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El señor ESCALONA (Presidente).-
Conforme a lo acordado precedentemente, corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios, con urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7484-01) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 30ª, en 3 de julio de 2012.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 87ª, en 18 de diciembre de 2012.
Informes de Comisión:
Agricultura: sesión 47ª, en 5 de septiembre de 2012.
Agricultura (segundo): sesión 84ª, en 12 de diciembre de 2012.
Hacienda: sesión 84ª, en 12 de diciembre de 2012.
Mixta: sesión 89ª, en 19 de diciembre de 2012.
Discusión:
Sesiones 48ª, en 11 de septiembre de 2012 (se aprueba en general); 86ª, en 12 de diciembre de 2012 (se aprueba en particular).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
La divergencia suscitada entre ambas Cámaras derivó del rechazo por la otra rama legislativa, en tercer trámite constitucional, de la enmienda efectuada por el Senado en el artículo 19 del proyecto.
La Cámara de Diputados aprobó, en primer trámite constitucional, un artículo en el cual se establece que en caso de incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones establecidas en los artículos 5º, 6º, 8º, 10 y 11, el Servicio Agrícola y Ganadero podrá sancionar al infractor con multa de hasta 100 unidades tributarias mensuales, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Párrafo IV del Título I de la ley Nº 18.755.
El Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó que el incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones de los artículos 5º, 6º, 8º, 10 y 12 se sancionarán, por el mismo servicio público, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Párrafo IV del Título I de la ley Nº 18.755, con multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales, y que, en caso de reincidencia, la multa será de 10 a 100 unidades tributarias mensuales.
La Comisión Mixta, como forma de resolver las divergencias, propone lo siguiente:
-Establecer que el incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones ya mencionadas se podrá sancionar con una multa de 5 a 75 unidades tributarias mensuales, con el mismo procedimiento ya indicado, y que, en caso de reincidencia, se mantendrá la sanción de 10 a 100 unidades tributarias mensuales.
-Modificar el artículo 10 del proyecto, con el objeto de señalar que el poder requerido para designar el veedor se determinará en la forma que señala el reglamento. Lo anterior, para facilitar la forma en que los pequeños agricultores o personas naturales otorgarán dicho instrumento.
El acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión Mixta, Senadores señores Coloma, García y Hernán Larraín, y Diputados señora Muñoz y señores Barros, Chahín, Sauerbaum y Urrutia.
Cabe hacer presente que el artículo 19 del proyecto es de rango orgánico constitucional, por lo que requiere para su aprobación 21 votos conformes.
Finalmente, corresponde informar que la Cámara de Diputados, en sesión de hoy, aprobó la proposición de la Comisión Mixta.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios figuran los detalles de esta iniciativa.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Según lo acordado, en votación el informe.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (26 votos a favor) y queda terminada la tramitación del proyecto.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Gómez, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Prosecretario.
El señor ALLIENDE (Prosecretario).-
Ha llegado un informe de la Comisión Revisora de Cuentas, mediante el cual comunica que aprobó las cuentas de la Tesorería del Senado correspondientes al año presupuestario 2011, y acompaña una síntesis de ellas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
Dicho informe fue aprobado por la Comisión de Régimen Interior.
--Se toma conocimiento y se manda publicar la síntesis de las cuentas del año 2011 en el Diario Oficial.
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