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El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que elimina la prohibición de participación de estudiantes y funcionarios en el gobierno de las instituciones de educación superior, asegura el derecho de asociación y autoriza dictar nuevos estatutos para la Universidad de Santiago y la Universidad de Valparaíso.
Diputados informantes de las comisiones de Educación y de Hacienda son la señorita
Camila Vallejo y el señor Marcelo Schilling, respectivamente.
Antecedentes:
Mensaje, sesión 51ª de la presente legislatura, en 5 de agosto de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Educación, sesión 98ª de la presente legislatura, en 25 de noviembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 7.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 109ª de la presente legislatura, en 18 de diciembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 26.
La señorita VALLEJO (de pie).- Señor Presidente, honorable Cámara, en nombre de la Comisión de Educación, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley, originado en mensaje de su excelencia la Presidenta de la República, que elimina la prohibición de participación de estudiantes y funcionarios en el gobierno de las instituciones de educación superior, asegura el derecho de asociación, y autoriza a dictar nuevos estatutos para la Universidad de Santiago y la Universidad de Valparaíso.
La idea matriz o central del proyecto consiste en eliminar las prohibiciones actualmente existentes de participación con derecho a voto de los estudiantes y funcionarios administrativos en el gobierno de las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, ampliando de esta manera las posibilidades de ejercicio de la autonomía de dichas instituciones y posibilitando que, de estimarlo conveniente, aquellas incluyan en su forma de gobierno y gestión a todos los integrantes de sus respectivas comunidades educativas en la forma en que lo consideren pertinente a sus fines y definiciones institucionales.
Adicionalmente, con el interés de asegurar el derecho de asociación de todos los miembros de esas instituciones, se consagra expresamente la prohibición de que las instituciones contengan en sus estatutos, normativa interna o cualquier acto o contrato entre la institución y sus miembros, alguna prohibición, limitación u obstáculo en ese sentido.
Sobre este punto, cabe recordar que el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370, General de Educación, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación, regula la creación de universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.
Para esos tres tipos de instituciones la ley establece ciertas exigencias que deben cumplir sus estatutos o instrumentos constitutivos de las personas jurídicas organizadoras -según corresponda-, a efectos de poder acceder al reconocimiento oficial por parte del Ministerio de Educación.
En lo que respecta a la estructura que deben poseer las instituciones de educación superior que no hayan sido creadas por ley, se plantea una exigencia particular respecto de la forma en que esta debe conformarse para acceder al reconocimiento oficial. En efecto, los artículos 56, 67 y 75 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, replican de manera exacta, en sus respectivos literales “e)”, que los estatutos o instrumentos constitutivos de la persona jurídica, según corresponda, deben contener: “e) Disposiciones que establezcan la estructura de la entidad, quiénes la integrarán, sus atribuciones y duración de los respectivos cargos. La forma de gobierno de la nueva entidad deberá excluir la participación con derecho a voto de los alumnos y de los funcionarios administrativos, tanto en los órganos encargados de la gestión y dirección de ella, como en la elección de las autoridades unipersonales o colegiadas;”.
Como resulta de suyo evidente, lo anterior constituye una especial limitación al ejercicio de la autonomía institucional en la forma en que está consagrada en el ordenamiento jurídico, es decir, entendida como el derecho de cada establecimiento de educación superior a regirse por sí mismo, de conformidad con lo dispuesto en sus estatutos en todo lo concerniente al cumplimiento de sus finalidades. La misma autonomía contempla en su faz administrativa que cada establecimiento de educación superior tiene la facultad para organizar su funcionamiento de la manera que estime más adecuada de conformidad con sus estatutos y las leyes.
Por último, cabe destacar que la propuesta contenida en el presente proyecto de ley constituye una aspiración planteada por los estudiantes y sus organizaciones a lo largo de los últimos cuarenta años. Asimismo, sus contenidos fundamentales recogen las mociones parlamentarias presentadas en el último tiempo por los diputados señores Carmona, Gutiérrez y Teillier, y por los diputados señores Accorsi, Espinosa, González, Gutiérrez, Robles, Schilling y Venegas y las señoras Saa, Girardi y Sepúlveda; así como por el diputado señor Mirosevic.
En ese contexto, es improcedente mantener esta contradicción que limita el ejercicio de la autonomía de las instituciones que la propia ley busca consagrar y promover.
La autorización para la dictación de nuevos estatutos y/o para la modificación de los estatutos vigentes que regulan las Universidades de Santiago de Chile y de Valparaíso corresponde a una aspiración concreta y fundamentada por parte de las comunidades académicas y universitarias respectivas. Por ser estas universidades organismos públicos, sus normas fundamentales son de rango legal.
Se señala el contenido mínimo que deben poseer estos estatutos, a saber: la forma de gobierno, su estructura académica y administrativa esencial, procedimientos para crear, modificar o suprimir su estructura académica, planes, programas y carreras, procedimientos para modificar sus plantas de personal o las normas para fijar las remuneraciones, procedimientos para fijar sus presupuestos y reformar sus estatutos, entre otros aspectos.
En la actualidad, se hace cada vez más necesario reforzar el vínculo que el Estado tiene con sus universidades, por la vía de dotarlas de herramientas para que puedan desenvolverse de una mejor manera en un sistema de educación superior que ha cambiado significativamente durante los últimos años. En tal sentido, una tarea prioritaria es la modificación de los estatutos orgánicos de las universidades estatales. Actualmente, trece de las dieciséis instituciones pertenecientes al Estado cuentan aún con estatutos orgánicos dictados durante la década de 1980, en una situación nacional y universitaria muy diferente a la actual.
Considerando ese contexto, la reforma y actualización de los estatutos de las universidades del Estado es una labor en la que la participación de dichas instituciones y sus comunidades adquiere un carácter fundamental.
Por ello, la iniciativa impulsada y consensuada en el transcurso del trámite legislativo con la Universidad de Santiago de Chile y la Universidad de Valparaíso, en orden a proponer una reforma a los estatutos orgánicos que respectivamente las rigen, es un paso importante para avanzar en este propósito y dotar a esas instituciones de mejores instrumentos para su vida y gestión institucional, de modo que puedan desenvolverse de mejor manera en un sistema de educación superior complejo y con altas exigencias a nivel nacional e internacional.
En efecto, una organización y estructura modernas, una gestión eficaz e inclusiva que reconozca la labor y características específicas de la comunidad universitaria, una mayor flexibilidad en la administración, un verificable alineamiento con los intereses generales de la nación y una adecuada y profunda vinculación con las comunidades en las que estas instituciones se insertan, representan todas condiciones para una gestión institucional de carácter público acorde con los requerimientos de la educación superior que el país necesita en la era del conocimiento y de la inclusión.
Finalmente, hago presente que el proyecto de ley no involucra mayor gasto fiscal. Sin perjuicio de ello, el artículo cuarto transitorio debió ser conocido por la Comisión de Hacienda por su incidencia en la administración financiera y presupuestaria del Estado.
Adicionalmente, la comisión estimó que el artículo 1° de la iniciativa es una norma propia de ley orgánica constitucional.
El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad, con el voto de las diputadas señoras Loreto Carvajal Ambiado (en reemplazo de la diputadaCristina Girardi Lavín) y Camila Vallejo Dowling, y de los diputados señores Rodrigo González Torres, Romilio Gutiérrez Pino, Giorgio Jackson Drago y Mario Venegas Cárdenas.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda, señor Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING (de pie).-
Señor Presidente, estimados colegas, en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar sobre el proyecto de ley que elimina la prohibición de participación de estudiantes y funcionarios en el gobierno de las instituciones de educación superior, y autoriza a dictar nuevos estatutos para la Universidad de Santiago y la Universidad de Valparaíso, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, de conformidad con el inciso segundo del artículo 226 del Reglamento de la Corporación.
Al tenor del informe financiero N° 70, de 5 de agosto de 2014, de la Dirección de Presupuestos, el presente proyecto de ley no involucra mayor gasto fiscal.
La Comisión de Hacienda aprobó, por la mayoría de sus integrantes presentes, las normas del proyecto que debían ser conocidas por ella, en los mismos términos en que lo hizo la comisión técnica. Por ello, recomienda a la Sala que proceda del mismo modo.
Dejo constancia de que representantes de la Universidad de Santiago y de la Universidad de Valparaíso nos solicitaron que se deje abierta la posibilidad de que los estatutos sean dictados con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley marco que regulará de modo general la participación de las comunidades universitarias en su gestión.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En discusión el proyecto de ley. Tiene la palabra la diputadaYasna Provoste.
La señora PROVOSTE (doña Yasna).-
Señor Presidente, el proyecto de ley en discusión elimina uno de los requisitos que la dictadura militar instauró en los ochenta para otorgar el reconocimiento oficial del Estado a las instituciones de educación superior: universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica. Me refiero a la prohibición de que estudiantes y funcionarios participen y tengan derecho a voto en los órganos de gestión y dirección y en la elección de las autoridades unipersonales o colegiadas de las instituciones de educación superior.
Debemos recordar que en esos tiempos era necesario, “previo al dep��sito del instrumento constitutivo de la entidad, contar con la autorización del Ministerio del Interior, el que solo podrá otorgarla cuando a su juicio no se atente o no pudiere atentarse con su establecimiento en contra del orden público o de la seguridad nacional.”. Así reza el artículo 4° transitorio del DFL N° 1, del 3 de enero de 1981, que fija las normas sobre la creación de universidades.
Sin embargo, esta prohibición, integrada a los cuerpos legales que regulan el reconocimiento oficial de las instituciones de educación superior, estaba en evidente contradicción con la autonomía consagrada en el ordenamiento jurídico para esas casas de estudios. Esta autonomía se entiende como el derecho de cada establecimiento de educación superior a regir por sí mismo, de conformidad con lo establecido en sus estatutos, todo lo concerniente al cumplimiento de sus finalidades.
La referida facultad comprende la autonomía académica, económica y administrativa. La autonomía administrativa se define como la facultad que tiene cada plantel para organizar su funcionamiento de la manera que estime más adecuada de conformidad con sus estatutos y las leyes.
Cabe enfatizar que, además de restringir claramente la autonomía de los planteles educativos, la prohibición de participación con derecho a voto de los estudiantes y del personal administrativo constituye un veto que limita la intervención de los actores que conforman la comunidad educativa de las instituciones de educación superior en la toma de decisiones que los afectan. Esta iniciativa excluye esa limitación, tanto de la autonomía como de la participación de la comunidad educativa.
Junto con eliminar la prohibición de participación con derecho a voto, el proyecto viene a llenar un vacío, toda vez que dispone que las instituciones de educación superior no podrán establecer en sus estatutos, su normativa interna o cualquier otro acto o contrato, disposiciones que prohíban, limiten u obstaculicen la libre organización de los alumnos o del personal docente administrativo.
La modificación de estos dos elementos traerá consigo un incremento en los niveles de democracia dentro de las universidades, pues permitirá y fomentará la participación de la comunidad educativa e intensificará los vínculos entre las demandas de alumnos, docentes y administrativos y la universidad.
Hace poco, la académica de la Flacso, señora Victoria Kandel, mediante un estudio en el que se analizaron las opiniones de dirigentes estudiantiles, señaló que los gobiernos universitarios ponen en juego el concepto mismo de democracia, y que la democracia en la universidad representa para los estudiantes la participación de todos y todas, lo que permite que cada uno, desde su punto de vista, desde su posición, graduado, docente, profesor o alumno, emita su opinión, tenga sus representantes y tenga llegada a las decisiones y caminos que la universidad y sus facultades van a adoptar.
A la luz de las últimas situaciones complejas ocurridas en establecimientos de educación superior -léase Universidad del Mar-, la participación de los estudiantes es vital. Por eso, en la discusión del proyecto de ley que crea el administrador provisional de instituciones de educación superior los parlamentarios de la Nueva Mayoría integrantes de la Comisión de Educación defendimos con fuerza un eje importante de participación, porque la participación fortalece la educación, porque la educación fortalece la democracia, y porque con mayor participación se pueden tomar decisiones con prontitud.
Más aún, este proyecto de ley no solo implica un avance hacia mayores niveles de democracia en las instituciones públicas y privadas de educación superior, sino también un avance hacia una actualización respecto de cómo se entiende el rol de la educación superior en las sociedades de nuestros tiempos.
La universidad moderna debe promover el desarrollo de las habilidades que los estudiantes deben tener para realizarse en plenitud y de manera inclusiva en el siglo XXI. Para ello, debe entregar a sus alumnos las habilidades que requieren para insertarse plenamente en la sociedad actual, entre las cuales se destaca el desarrollo del pensamiento crítico, la capacidad de realizar juicios y la capacidad de tomar decisiones sobre la realidad y la sociedad a partir de la argumentación, la afirmación de puntos de vista y las evidencias.
Sin duda, este proyecto representa un avance hacia mayores niveles de democracia en las instituciones públicas y privadas de nuestro país y también hacia la modernización de las instituciones que imparten educación superior, a fin de que nuestros futuros ciudadanos y ciudadanas estén a la altura de los desafíos y exigencias que les impone la sociedad. Asimismo, es un paso de muchos que deben darse para lograr que nuestra educación superior y en general nuestro sistema educacional avancen en equidad, calidad y justicia para todos y todas.
Por lo expuesto, anuncio mi voto a favor de la iniciativa.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Boric.
El señor BORIC.-
Señor Presidente, por su intermedio, saludo a los integrantes de las comunidades universitarias de la Universidad Técnica del Estado, actual Usach, y de la Universidad de Valparaíso, en particular a los dirigentes de su federación de estudiantes entiendo que nos acompaña su nueva presidenta, Marta Matamala-, quienes se encuentran en las tribunas.
Si estamos discutiendo estos temas, es precisamente gracias a la movilización que durante años han realizado los estudiantes, funcionarios y académicos de diversas universidades de nuestro país.
No voy a referirme en detalle a los nuevos estatutos, pues entiendo que hay ciertos puntos que deben ser revisados y que con tal fin, en el momento oportuno, se presentarán indicaciones en el Senado; pero sí me referiré con detalle al DFL N° 2.
Los acontecimientos de las semanas que estamos viviendo nos sirven para ilustrar los dos caminos por los cuales transita nuestra democracia. Mientras en los titulares de prensa vemos que la colonización del empresariado sobre la política se vuelve explícita, a través del financiamiento de campañas políticas, con millones y millones de pesos entregados para comprar votos, hoy, en el Congreso Nacional, se nos presenta un ejemplo de otro tipo de democracia, concreta y posible, y que es una conquista del movimiento estudiantil, del movimiento por la educación, de las comunidades universitarias, de los trabajadores, de los académicos, de los estudiantes y de todas y todos los que creemos en el respeto a los derechos y en que la democracia debe imponerse al mercado.
Doy esa voz de alerta porque han sido justamente las organizaciones sociales, en particular las vinculadas al mundo de la educación, las que se han situado del lado de la democracia y han puesto sobre la mesa la bandera de la educación pública, pero sin marearse en el camino. A diferencia de lo que suele escucharse en estos pasillos, no se esconden en caóticas asambleas, no son una horda bárbara que utiliza la calle para producir destrozos, sino que son organizaciones capaces de dialogar con la política. Y hemos constatado que de boca de esas organizaciones sale mucho más que alguna petición de salida del ministro de turno, pues han sido capaces de concretar el avance democratizador más claro, más sustantivo que ha tenido la educación desde el comienzo de la transición: la derogación de las normas del DFL N° 2, que prohíbe la participación de estudiantes y funcionarios no académicos en los gobiernos universitarios, con lo cual se echa atrás una de las disposiciones que habían sido concedidas a la LOCE por la LGE.
Es la primera modificación sustantiva a la LOCE en materia de educación superior, desde 1989, y es un ejemplo sustantivo del camino que debemos seguir. Si queremos que las reformas lleguen a buen puerto, debemos ser capaces de ver en las organizaciones de la sociedad civil, precisamente en ellas, una respuesta al déficit que presenta la política, pues las organizaciones sociales democráticas no hacen cálculos pequeños, no traicionan ni se venden al mejor postor. Así lo han demostrado.
Y un mensaje también para el ministroNicolás Eyzaguirre: el avance más significativo, concreto que se podrá constatar este año en materia educacional no proviene del programa de gobierno ni sale del espacio de participación que fue propuesto para la foto pero que finalmente no fue respetado; sale del diálogo con la Confech, de su persistente disposición a dialogar y de su claridad a la hora de definir las prioridades políticas, sin marearse en la discusión de los medios. En definitiva, surge de la distinción entre medios y fines.
En todo caso, debemos tener claro que la derogación de esa disposición no es en sí misma garantía de la existencia de una plena democracia universitaria. Para ello se requerirán procesos internos en cada una de las instituciones universitarias y la organización de sus comunidades. Sin embargo, termina con el tutelaje de la autonomía de las instituciones, impide que reglamentos se opongan a las libertades constitucionales de asociación y expresión y deshace las limitaciones para que estudiantes, académicos y funcionarios, mediante su organización mancomunada, puedan abocarse en conjunto a la tarea de realizar la misión pública de la educación, democratizando sus instituciones.
Recuerdo que hace un par de años, antes de las movilizaciones de 2011, leí una columna escrita por el ex rector de la Universidad de Valparaíso, señor Agustín Squella -fue rector en 1990, si no me equivoco-, en la que manifestó que pensaba que sería rector por muy poco tiempo, porque le parecía obvio que el gobierno de la Concertación de ese momento derogaría rápidamente los estatutos impuestos por la dictadura y democratizaría las universidades. Como pueden ver, nos demoramos veintitantos años en dar esa discusión para, finalmente, derogar esa disposición dictatorial. No obstante, es una prueba de que podemos avanzar sin comprometer la autonomía de las organizaciones y de que no estamos equivocados al entender la política como construcción de democracia.
Esta es una conquista de todas y todos los que nos hemos puesto del lado de la educación como un derecho social universal y de todos quienes creemos que la educación no puede seguir siendo un bien de consumo. Ojalá eso también lo entiendan los senadores que por estos días están cocinando a fuego rápido el proyecto que pone fin a la selección, el lucro y el copago en la educación.
Creo que es importante que sean estas organizaciones, las fuerzas del cambio, las reconocidas por el gobierno en el diálogo social y que se prefiera conversar con ellas antes que tocar la puerta de cardenales o empresarios. Es ahí donde está la llave que nuestra democracia necesita para abandonar la profunda decadencia en la que está sumida.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada señorita Karol Cariola.
La señorita CARIOLA (doña Karol).- Señor Presidente, por su intermedio saludo a los profesores, trabajadores, académicos, al consejero superior Diego Martínez y a otros dirigentes de la Universidad de Santiago quienes se encuentran en las tribunas. Ellos están muy atentos al resultado de este debate, porque, tal como dijeron los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, se trata de una materia que preocupa al movimiento social desde hace muchísimos años.
Cuando uno advierte que estamos discutiendo un proyecto de ley que elimina la prohibición de participación de los estudiantes y funcionarios en los gobiernos de las instituciones de educación superior, parece mentira. Uno se pregunta cómo es posible que recién ahora, después de tantos años, estemos dando un paso tan fundamental para el desarrollo de nuestra democracia, particularmente para la democracia interna de las instituciones de educación superior.
Recuerdo que en 2005, cuando entré a estudiar a la Universidad de Concepción, uno de los principales puntos que discutíamos desde el movimiento estudiantil, en las distintas asambleas, era precisamente por qué los estudiantes, por qué los trabajadores, por qué la comunidad educativa no tienen derecho a participar en la toma de decisiones, en circunstancias de que todos los que conformábamos esa comunidad éramos quienes debíamos tener el derecho a opinar e incidir en esa toma de decisiones.
Cuando se creó el senado universitario de la Universidad de Chile, lamentablemente solo se le dieron -y todavía mantiene facultades consultivas, ya que es el rector el que tiene la potestad de, finalmente, adoptar o no las determinaciones que acuerda el senado universitario. Estamos hablando de un espacio democrático, triestamental, de cogobierno, de trabajo conjunto, donde se analizan materias relevantes para esa institución de educación superior, que ha sido tan importante para el desarrollo de nuestro país.
Por lo tanto, me siento muy orgullosa del paso que estamos dando. Afortunadamente, lo está haciendo este gobierno, que ha trabajado decididamente en avanzar para desarrollar una reforma educacional profunda y real. Ese elemento es parte del desarrollo de la reforma educacional. La participación de los trabajadores y estudiantes, permitida por ley, es un factor fundamental en el proceso de democratización de las instituciones de educación superior. Todavía falta más, sin duda. Es fundamental avanzar en orden a que las autoridades unipersonales de las universidades sean electas de manera triestamental y que toda la comunidad educativa participe en ese proceso.
Por eso, no solo me siento contenta de aprobar el proyecto, sino también orgullosa de que hayamos llegado al momento, después de tantos años de trabajo, de lucha y de esfuerzo, de decir que estamos democratizando realmente el país, aunque sea con estos pequeños pasos desde los espacios locales.
Sabemos que hay algunos procesos que dificultan aquello. En ese sentido, hemos conversado con la comunidad de la Usach sobre la necesidad de legitimar el proceso de discusión estatutario que ha llevado adelante. Lamentablemente, en el caso de esa universidad, todavía se mantienen
-hoy vamos a cambiar esa situación los estatutos que dejó la dictadura militar en 1989. Reitero: se debe legitimar el proceso que la comunidad universitaria de la Usach llevó adelante para la generación de sus estatutos, respecto del cual no todos quedaron contentos. Por ello también es necesario discutir los procesos internos y las comunidades universitarias deben ponerse de acuerdo.
Afortunadamente, en la Universidad de Valparaíso se logró un acuerdo, porque en esa casa de estudios se realizó un proceso triestamental, en el que toda la comunidad educativa valoró y definió los estatutos que hoy estamos discutiendo y que se ponen sobre la mesa.
No obstante, también hay un elemento sobre el cual se discutió en la Comisión de Educación y que es importante destacar: la necesidad de aumentar el plazo para que las comunidades educativas tengan mayor tiempo para mejorar y cambiar los estatutos en aquellos aspectos en que no estaban de acuerdo.
Por lo tanto, hago un llamado a efectuar ese proceso y a no dejarlo de lado, para que de una vez por todas se democratice el país mediante pasos tan importantes como el que daremos hoy.
En razón de lo anterior, anuncio el voto favorable de la bancada del Partido Comunista y de la Izquierda Ciudadana a un proyecto que creemos absolutamente relevante para llevar a cabo un proceso de reforma, de democratización y de participación, con los derechos que les corresponden, de los estudiantes y de los trabajadores en el gobierno de las instituciones de educación superior del país.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS.-
Señor Presidente, en la Comisión de Educación, en la que se analizó y discutió este proyecto de ley, se escuchó a distintos actores que tienen directa relación con los objetivos de la iniciativa.
Estamos ante un proyecto que no hace sino saldar una antigua deuda, toda vez que busca adecuar nuestra legislación a la realidad de hoy. El país, con mayor o menor éxito, y el Congreso Nacional hacen su trabajo para profundizar y perfeccionar la democracia, a fin de permitir que el ciudadano se sienta partícipe en la construcción de un Chile con condiciones distintas, en el que todos nos sintamos mejor representados.
No obstante, subsisten normas jurídicas decimonónicas, del período jurásico, que pertenecen a la prehistoria de nuestro país y que nos recuerdan momentos de nuestra historia institucional que queremos dejar atrás. Una de tales normas es aquella, consagrada y heredada de un gobierno de facto, que prohíbe la participación de los estudiantes, de los trabajadores de las asociaciones de funcionarios y de los académicos y docentes en el gobierno de sus propias instituciones. Esto es particularmente grave en el ámbito de las universidades, porque el alma mater que constituye a los planteles universitarios es la generación de pensamiento crítico y divergente, y la construcción de conocimiento. Pero eso no se puede concretar sobre la base de prohibir la adecuada participación del conjunto de la comunidad universitaria en el gobierno de las instituciones de educación superior.
En ese sentido, terminar con tal prohibición, que es lo que busca el proyecto, es un objetivo deseable y que apoyamos absolutamente. A mi juicio, no debería admitir mucha discusión la legitimidad de eliminar dicha prohibición, de modo que haya una adecuada participación de la comunidad en el gobierno de las instituciones de educación superior.
Como señaló la diputada que me antecedió en el uso de la palabra, la iniciativa resuelve un problema que se venía arrastrando desde hace bastantes años, como es aprobar los estatutos de la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y de la Universidad de Valparaíso.
En la Comisión de Educación contamos con la participación de representantes de ambas instituciones de educación superior. En verdad, no pasa desapercibido para nosotros que, en el caso de la Universidad de Valparaíso hubo algunos acercamientos acerca de cómo se llevó adelante el proceso de generación de sus estatutos. En efecto, mediante la iniciativa se faculta a la Presidenta de la República para que los apruebe. Lamentablemente, no ocurre lo mismo con la Usach, pues su comunidad universitaria lleva muchos años esperando que la generación de sus estatutos se produzca.
En mi calidad de Presidente de la Comisión de Educación, pido a mis colegas que aprueben el proyecto, porque a estas alturas del desarrollo del país no podemos seguir rigiéndonos por normas del siglo pasado para construir la sociedad del siglo XXI. Eso no parece coherente ni es de sentido común.
Por lo expuesto, anuncio mi voto favorable -espero que también el de mi bancada a esta iniciativa.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor AUTH.-
Señor Presidente, me quiero referir a la época en que las universidades fueron intervenidas militarmente y se terminó con los gobiernos corporativos en los cuales participaban estudiantes, académicos y funcionarios. En efecto, terminado el proceso de intervenciones, la dictadura militar consagró en la ley la prohibición de que las comunidades de funcionarios y de estudiantes participaran en los gobiernos universitarios.
Pero el problema dejó de ser de la dictadura cuando advino un régimen democrático. En
2009, cuando el Ministerio de Educación emitió un decreto sobre cómo debían gobernarse las nuevas entidades universitarias, repitió exactamente la misma disposición dictatorial, pues estableció que en dicha forma de gobierno se debía excluir la participación con derecho a voto de los alumnos y de los funcionarios administrativos. Es decir, lo que fue una imposición de la dictadura, luego pasó a convertirse en ley, por arte de birlibirloque, y más tarde fue consagrado como hábito cultural y como una disposición mayoritaria a través de varios gobiernos.
Como han dicho algunos colegas que representan a la generación estudiantil de los años
2000, fue solo la irrupción de la demanda estudiantil de 2011 en adelante la que pegó una campanada y rompió con la idea de que los gobiernos triestamentales eran parte de ese pasado, como dicen algunos colegas de enfrente, de ingobernabilidad, de desorden, etcétera.
Me llama la atención muy positivamente el consenso que existe sobre lo necesario que resulta para el gobierno de una universidad el hecho de que en él participen todos los componentes de la comunidad universitaria: académicos, funcionarios y estudiantes.
En la Comisión de Hacienda tuvimos la oportunidad de escuchar con detalle al rector Aldo Valle, presidente del Consorcio de Universidades Estatales, a dirigentes de los académicos y a dirigentes estudiantiles de la Universidad de Santiago de Chile y de la Universidad de Valparaíso.
En ese debate se hizo presente la necesidad imperiosa de que para las universidades del Estado existiera una ley que establezca un marco normativo que no solo permita, sino que también fuerce la constitución de gobiernos corporativos con participación triestamental.
La dificultad que existía respecto de este proyecto consistía en que si concurríamos a dar por buenos y legales los estatutos elaborados por la Universidad de Valparaíso y por la Universidad de Santiago de Chile, se podría perfectamente entrar en contradicción con la normativa que rige el conjunto de las universidades estatales.
Por ello, presentamos una indicación, suscrita por los diputados Marcelo Schilling, Matías Walker, Mario Venegas y otros, para modificar los dos artículos transitorios referidos a la legalización de dichos estatutos, con el objeto de forzar el compromiso contraído oralmente por el ministro de Educación en la Comisión de Hacienda, en orden a aprobar prontamente una normativa general que rija a las universidades estatales, en el entendido de que no pertenecen solo a las comunidades que en ellas se desempeñan, estudian o trabajan, sino a todo el pueblo de Chile.
En consecuencia, la legalización de los estatutos de la Universidad de Valparaíso y de la Universidad de Santiago se vincula a la pronta aprobación de una ley marco que permita definir las líneas de gobernabilidad democrática para el conjunto de las universidades estatales.
Por lo tanto, pido votación separada de la referida indicación.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Señor diputado, he consultado al señor Secretario General de la Corporación sobre su petición, y me ha informado que existe acuerdo de votar el proyecto en general y de que, en razón de la indicación, vuelva a la Comisión. Por tanto, no corresponde efectuar la votación separada que usted solicita.
Tiene la palabra el diputadoJuan Enrique Morano.
El señor MORANO.-
Señor Presidente, en verdad no parece que estuviéramos viviendo el primer mes de 2015, porque en democracia nos hemos demorado veinticinco años para cambiar una norma absolutamente injusta. Recién hoy estamos discutiendo de qué forma la elección de las autoridades universitarias la hará la propia comunidad universitaria.
Es indispensable que la democracia llegue ya, ahora, a nuestras universidades. No requerimos más. Incluso, hoy existen rectores designados, porque formalmente es el Ejecutivo el que designa a los rectores tras un proceso de consulta a los docentes. No puede ser que las juntas directivas y que los consejos sean formalmente designados.
Reitero: la ley permite al Ejecutivo designar a esas autoridades. Las universidades siguen siendo prisioneras de los decretos de la junta de gobierno. Eso no puede ocurrir hoy, en 2015.
La nueva institucionalidad no será realmente democrática, si no nace y emerge de la discusión en los claustros plenos y amplios de cada una de las comunidades universitarias, escuchando, por cierto, a sus regiones, a sus provincias y a sus comunas.
La universidad es y debe ser motor del desarrollo de cada una de las localidades donde está inserta; también debe ser un factor de profundización de nuestra democracia.
Señor Presidente, con vergüenza anuncio mi voto favorable a esta iniciativa, creyendo, una vez más, que estamos llegando tarde.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, este proyecto de ley me parece muy importante porque aborda un tema relevante, cual es la participación. En términos generales, la participación desde el punto de vista político fue cercenada por la dictadura durante muchos años.
En la actual Ley General de Educación figuran incorporadas todas las disposiciones contenidas en la antigua LOCE referidas a las universidades. No se efectuó ningún cambio a ellas en la última discusión habida en el Parlamento sobre educación.
Entre los artículos que se mantienen en la LGE figura uno que prohíbe a las instituciones de educación superior que la comunidad estudiantil y académica participe en forma amplia en el trabajo que esas instituciones desarrollan desde el punto de vista administrativo.
Por ello, lo que hace el presente proyecto es suprimir todas las disposiciones que impiden que tanto las universidades, centros de formación técnica, etcétera, puedan desarrollar la participación en forma amplia.
El articulado permite que la participación se haga de acuerdo con los fines que la universidad determine. En consecuencia, lo que estamos votando permite la participación e inhibe la prohibición para que esa participación se haga efectiva en todos los ámbitos, lo cual ayudará muchísimo a que todas las comunidades internas de las universidades tengan un efectivo rol en la participación en todo tipo de actividades, incluyendo, por cierto, la administración de la universidad, si así lo determinaran sus estatutos.
Sin embargo, hay un tema que me llamó la atención, que planteé dos veces en la discusión interna y que fue refrendado por las personas que concurrieron a la comisión, cual es que el ministerio introdujo disposiciones transitorias a un proyecto que era muy claro, amplio y limpio, con el objeto de aprobar los estatutos de dos universidades: la de Valparaíso y la de Santiago.
La crítica a este tema se basa en que si bien esas universidades venían luchando desde hace muchos años por un cambio de sus estatutos, no es menos cierto que se trata de dos universidades del Estado, entre otras que tienen esa condición, dentro de las cuales está la Universidad de Atacama, región a la que represento, y que, a mi juicio, también requieren cambiar sus estatutos para adecuarlos al siglo XXI, no a la década del 80, cuando el gobierno de Pinochet estableció los estatutos de las universidades, sino a una época en que la democracia se haga presente con una mirada de Estado.
En la actualidad, como lo plantearon las autoridades de la Universidad de Santiago que vinieron a la comisión, el rector de esa casa de estudios es electo, de acuerdo con los estatutos, por los académicos, de manera que, al final, no gobierna para la universidad ni tampoco para la sociedad en su conjunto, sino que, como es lógico, gobierna para quienes lo eligieron, lo que ocurre en toda elección democrática. Los diputados somos electos y representamos a quienes nos eligieron y, por lo tanto, tomamos nuestras decisiones de acuerdo con los intereses de nuestros representados.
La mayor parte del tiempo de la discusión que se dio en la Sala se ocupó en revisar los estatutos de esa universidad y el concepto que hay detrás. De hecho, la mayoría de las personas que concurrió a la comisión, incluyendo al rector de la Universidad de Valparaíso, plantearon la necesidad de que el ministerio envié un proyecto al Congreso Nacional que establezca una normativa general para todas las universidades del Estado que las obligue a elegir a sus rectores, de forma tal que permitan llevar su misión universitaria a la sociedad.
En esa oportunidad nos señalaron que en el mundo moderno había universidades en que sus rectores eran nombrados por directorios muy amplios, lo que es más cercano a lo que existe en la Universidad de Chile, donde existe un senado universitario, al que el rector debe responder. A mi juicio, es obvio que las universidades estatales deben responder al Estado en un marco general, en una forma distinta a la que hoy se da. En consecuencia, muchos planteamos con mucha fuerza la idea de que necesitamos universidades que renueven lo que dice relación con su autonomía, con su visión de futuro y con la elección de sus autoridades.
Sin duda, veremos nuevamente el tema cuando analicemos la iniciativa que crea las universidades de las regiones de O'Higgins y de Aysén, ya que allí reaparecerá este mismo concepto que quiero representar. Se trata de dos universidades del Estado, por lo que no podemos aprobarles estatutos a cada una de ellas. Debemos establecer una ley marco que señale que las universidades del Estado se deben a sus comunidades, a las cuales deben atender en términos universitarios.
Por eso concuerdo muchísimo con lo planteado en la comisión por varios dirigentes de los estamentos universitarios, particularmente de la Universidad de Santiago, y por el rector de la Universidad de Valparaíso.
Por lo anterior, considero que el Ministerio de Educación está al debe en materia universitaria, pues han pasado varios años desde la recuperación de la democracia. Cuando envíe la reforma a la educación superior, debe considerar también una modificación estatutaria, para que todas las universidades del Estado tengan una mirada estatal y una forma moderna de elegir a sus autoridades, que dé cuenta de la participación de la sociedad en su conjunto en el rol que las universidades deben cumplir en nuestro país.
Finalmente, anuncio que votaremos a favor del proyecto, pero queremos decir nuevamente al Ejecutivo, tal como lo hicimos en la comisión, que no tiene sentido legislar respecto de los estatutos universitarios de las nuevas universidades si no somos capaces de modificar lo que hemos heredado de la dictadura en relación con las universidades, si no somos capaces de cambiar la actual ley general de educación en materia universitaria, porque ahí está centrado el germen de esta poca participación, de este encarcelamiento, como lo denomino, de las autoridades de cada universidad para abrirse a la comunidad, con la presencia de las autoridades regionales y de las distintas capas de la sociedad, sobre todo en las regiones, en relación con las universidades.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Bellolio.
El señor BELLOLIO.-
Señor Presidente, aprovecho de saludar al señor ministro, quien ingresó a la Sala, y desearle un buen 2015. Espero que ahora podamos hablar sobre el contenido de la educación y no solamente sobre la cáscara.
En primer lugar, pido al Ejecutivo algo que ya le hemos solicitado en el pasado, cual es que ojalá que los próximos proyectos que nos envié sobre educación vengan con los temas separados si son distintos, ya que el que estamos discutiendo tiene que ver, por un lado, con la discusión de cogobierno universitario, con lo que estamos absolutamente en contra, y por otra, con algo totalmente diferente, cual es el otorgamiento de facultades a las universidades para que dicten sus estatutos, lo cual nos parece razonable, por lo que lo votaremos a favor.
Hoy solo se va a votar el proyecto en general, pero, al igual que el diputadoAuth, he pedido votación separada para cuando nos toque votarlo en particular, ya que trata de materias diferentes.
Al mismo tiempo, hemos repuesto una indicación que dice: “Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso los estatutos, normativa interna o cualquier acto o contrato entre la Universidad y sus estudiantes o personal académico y no académico podrán contener disposiciones que prohíban, limiten u obstaculicen la libre organización de estos.”. Aquí hay una diferencia importante. Una cuestión es la participación estudiantil en los distintos ámbitos del quehacer universitario y otra muy diferente es el cogobierno estudiantil. Estamos totalmente a favor de lo primero -de hecho, el gremialismo universitario nació así-, pero estamos completamente en contra de lo segundo, que también es otra razón por la que se fundó el gremialismo universitario.
Fui presidente de una federación de estudiantes y, por lo mismo, no podría estar más a favor de la participación de los estudiantes en los centros de alumnos y de los funcionarios y académicos en las organizaciones de las distintas universidades. Como lo he repetido mil veces, creo que todas ellas deben tener este tipo de organizaciones. Tal vez los mejores ramos que tomé en la universidad -que no se cursaban fueron los relacionados con la federación de estudiantes, que tienen que ver no solo con el aprendizaje teórico, sino también con la vida y con la formación en su grado más complejo.
Quiero ahondar un poco más en lo significa el gobierno universitario. Hay un supuesto básico: que la universidad es una comunidad; es decir, esa agrupación humana adquiere el carácter de comunidad cuando las personas que la forman se organizan para conseguir un fin que les es común; por eso hablamos de comunidad. Pues bien, el concepto de universidad es precisamente eso: una comunidad de profesores y estudiantes.
Dicho lo anterior, es debido a su carácter de comunidad que la universidad requiere contar con una autoridad. La naturaleza humana exige que ese fin común -que, como he dicho, es la razón de toda comunidad sea dirigido y garantizado efectivamente por alguien. Por cierto, el bien común debe coincidir con el fin común de esa comunidad. Pero ese fin común o específico de la universidad, que es su misión educadora y formadora, el descubrimiento de la verdad, no significa que sean los estudiantes quienes tengan que cogobernarla.
Quiero hacer referencia a un folleto que fue redactado en 1968 por el movimiento gremial, llamado Participación Estudiantil o Cogobierno Universitario, que dice que si la universidad es una institución de formación, si su campo de actividad se mueve en la docencia y en la investigación de la cultura científica, ¿cómo podría gobernar la universidad quien concurre a ella para formarse? ¿Cómo podría gobernar la docencia quien aún no conoce bien la ciencia ya hecha? ¿Cómo podría gobernar la investigación quien carece de ese conocimiento, que es su propia base? Evidentemente, ello resultaría imposible. Por más que haya quienes se esfuercen en negarlo, los alumnos, por su propio carácter de tales, no están en condiciones de gobernar la universidad.
Que los alumnos puedan tener mayor sensibilidad para percibir la realidad o las deficiencias que se observan es cosa que en nada altera nuestra argumentación y conclusión anterior. Percibir puede ser suficiente para sugerir, pero para dirigir hay que, además, saber.
Es decir, creemos que los estudiantes son parte fundamental de la enseñanza de la universidad, pero eso no significa que estemos a favor del cogobierno universitario.
Vamos a reponer las indicaciones relacionadas con estos aspectos y las votaremos a favor para que no haya cogobierno universitario, pero sí una amplia participación de los estudiantes, de los profesores y de los trabajadores. Reitero que esto no significa que estemos a favor del cogobierno.
Por último, aprobaremos la creación de los estatutos de la Universidad de Santiago y de la Universidad de Valparaíso.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Marcelo Schilling.
El señor SCHILLING.-
Señor Presidente, “la problemática en la educación no es de ninguna manera la que los educadores les parece que es. Creen que los estudiantes ya no quieren lo que se les ofrece. A la gente se la quiere forzar a una educación irrelevante y se defiende con trastornos de la atención, con desmotivación. Yo pienso que la educación no está al servicio de la evolución humana, sino de la producción o, más bien, de la socialización. Esta educación sirve para domesticar a la gente de generación en generación, para que sigan siendo unos corderitos manipulables por los medios de comunicación. Esto es socialmente un gran daño. Se quiere usar la educación como una manera de meter en la cabeza de la gente una manera de ver las cosas que le conviene al sistema, a la burocracia. Nuestra mayor necesidad es la de una educación para evolucionar, para que la gente sea lo que podría ser.
La crisis de la educación no es una crisis más entre las muchas crisis que tenemos, sino que la educación está en el centro del problema. El mundo está en una crisis profunda porque no tenemos una educación para la conciencia. Tenemos una educación que, en cierto modo, le está robando a la gente su conciencia, su tiempo y su vida.
El modelo de desarrollo económico de hoy ha eclipsado el desarrollo de la persona.
La educación enseña a la gente a pasar exámenes; no a pensar por sí misma. En un examen no se mide la comprensión; se mide la capacidad de repetir. En lugar de una educación para la información, se necesitaría una educación que se ocupe del aspecto emocional y una educación de la mente profunda. A mí me parece que estamos presos entre una alternativa idiota, que es la educación laica, y una educación autoritaria, que es la educación religiosa tradicional. Está bien separar Estado e Iglesia, pero, por ejemplo, en España han echado por la borda el espíritu, como si religión y espíritu fueran la misma cosa. Necesitamos que la educación atienda también a la mente profunda.”.
Estas palabras pertenecen a don Claudio Naranjo, médico siquiatra, profesor en la Universidad de Harvard, que introdujo el eneagrama en occidente. El eneagrama es el intento de determinar el carácter de las personas de acuerdo con los números que se derivan de la fecha de su nacimiento.
Naranjo me ahorra la necesidad de explicar por qué es necesario aprobar este proyecto que repone la posibilidad de que las comunidades universitarias participen en la autodeterminación del destino de su institución.
Quiero aprovechar la presencia del ministro de Educación -a quien le deseo el mejor
2015para decirle que, tal como debiera ocurrir en todo el mundo, nuestra educación debiera abocarse, primero, a formar buenas personas y buenos ciudadanos; en seguida, a entregarles algunas herramientas, como matemáticas o lenguaje, para que puedan sobrevivir; pero, sobre todo -tal como lo pide Naranjo-, debiera orientarse a desarrollar en las personas la capacidad de análisis, esto es, de diagnosticar las causas de un problema y desarrollar su capacidad de síntesis; es decir, de proponer soluciones a tales problemas. En ello consiste el desarrollo de la capacidad de autodeterminación de las personas y de las sociedades, lo que se puede lograr en ese ambiente que espero que contribuya a crear el proyecto de ley que hoy aprobaremos en general.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:
El señor CORNEJO (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que elimina la prohibición de participación de estudiantes y funcionarios en el gobierno de las instituciones de educación superior, y autoriza dictar nuevos estatutos para la Universidad de Santiago y la Universidad de Valparaíso, con la salvedad del artículo 1° permanente, por tratar de materias propias de ley orgánica constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 25 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Cornejo González Aldo; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hernando Pérez Marcela; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Sommerhoff Felipe; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Mirosevic Verdugo Vlado; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morano Cornejo Juan Enrique; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Urízar Muñoz Christian; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Barros Montero Ramón; Bellolio Avaria Jaime; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Núñez Urrutia Paulina; Squella Ovalle Arturo; Trisotti Martínez Renzo; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Ward Edwards Felipe.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En votación general el artículo 1° permanente, que para su aprobación requiere el voto favorable de 68 señoras diputadas y señores diputados.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos; por la negativa, 15 votos. Hubo 6 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Cornejo González Aldo; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hernando Pérez Marcela; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique;Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis;León Ramírez Roberto;Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Mirosevic Verdugo Vlado; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morano Cornejo Juan Enrique; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Urízar Muñoz Christian; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Barros Montero Ramón; Bellolio Avaria Jaime; Edwards Silva José Manuel; Gahona Salazar Sergio; Hasbún Selume Gustavo; Kast Rist José Antonio; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Pérez Lahsen Leopoldo; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Soto Osvaldo; Ward Edwards Felipe
-Se abstuvieron los diputados señores:
De Mussy Hiriart Felipe;Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gutiérrez Pino Romilio;Hernández Hernández Javier; Trisotti Martínez Renzo; Urrutia Bonilla Ignacio.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a comisión.
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
-De las diputadas señoras María José HoffmannAndrea Molina, Claudia Nogueira y Marisol Turres y los diputados señores Pedro Pablo Álvarez-SalamancaRamón BarrosJaime BellolioJuan Antonio ColomaJosé Manuel EdwardsFelipe De MussySergio GahonaRomilio GutiérrezGustavo HasbúnJavier HernándezJosé Antonio KastIssa KortJoaquín LavínJavier MacayaPatricio MeleroCelso MoralesIván NorambuenaLeopoldo PérezDavid SandovalErnesto SilvaArturo SquellaRenzo TrisottiJorge UlloaIgnacio UrrutiaOsvaldo UrrutiaEnrique Van Rysselberghe y Felipe Ward para reemplazar el artículo primero del proyecto de ley por el siguiente:
“Artículo primero.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, de la siguiente forma:
1) Agréguese, en el literal e) del artículo 56 y a continuación del punto y coma, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: “Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso, los estatutos, normativa interna o cualquier acto o contrato entre la Universidad y sus estudiantes o personal académico y no académico, podrán contener disposiciones que prohíban, limiten u obstaculicen la libre organización de éstos.”.
2) Agréguese, en el literal e) del artículo 67 y a continuación del punto y coma, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: “Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso, los estatutos, normativa interna o cualquier acto o contrato entre la Universidad y sus estudiantes o personal académico y no académico, podrán contener disposiciones que prohíban, limiten u obstaculicen la libre organización de éstos.”.
3) Agréguese, en el literal e) del artículo 75 y a continuación del punto y coma, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: “Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso, los estatutos, normativa interna o cualquier acto o contrato entre la Universidad y sus estudiantes o personal académico y no académico, podrán contener disposiciones que prohíban, limiten u obstaculicen la libre organización de éstos.”.
-De la diputada señora Maya Fernández y los diputados señores Pepe AuthJorge InsunzaRoberto PobleteRaúl SaldívarMarcelo SchillingJoaquín TumaChistian UrízarMario Venegas y Matías Walker para sustituir el artículo segundo transitorio del proyecto de ley por el siguiente:
“Artículo segundo.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año a contar de la fecha de publicación de la ley que contenga normas comunes en materia estatutaria para las universidades estatales, mediante uno o más decretos con fuerza de ley del Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, dicte las nuevas normas estatutarias que regularán la organización, atribuciones y funcionamiento de la Universidad de Santiago de Chile.”.
-De la diputada señora Maya Fernández y los diputados señores Pepe AuthRoberto PobleteRaúl SaldívarMarcelo SchillingJoaquín TumaChistian UrízarMario Venegas y Matías Walker para reemplazar el artículo tercero transitorio del proyecto de ley por el siguiente:
“Artículo tercero.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año a contar de la fecha de publicación de la ley que contenga normas comunes en materia estatutaria para las universidades estatales, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, del Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, dicte las nuevas normas estatutarias que regularán la organización, atribuciones y funcionamiento de la Universidad de Valparaíso.”.
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