http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[2] Alflen da Silva Pablo Rodrigo Profesor Universidad Federal de Rio Grande do Sul. “El delito de desaparición forzada de personas y el Derecho penal brasileño” Revista de Derechode la Pontifica Universidad Católica de Valparaíso pg. 216 y ss año 2010."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[3] Preámbulo Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas “Considerando que la desaparición forzada de personas viola múltiples derechos esenciales de la persona humana de carácter inderogable tal como están consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de derechos Humanos; Recordando que la protección internacional de los derechos humanos es de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno y tiene como fundamento los atributos de la persona humana”."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[6] AGUILAR CAVALLO Gonzalo. LA DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS: NATURALEZA FUENTES Y JERARQUÍA. COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RELATIVO A LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS. Estudios constitucionales[online]. 2009 vol.7 n.2 [citado2014-12-08] pp. 429-463 . Disponible en: http://www.scielo.cl."^^xsd:string