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CONSIDERACIONES PREVIAS
Hoy en día, el acceso a la cultura por parte de la sociedad en su conjunto, es un deber del Estado, y para ello, se han concretado iniciativas de los gobiernos de turno, para que ésta se encuentre al alcance de todas y todos.
Incluso, y aquí es digno de destacar, la cultura se ha convertido en materia de Estado y no de gobierno, continuando en cada administración de turno las políticas implementadas anteriormente por quien detentaba el poder político, lo que ha ocurrido en Chile, por ejemplo, cuando se han desarrollado las Políticas Culturales, que no han sufrido mayores cambios de fondo desde una coalición gobernante a la otra de distinto sello ideológico.
La cultura, como común denominador de desarrollo, debe ser accesible a todos los integrantes de una población, pero, como sucede en todo acontecer humano, ésta no ha estado al alcance de quienes más lo necesitan, como lo son las personas excluidas socialmente, llámense migrantes, pueblos originarios, empobrecidos y en lo que nos atañe, personas con discapacidad, entre otros.
Esto ha llevado a que se instale en el mundo moderno, el concepto de “cultura de la accesibilidad”, que “ha adquirido el carácter de nuevo valor social” (Ministerio de Cultura y Ministerio de Sanidad de España: 3), concretándose en políticas claras de acceso a la cultura, en este caso, de las personas con discapacidad.
En el estudio citado sobre acceso a la cultura de las personas con discapacidad en España, llama la atención para nuestro trabajo investigativo, que antes de la promulgación por parte de las Naciones Unidas de la “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad” del año 2006 y donde nuestro país se adscribió, se saque a relucir que la Declaración Universal de los Derechos Humanos ya los establecía, más aún, cita el trabajo en cuestión, que se encontraba la participación y el deber de los Estados de concretar dicha participación cultural de las personas con discapacidad, en el Programa de Acción Mundial para las personas con discapacidad” del año 1982 y en las “Normas Uniformes sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad” del año 1993 (Ministerio de Cultura y Ministerio de Sanidad de España: 6).
El Fomento de la Cultura para las Personas con Discapacidad, debe ser hecho concreto y no una declaración de buenas intenciones, que al final se convierten en letra muerta.
Ante ello, podemos entregar algunas ideas en torno a acciones concretas que se pueden ejecutar, para el Fomento de la Cultura para las Personas con Discapacidad, como por ejemplo, que en la instancia política se cree el Ministerios del Adulto Mayor y de las Personas con Discapacidad.
También establecer una iniciativa legal que permita la intervención de los Monumentos Nacionales en cuanto a accesibilidad para las personas con discapacidad, en forma especial, en escalinatas de acceso a edificios declarados como tales, resguardando su patrimonio. Crear un Fondo de la Cultura para Iniciativas Culturales de las Personas con Discapacidad. Accesibilidad arquitectónica para todas las dependencias públicas y el contar con señalética táctil.
En los museos, el implementar rampas de accesibilidad y salas especialmente acondicionadas para las personas con discapacidad. Creación de un Programa de Lectura para personas con deficiencia psíquica y mental. Instauración de un archivo sonoro y en sistema braille de documentos de la historia de Chile.
A la vez, esperamos que el ejecutivo, dentro del dos por ciento de Cultura, Deportes y Seguridad Ciudadana, instaure ítems para que personas con discapacidad puedan postular a concursos en el área cultura.
En el mundo, el día 3 de diciembre se celebra el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, día instaurado por la Organización de las Naciones Unidas, a fin de establecer conciencia de que la accesibilidad es un asunto transversal de desarrollo en el Mundo. Esta fecha fue instaurada de acuerdo con la resolución 74/3 de la Asamblea General, que fue adoptada el 13 de octubre de 1992.
En Chile, los firmantes, deseamos dar un sentido más amplio a la conmemoración de este día, estableciendo una fecha que propenda a recordar la importancia de la inclusión social y la no discriminación social para con todos los habitantes del país, ya sea por la condición socioeconómica, de género, capacidades físicas o cualquier otra circunstancia.
En consecuencia, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: “Fíjese el día 3 de diciembre de cada año como el día de la inclusión social y la no discriminación.
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