. . . . . " MODIFICACI\u00D3N DE LA LEY N\u00B0 20.234, QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO Y REGULARIZACI\u00D3N DE LOTEOS, Y AMPL\u00CDA SU PLAZO DE VIGENCIA. (SEGUNDO TR\u00C1MITE CONSTITUCIONAL. BOLET\u00CDN N\u00B0 9407\u201014) \nEl se\u00F1or ORTIZ (Presidente accidental). \n \nCorresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n, que modifica la ley N\u00B0 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularizaci\u00F3n de loteos, y ampl\u00EDa su plazo de vigencia. \nDiputado informante de la Comisi\u00F3n de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales es el se\u00F1or Joaqu\u00EDn Tuma. \n \nAntecedentes: \n \n-Proyecto del Senado, sesi\u00F3n 95\u00AA de la presente legislatura, en 19 de noviembre de 2014. Documentos de la Cuenta N\u00B0 2. \n \n-Informe de la Comisi\u00F3n de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales. Documentos de la Cuenta N\u00B0 4 de este bolet\u00EDn de sesiones. \n \nEl se\u00F1or ORTIZ (Presidente accidental). \n \nDoy la m\u00E1s cordial bienvenida a la ministra de Vivienda y Urbanismo, se\u00F1ora Paulina Saball. \nTiene la palabra el diputado informante. \n \nEl se\u00F1or TUMA (de pie).- \n \n Se\u00F1or Presidente, en nombre de la Comisi\u00F3n de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales paso a informar el proyecto de ley de origen en una moci\u00F3n de los honorables senadores se\u00F1ores Jos\u00E9 Garc\u00EDa y Eugenio Tuma, que consiste en extender la vigencia de la ley N\u00B0 20.234, estableciendo un nuevo plazo de cinco a\u00F1os para acogerse al procedimiento simplificado de regulaci\u00F3n de loteos irregulares de dicha normativa, a contar de la aprobaci\u00F3n de la iniciativa de ley. \nLa Comisi\u00F3n cont\u00F3 con la asistencia de la se\u00F1ora Paulina Saball, ministra de Vivienda y Urbanismo, y de la se\u00F1ora Jeannette Tapia, asesora legislativa del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. \nDurante la discusi\u00F3n del proyecto, la se\u00F1ora ministra de Vivienda hizo presente que la ley N\u00B0 20.234, publicada el 5 de enero de 2008, dispuso un procedimiento simplificado de regularizaci\u00F3n de loteos, fijando un plazo para acogerse a ella de 24 meses. A su turno, la ley N\u00B0 20.562, publicada el 25 de enero de 2012, modific\u00F3 la ley N\u00B0 20.234 y renov\u00F3 el plazo para solicitar la regularizaci\u00F3n por tres a\u00F1os el que, en consecuencia, vence el 25 de enero del a\u00F1o entrante. \nCon respecto a la aplicaci\u00F3n de la ley, sostuvo que actualmente existe un alto n\u00FAmero de loteos irregulares, concentrados especialmente en las regiones de Valpara\u00EDso, La Araucan\u00EDa y del Biob\u00EDo. \u00DAltimamente, tambi\u00E9n se ha detectado una situaci\u00F3n similar en Atacama. \nExisten, por otra parte, dificultades para la aplicaci\u00F3n de la ley, muchas de las cuales se han ido solucionando a trav\u00E9s de circulares de la Divisi\u00F3n de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Por estas razones, y en consideraci\u00F3n al pronto vencimiento de la ley vigente, plante\u00F3 la urgente necesidad de legislar sobre esta materia, haciendo ajustes a la normativa para que la ley cumpla cabalmente con su objetivo. \nPara ello, la iniciativa en comento propone las siguientes modificaciones: \n1. Se ampl\u00EDa el plazo de aplicaci\u00F3n de la ley de regularizaci\u00F3n de loteos por cinco a\u00F1os (art\u00EDculo 1\u00B0). \n2. Se permite la regularizaci\u00F3n de loteos que albergan campamentos que forman parte del catastro del Programa de Campamentos del Minvu (numeral 1, art\u00EDculo 2\u00B0). Esto es para favorecer la radicaci\u00F3n de las familias que habitan en ellos. \n3. Se expl\u00EDcita que la ley se aplica a quienes no tengan permiso de loteo o recepci\u00F3n del mismo (numeral 2, art\u00EDculo 2\u00B0). \n4. Se establece que el plano de loteo debe indicar la superficie de las edificaciones y su destino, para facilitar la tasaci\u00F3n de las mismas (numeral 4, art\u00EDculo 2\u00B0). \n5. Se faculta a los Serviu para realizar las tasaciones cuando la regularizaci\u00F3n forme parte de sus programas (numeral 5, art\u00EDculo 2\u00B0). \n6. Se permite que los loteos postulen a recursos del Estado para la elaboraci\u00F3n de los estudios de riesgo, en forma previa a la solicitud de regularizaci\u00F3n (numeral 5, art\u00EDculo 2\u00B0). \n7. Se expl\u00EDcita que para efectos de esta ley, el profesional competente es cualquiera de los que se\u00F1ala el art\u00EDculo 17 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, esto es, arquitectos, ingenieros civiles, ingenieros constructores y constructores civiles (art\u00EDculo 3\u00B0, letra b). \n8. Se explicitan las facultades de las Seremi de Vivienda respecto de las rebajas de pavimentaci\u00F3n (art\u00EDculo 4\u00B0, inciso cuarto). \n9. Se adelanta a la recepci\u00F3n provisoria la calidad de bien nacional de uso p\u00FAblico de las vialidades del loteo para que puedan postular al Programa de Pavimentaci\u00F3n Participativa (art\u00EDculo 5\u00B0). Esto es importante porque, en la medida en que se puedan conformar y mejorar los espacios p\u00FAblicos, inmediatamente cambian las condiciones materiales de vida de las personas. \n10. Se faculta a las municipalidades para celebrar convenios con las empresas sanitarias, conforme al art\u00EDculo 33 C del decreto con fuerza de ley N\u00B0 382, Ley General de Servicios Sanitarios (art\u00EDculo 8\u00B0, que pasa a ser 9\u00B0). \n11. Se otorga recepci\u00F3n final, por el solo ministerio de la ley, a las viviendas transferidas por los Serviu de conformidad al decreto ley N\u00B0 2.833, de 1979, del Ministerio de Justicia (art\u00EDculo 13, nuevo). \nPara concluir, la se\u00F1ora ministra se\u00F1al\u00F3 que para el Minvu es importante, dada la necesidad de mejorar sustantivamente las condiciones materiales de habitabilidad de muchas familias chilenas, continuar con este programa para proceder a una regularizaci\u00F3n planificada, pero simplificada de loteos, porque, si se les impusieran a estos todas las normas de planificaci\u00F3n urbana, ello ser\u00EDa imposible. \nEn el debate de la Comisi\u00F3n, el diputado se\u00F1or Tuma, sin perjuicio de celebrar y compartir el prop\u00F3sito de la iniciativa, plante\u00F3 la necesidad de incorporar en ella la regularizaci\u00F3n de las viviendas construidas en los a\u00F1os sesenta por las municipalidades y por la antigua Corvi, con motivo del terremoto que afect\u00F3 a la zona sur de pa\u00EDs. \nEl diputado se\u00F1or Fidel Espinoza adhiri\u00F3 a la petici\u00F3n anterior, porque conoce el caso de unas 200 familias que habitan en la zona urbana de la comuna de Llanquihue y que no han podido optar a ning\u00FAn beneficio del Estado, debido a que en su momento construyeron sus viviendas autorizadas verbalmente por el alcalde. Pregunt\u00F3 por qu\u00E9 solo se pueden regularizar loteos catastrados hasta el a\u00F1o 2006. \nEl diputado se\u00F1or Garc\u00EDa destac\u00F3 que el proyecto da m\u00E1s facilidades a las personas y elimina la burocracia para acceder a la regularizaci\u00F3n de sus viviendas. Sin embargo, le preocupa que se vayan a exigir las mismas normas de urbanizaci\u00F3n a los loteos emplazados en zonas rurales que a los situados en \u00E1reas urbanas. Hay pueblos peque\u00F1os sin alcantarillado, por ejemplo, donde no es posible exigir una distancia m\u00EDnima de 360 metros entre los pozos s\u00E9pticos y las casas, donde bastar\u00EDa una c\u00E1mara bien hecha, de acuerdo a los requisitos que imponga el Serviu. \nLa se\u00F1ora ministra de Vivienda confirm\u00F3 que una de las modificaciones propuestas apunta a la recepci\u00F3n de las viviendas entregadas a trav\u00E9s del decreto ley N\u00B0 2.833 y no de los loteos. Ello, porque cuando estaba ya bastante avanzado el tr\u00E1mite del proyecto se devel\u00F3 la existencia de un gran n\u00FAmero de viviendas en distintos puntos del pa\u00EDs respecto de las cuales los Serviu entregaron t\u00EDtulos de dominio sin previa recepci\u00F3n municipal. Esto impide a las familias postular a programas estatales y las Direcciones de Obras Municipales se niegan a recepcionar viviendas que ya han sido intervenidas. Se hizo un primer catastro de estas viviendas, que ofrece dar a conocer a la Comisi\u00F3n. \nLa se\u00F1ora ministra se comprometi\u00F3 a estudiar la situaci\u00F3n espec\u00EDfica de las viviendas construidas y entregadas sin recepci\u00F3n final por la municipalidad de Freire, as\u00ED como la de los terrenos municipales transferidos en iguales t\u00E9rminos en la comuna de Llanquihue, para incorporar eventualmente esos casos en la ley en proyecto. \nCon respecto a la dotaci\u00F3n de servicios exigible para regularizar los loteos que se acojan a la nueva ley, se\u00F1al\u00F3 que la idea es que cuenten con lo b\u00E1sico, de acuerdo con las condiciones del terreno. No se est\u00E1n planteando mayores exigencias, sino la consolidaci\u00F3n de las calles existentes y de los servicios ya instalados, para que las condiciones de seguridad y de circulaci\u00F3n dentro de los loteos sean posibles. \nEn cuanto a la incorporaci\u00F3n de los campamentos, afirm\u00F3 que as\u00ED como la ley N\u00B0 20.234 permite sanear los loteos catastrados al a\u00F1o 2006, por ser el \u00FAltimo registro disponible al iniciarse su tramitaci\u00F3n, el presente proyecto permitir\u00E1 sanear los campamentos catastrados al a\u00F1o 2011, que es el \u00FAltimo m\u00E1s completo actualmente existente. \nLa ministra de Vivienda aclar\u00F3 que este proyecto no permite regularizar ocupaciones ilegales de terrenos de playa, sino loteos que deben cumplir una serie de requisitos. Reconoce s\u00ED que en los loteos irregulares hay personas de distinto nivel socioecon\u00F3mico y es por eso que se establece un valor promedio de las viviendas de 2 mil UF. \nPuesto en votaci\u00F3n el proyecto, en general y particular a la vez, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes. \nTratado y acordado en sesi\u00F3n de fecha 26 de noviembre de 2014, con la asistencia de los diputados se\u00F1ores Arriagada, don Claudio; Browne, don Pedro; Espinoza, don Fidel; Farcas, don Daniel; Garc\u00EDa, don Ren\u00E9; Hasb\u00FAn, don Gustavo; Jarpa, don Carlos Abel; Norambuena, don Iv\u00E1n; Tuma, don Joaqu\u00EDn, y las diputadas se\u00F1oras Fern\u00E1ndez, do\u00F1a Maya, y Nogueira, do\u00F1a Claudia. Concurre, adem\u00E1s, el diputado se\u00F1or Urrutia, don Osvaldo. \nEs cuanto puedo informar. \nHe dicho. \n \n- \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n Se\u00F1oras y se\u00F1ores diputados, se ha solicitado a la Mesa votar este proyecto sin discusi\u00F3n e insertar los discursos. \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo para proceder de esa manera? No hay acuerdo. \n \n-Con posterioridad la Sala se pronunci\u00F3 sobre este proyecto en los siguientes t\u00E9rminos: \n \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n \u00BFHabr\u00EDa acuerdo para votar sin discusi\u00F3n el proyecto que se encuentra en el segundo lugar de la Tabla, que corresponde a una moci\u00F3n que modifica la ley N\u00B0 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularizaci\u00F3n de loteos y ampl\u00EDa su plazo de vigencia? \nAcordado. \nSe insertar\u00E1n los discursos de las se\u00F1oras y se\u00F1ores diputados que as\u00ED lo soliciten. \nEn consecuencia, corresponde votar en general el proyecto que modifica la ley N\u00B0 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularizaci\u00F3n de loteos y ampl\u00EDa su plazo de vigencia, con excepci\u00F3n del literal ii) de la letra C) del n\u00FAmero 2), la letra C) del n\u00FAmero 4) y la letra d) del n\u00FAmero 7), todos del art\u00EDculo 2\u00B0 del proyecto, por tratar materias propias de ley org\u00E1nica constitucional. \nEn votaci\u00F3n. \n \n-Efectuada la votaci\u00F3n, en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos; 0 votos por la negativa. Hubo 1 abstenci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n Aprobado. \n \n-Votaron por la afirmativa los siguientes se\u00F1ores diputados: \nAguil\u00F3 Melo Sergio; \u00C1lvarez Vera Jenny; \u00C1lvarez-Salamanca Ram\u00EDrez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ram\u00F3n; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Cariola Oliva Karol; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo Gonz\u00E1lez Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Fern\u00E1ndez Allende Maya; Flores Garc\u00EDa Iv\u00E1n; Fuentes Castillo Iv\u00E1n; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Garc\u00EDa Garc\u00EDa Ren\u00E9 Manuel; Girardi Lav\u00EDn Cristina; Godoy Ib\u00E1\u00F1ez Joaqu\u00EDn; Guti\u00E9rrez G\u00E1lvez Hugo; Guti\u00E9rrez Pino Romilio; Hasb\u00FAn Selume Gustavo; Hernando P\u00E9rez Marcela; Hoffmann Opazo Mar\u00EDa Jos\u00E9; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jim\u00E9nez Fuentes Tucapel; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lav\u00EDn Le\u00F3n Joaqu\u00EDn; Lemus Aracena Luis; Le\u00F3n Ram\u00EDrez Roberto; Letelier Norambuena Felipe; Melero Abaroa Patricio; Mirosevic Verdugo Vlado; Monsalve Benavides Manuel; Morano Cornejo Juan Enrique; Norambuena Far\u00EDas Iv\u00E1n; N\u00FA\u00F1ez Arancibia Daniel; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa Jos\u00E9 Miguel; Paulsen Kehr Diego; P\u00E9rez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rinc\u00F3n Gonz\u00E1lez Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull L\u00F3pez Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fern\u00E1ndez Marcela; Sald\u00EDvar Auger Ra\u00FAl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodr\u00EDguez Marcelo; Sep\u00FAlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva M\u00E9ndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes V\u00EDctor; Trisotti Mart\u00EDnez Renzo; Tuma Zedan Joaqu\u00EDn; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguill\u00F3n Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dow-ling Camila; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas C\u00E1rdenas Mario; Verdugo SotoGerm\u00E1n; Walker Prieto Mat\u00EDas; Ward Edwards Felipe. \n \n-Se abstuvo el diputado se\u00F1or Saffirio Espinoza Ren\u00E9. \n \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n Corresponde votar el literal ii) de la letra C) del n\u00FAmero 2), la letra C) del n\u00FAmero 4) y la letra d) del n\u00FAmero 7), todos del art\u00EDculo 2\u00B0 del proyecto, para cuya aprobaci\u00F3n se requiere el voto favorable de 67 se\u00F1oras y se\u00F1ores diputados. \nEn votaci\u00F3n. \n \n-Efectuada la votaci\u00F3n, en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. \n \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n Aprobados. \n \n-Votaron por la afirmativa los siguientes se\u00F1ores diputados: \nAguil\u00F3 Melo Sergio; \u00C1lvarez Vera Jenny; \u00C1lvarez-Salamanca Ram\u00EDrez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ram\u00F3n; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Cariola Oliva Karol; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo Gonz\u00E1lez Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Farcas Guendelman Daniel; Fern\u00E1ndez Allende Maya; Flores Garc\u00EDa Iv\u00E1n; Fuentes Castillo Iv\u00E1n; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Garc\u00EDa Garc\u00EDa Ren\u00E9 Manuel; Girardi Lav\u00EDn Cristina; Godoy Ib\u00E1\u00F1ez Joaqu\u00EDn; Guti\u00E9rrez G\u00E1lvez Hugo; Guti\u00E9rrez Pino Romilio; Hasb\u00FAn Selume Gustavo; Hernando P\u00E9rez Marcela; Hoffmann Opazo Mar\u00EDa Jos\u00E9; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jim\u00E9nez Fuentes Tucapel; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lav\u00EDn Le\u00F3n Joaqu\u00EDn; Lemus Aracena Luis; Le\u00F3n Ram\u00EDrez Roberto; Letelier Norambuena Felipe; Melero Abaroa Patricio; Mirosevic Verdugo Vlado; Monsalve Benavides Manuel; Morano Cornejo Juan Enrique; Norambuena Far\u00EDas Iv\u00E1n; N\u00FA\u00F1ez Arancibia Daniel; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa Jos\u00E9 Miguel; Paulsen Kehr Diego; P\u00E9rez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rinc\u00F3n Gonz\u00E1lez Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull L\u00F3pez Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fern\u00E1ndez Marcela; Saffirio Espinoza Ren\u00E9; Sald\u00EDvar Auger Ra\u00FAl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodr\u00EDguez Marcelo; Sep\u00FAlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva M\u00E9ndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes V\u00EDctor; Trisotti Mart\u00EDnez Renzo; Tuma Zedan Joaqu\u00EDn; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguill\u00F3n Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas C\u00E1rdenas Mario; Verdugo Soto Germ\u00E1n; Walker Prieto Mat\u00EDas; Ward Edwards Felipe. \n \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n Si le parece a la Sala, con la misma votaci\u00F3n queda aprobado en particular. \nAprobado. \nDespachado el proyecto. \n \n " . . . . . . . . . . . "MODIFICACI\u00D3N DE LA LEY N\u00B0 20.234, QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO Y REGULARIZACI\u00D3N DE LOTEOS, Y AMPL\u00CDA SU PLAZO DE VIGENCIA. (SEGUNDO TR\u00C1MITE CONSTITUCIONAL. BOLET\u00CDN N\u00B0 9407\u201014)"^^ . . . . .