http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[1] http://www.cultura.gob.cl/wp-content/uploads/2013/02/Gu%C3%ADa-mapuche-para-web.pdf. pag 40 * Nota agregada por la autora del presente proyecto de ley."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[6] “Art 139. Ningún cadáver podrá permanecer insepulto por más de cuarenta y ocho horas a menos que el Servicio Nacional de Salud lo autorice o cuando haya sido embalsamado o se requiera practicar alguna investigación de carácter científico judicial o penal. El Servicio Nacional de Salud podrá ordenar la in-humación en un plazo inferior cuando razones técnicas lo aconsejen.”"^^xsd:string