. . . . . . " DEROGACI\u00D3N DE NORMAS RELATIVAS A INCAPACIDAD DE CIEGOS Y MUDOS PARA DESEMPE\u00D1O DE TUTELAS Y CURATELAS\n El se\u00F1or LABB\u00C9 ( Secretario General ).- Se\u00F1ores Senadores, en la sesi\u00F3n del 14 de octubre de 2014, se aprob\u00F3 en general el proyecto de ley, en primer tr\u00E1mite constitucional, que deroga los numerales 1\u00B0 y 2\u00B0 del art\u00EDculo 497 del C\u00F3digo Civil, relativos a la incapacidad de ciegos y mudos para desempe\u00F1ar toda clase de tutelas y curatelas, y se fij\u00F3 plazo para presentar indicaciones hasta el d\u00EDa 3 de noviembre.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (9.409-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley (moci\u00F3n de los Senadores se\u00F1oras Allende y P\u00E9rez San Mart\u00EDn y se\u00F1ores Espina, Harboe, y Letelier):\n \nEn primer tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 27\u00AA, en 1 de julio de 2014. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nConstituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n, Justicia y Reglamento: sesi\u00F3n 50\u00AA, en 30 de septiembre de 2014.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesi\u00F3n 55\u00AA, en 14 de octubre de 2014 (se aprueba en general). \nEl se\u00F1or LABB\u00C9 ( Secretario General ).- No habi\u00E9ndose presentado indicaciones en el plazo fijado al efecto, corresponde aprobar el proyecto tambi\u00E9n en particular, a menos que se solicite un nuevo plazo para ese prop\u00F3sito.\n \nLa se\u00F1ora ALLENDE (Presidenta).- Si le parece a la Sala, se dar\u00E1 por aprobado el proyecto en particular. \nAcordado. \n--El proyecto queda aprobado en particular, y despachado en este tr\u00E1mite. \n " . . . . . . "DEROGACI\u00D3N DE NORMAS RELATIVAS A INCAPACIDAD DE CIEGOS Y MUDOS PARA DESEMPE\u00D1O DE TUTELAS Y CURATELAS"^^ . . . . . .