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- rdf:value = " 4. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORA VON BAER Y SEÑORES COLOMA, LARRAÍN FERNÁNDEZ, ORPIS Y URIARTE, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL QUÓRUM DE APROBACIÓN PARA LOS TRATADOS MODIFICATORIOS DE LA INTEGRIDAD DEL TERRITORIO NACIONAL (8868-07)
Fundamentos:
1.- La soberanía reside esencialmente en la Nación y su ejercicio se realiza por el pueblo, dice nuestra Constitución. La soberanía en su dimensión material implica el dominio sobre el territorio chileno, sea este marítimo, aéreo o terrestre. Parece imposible de aceptar que un Gobierno o el legislador de turno, por la vía de las simples mayorías circunstanciales tenga la posibilidad de desprenderse de territorio chileno, el cual nos pertenece a todos, tanto a las generaciones actuales, como al pretéritas y a las futuras. Por tanto, ni aun a pretexto de vivir en un mundo cada vez más interconectado y globalizado, sería deseable que los gobiernos y los parlamentos dispusieran a su antojo de lo que pertenece a generaciones de chilenos.
2.- Lo expuesto es particularmente válido respecto de las relaciones con países vecinos, en las que nuestra historia, producto de tratados internacionales legítimamente celebrados, han permitido dotar a nuestro país de su actual fisonomía territorial.
3.- La presente propuesta, viene en reconocer que los actos jurídicos que signifiquen disposición de territorio nacional y por consiguiente, desprendimiento de soberanía, deben ser evitados, puesto que no se puede desmembrar a la Nación de uno de sus atributos más esenciales, salvo que exista un amplio consenso nacional revestido de mayorías sustanciales que reflejen una decisión democrática.
4.- La propuesta, sin seguir los términos de la Carta Fundamental de 1833 que fijaba los límites de Chile, busca situar en el ámbito de las bases de la institucionalidad el deber de preservar la integridad territorial y establecer adicionalmente el modo de disponer de territorios nacionales sólo mediante la concurrencia de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio. Esto es del todo importante, pues las bases de la institucionalidad, justamente vienen a determinar los principios y valores fundamentales que definen las características del Estado Nacional, dentro las cuales justamente se encuentra el territorio y su soberanía.
5.- Nos ha parecido pertinente relacionar el concepto de soberanía con el imperativo de preservar el territorio nacional, pues la relación con potencias extranjeras que a futuro pudiere implicar cesiones territoriales es una materia que interesa a la nación toda, en la cual las decisiones deben concitar gran acuerdo ciudadano, manifestando éstos su voluntad a través de sus representantes mediante normas de quórum elevados, igual al exigible para cambios constitucionales de gran magnitud.
Por todo lo señalado, venimos en presentar el presente proyecto de reforma constitucional:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
1. Agréguese un nuevo inciso final al artículo 5° de la Constitución Política de la República de Chile:
"Es deber del Estado y sus órganos preservar la integridad territorial del país y velar por el ejercicio de la soberanía en dicho territorio."
2. En el artículo 54 de la Constitución Política de la República de Chile, numeral 1), intercálese un nuevo inciso segundo:
"Cuando un tratado contuviere actos de disposición de territorio nacional, requerirá la aprobación de los dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio".
(Fdo.): Ena von Baer Jahn, Senadora.- Juan Antonio Coloma Correa, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.- Jaime Orpis Bouchón, Senador.- Gonzalo Uriarte Herrera,
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