defensa penal especializada de adolescentes, lo que implica contar no solo con abogados defensores capacitados y exclusivamente dedicados a atender a este grupo, sino también con un equipo formado por asistentes sociales y asistentes administrativos.
De esta forma, el proyecto incorpora 50 defensores locales, destinándose como defensores penales juveniles, y aumenta en 83 la dotación máxima de personal autorizada en la ley para la Defensoría Penal Pública. De estos, 50 cargos serán para los defensores penales juveniles y 33 para otros profesionales y personal administrativo.
Sin embargo, la ley Nº 20.084, y su reglamento, crean un sistema de responsabilidad penal para adolescentes que impone ciertas condiciones particulares respecto del juzgamiento penal. En su artículo 29 se instituye el principio de especialización, que establece ciertas capacitaciones especiales para los jueces de garantía, los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal, los fiscales adjuntos y los defensores penales públicos que intervengan en causas de adolescentes. Esta capacitación podrá ejercerse a través de estudios en formación criminológica vinculada con la ocurrencia de estas infracciones, la Convención sobre los Derechos del Niño, las características y especificidades de la etapa adolescente y el sistema de ejecución de sanciones establecidas en la misma ley.
Desde la dictación de dicha ley, publicada en 2005, hasta la fecha, la defensa de nuestros adolescentes ha sido asumida por la Defensoría a través de la implementación de un programa piloto que ha permitido contratar profesionales vía honorarios para atender la creciente demanda.
El proyecto de ley viene a solucionar ese problema. Como dijo el ministro de Justicia, esta iniciativa permite que un número determinado de defensores que cumplen funciones para la defensa penal de adolescentes y que hoy se desempeñan bajo el régimen de honorarios, pasen a contrata. Por lo tanto, la iniciativa no solo cumple con tratados internacionales y con nuestra propia legislación, sino que, también, viene a regularizar la situación laboral de muchos de los trabajadores que ejercen función en la Defensoría Penal Pública.
Por otra parte, uno de los principales planteamientos de la ciudadanía se vincula con el problema de la delincuencia. Así como el Congreso Nacional ha aumentado la dotación de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, se hace absolutamente necesario acelerar la tramitación del proyecto de fortalecimiento del Ministerio Público.
En la Región de Tarapacá, que represento, los fiscales tienen el mayor volumen de causas si se compara con el resto del país: cada uno de ellos tiene una carga de trabajo por sobre el resto, lo cual no solo afecta la celeridad de las investigaciones, sino que muchas veces deja a dichos funcionarios en condiciones desfavorables respecto de sus pares del resto del país. Además, existe la necesidad de crear juzgados de garantía y de familia para la comuna de Alto Hospicio. Debemos legislar al respecto.
Como dije, la delincuencia es uno de los principales problemas que debe afrontar el país. Tenemos el deber de avanzar para que todas las instituciones integrantes del sistema penal tengan los medios y recursos para que no solo se cumpla con nuestra legislación, sino, también, para que exista una persecución penal efectiva, oportuna y eficaz.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
tiene la palabra la diputada Loreto Carvajal.
La señora CARVAJAL (doña Loreto).-
señor presidente, en primer lugar, quiero saludar a los funcionarios de la Defensoría Penal Pública que nos acompañan en la tribuna y han seguido atentamente la sesión. Ellos, junto con los abogados defensores, asistentes sociales, psicólogos, personal administrativo, etcétera, hacen una labor que va más allá de lo profesional, ya que sabemos que la Defensoría Penal juvenil es distinta a la de adultos.
Adhiero a lo señalado por el diputadoHugo Gutiérrez, en el sentido de que en una sociedad tan desigual como la nuestra no es menor el hecho de que se hable de delitos juveniles e infantiles. Ayer, la televisión informaba de la cantidad de niños que son abandonados en los hospitales, sin recibir amor ni elementos de contención. Los psicólogos y sociólogos señalan que esos niños, que no tienen ningún amparo social, lo más probable es que lleguen a delinquir. No es un prejuicio, pero lo más probable es que así ocurra.
La iniciativa pretende regularizar una situación laboral específica relacionada con una institución; sin embargo, se requieren de otros elementos que permitan garantizar los derechos de los niños y de los jóvenes. La legislación no debe ser sinónimo de persecución; debe haber objetivos claros y procesos de rehabilitación, los que hoy no existen a nivel juvenil ni adulto. Las cárceles están copadas y no existe rehabilitación de internos, objetivo de todo sistema carcelario.
Como se ha señalado, el proyecto se hace cargo de una deficiencia del sistema al regularizar la situación laboral del personal que presta servicios en el Programa de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública. La iniciativa propone que dichos funcionarios pasen del régimen de honorarios a contrata, con lo que se institucionaliza la defensa penal, especialmente la de adolescentes. Así, se incorporan 50 defensores locales, que se destinarán como defensores penales juveniles, y se aumenta en 83 cargos la dotación máxima de personal autorizada en la Ley para la Defensoría Penal Pública. De estos, 50 cargos serán para los defensores penales juveniles y 33 para otros profesionales y personal administrativo.
Han transcurrido cinco años desde la implementación del proyecto piloto del Programa de Defensa Penal Juvenil. En tal sentido, es necesario definir el modelo de servicio definitivo con que va a funcionar la Defensoría Penal juvenil o adolescente. Se trata de una tarea urgente y necesaria que requiere mucho más que la aprobación de este proyecto. Es menester regularizar esa situación, como, también, la de muchos fiscales, pues no hay carrera funcionaria y existen vacíos que debemos observar y reparar, en el entendido de que este proyecto, de cierta manera, perfecciona el modelo.
Por último, anuncio mi voto favorable al proyecto y espero que se apruebe por unanimidad.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
tiene la palabra el diputado Ricardo Rincón.
El señor RINCÓN.-
señor presidente, agradezco al diputadoRené Saffirio por haber informado sobre el proyecto en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
La iniciativa es importante, porque regulariza la situación de los defensores penales juveniles, que ejercen su función a honorarios, con toda la incertidumbre que eso conlleva.
El proyecto constituye una mejora. No es lo que quisiéramos, ya que los funcionarios no pasarán a planta, sino a contrata; sin embargo, ello les garantiza, entre otras cosas, previsión y un poco más de estabilidad laboral a quienes se dedican a un tema de suyo importante, cual es la defensoría penal juvenil.
El proyecto aumenta en 83 cargos la dotación máxima de personal autorizada en la Ley para la Defensoría Penal Pública. De estos, 50 cargos –abogados serán destinados al Programa de Defensa Penal Juvenil y 33 para a otros profesionales y personal administrativo.
La iniciativa irroga un gasto que, en la medida de lo posible, será absorbido por la propia Defensoría Penal Pública y por los recursos que proveerá el Ministerio de Hacienda, a través de la Partida respectiva del Tesoro Público.
Como Comisión de Constituci��n, Legislación y Justicia, llamamos a aprobar la iniciativa; es un granito de arena que aporta en la línea correcta de fortalecer integralmente no solo a la Defensoría, sino también, a futuro, al Ministerio Público.
He dicho.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
tiene la palabra la diputada Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
señor presidente, la Defensoría Penal Pública, como todos sabemos, tiene por objeto garantizar la debida defensa de quienes son imputados por un delito. El proyecto en discusión persigue garantizar de mejor forma este derecho que asiste a los menores imputados por algún delito, lo que me parece acertado. Obviamente, tanto los diputados de mi bancada como quien habla aprobaremos la iniciativa.
Es importante señalar que no estamos hablando de niños, sino de menores adolescentes, que, por regla general, viven en una situación irregular, no han contado con el debido apoyo de sus familias y muchas veces provienen de familias cuya actividad normal es el delito. Por supuesto, al igual que cualquier otro chileno, uno quiere que esos jóvenes tengan la oportunidad de resarcir el perjuicio que han causado y, sobre todo, ver la vida desde un punto de vista diferente, darse cuenta de que se puede salir adelante, que se puede transitar por un camino distinto al del delito, que se puede formar una familia, que es lo que todos soñamos para nosotros y nuestros hijos. Por eso apoyo este proyecto.
Sin embargo, no puedo dejar pasar la oportunidad de comparar la situación de la Defensoría Penal Pública con la del Ministerio Público y sus fiscales.
Cuando iba a entrar en vigencia la ley de responsabilidad penal adolescente, recuerdo que analizamos dos proyectos: uno, que reforzaba la Defensoría Penal Pública con 40 defensores más, y otro que hacía lo propio con el Ministerio Público, pero con solo 23 fiscales. Como se sabe, la Defensoría Penal Pública interviene solo cuando una persona ha sido imputada; en cambio los fiscales del Ministerio Público deben comenzar a actuar desde que se comete algún delito o se denuncia algún hecho que reviste ese carácter. Así las cosas, la carga de trabajo es muy diferente.
En el Senado se encuentra radicado un proyecto de modernización del Ministerio Público, pero todavía no es despachado, lo cual nos preocupa. Tengo plena conciencia de que dicha iniciativa no cumple con todo lo que solicitaba el Ministerio Público para llevar adelante de manera más adecuada su labor. Hoy, ese organismo presenta una evidente sobrecarga de trabajo. Cada fiscal es responsable de un promedio superior a las 2.000 causas, en circunstancias de que la carga proyectada de trabajo para cada uno de ellos fluctuaba entre las 1.000 y 1.200 causas. Sabemos que les falta tiempo, que están cansados, que no hay carrera funcionaria, que las mujeres están en los últimos grados, etcétera.
Repito, me preocupa muchísimo que el proyecto a que he hecho alusión se encuentre estancado. Cuando lo analizamos en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pregunté al ministro de Justicia qué pasaba con ese proyecto. Me respondió que lo estaban estudiando para ver si se podían adicionar recursos para que el número de fiscales a contratar fuera mayor al establecido en la iniciativa. Ojalá que eso se haga pronto, porque no solo ha habido aumento de la delincuencia, sino, además, parte del miedo o temor de la gente nace de la falta de acceso a la justicia, de no tener abogados que la defienda y de la carencia de fiscales. Hace algunos años, durante el gobierno del Presidente Piñera, tramitamos y aprobamos un proyecto de reforma constitucional que asegura y garantiza el derecho a defensa que tienen todas las personas al ser víctimas de un delito con violencia. Había una serie de anteproyectos para modernizar la Corporación de Asistencial Judicial y transformarla en un servicio nacional de asistencia jurídica, pero ello no se ha concretado.
Por último, me parece bien reforzar la atención de los menores; pero mientras no realicemos una modernización del Sename y no se cumpla a cabalidad su mandato legal, esto es, dar una real oportunidad de reinserción social, rehabilitación y estudios a todos los jóvenes que cometen delitos y a todos los niños que están en una situación de vulnerabilidad -ellos llegan al Sename con un futuro bastante incierto-, seguiremos viendo que cada vez un mayor número de estos cometen delitos y son privados de libertad, sin una familia y sin una red de protección que les permita salir del círculo de la delincuencia.
Obviamente, a todos nos preocupan los índices de delincuencia, independientemente del sector político que representemos. Algunos podremos querer un poco más de mano dura, porque preferimos tener delincuentes tras las rejas que a gente inocente encerrada; otros piensan que debería ser al revés. Sin embargo, todos concordamos en que mientras no ataquemos el problema de fondo, cual es la falta de apoyo y de protección social a los niños que deambulan por las calles, que se prostituyen o son abusados sexualmente, los índices de delincuencia y de violencia juvenil serán cada vez más altos.
Comprometo mi apoyo y el de mi bancada al proyecto. Es una pena que el ministro de Justicia no esté presente en la Sala para acompañarnos en la discusión de un proyecto tan importante como este. Espero que, como legisladores, alguna vez nos hagamos cargo de este problema como corresponde, y el Ejecutivo patrocine proyectos y considere los recursos necesarios para contar con un Sename que cumpla con su deber, y un Ministerio Público y fiscales que también puedan desarrollar su tarea como manda la ley.
He dicho.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:
El señor ARRIAGADA.-
señor presidente, el proyecto pretende regularizar la situación laboral del personal que presta servicios desde 2006 en el Programa de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública, quienes pasan de honorarios a contrata. De esta forma, se institucionaliza la defensa penal especializada en adolescentes.
Cabe hacer presente que la exigencia de especialización de la justicia penal para adolescentes tiene rango legal, ya que se encuentra consagrada, tanto para jueces como para fiscales y defensores, en el artículo 29 de la Ley N° 20.084, de Responsabilidad Penal Adolescente.
Sobre el particular, y con el objeto de analizar la pertinencia de la modificación, se debe señalar que en 2013 la Defensoría Penal Pública atendió a 31.810 imputados adolescentes, de los cuales 22.946 fueron defendidos por defensores penales juveniles (72,13 por ciento).
En cuanto al ingreso de causas relacionadas con imputados menores de 18 años, las estadísticas de la Defensoría Penal Pública nos señalan lo siguiente:
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El mensaje señala que el proyecto tiene como objetivo permitir la provisión permanente y oportuna de defensa penal especializada de adolescentes, lo cual implica contar no solo con abogados defensores capacitados y exclusivamente dedicados a atender a este grupo, sino también con un equipo formado por asistentes sociales y asistentes administrativos, lo que permitirá que, en adelante, se pueda ir cubriendo la demanda de atención.
Para cumplir con los objetivos señalados precedentemente, el mensaje propone modificaciones a la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, incorporando, por una parte, 50 defensores locales, destinándose como defensores penales juveniles, y se aumenta en 83 cargos la dotación máxima de personal autorizada en la ley para la Defensoría Penal Pública. De estos, 50 cargos serán para los defensores penales juveniles y 33 para otros profesionales y personal administrativo.
El proyecto cuenta con un artículo único y dos disposiciones transitorias.
Mediante el artículo único se modifica el inciso tercero del artículo 31 de la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, en el sentido de aumentar de 145 a 195 el número de defensores locales que deberán ser contratados en los grados 5 y 11 de la planta del servicio, agregándose que al menos 50 de estos -es decir, el aumento que propone el mensaje cumplirán funciones para la defensa penal de adolescentes.
Por su parte, mediante las disposiciones transitorias se incrementa en 83 cupos la dotación máxima de personal vigente de la Defensoría Penal Pública y se establece que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley en proyecto, para el año de su entrada en vigencia, se financiará con los recursos contemplados en el presupuesto de la Defensoría Penal Pública. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, suplirá dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los referidos recursos.
El proyecto de ley de defensa penal juvenil propone una vía de solución para permitir la provisión permanente y oportuna de defensa penal de adolescentes especializada, lo cual implica contar no solo con abogados defensores capacitados y exclusivamente dedicados a atender este grupo, sino también con un equipo formado por asistentes sociales y asistentes administrativos. Esta solución legislativa permitirá que se pueda ir cubriendo la demanda de atención hacia el futuro -para lo cual podrá seguirse el modelo mixto actualmente existente en la Defensoría Penal Pública y asegurar que la dotación de planta y a contrata que se sume sea efectivamente dedicada a la atención exclusiva de los adolescentes en conflicto con la ley penal, para así conseguir un estándar óptimo de defensa penal juvenil, acorde a nuestra Constitución Política y a nuestro sistema de responsabilidad penal adolescente regulado en la ley N° 20.084.
La provisión del servicio de defensa penal juvenil es una situación que ha sido asumida decididamente por la Defensoría Penal Pública hasta la fecha, a través de la implementación de un programa piloto que ha permitido contratar, vía honorarios, a profesionales para atender la demanda de defensa penal juvenil. Dicho plan se inició con el propósito de contar con datos empíricos de los primeros años de funcionamiento del sistema de defensa penal juvenil, especialmente en lo tocante a la demanda y el impacto en la defensa de las nuevas obligaciones provenientes del sistema de ejecución de sanciones, el que ha sido financiado desde 2006 mediante una reasignación presupuestaria desde el subtítulo de trasferencias corrientes al ítem honorarios. Tras haber transcurrido más de ocho años de este plan piloto es necesario definir el modelo de servicio definitivo respecto de la defensa penal de los adolescentes, situación que se perfecciona a través del presente proyecto de ley.
Sobre la necesidad de contar con defensa penal especializada en adolescentes, es preciso señalar que la ley N° 20.084 y su reglamento crean un Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes que impone ciertas condiciones particulares respecto del juzgamiento penal de adultos, en cuanto a la forma en que debe ser comprendido el debido proceso como garantía judicial de aquellos y aquellas que son juzgados en virtud de dicha ley, estableciéndose expresamente en el artículo 29 de dicho texto legal el principio de especialización.
La concreción del principio señalado precedentemente dice relación con el reconocimiento especial de los derechos fundamentales del adolescente, lo que implica mayores exigencias concretas para la defensa penal juvenil.
En virtud de lo anteriormente expuesto, sugerimos apoyar el proyecto informado, ya que es coherente en cuanto a su justificación, necesidad e impacto en el sistema de justicia.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Chahin Valenzuela Fuad; Cicardini Milla Daniella; De Mussy Hiriart Felipe; Espejo Yaksic Sergio; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hernando Pérez Marcela; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Macaya Danús Javier; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Morano Cornejo Juan Enrique; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Verdugo Soto Germán.
El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
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