-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds21
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds24
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds17
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds26
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds22
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds15
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds25
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds18
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds23
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds19
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds16
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2-ds26-ds20
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- dc:title = "RENOVACIÓN DE MECANISMO DE REINTEGRO PARCIAL DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL PARA EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA Y OTORGAMIENTO DE BENEFICIO TRIBUTARIO. (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9791‐05)"^^xsd:string
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/impuesto-especifico-al-petroleo-diesel
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneralYParticular
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/petroleo-diesel
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/beneficio-tributario
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/impuesto-especifico
- rdf:value = " RENOVACIÓN DE MECANISMO DE REINTEGRO PARCIAL DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL PARA EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA Y OTORGAMIENTO DE BENEFICIO TRIBUTARIO. (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9791‐05)
El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que renueva la aplicación del mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, y otorga beneficio tributario que indica.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Matías Walker.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 107ª de la presente legislatura, en 16 de diciembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 5 de este boletín de sesiones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor WALKER (de pie).-
Señor Presidente, señor ministro, honorables diputadas y diputados, en nombre de la Comisión de Hacienda, me corresponde informar sobre el proyecto de ley que renueva la aplicación del mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transportes de carga y otorga beneficio que indica, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, con urgencia calificada de discusión inmediata.
La idea matriz del proyecto es extender, por cuatro años, la vigencia del régimen de reintegro parcial para las empresas de transporte de carga contemplado en la ley N° 20.658.
Asimismo, dispone que no constituyen renta las percibidas por personas naturales domiciliadas o residentes en Isla de Pascua, ya sea por los bienes situados en ese territorio o por las actividades remuneradas que lleven a cabo en él.
Además, libera de impuesto a las personas no domiciliadas ni residentes en la isla por las rentas provenientes de servicios que presten a personas o entidades domiciliadas o residentes en ese territorio.
El proyecto consta de dos artículos, cuya justificación y contenido paso a explicar.
En lo que respecta a la extensión del mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel, en 2001, el artículo 2° de la ley N° 19.764 dispuso que las empresas de transporte de carga que cumplieran los requisitos que señalaba la norma podrían recuperar un porcentaje de las sumas pagadas por dichos vehículos por concepto de este impuesto.
Producto de sucesivas modificaciones al plazo de vigencia y a los porcentajes de recuperación del impuesto pagado, hoy nos encontramos con el hecho de que este mecanismo de recuperación expira el 31 de diciembre de 2014, por lo que la presente iniciativa propone extender el régimen vigente por un período de cuatro años, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2018, para lo cual se sustituye el guarismo de años de vigencia en el texto del artículo único de la ley N° 20.658.
Cabe hacer presente que el porcentaje de reintegro depende de los ingresos del contribuyente, de modo que recibirán una mayor devolución; es decir, 80 por ciento, los contribuyentes cuyos ingresos anuales sean inferiores o iguales a 2.400 unidades de fomento, en tanto que los del tramo más elevado, con ingresos sobre las 20.000 unidades de fomento, recibirán una devolución solo del 31 por ciento.
Respecto de los beneficios tributarios para el Territorio Especial de Isla de Pascua, la ley N° 16.441, que creó el Departamento de Isla de Pascua, promulgada en 1966, dispuso, entre otras materias, una amplia exención tributaria para los habitantes de la isla, eximiéndolos de toda clase de impuestos o contribuciones, incluso del Impuesto Territorial, y de los demás gravámenes que establezca la legislación actual o futura a los bienes y actividades que se desarrollen en dicho territorio. Posteriormente, la ley N° 17.073 derogó la exención tributaria únicamente en lo que respecta al Impuesto Global Complementario, pero en términos generales. En consecuencia, no se trataba de una norma derogatoria específica para la Isla de Pascua.
El presente proyecto de ley, en su artículo 2°, establece, en lo medular, que las personas naturales domiciliadas o residentes en Isla de Pascua no tendrán que tributar por concepto de impuesto a la renta por los ingresos provenientes de bienes situados en ese territorio o por las actividades que desarrollen en él. Adicionalmente, libera del pago de impuesto a las personas no domiciliadas ni residentes en la isla por las rentas provenientes de servicios que presten a personas o entidades domiciliadas o residentes en ese territorio. Ello, con el fin de que tales contribuyentes no recarguen en el valor de las remuneraciones u honorarios que cobren el monto de los impuestos que podrían afectarlos.
De esta forma se soluciona un problema de interpretación, que data de hace un par de años, por la cual se aplica la derogación de la citada ley N° 17.073 a la situación de exención de impuestos que beneficia a los habitantes de Isla de Pascua, territorio insular que por su lejanía requiere, sin duda, este tipo de beneficios, habida consideración del altísimo costo de transporte de cualquier material o elemento a la misma.
En cuanto al impacto financiero del reintegro del impuesto específico, el informe financiero de la Dipres señala que el impacto negativo sobre los ingresos fiscales de la aplicación de la norma actualmente vigente y que se propone prorrogar, durante 2013 alcanzó a 51.000 millones de pesos, proyectándose para este año un impacto de similar magnitud. Es así como la prórroga del beneficio en similares condiciones a las actualmente vigentes se estima que tendrá un impacto negativo de 52.530 millones de pesos sobre los ingresos tributarios de 2015.
En cuanto a las materias tributarias vinculadas a Isla de Pascua, el informe financiero indica que no es posible realizar una cuantificación del impacto sobre los ingresos tributarios, ya que no se cuenta con información desagregada de los impuestos pagados en dicha isla, pero se considera que el impacto debiera ser muy marginal en comparación con la recaudación total de impuestos.
Para exponer sobre el proyecto asistieron el señor Alberto Arenas, ministro de Hacienda, y el señor Juan Araya, presidente de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, quien manifestó la satisfacción del gremio con esta medida que beneficia, en especial, a la amplia mayoría de pequeños empresarios que conforman esa asociación gremial, haciendo presente que la ley beneficia con un mayor porcentaje de reintegro del impuesto a quienes reciben menores ingresos.
En consideración al mérito del proyecto y a los fundamentos expresados, la comisión aprobó la iniciativa, en general y en particular, por la unanimidad de sus integrantes, y recomienda a la Sala que lo apruebe en la misma forma.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, ayer nuestra Comisión de Hacienda analizó el proyecto de ley en debate, relativo al reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para empresas de transporte de carga.
Quiero recordar que este sector aporta el 4,8 por ciento al PIB nacional y que más del 94 por ciento de la carga nacional es transportada por camiones. El año pasado transportaron millones de toneladas de carga y recorrieron más de 4.407 millones de kilómetros. A lo largo del país, hay más de 155.000 vehículos de transporte: camiones, camiones pequeños, remolques y semirremolques.
De manera que estamos en presencia de un proyecto cuya vigencia termina el 31 de diciembre de este año, que influirá de manera extraordinaria en el transporte nacional.
¿Por qué he dado estas cifras? Para que se den cuenta de la relevancia del proyecto y para que las personas que nos están viendo a través del canal de televisión de la Cámara sepan que el 82 por ciento de esos 155.000 vehículos pertenecen a empresas que facturan menos de 150 millones de pesos anuales.
¿Qué es lo que ha pasado con el reintegro? En 2001, la ley N° 19.764 dispuso, en su artículo 2°, que las empresas de transporte de carga, propietarias o arrendatarias con opción de compra de camiones con un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilos, podrían recuperar un porcentaje de las sumas pagadas por concepto del impuesto específico al petróleo diésel. De acuerdo con esta norma, el porcentaje de recuperación que empezó a regir el 1 de julio de 2006 fue de 25 por ciento de las sumas pagadas por concepto del impuesto específico al petróleo diésel.
Sin perjuicio de lo anterior y debido a las constantes oscilaciones del precio internacional del barril de petróleo -debo recordar que Chile solo produce el 1,5 por ciento del crudo que consume y que debe importar el 98,5 por ciento restante-, desde 2008, dicho porcentaje se ha venido incrementando excepcional y transitoriamente.
En vista de eso, durante la discusión de la ley N° 20.278, durante el primer Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, entre el 1 y el 30 de junio de 2008, se elevó de 25 a 80 por ciento el porcentaje de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga.
Posteriormente, aprobamos la ley N° 20.360, que estuvo vigente hasta el 30 de junio de 2010, que estableció un régimen excepcional de reintegro sobre la base de un porcentaje único, pero diferenciado, que oscilaba entre el 80 y el 38 por ciento. Eso se empezó a hacer así, porque no puede ser que se conceda el mismo reintegro a los microempresarios que tienen uno o dos camiones, a los cuales les fijan los precios, que a las grandes empresas que tienen 200 o 300 camiones, cuyos propietarios pueden golpear la mesa y fijar los precios. Es decir, estamos defendiendo a las pymes, a las que realmente lo necesitan.
¿Qué hace este proyecto de ley? A mi juicio, genera un cambio sustantivo, ya que en lugar de que este beneficio se conceda año tras año, ahora será por cuatro años. Asimismo, se mantienen los porcentajes de reintegro, en el sentido de que todos los contribuyentes -me refiero a los camioneros del transporte de carga, con ingresos anuales iguales o inferiores a 2.400 unidades de fomento, tendrán un reintegro de 80 por ciento; aquellos que tengan ingresos superiores a 2.400 unidades de fomento y que no excedan de 6.000 unidades de fomento tendrán un 70 por ciento de reintegro; por último, aquellos que tengan ingresos superiores a 6.000 unidades de fomento y que no excedan de 20.000 unidades de fomento, tendrán un 52,5 por ciento de reintegro. Por cierto, se mantiene el 31 por ciento para los contribuyentes cuyos ingresos anuales sean superiores a 20.000 unidades de fomento.
Si consideramos que la vigencia del sistema de reintegro expira prácticamente año tras año, en el inciso primero del artículo 1° se clarifica que este proyecto -esperamos que sea aprobado por unanimidad estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.
También vale la pena aclarar que este aumento no podrá ser objeto de interpretaciones, desde ningún punto de vista, porque regirá a contar de los períodos tributarios de enero de 2015 a diciembre de 2018.
Asimismo, me parece que a solicitud del ministro del Interior, la iniciativa también contempla un artículo 2°, relativo a regularizar definitivamente las materias vinculadas con Isla de Pascua, cuestión muy importante. Hago presente que el Presidente de la C��mara de Diputados, Aldo Cornejo, que representa a la comuna de Isla de Pascua, así como también el diputado Joaquín Godoy, han estado muy preocupados de esta materia.
La ley N° 16.441, que creó el Departamento de Isla de Pascua, conocida como “Ley Pascua”, fue promulgada en 1966, cuyo artículo 41 dispone, entre otras materias, una amplísima exención tributaria para los habitantes de la isla.
Posteriormente, con fecha 31 de diciembre de 1968, fue publicada en el Diario Oficial la ley N° 17.073, cuyo inciso primero del artículo 1° derogó todas las exenciones totales o parciales del Impuesto Global Complementario. Como consecuencia de lo anterior, hasta hoy existen dudas jurídicas en cuanto a si la exención dispuesta por la “Ley Pascua”, relacionada con dicho impuesto, habría quedado derogada, dado que la ley N° 16.441 estableció que el no pago de tributos era no sólo para los vigentes al año 1966, sino también para los que estableciera la futura legislación.
Por lo tanto, para que exista certeza jurídica y en coherencia con el espíritu de la “Ley Pascua”, el artículo 2° clarifica técnicamente su contenido original y establece que no constituyen renta los ingresos provenientes de bienes situados o de actividades desarrolladas en el Territorio Especial de Isla de Pascua, obtenidos por personas naturales domiciliadas o residentes en dicha isla.
En mi opinión, es algo de justicia, puesto que con ello se está ayudando a esa lejana isla chilena. Además, se incentivará el turismo y su desarrollo.
Ayer sucedió algo muy positivo en la Comisión de Hacienda: los 11 diputados que participamos en la discusión de este proyecto votamos a favor de la idea de legislar. Sin duda, es una señal potente, en el sentido de que estamos actuando como hombres de Estado y ayudando al gremio del transporte, en especial a las pymes. Además, clarificamos definitivamente lo relacionado con Isla de Pascua.
Por lo tanto, hago un llamado a la Sala para que apruebe por unanimidad el proyecto en discusión.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Monsalve.
El señor MONSALVE.-
Señor Presidente, la bancada de diputados del Partido Socialista votará favorablemente este proyecto de ley, que renueva el mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga.
Quiero entregar algunos datos para que podamos dimensionar de qué estamos hablando.
En el caso del transporte de carga realizado por vehículos que usan petróleo diésel, los ingresos que se devolverán por concepto de reintegro del impuesto específico alcanzarán, aproximadamente, a 52.000 millones de pesos por año, equivalentes a 80 millones de dólares.
Los diputados de la Comisión de Hacienda votamos favorablemente el proyecto porque entendemos que el costo del transporte se traspasa a la estructura de costos de los bienes que consume nuestra población, lo que indica que los alimentos que consumen los chilenos tienen incorporado el costo del transporte de carga. En ese sentido, mantener la política de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, particularmente en un momento de desaceleración de nuestra economía, favorece el consumo de los chilenos y disminuye los costos de los productos a los ciudadanos.
Como indiqué, lo que se devuelve al transporte de carga son 80 millones de dólares al año, para hacer la distinción respecto de otro sector de la economía chilena que también es beneficiado con el reintegro del impuesto específico de los combustibles, es decir, las grandes empresas que consumen petróleo diésel y a las cuales también se les devuelve dicho impuesto. A diferencia del transporte de carga, en este caso, la devolución no alcanza a 80 millones de dólares al año, sino a 600 millones de dólares.
En consecuencia, si quisiéramos buscar un objetivo, que pareciera ser transversal desde el punto de vista político en la sociedad chilena, cual es bajar el impuesto específico a los combustibles y mantener la recaudación tributaria del Estado, que representa cerca de 2.400 millones de dólares al año, existe un mecanismo para ello: aumentar la base imponible de quienes pagan el impuesto específico a los combustibles; es decir, que también paguen este impuesto, en su totalidad, las empresas.
Esto significaría que el Estado podría recaudar, en forma adicional, 600 millones de dólares y, por ende, rebajar el impuesto específico, en el caso de la gasolina, de 6 a 4,5 unidades tributarias mensuales por metro cúbico. Con esto la ciudadanía se vería beneficiada con una disminución del impuesto específico a los combustibles, a partir de que las grandes empresas, que hoy no lo pagan, también lo hagan.
Quiero aprovechar la presencia del ministro del Interior y Seguridad Pública para señalar que ayer se le hizo presente al ministro de Hacienda la necesidad de que el Gobierno tome en serio esta discusión y que analice la forma de alcanzar el objetivo que demandan todos los sectores políticos: rebajar el impuesto específico a los combustibles. Esto implica hacer un análisis sobre las consecuencias que podría tener el hecho de que las grandes industrias empezaran a pagar este impuesto específico. El ministro de Hacienda se comprometió a realizar un estudio y nosotros esperamos que se lleve a cabo y que se concluya, de manera que la Cámara pueda conocer su resultado durante el transcurso de 2015, con el objeto de avanzar en la implementación de una política pública que haga más justo el pago del impuesto específico a los combustibles.
Por cierto, también aprobaremos el artículo 2° del proyecto, que mantiene los beneficios tributarios para el pueblo originario Rapa Nui, que vive en Isla de Pascua, y respecto del cual no existe cuestionamiento alguno. Nos parece completamente razonable extender el beneficio tributario, porque no solo nos parece justo, sino también necesario.
Por lo tanto, nuestra bancada aprobará este proyecto de ley, pues mantiene la vigencia del reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga por cuatro años, con la convicción de que el ministro de Hacienda cumplirá el compromiso de realizar un estudio que permita desarrollar nuevas políticas respecto del impuesto específico a los combustibles en Chile.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb.
El señor RATHGEB.-
Señor Presidente, por supuesto, estamos disponibles para aprobar esta iniciativa que renueva la aplicación del mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga y otorga el beneficio tributario que indica.
Pues bien, particularmente para mi zona, que es agrícola y, por lo tanto, requiere el servicio de transporte de carga -me refiero a las comunas de Traiguén, Lumaco, Angol, Renaico, Collipulli, Ercilla, Purén y Los Sauces-, la renovación de este reintegro parcial traerá grandes beneficios a los consumidores.
Por cierto, la menor recaudación fiscal que significará esta medida a nivel nacional es marginal, comparada con el gran beneficio que significará para el transporte de carga.
Un colega decía que, finalmente, el costo del transporte es traspasado a los consumidores. Debido a la reforma tributaria ya ha subido el precio de muchos alimentos y productos; si no se aprueba esta normativa, nuevamente se producirá un alza en los alimentos de primera necesidad y en el servicio de transporte de carga.
Pero me queda una duda. No he podido revisar el texto completo del proyecto, de manera que desconozco la situación en que quedan los empresarios agrícolas, que actualmente también pueden descontar el impuesto específico; entiendo que existe una normativa especial sobre la materia. Pero no me queda claro, por cuanto si este reintegro parcial se aplica también a los empresarios agrícolas que tienen vehículos a petróleo diésel que utilizan dentro de sus predios, este proyecto también los beneficiaría. En todo caso, haré las consultas pertinentes.
Por lo tanto, vamos a votar favorablemente esta iniciativa porque soluciona un problema importante y beneficia a muchos transportistas de nuestro país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Pepe Auth.
El señor AUTH.-
Señor Presidente, este proyecto tiene dos elementos completamente distintos.
El primero es muy fácil y expedito: resuelve la incertidumbre jurídica que existe respecto de la condición insular y de aislamiento extremo que afecta a Isla de Pascua y clarifica la exención tributaria que beneficia a las personas naturales domiciliadas o residentes en ella.
El segundo es, de suyo, muchísimo más complejo, porque el inciso primero del artículo único de la ley N° 20.658, aún empieza con la palabra “excepcionalmente”, pero ocurre que se ha mantenido en el tiempo, debido a lo cual hoy estamos aprobando un proyecto de ley que prorroga por cuatro años más una situación excepcional, relacionada con el reintegro parcial del impuesto al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga.
Claro, sigue siendo excepcional porque, a mi juicio, el Estado no ha hecho lo que tiene la obligación de hacer: revisar las características y la pertinencia del impuesto específico a los combustibles. ¿En qué sentido? El impuesto específico a los combustibles, que se creó en 1986, con el objeto de reconstruir el país después del terremoto de 1985, grava a todos los vehículos que circulan por las carreteras. Su propósito era recaudar los recursos necesarios para la reconstrucción y mantención de las carreteras.
Pero ocurre que 30 años después de su creación las carreteras son financiadas por quienes circulan por ellas y, por lo tanto, el impuesto al uso de las carreteras, no es otro que el peaje. Sin embargo, se sigue cobrando el impuesto específico solo a los vehículos que circulan por las carreteras. Pero las retroexcavadoras -que están tan de moda que se utilizan en las faenas mineras no pagan el impuesto específico a los combustibles; las camionetas de transportes de los aeropuertos tampoco lo hacen.
Entonces, la primera pregunta que cabe formularse es: ¿persiste la razón que explica la discriminación que existe respecto de este impuesto, que solo pagan los vehículos que circulan por las carreteras? Francamente, no hay razón alguna para que persista tal discriminación.
Dicho esto, tenemos una situación excepcional, que es bastante justificada, que beneficia al transporte de carga y, por tanto, a las familias más vulnerables, porque el valor del transporte incide de manera determinante en el precio de la canasta familiar de las personas más vulnerables, que incluye frutas, hortalizas y verduras, que evidentemente subirían de precio si no existiera este reintegro. Por lo demás, está muy bien concebido porque se reintegra el 80 por ciento a los pequeños, y en una graduación que va luego a 70, a 52,5 y a 31, a los más grandes. Es decir, tiene un sentido redistributivo, pues hace pagar proporcionalmente más a los que tienen más, principio muy claro para parte importante de los colegas.
Misma razón, misma disposición, dicen los numerosos diputados que son abogados en este Hemiciclo. Entonces, ¿por qué tendríamos que reintegrar parcialmente el impuesto específico al petróleo diésel que utiliza el camión que transporta carga, para no dañar el bolsillo del destinatario de los productos transportados: verdura, fruta, etcétera, y no a quienes transportan personas? ¿Por qué no reintegrárselo también al que definimos como transporte público menor, en la ley que defendimos aquí con Alejandra Sepúlveda, Leopoldo Pérez y René Manuel García, es decir, a los taxis colectivos? Francamente, no hay ninguna razón para no reintegrar parte de este impuesto a las que son, en su abrumadora mayoría, pymes y microempresas, utilizando, además, el mismo criterio de progresividad.
En realidad, quedo insatisfecho, tal como me ocurrió cuando esta materia se discutió dos veces, con la presencia del ministro Larraín, ocasiones en las cuales planteamos los mismos argumentos. Pero ahora tengo una luz de esperanza porque el ministro Arenas, por primera vez, por lo menos desde que estoy en la Cámara, señaló expresamente que se realizará un estudio integral sobre las características, la pertinencia y la universalización de este impuesto, que es muy relevante, toda vez que genera más de 2.000 millones de dólares al erario y que, como bien nos explicó el ministro, es un impuesto de fácil recaudación, y al Servicio de Impuestos internos le encantan los impuestos de fácil recaudación. Pero no porque los impuestos sean de fácil recaudación se pueden continuar consagrando para el futuro situaciones de discriminación como la que se produce en este caso: que parte importante de quienes consumen petróleo diésel no pagan este impuesto, y parte importante de quienes lo consumen, que son microempresarios que transportan pasajeros, no reciben el mismo beneficio que se otorga al transporte de carga.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, me alegro de que esté presente el ministro del Interior y Seguridad Pública, pero también me habría gustado que estuviera presente el ministro de Hacienda, porque contrajo un compromiso importante que esperamos que cumpla.
Ojalá que en la Cámara pudiéramos decir que se cumplió el compromiso que se contrajo anteriormente, relacionado con el impuesto específico y que tenía que ver no solo con la realización de un estudio -como lo dijeron los diputados Auth y Monsalve sino también con la formación de una comisión.
Debemos recordar que en esa ocasión estuvo presente el ministro de Energía y que se acordó formar una comisión que realizaría el estudio señalado, pero con una mirada distinta, es decir, considerando otros combustibles como el gas, que podrían ser utilizados en el transporte. Hay que tener una visión mucho más amplia, no centrada solo en el impuesto específico a los combustibles.
Considero que no debiéramos seguir aprobando proyectos de este tipo sin conocer otras alternativas. ¿Qué estamos haciendo? Entregar nuestros votos sin mayor análisis y haciendo presentes los cuestionamiento que hemos planteado permanentemente. Es decir, todo lo que hemos dicho ahora lo hemos repetido durante años. Entonces, ¿cómo podemos producir un quiebre en esta situación, si estamos repitiendo lo mismo en forma permanente, si recordamos que el impuesto se estableció en 1985, que se creó para reconstruir las carreteras destruidas, que ya no se justifica? Lo único que hacemos es establecer excepciones que no podemos explicar. El problema es que debemos explicar a la ciudadanía por qué votamos de determinada forma. Entonces, ¿por qué no votamos de otra manera y beneficiamos a quienes no reciben ningún apoyo?
Quiero decirle al ministro del Interior y Seguridad Pública -que, al parecer, está cumpliendo sus compromisos políticos en algunas materias que nos interesa que se realice el estudio señalado. Quiero decirle, además -esto porque siempre ha sido partidario de utilizar las energías renovables y de ampliar nuestra matriz energética-, que debemos abordar este problema de una forma más inteligente que nos permita tener un país más justo, desde el punto de vista de los impuestos.
¿Qué explicación les daremos a los colectiveros y a las personas que transportan escolares? Puedo concordar perfectamente en que este beneficio que se otorga al transporte de carga alivia el bolsillo de los consumidores. ¿Pero acaso no ocurriría lo mismo con el bolsillo de las personas más modestas que deben ocupar los colectivos diariamente? ¿Acaso no aliviaría el bolsillo de las familias chilenas que pagan el transporte escolar de sus hijos, sobre todo las que viven en los sectores rurales y más modestos? ¿Qué explicación les daremos a esas personas?
Seamos honestos y no digamos solo que el reintegro parcial del impuesto al petróleo beneficia a los consumidores. ¿Por qué no decimos con todas sus letras que cuando los camioneros van a la Comisión de Hacienda nos dicen que si no aceptamos sus peticiones harán un paro, lo que significaría paralizar todo el país? ¿Acaso es mentira lo que digo? No lo dicen ante los micrófonos, pero fui testigo de ello. ¿Por qué no decimos que se producirá un problema político, si no aprobamos este proyecto? ¿Por qué no decimos que el país se puede paralizar porque los camioneros tienen poder, tal como lo han demostrado históricamente?
Entonces, ¿significa esto que los colectiveros también tendrán que efectuar paros, como lo hicieron hace algunos años, para demostrar que son importantes? ¿Tendremos que esperar eso para entender que ellos también tienen el justo derecho de pedir un reintegro parcial del impuesto a los combustibles? ¿Tendremos que esperar que los transportistas escolares se organicen para pedir el mismo beneficio, que aliviaría verdaderamente el bolsillo de las personas más humildes? ¿Saben cuál es el problema? Que en este caso no hay intermediarios entre el transportista escolar y los usuarios, y lo mismo que ocurre con los colectiveros. En cambio, en el transporte de carga sí hay muchos intermediarios antes de que los productos lleguen al consumidor.
Por eso, espero que cuando dentro de cuatro años votemos nuevamente esta materia, tengamos a la vista todos los antecedentes, y la capacidad de pedir en esta Sala y en las comisiones ese informe que sea el resultado de un estudio serio, no manejado por algún ministerio o por el Servicio de Impuestos Internos, y de mirar en conjunto lo relacionado con los combustibles y con la forma en que le está llegando el beneficio al usuario final, al chileno y a la chilena más humilde.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, punto de Reglamento.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, solo para hacer presente que solo hay 26 diputados en la Sala, por lo que, de acuerdo con el Reglamento, corresponde suspender la sesión y llamar a los diputados, especialmente a quienes han reclamado en muchas oportunidades porque no hay quórum.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).- Se suspende la sesión por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor CORNEJO (Presidente).-
Continúa la sesión. Tiene la palabra el diputado Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, ahora reclaman los tiempos. Es como este proyecto que tenemos sobre el escritorio, que tiene dos etapas.
Aprovecho la presencia del ministro del Interior y Seguridad Pública y de la ministra secretaria general de la Presidencia, señora Ximena Rincón, para manifestar que es necesario presentar una indicación relacionada con la situación de Isla de Pascua. El artículo 2° del proyecto establece que no constituyen renta los ingresos provenientes de bienes situados o de actividades desarrolladas en Isla de Pascua.
Considero que esta es la ocasión para agregar también los ingresos que provengan de Penta. Así eliminamos una serie de problemas y aprovechamos este proyecto de ley para limpiar esas situaciones tan enojosas.
Lo dejo como una idea. Porque aquí se lanzan ideas -escuché lo planteado por la diputada Sepúlveda-, pero me gustaría que esa misma fuerza se tradujera en realidades. Porque hablamos, hablamos y hablamos…
Creo que si hiciéramos aquí una votación, una mayoría apabullante dirá que el impuesto específico es un chiste. Estamos hablando de un impuesto creado hace 20 o 30 años. Nosotros estábamos en el colegio, pero el diputado Ortiz me dijo que se originó en los años 80. Sin embargo, seguimos legislando sobre algo que no debería existir.
Hay empresas que no pagan impuesto específico. Lo discutimos a propósito del proyecto de reforma tributaria, ese mismo que después se cocinó y se cambió.
¿A quién le estamos cobrando impuestos ligados al cuidado del medio ambiente, los denominados “impuestos verdes”? ¿A las fundiciones: CAP y otras? ¿A los transportistas?
Obviamente, al final, no podremos oponernos a nuestros pequeños empresarios transportistas. Algunos representantes del gremio, como don Juan Araya y otros, asistieron a la Comisión de Hacienda, instancia donde analizamos la materia.
Pero se trata de un tema de fondo. Ayer, el ministro de Hacienda asumió un compromiso, el cual, a petición mía, quedó registrado en el Acta. Él nos manifestó que los 2.000 millones de dólares que ingresan al fisco por concepto de este impuesto no pueden ser reemplazados. Se supone que la reformita o reforma -así la llaman otros tributaria, de aquí a cuatro años generará los suficientes recursos para no necesitar esos 2.000 millones de dólares. El compromiso asumido por el ministro de Hacienda ayer fue la elaboración, dentro de este Gobierno -incluso, un poco en broma, un poco en serio, lo dejamos citado para que en marzo de 2017 nos expusiera sobre el particular, además de los estudios de que habló la diputada Sepúlveda-, de un proyecto para terminar, ojalá en este período, con los impuestos específicos así como están, y cobrarles a quienes están dañando el medio ambiente en nuestro país.
Quiero aprovechar la presencia del ministro del Interior en la Sala, quien quizás en esa misma época podrá ser precandidato presidencial, tener su programa y, por tanto, incluir en él este punto.
En consecuencia, señor Presidente, por su intermedio, le señalo a la diputada Sepúlveda que si ayer logramos un compromiso del ministro de Hacienda y hoy conseguimos el del ministro del Interior, estamos hablando de un compromiso asumido por el que podría estar en La Moneda como Presidente y por el que hoy está en el ministerio ubicado al frente, en Teatinos 120. O sea, ¡ahí está el poder real!
Espero que el ministro del Interior converse con nosotros sobre la materia y extienda sus habilidades al ministro Hacienda, quien no se encuentra en la Sala en este momento. Es decir, espero que el ministro del Interior asuma el compromiso -lo aplaudiremos que adquirió ayer el ministro de Hacienda en orden a que en un futuro programa presidencial -de los nuestros se contemple la eliminación del impuesto específico y su reemplazo por otra alternativa.
Ese es el paso que nos queda. Ahora no podemos oponernos a lo que viene, pero no es posible seguir hablando de esto en cada gobierno. Este es un llamado a los parlamentarios. Aquí todos discuten; todos están en contra de mi querido colega, el diputado Hasbún. ¡Cuántos años lleva dando estas peleas el señor diputado! En el otro extremo del Hemiciclo también han hecho lo propio los diputados Monsalve, Auth y otros. Pero, a la hora de los quiubos, votan que sí respecto de ese impuesto, como me acaba de decir el diputado Morano.
Esto es un reflejo de lo que es este Parlamento. Ese impuesto no nos gusta para nada a casi todos, pero casi todos votamos que sí respecto de él. Son las contradicciones de la vida.
Pronto comenzará a ser tramitado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, presidida por el diputado Ricardo Rincón, el proyecto de ley de financiamiento de la política, el cual aborda una materia que tal vez no incide tanto en la Cámara de Diputados, pero respecto de la cual quiero solicitar al ministro del Interior que en el momento debido tome nota de cómo votarán los senadores de la Nueva Mayoría -aquellos que recibieron cientos de millones de pesos-. Me refiero a la eliminación de las contribuciones de las empresas para los políticos que se sientan en los escaños del Congreso Nacional. Pido que seamos más transparentes. Si decimos una cosa, con posterioridad debemos obrar en consecuencia y votar como corresponde, no de otra manera.
Quiero recalcar el compromiso que asumió el ministro de Hacienda sobre la materia en discusión, el cual espero que sea avalado por el ministro del Interior, a fin de tener la seguridad de que antes de que este gobierno termine será enviado a tramitación legislativa un proyecto de ley que establezca una solución definitiva a la situación del impuesto específico a los combustibles, más allá del parche que ahora se propone colocar.
Por último, junto con señalar que comparto lo señalado por la diputada Alejandra Sepúlveda, quiero pedir más consecuencia en relación con esta materia. Si en verdad quisiéramos eliminar el impuesto específico a los combustibles, simplemente -como alguien señaló aquí detendríamos nuestras funciones y no sesionaríamos más hasta que fuera enviado a tramitación legislativa un proyecto que estableciera su eliminación. Eso es lo que habría que hacer, diputado Osvaldo Urrutia, si realmente existiera la voluntad de proceder en tal sentido. Pero, como la vida es complicada, a la hora de los quiubos seguimos en nuestro terreno.
He dicho.
-
El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Leopoldo Pérez.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).-
Señor Presidente, adhiero a lo planteado por el diputado Pepe Auth y la diputada Alejandra Sepúlveda en cuanto a la revisión que debe hacerse de la iniciativa que hoy deberemos votar, que propone la renovación de la aplicación del mecanismo de reintegro parcial del impuestos específico al petróleo diesel para las empresas de transporte de carga, con el objeto de que ese beneficio también se haga extensivo a los vehículos menores de transporte de pasajeros, como los taxis colectivos y los transportes escolares.
Al respecto, quiero aprovechar la presencia en la Sala del ministro del Interior y Seguridad Pública para solicitar que nos informe sobre el avance de las negociaciones llevadas a cabo entre el gremio de taxis colectivos con la cartera que encabeza, las cuales, según entiendo, se están realizando con el subsecretario de ese ministerio. Dichas negociaciones tuvieron su origen en la paralización de 20 de noviembre pasado, de manera que es importante que nos señale qué se ha hecho para solucionar los problemas de ese sector, entre los cuales se cuenta lo relacionado con el impuesto específico a los combustibles, a través del reintegro a los propietarios de taxis colectivos de lo que pagan en un año fiscal.
Asimismo, comparto la opinión del diputado Monsalve respecto de que se requiere ampliar la base de pago de quienes, de una u otra manera, deben financiar el pago del impuesto a los combustibles. Ayer, el ministro Alberto Arenas planteó ante la Comisión de Hacienda que en la actualidad hay un fuerte componente de carácter ambiental. Por ello, quiero consultar al ministro del Interior y Seguridad Pública, por su intermedio, señor Presidente, por qué en la reforma tributaria aprobada hace poco no fueron consideradas la totalidad de las fundiciones genéricas, entre ellas los altos hornos de las industrias del cemento y los de la Compañía de Aceros del Pacífico, que es una de las grandes emisoras de contaminantes, puesto que solo se gravó al sector de las termoeléctricas.
Por lo tanto, si bien aún hay mucho camino por recorrer respecto de esta materia, esperamos que se cumpla con lo manifestado ayer por el ministro de Hacienda, en el sentido de que durante los próximos años se revisará la aplicación de este impuesto, que es muy discriminatorio para la comunidad. No hay dónde perderse en cuanto a que las personas merecen tener un trato impositivo preferencial respecto de las cargas corrientes que se transportan en el país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Juan Morano.
El señor MORANO.- Señor Presidente, además de saludar al ministro del Interior y Seguridad Pública, quien, como ha augurado el diputado Lorenzini, probablemente estará mucho tiempo más junto a nosotros, quiero hacer un comentario que me parece muy importante en relación con la iniciativa en discusión. Si bien se requiere contar con un impuesto que compense el transporte de carga a quienes lo usan, el cual considere el valor adicional del petróleo diésel, es más necesario aún que se tome en cuenta la realidad de todo el país.
En Magallanes, el combustible que se usa preferentemente para el traslado de carga menor y de personas es el gas natural comprimido, de manera que si se quiere aplicar una norma legal justa, que beneficie el transporte de carga en el país, en el caso de Magallanes debería incluirse ese tipo de combustible.
Tal como lo señaló el diputado Lorenzini, generalmente voto en contra los proyectos que no consideran la realidad integral del país. Por tanto, como en la iniciativa en debate no ha sido considerada la Región de Magallanes a través de la inclusión de un subsidio al impuesto del gas natural comprimido, anuncio que la votaré en contra.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, me sumo a lo dicho por el diputado Pepe Auth, la diputada Alejandra Sepúlveda y el diputado Leopoldo Pérez en cuanto a la necesidad de ampliar la rebaja que propone este proyecto, que establece la recuperación parcial del impuesto específico a los combustibles para las empresas de transporte de carga, al transporte de pasajeros, en especial para los taxis y el transporte escolar. Me parece que tenemos la oportunidad de revisar más a fondo lo que se está haciendo con el impuesto específico a los combustibles.
Hace un par de meses, tuvimos un verdadero bochorno en relación con la aprobación del proyecto de ley que estableció la creación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Mepco) solo para un tipo de gasolina. Hoy ya no es un lujo ni un privilegio tener un vehículo particular, de modo que se debe analizar la aplicación del impuesto específico a los combustibles, porque no lo pagan solo los que tienen más, sino también la clase media.
En consecuencia, ojalá se pueda hacer un análisis más global de la iniciativa, a fin de incluir en el reintegro parcial del impuesto específico a los combustibles que propone, a los dueños de taxis y transporte escolar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto, iniciado en mensaje, que renueva la aplicación del mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga y otorga beneficio tributario que indica.
Hago presente a la Sala que se trata de una norma propia de ley simple o común. Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, solo con el propósito de cumplir estrictamente con lo dispuesto por el artículo 5° B de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, me abstendré en esta votación.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Muy bien, señor diputado. En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos; por la negativa, 11 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cornejo González Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Melo Contreras Daniel; Monsalve Benavides Manuel; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Coloma Alamos Juan Antonio; Flores García Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Squella Ovalle Arturo; Turres Figueroa Marisol; Urrutia Bonilla Ignacio.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Jackson Drago Giorgio; Macaya Danús Javier; Meza Moncada Fernando; Rivas Sánchez Gaspar; Sepúlveda Orbenes Alejandra.
La señorita CARIOLA (doña Karol).-
Señor Presidente, pido agregar mi voto a favor.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Señorita diputada, se dejará constancia de ello en el acta.
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635776/seccion/akn635776-po2
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9791-05