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La señora ALLENDE ( Presidenta ).-
A continuación, también como si fuera de Fácil Despacho, corresponde tratar el informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que crea un registro voluntario de contratos agrícolas.
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.829-01) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 59ª, en 2 de octubre de 2013.
Informes de Comisión:
Agricultura: sesión 71ª, en 20 de noviembre de 2013.
Agricultura (segundo): sesión 91ª, en 4 de marzo de 2014.
Agricultura (nuevo segundo): sesión 91ª, en 4 de marzo de 2014.
Hacienda: sesión 91ª, en 4 de marzo de 2014.
Mixta: sesión 57ª, en 21 de octubre de 2014.
Discusión:
Sesión 76ª, en 3 de diciembre de 2013 (se aprueba en general).
Sesión 6ª, en 8 de abril de 2014 (se aprueba en particular).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Cabe señalar que las divergencias suscitadas entre ambas Corporaciones derivan del rechazo por parte de la Cámara de Diputados, en el tercer trámite constitucional, de tres enmiendas efectuadas por el Senado, correspondientes a los artículos 3°, 4° y 16 (17 del texto despachado por el Senado).
a) La Cámara de Diputados, en el primer trámite constitucional, aprobó un artículo 3° que incluye nueve literales que definen los conceptos que deben utilizarse para una correcta aplicación de la ley. Al efecto, define contrato agrícola, producto agrícola, productor agrícola, agroindustrial, intermediario, primera transacción, etcétera.
El Senado, en el segundo trámite constitucional, acogió dos modificaciones al citado artículo 3°, en particular a la letra b), sobre producto agrícola, y la letra g), que define el formulario.
b) La segunda diferencia obedece a que la Cámara de Diputados, en el primer trámite constitucional, aprobó un artículo 4° cuyo inciso primero establece los requisitos para que las partes de un contrato agrícola se acojan a esta ley, mientras que su inciso segundo señala que, para los efectos de esta, la fecha del contrato será la de su registro.
El Senado, en el segundo trámite, sustituyó el artículo 4° por otro que elimina la referencia a la forma en que se suscribirá el formulario y suprime su inciso segundo, que determina que la fecha del contrato será la de su registro.
c) Por último, la tercera diferencia dice relación a que la Cámara de Diputados, en el primer trámite constitucional, aprobó un artículo 16 (que pasó a ser 17) que regula la eventual responsabilidad solidaria por los perjuicios causados al comprador.
El Senado, en el segundo trámite, sustituyó el texto de aquel precepto por otro que reemplaza la solidaridad por una indemnización legal de perjuicios.
La Comisión Mixta, como forma de resolver las divergencias entre ambas Cámaras, efectúa una proposición que consiste en lo siguiente:
-Aprobar el texto propuesto por la Cámara baja para la letra b) del artículo 3° y el literal g) del artículo 3° propuesto por el Senado, que introduce una modificación de mera concordancia.
-Acoger, en los mismos términos, el artículo 4° despachado por el Senado y efectuar enmiendas en los artículos 12 y 13 (13 y 14 del Senado), con el fin de armonizarlos y de entregar una mayor certeza en la comparecencia del contrato.
-Finalmente, sustituir el texto propuesto para el artículo 16 (17 del Senado).
La Comisión Mixta adoptó este acuerdo por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores García, Moreira, Quinteros y Patricio Walker y Diputados señoras Carvajal y Pascal y señores Barros y Chahin), respecto del artículo 3°; por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores García, Moreira y Patricio Walker y Diputados señoras Carvajal y Pascal y señores Chahin y Paulsen), en lo referente al artículo 4°, y también por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores García, Quinteros y Moreira y Diputados señora Pascal y señores Barros, Chahin y Paulsen), en lo que dice relación con los dos primeros incisos del artículo 17. Por último, el inciso final fue aprobado por la unanimidad de los presentes, conformada por los Senadores señores García, Moreira y Patricio Walker y los Diputados señoras Carvajal y Pascal y señor Chahin.
Por último, corresponde informar que la Cámara de Diputados, en sesión de 14 de octubre de 2014, aprobó la proposición de la Comisión Mixta.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios figuran, en la cuarta y quinta columnas, la proposición de la referida Comisión y el texto como quedaría de aprobarse el informe que ella sugiere, respectivamente.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
En discusión el informe de la Comisión Mixta.
El señor LETELIER.-
¿Puede abrir la votación, señora Presidenta ?
La señora ALLENDE ( Presidenta ).-
Si no hay inconveniente, se acogerá la petición del señor Senador .
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
La señora ALLENDE ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señora Presidenta , este proyecto, que crea un registro voluntario de contratos agrícolas, ha sido objeto de un tratamiento bastante extenso tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Finalmente, hubo que convocar a una Comisión Mixta para dirimir siete diferencias que surgieron con la otra rama del Parlamento.
Todas ellas fueron resueltas por unanimidad. Tal vez la más importante es la que restablece la responsabilidad solidaria cuando uno de los contratantes no cumple el contrato original, esto es, cuando alguien tiene que venderle a una segunda persona y en lugar de ello le vende a un tercero, lo que, obviamente, le origina perjuicios económicos al comprador con quien se contrató originalmente.
Se discutió mucho si la responsabilidad solidaria era el instrumento más eficaz para disuadir a las personas para que, frente a cambios bruscos en los precios, se sintieran tentadas a dejar de cumplir un contrato y buscaran negociar con un tercero.
En el Senado establecimos otra modalidad: un sistema de multas, de tal manera que, si no se cumplía el contrato original, hubiera castigos en dinero.
Los Diputados mantuvieron su opinión en cuanto a que la responsabilidad fuera solidaria, a fin de que la tercera persona que compre a sabiendas de que los mismos productos ya están contratados con otra se haga responsable de los perjuicios que le ocasione a quien aparezca en el primer contrato.
Nosotros somos partidarios de aprobar y despachar este proyecto y, por tanto, de reponer finalmente la responsabilidad solidaria, porque aun cuando esta fue una materia en que hubo desacuerdo, también fue un punto de encuentro con los Diputados en la Comisión Mixta.
De lo que se trata, en definitiva, es de que los contratos agrícolas tengan un mercado en el cual se puedan transar y de que los productores obtengan con anticipación los retornos o recursos que esperan de un contrato. Para eso, la bolsa de productos es una institucionalidad muy importante. Y además ellos hicieron presente muchas veces que les era más significativo transar contratos que tuvieran la cláusula de responsabilidad solidaria.
Por eso, señora Presidenta , mi sugerencia a la Sala es que apruebe el informe de la Comisión Mixta, entendiendo que lo que vamos a permitir es que haya más transparencia en materia de contratos agrícolas, más seguridad, más certeza jurídica; que las transacciones que se realicen en instituciones como la bolsa de productos vayan acompañadas, por tanto, de menores tasas de interés, y que esta clase de contratos sea mucho más factible de transarse en una bolsa de productos.
He dicho.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE ( Presidenta ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (24 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Goic y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Horvath, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
"
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