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El señor LETELIER.-
Sí, señor Presidente .
El señor ESCALONA (Presidente).-
Entonces, tiene la palabra.
El señor LETELIER.-
Es evidente que con mi colega Alberto Espina tenemos visiones distintas. ¡Y en buena hora! Pero también tenemos, al parecer, matices respecto a cómo entender los principios de la actividad legislativa.
Un principio general sería aquel que empapara el conjunto de una iniciativa.
En este caso, no fue el principio general el que inspiró el artículo que ahora nos ocupa. Por lo mismo, en determinado momento dos de nuestros colegas se abstuvieron en la Comisión.
El interés superior del niño, niña y adolescente debería guiar todas las decisiones que adopten los jueces, pero no como último recurso, mediante una letra final que diga: "Cualquier otro antecedente que pueda considerarse interés superior del niño". ¡No!
El principio consagrado en la Declaración de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes es un principio rector.
Entonces, permítanme mantener mi crítica.
Voy a votar a favor de la norma, pero, en términos de técnica legislativa, tal principio debería haberse incorporado en el párrafo introductorio, rigiendo todos los criterios y circunstancias que el juez debe considerar al tomar una decisión, y no en un literal posterior referido a "Cualquier otro antecedente que sea relevante". Eso trastoca las ponderaciones que debe haber.
Reitero que votaré a favor, señor Presidente .
Creo que también se trata de un problema cultural en nuestro país. Como los niños no votan, en los últimos veinte años nos ha costado ir cambiando nuestra forma de comprender. No es casual que en Chile todavía no dispongamos de una ley sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la cual facilitaría parte de la discusión respecto a esta materia.
He dicho.
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