. . . . . . . . . . "PROHIBICI\u00D3N DE DISCRIMINACI\u00D3N LABORAL MEDIANTE AN\u00C1LISIS GEN\u00C9TICOS"^^ . . . . . " PROHIBICI\u00D3N DE DISCRIMINACI\u00D3N LABORAL MEDIANTE AN\u00C1LISIS GEN\u00C9TICOS\n \nLa se\u00F1ora ALLENDE ( Presidenta ).- \nCorresponde proseguir la discusi\u00F3n general del proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n del Senador se\u00F1or Navarro, en primer tr\u00E1mite constitucional, que proh\u00EDbe la discriminaci\u00F3n laboral frente a an\u00E1lisis gen\u00E9ticos, con informe de la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (7.709-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley (moci\u00F3n del Senador se\u00F1or Navarro):\n \nEn primer tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 24\u00AA, en 8 de junio de 2011. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nTrabajo y Previsi\u00F3n Social: sesi\u00F3n 50\u00AA, en 30 de septiembre de 2014.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesi\u00F3n 55\u00AA, en 14 de octubre de 2014 (discusi\u00F3n en general pendiente).\n \nLa se\u00F1ora ALLENDE (Presidenta).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Secretario. \nEl se\u00F1or ALLIENDE ( Secretario General subrogante ).- \nCabe recordar que la Comisi\u00F3n debati\u00F3 este proyecto solamente en general y aprob\u00F3 la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores se\u00F1ora Mu\u00F1oz y se\u00F1ores Allamand y Letelier.\n \nEl texto que se propone aprobar se transcribe en la p\u00E1gina 10 del primer informe del \u00F3rgano t\u00E9cnico. \nEn la sesi\u00F3n de ayer, qued\u00F3 inscrito para hacer uso de la palabra el Senador se\u00F1or Navarro. \nLa se\u00F1ora ALLENDE ( Presidenta ).- \nContin\u00FAa la discusi\u00F3n general de la iniciativa.\n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Navarro, autor de la moci\u00F3n que dio origen a la iniciativa. \n \nEl se\u00F1or NAVARRO.- \nSe\u00F1ora Presidenta , desde hace ya varios a\u00F1os (aproximadamente, desde 2005 y en a\u00F1os posteriores) en el mundo entero se ha venido poniendo en el centro de las relaciones laborales lo relativo a la salud de los trabajadores.\n \nDiversas voces desde Europa y Estados Unidos han se\u00F1alado reiteradamente que algunas empresas -no todas- exigen ex\u00E1menes de salud, que son leg\u00EDtimos, a sus trabajadores. El problema es que, en ciertos casos, los empleadores van m\u00E1s all\u00E1 al solicitar an\u00E1lisis de car\u00E1cter gen\u00E9tico.\n \nLa moci\u00F3n que he presentado tiene por objeto resguardar el derecho de los trabajadores a que sus informes de salud, que pudieren contener informaci\u00F3n de \u00EDndole gen\u00E9tica, sean reservados y, en caso alguno, se utilicen en desmedro del trabajador, para imposibilitar un ascenso, para quitarle el empleo o para erosionar o menoscabar su condici\u00F3n laboral mediante medidas que adopte la empresa. \nPor cierto, hay m\u00FAltiples ejemplos en el mundo donde esta situaci\u00F3n se encuentra parcialmente regulada. En otros casos, se da un debate abierto en la sociedad. \nPor ello, creemos oportuno -siempre es mejor prevenir que curar- que se aborde este problema en Chile, que ya se est\u00E1 manifestando, a prop\u00F3sito del debate con relaci\u00F3n al sistema de salud. \nAcerca de la relaci\u00F3n de las enfermedades profesionales y las hereditarias -especialmente, para precisar en qu\u00E9 consiste la primera de ellas- un equipo del Ministerio de Salud est\u00E1 trabajando para proponer una urgente reforma a la ley N\u00BA 16.744, en la que se van a recoger tales definiciones.\n \nSin perjuicio de lo anterior, el proyecto que nos ocupa busca prohibir que la informaci\u00F3n gen\u00E9tica se use de mala manera o de forma controversial para afectar los intereses de los trabajadores. \nCabe se\u00F1alar que existen m\u00E1s de 1.500 patolog\u00EDas que pueden ser identificadas a trav\u00E9s de ex\u00E1menes gen\u00E9ticos. Y la investigaci\u00F3n contin\u00FAa hasta descubrir la esencia de la vida misma. En efecto, aunque parezca de car\u00E1cter futurista o de ciencia ficci\u00F3n, el hombre ha logrado dominar la gen\u00E9tica y, a trav\u00E9s de ese conocimiento, determinar la ocurrencia de ciertas enfermedades o la probabilidad de ciertos comportamientos. \nSin embargo, como la misma ciencia ha sostenido, la gen\u00E9tica no puede de manera infalible predecir la conducta y el desarrollo de los seres humanos. Por tanto, la condici\u00F3n gen\u00E9tica e hist\u00F3rica que heredan los trabajadores de sus antepasados no debe constituir una barrera de entrada o un factor de cuestionamiento para la actividad laboral. \nAnte ello, sobre la base de diversos estudios jur\u00EDdicos, creemos que la garant\u00EDa constitucional de resguardo a la privacidad no es suficiente. Aun cuando se halla consagrado en la Carta Fundamental el derecho a la privacidad, entendemos que debe haber una ley espec\u00EDfica en esta materia, no a nivel constitucional, sino dentro del ordenamiento normal. \nEn efecto, una ley debe establecer de modo muy concreto el aspecto que queremos regular: el manejo reservado de la informaci\u00F3n gen\u00E9tica de los trabajadores, de los ciudadanos. \nEsa es la raz\u00F3n por la cual present\u00E9 la moci\u00F3n que dio origen a esta iniciativa. \nHe solicitado a la Comisi\u00F3n de Trabajo que se aboque a su estudio, y hubo unanimidad en su seno para aprobar la idea de legislar. \nEspero que, posteriormente, sobre este asunto se abra un debate amplio, transparente, en el cual tengamos la posibilidad de escuchar a actores del mundo privado, del sector p\u00FAblico y del \u00E1mbito laboral. \nAlgunos han se\u00F1alado que los problemas debi\u00E9ramos abordarlos a medida que van apareciendo. En mi opini\u00F3n, ese es un criterio equivocado. Las cosas hay que prevenirlas, anticiparse a ellas y no esperar el desarrollo de litis judiciales en torno a materias controversiales para reci\u00E9n regularlas. \nAsimismo, es de todo sentido com\u00FAn que la informaci\u00F3n gen\u00E9tica debe ser de car\u00E1cter privado, tal como lo establece la Constituci\u00F3n en lo referente al resguardo a la privacidad. \nAdem\u00E1s, sean cuales sean las v\u00EDas de obtenci\u00F3n de tales antecedentes, en algunos casos esto se ha transformado en un verdadero tr\u00E1fico de informaci\u00F3n gen\u00E9tica para las grandes farmac\u00E9uticas con relaci\u00F3n a las atenciones hospitalarias o m\u00E9dicas. \nEn definitiva, estamos hablando de proteger la privacidad de tales datos en la relaci\u00F3n laboral. Esta propuesta legislativa apunta estrictamente a ese \u00E1mbito. \nEstimo que el C\u00F3digo del Trabajo y, en especial, la iniciativa en debate pueden innovar profundamente en este tema. Es posible establecer una regulaci\u00F3n sobre el particular. \nAlguien podr\u00EDa cuestionar este planteamiento indicando que a nivel nacional no se registran casos de este tipo de discriminaci\u00F3n. Si bien este es un m\u00E9rito -aun cuando sabemos de ejemplos en los que, subjetivamente, esta pr\u00E1ctica puede vislumbrarse-, queremos evitar que en cualquier relaci\u00F3n laboral se utilicen los referidos test de entrada. \nPor lo mismo, protegimos la maternidad e impedimos la discriminaci\u00F3n de la mujer por medio de normas que proh\u00EDben la exigencia de un test de embarazo para acceder a un trabajo. \nEl empleador podr\u00E1 exigir ex\u00E1menes, siempre y cuando digan relaci\u00F3n con la especialidad de la actividad que va a desarrollar el postulante. Pero, si no existe una manifestaci\u00F3n expresa de tal necesidad; si la informaci\u00F3n se torna predecible, aunque no inevitable, o si la utilizaci\u00F3n de esos antecedentes pronostica que el trabajador puede generar condiciones que no le permitir\u00E1n ejercer su actividad de manera normal a los 55 a\u00F1os porque su condici\u00F3n gen\u00E9tica o heredable as\u00ED lo determina, y por esa raz\u00F3n ve afectada su relaci\u00F3n laboral, entonces nos encontramos frente a un grado de discriminaci\u00F3n. \nPor ello, queremos que Chile innove de manera progresista en materia de regulaci\u00F3n de los derechos gen\u00E9ticos de las personas y pueda contar con una normativa legal que proh\u00EDba claramente el uso de esta informaci\u00F3n en lo que respecta a las relaciones laborales, con el objeto de custodiar los derechos de los trabajadores.\n \nSe\u00F1ora Presidenta, cabe hacer presente que el texto de la iniciativa ha sido elaborado con el apoyo de destacados abogados de diversas universidades, connotados expertos laboralistas. \nEsta propuesta legislativa fue conversada tanto con el Gobierno de Sebasti\u00E1n Pi\u00F1era como con la primera Administraci\u00F3n de la Presidenta Bachelet . El proyecto, por ende, ha venido madurando.\n \nEsperamos contar con un cuerpo jur\u00EDdico que no colisione con ninguna norma constitucional ni legal y que se ajuste estrictamente al objetivo de proteger a los trabajadores mediante la prohibici\u00F3n de que el empleador utilice la informaci\u00F3n gen\u00E9tica de aquel, que es privada, en su contra o la incluya en los t\u00E9rminos que se fijen en la relaci\u00F3n contractual. \nEsa es, en definitiva, la s\u00EDntesis del texto respecto del cual la Sala debe pronunciarse. Ojal\u00E1 se apruebe la idea de legislar en forma un\u00E1nime, para comenzar el debate en particular en la Comisi\u00F3n de Trabajo, donde se escuchar\u00E1 la opini\u00F3n de todas las partes, especialmente de los expertos.\n \nCreo que lo propuesto le hace bien a la relaci\u00F3n laboral, por cuanto dispone un mecanismo anticipatorio que establece el v\u00EDnculo que todos queremos garantizar: que los trabajadores entiendan que su empleador forma parte esencial de la cadena productiva y que el empresario asuma que, para un mejor resultado, es necesario que el trabajador est\u00E9 conforme y a gusto. \nComo el empleador es parte vital de la actividad productiva, es comprensible que haga ciertas exigencias, pero siempre dentro del respeto al marco legal existente. De esta manera, se enfrentan los principales desaf\u00EDos del pa\u00EDs: producir m\u00E1s para generar m\u00E1s riqueza y distribuirla de mejor forma, sin puntos de conflictividad. \nEn consecuencia, pido a la Sala la aprobaci\u00F3n en general de este proyecto, para pasar luego a un debate de mayor profundidad en la Comisi\u00F3n del Trabajo, oportunidad en la que escucharemos a todos los expertos que quieran invitar los miembros del \u00F3rgano t\u00E9cnico y los dem\u00E1s se\u00F1ores Senadores.\n \n\u00A1Patagonia sin represas! \n\u00A1Nueva Constituci\u00F3n, ahora! \n\u00A1No m\u00E1s AFP! \nHe dicho. \nLa se\u00F1ora ALLENDE (Presidenta).- \nTiene la palabra el Senador se\u00F1or Harboe. \nEl se\u00F1or HARBOE.- \nSe\u00F1ora Presidenta , antes de intervenir, le consulto si ser\u00E1 posible empezar la votaci\u00F3n.\n \nLa se\u00F1ora ALLENDE (Presidenta).- \nPor supuesto. \nSi le parece a la Sala, se abrir\u00E1 la votaci\u00F3n. \nAcordado. \nEn votaci\u00F3n la idea de legislar. \n--(Durante la votaci\u00F3n). \nLa se\u00F1ora ALLENDE (Presidenta).- \nPuede continuar, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or HARBOE.- \nSe\u00F1ora Presidenta , en primer lugar, felicito al autor de la moci\u00F3n que dio origen a este proyecto, quien, al abordar el tema de la informaci\u00F3n gen\u00E9tica desde el punto de vista laboral, inicia una discusi\u00F3n muy importante.\n \n\"La finalizaci\u00F3n del mapa del genoma humano abri\u00F3 una nueva perspectiva cient\u00EDfica para la humanidad: la posibilidad de mejorar la calidad de vida a partir de informaci\u00F3n gen\u00E9tica. Al decir de S\u00E1nchez Bravo,\" -gran cient\u00EDfico espa\u00F1ol-, \"`el hombre parece haber desentra\u00F1ado la esencia misma de su existencia biol\u00F3gica'. Junto con constituir el m\u00E1s trascendente descubrimiento cient\u00EDfico de este siglo, trajo consigo enormes desaf\u00EDos destinados a orientar el uso de dicha informaci\u00F3n a los fines para los cuales fue latamente estudiada. La rama mayormente desafiada es el derecho,\" -y nosotros, los legisladores tambi\u00E9n- \"al ser el llamado a normar sus alcances y l\u00EDmites as\u00ED como a dise\u00F1ar mecanismos que otorguen protecci\u00F3n efectiva de la informaci\u00F3n gen\u00E9tica lograda.\n \n\"Resulta evidente que la ciencia evoluciona con mayor celeridad que el derecho. Por ello es que debemos actualizar nuestra normativa\" -y sobre el particular este proyecto apunta en el sentido correcto- \"y evitar el tratamiento desregulado de dicha informaci\u00F3n. El creciente mercado internacional de test gen\u00E9ticos ha transformado la informaci\u00F3n gen\u00E9tica en mercanc\u00EDa transable con los consiguientes riesgos asociados a un almacenamiento inconsulto y tratamiento desleal. En Europa el Convenio sobre los Derechos del Hombre y la Biomedicina de Oviedo de 1997, o la Declaraci\u00F3n Internacional sobre los Datos Gen\u00E9ticos Humanos (DIDGH) de la Unesco de 2003 son algunas de las normas que abordan estos desaf\u00EDos. No obstante, el Viejo Continente a\u00FAn no logra una posici\u00F3n homog\u00E9nea respecto de la forma de regular y proteger esta nueva informaci\u00F3n.\n \n\"En Chile, si bien un ejercicio hermen\u00E9utico permitir\u00EDa incorporar la informaci\u00F3n gen\u00E9tica dentro del \u00E1mbito de protecci\u00F3n de los datos personales seg\u00FAn la Ley 19.628, el problema radica en la debilidad pr\u00E1ctica de dicha protecci\u00F3n por insuficiencias en derecho sustantivo como en acciones cautelares y de protecci\u00F3n.\n \n\"Si bien nuestra legislaci\u00F3n concede un mayor nivel de protecci\u00F3n (aunque insuficiente) a los denominados `datos sensibles', de la propia definici\u00F3n de la Directiva Europea de Informaci\u00F3n Gen\u00E9tica Humana (DEIGH) -que los considera `el conjunto de informaci\u00F3n sobre las caracter\u00EDsticas hereditarias de las personas, obtenido por el an\u00E1lisis de \u00E1cidos nucleicos u otros an\u00E1lisis cient\u00EDficos'- podr\u00EDa concluirse que al no tratarse de una enfermedad o estado de salud (condici\u00F3n exigida por la norma nacional) resultar\u00EDa evidente que la informaci\u00F3n gen\u00E9tica no se encontrar\u00EDa amparada (al menos expl\u00EDcitamente) por dicha protecci\u00F3n especial\", la del dato sensible contemplado en la ley N\u00BA 19.628.\n \n\"La informaci\u00F3n gen\u00E9tica es de tal magnitud que por s\u00ED misma es capaz de revelar relaciones de parentesco o de familia y de proveer informaci\u00F3n de ascendientes o descendientes de quien se posee dicha informaci\u00F3n (efectos respecto de la privacidad de terceros); adem\u00E1s, puede revelar condiciones \u00E9tnicas y predisposici\u00F3n a ciertas afecciones o enfermedades. Es decir, la calidad de la informaci\u00F3n gen\u00E9tica es de tal relevancia que una mala manipulaci\u00F3n o un tratamiento desleal de la misma pueden poner en riesgo derechos b\u00E1sicos de las personas que hasta hoy el ordenamiento constitucional y legal intenta proteger. \nA modo de ejemplo, se\u00F1ora Presidenta : \"\u00BFQu\u00E9 pasar\u00EDa si una instituci\u00F3n realiza un examen gen\u00E9tico a una persona y al tiempo le niegan su cobertura o incrementan sus costos en una isapre o compa\u00F1\u00EDa de seguros por su `predisposici\u00F3n gen\u00E9tica a ciertas patolog\u00EDas'? Peor a\u00FAn, \u00BFqu\u00E9 ocurrir\u00EDa si dicha discriminaci\u00F3n se extendiera a sus descendientes? \u00BFC\u00F3mo evitamos que en procesos de selecci\u00F3n de personal\" -como trata este proyecto- \"se recurra, a espaldas del titular, a su informaci\u00F3n gen\u00E9tica para conocer eventuales riesgos de salud del postulante? \u00BFC\u00F3mo asegurarse de que quienes realicen test gen\u00E9ticos no ceder\u00E1n, vender\u00E1n o tratar\u00E1n dicha informaci\u00F3n a espaldas de su titular?\n \n\"Como se observa, existen tantas interrogantes como potenciales usos de dicha informaci\u00F3n. Considerando su relevancia y los potenciales perjuicios frente a un mal uso de la misma, es necesario asumir que la pol\u00EDtica p\u00FAblica no puede abstraerse de esta discusi\u00F3n y dejar que el mercado se autorregule, o que la autonom\u00EDa de la voluntad impere a su libre albedr\u00EDo, ya que las consecuencias personales, familiares, sociales y econ\u00F3micas derivadas de un mal tratamiento de esta informaci\u00F3n podr\u00EDan ser irreversibles. \n\"En raz\u00F3n de lo anterior, los desaf\u00EDos que la evoluci\u00F3n de la ciencia le impone al derecho\" -y a este legislador- \"nos deben obligar -como conductores de la pol\u00EDtica p\u00FAblica- a actuar con celeridad y prudencia para dar adecuada protecci\u00F3n a informaci\u00F3n esencial de nuestra existencia y determinante en el ejercicio de nuestras libertades.\". \nSe\u00F1ora Presidenta , me he permitido leer una columna que publiqu\u00E9 en el diario\n \nEl Mercurio el d\u00EDa 7 de julio de este a\u00F1o sobre informaci\u00F3n gen\u00E9tica. He cre\u00EDdo importante traer este art\u00EDculo a colaci\u00F3n porque el proyecto que nos ocupa aborda el desaf\u00EDo que la ciencia le impone al Derecho desde el punto de vista laboral. Y creo que ese planteamiento constituye un avance importante.\n \nPero la discusi\u00F3n que se plantea ac\u00E1 tiene que ver con una profundidad a\u00FAn mayor: con c\u00F3mo somos capaces de establecer un sistema que permita darle la debida protecci\u00F3n a la informaci\u00F3n gen\u00E9tica, no solo en el plano laboral, sino en todos los \u00E1mbitos sociales. \nEn Chile los test gen\u00E9ticos a\u00FAn son excepcionales, y su regulaci\u00F3n es insuficiente.\n \nPor ello, a mi juicio, en vez de presentar otro proyecto para regular la informaci\u00F3n gen\u00E9tica y su relaci\u00F3n con la protecci\u00F3n de datos personales, quiz\u00E1s podr\u00EDamos ampliar, en la discusi\u00F3n particular, el \u00E1mbito de aplicaci\u00F3n de la iniciativa que nos ocupa m\u00E1s all\u00E1 del aspecto laboral. \nSi se propone prohibir la utilizaci\u00F3n de informaci\u00F3n gen\u00E9tica, obtenida mediante determinados ex\u00E1menes, como antecedente previo al mercado laboral, alguien podr\u00EDa interpretar, a contrario sensu, que, al no estar prohibido el uso de dicha informaci\u00F3n para otros \u00E1mbitos, este resulta ser leg\u00EDtimo y legal, situaci\u00F3n muy lejana -entiendo yo- de la voluntad del legislador que est\u00E1 planteando el presente proyecto. \nPor de pronto, se\u00F1ora Presidenta , yo voy a concurrir con mi voto favorable. No obstante, en su oportunidad har\u00E9 indicaciones para ampliar el \u00E1mbito de protecci\u00F3n de la informaci\u00F3n gen\u00E9tica con relaci\u00F3n al resguardo de los datos personales.\n \nPor otra parte, cabe se\u00F1alar que el art\u00EDculo 2\u00B0 de la iniciativa establece la posibilidad de que una persona manifieste su consentimiento para realizarse un test gen\u00E9tico, y que esa informaci\u00F3n sea utilizada en su favor en el plano laboral. Pero abrir la puerta a esa opci\u00F3n puede generar un riesgo que, a mi juicio, no estamos en condiciones de asumir con la debida responsabilidad, dado que la ciencia, tal como lo dije al inicio de esta intervenci\u00F3n, ha evolucionado con mayor celeridad que el Derecho.\n \nPor \u00FAltimo, se\u00F1ora Presidenta , el art\u00EDculo 3\u00B0 de este proyecto dispone: \"Los establecimientos de salud y los laboratorios que realicen este tipo de ex\u00E1menes (\u00BF) deber\u00E1n adoptar todas las medidas de seguridad prescritas en la ley 19.628\". Tal como he se\u00F1alado en vastas publicaciones al respecto, la referida normativa, si bien constituy\u00F3 un avance con respecto a la inexistencia de normas jur\u00EDdicas de protecci\u00F3n de datos personales, hoy, dada la evoluci\u00F3n de la ciencia y del Derecho, es absolutamente insuficiente y se requiere una actualizaci\u00F3n.\n \nPor todo lo expuesto, concurrir\u00E9 con mi voto favorable a la idea de legislar. No obstante, presentar\u00E9 indicaciones destinadas justamente a ampliar el \u00E1mbito de aplicaci\u00F3n de la protecci\u00F3n de los datos personales derivados de la informaci\u00F3n gen\u00E9tica. \nHe dicho. \nLa se\u00F1ora ALLENDE ( Presidenta ).- \nTiene la palabra la Senadora se\u00F1ora Van Rysselberghe.\n \n \nLa se\u00F1ora VAN RYSSELBERGHE.- \nSe\u00F1ora Presidenta , en primer lugar, no me cabe la menor duda de que la presentaci\u00F3n de este proyecto est\u00E1 orientada al resguardo de los derechos de los trabajadores y a mejorar sus condiciones laborales. Sin embargo, se me generan una serie de dudas.\n \nLa primera de ellas deriva del hecho de que hoy los ex\u00E1menes gen\u00E9ticos en nuestro pa\u00EDs son bastante escasos. Se realizan, b\u00E1sicamente, para diagnosticar las llamadas \"enfermedades raras\" o las enfermedades gen\u00E9ticas de alto costo. \nPor lo tanto, legislar en torno a una posibilidad futura me provoca ciertas inquietudes. \nEntiendo que en algunas ocasiones surja inter\u00E9s por regular cada caso. Pero no podemos crear una ley para situaciones particulares; se debe legislar en general y, eventualmente, para mejorar las normativas existentes. Porque no puede haber una hemorragia de leyes destinadas a abarcar casos espec\u00EDficos. \nEscuch\u00E9 al Senador Navarro, autor de la moci\u00F3n, plantear que hab\u00EDa tr\u00E1fico de informaci\u00F3n gen\u00E9tica, en fin.\n \nQuiero se\u00F1alarle a Su Se\u00F1or\u00EDa -y se lo digo como m\u00E9dico- que, de existir eso en nuestro pa\u00EDs, atendidos el porcentaje de ex\u00E1menes que se realizan y el costo de ellos debe de tratarse de casos muy aislados. Y, si se dieran, tendr\u00EDa que efectuarse la denuncia correspondiente. \nPero, sinceramente, en lo que respecta a la comunidad m\u00E9dica, no he escuchado nada sobre el particular. \nEn segundo lugar, me parece que la privacidad es un asunto importante. Pero actualmente tenemos la ley de protecci\u00F3n de datos personales. Adem\u00E1s, los ex\u00E1menes m\u00E9dicos son personales. \nSi creemos que aquello debe mejorarse, debi\u00E9ramos hacerlo. De lo contrario, tendr\u00EDamos que crear una ley de protecci\u00F3n para los ex\u00E1menes gen\u00E9ticos; otra para los ex\u00E1menes endocrinol\u00F3gicos; una tercera para los ex\u00E1menes psiqui\u00E1tricos, y as\u00ED sucesivamente para cada uno de los ex\u00E1menes, los que incluso pueden ir perfeccion\u00E1ndose a lo largo del tiempo. \nEntonces, considero superimportante proteger la intimidad de las personas. Pero establecer una ley espec\u00EDfica para este tipo de ex\u00E1menes lo estimo un exceso. Y lo mismo puede decirse respecto de la discriminaci\u00F3n laboral frente a ex\u00E1menes gen\u00E9ticos, porque en nuestro pa\u00EDs aprobamos hace poco la Ley Zamudio, que resguarda a las personas frente a la discriminaci\u00F3n.\n \nSi creemos que hay que perfeccionar dicha normativa, parece sobremanera relevante abrir el debate y mejorarla. Pero, de la misma manera como estimo inoficioso generar una ley particular para cada caso, pienso que, si se cree que los ex\u00E1menes gen\u00E9ticos podr\u00EDan dar lugar a una especie de discriminaci\u00F3n no cubierta por la Ley Zamudio, simplemente debemos perfeccionarla.\n \nSi no, tendremos que crear una ley para los casos de discriminaci\u00F3n por cada una de las enfermedades o patolog\u00EDas que se vayan resgitrando en el tiempo. Y eso lo estimo un exceso, a pesar de que no me cabe la menor duda de que detr\u00E1s de esta iniciativa hay una intencionalidad orientada al beneficio del trabajador. \nSe\u00F1ora Presidenta , considero inoficioso gastar el tiempo de los se\u00F1ores Senadores y el de la Comisi\u00F3n en discutir esta materia. Me parece mucho m\u00E1s pertinente mejorar la normativa vigente para avanzar si existen vac\u00EDos.\n \nAdem\u00E1s, debemos ser cuidadosos y no legislar en torno a cuestiones que no existen. Las leyes no tienen que establecerse de manera reactiva: han de ser preventivas respecto a realidades y hechos con cierta cercan\u00EDa. \nA mi juicio, legislar sobre la base de hip\u00F3tesis futuras, que no sabemos si se van a verificar, es un exceso. \nAs\u00ED que, con todo respeto, yo sugerir\u00EDa que, de existir vac\u00EDos legales -no me cabe la menor duda de que los puede haber-, se perfeccionaran las leyes vigentes, como la que protege los datos de car\u00E1cter personal, la Ley Zamudio u otras, en lugar de seguir aprobando normativas que terminan siendo inaplicables y no sirven para los fines perseguidos por sus creadores. \nLa se\u00F1ora ALLENDE (Presidenta).- \nLes solicito a los se\u00F1ores Senadores que a\u00FAn no han votado que emitan su pronunciamiento antes de abandonar la Sala. \nLo hago presente porque s\u00E9 que Sus Se\u00F1or\u00EDas deben concurrir a las Subcomisiones de Presupuestos que se encuentran sesionando en estos momentos. \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Orpis. \n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nSe\u00F1ora Presidenta , ser\u00E9 muy breve.\n \nYo recojo el planteamiento formulado por el Senador Harboe en el sentido de que lo pertinente ser\u00EDa modificar la ley antidiscriminaci\u00F3n. Porque este problema no solo puede llegar a presentarse en el \u00E1mbito laboral. Al legislarse en t\u00E9rminos espec\u00EDficos, se podr\u00EDa desprender que respecto de otro tipo de situaciones la ley en proyecto no ser\u00EDa aplicable.\n \nLamentablemente, estamos en votaci\u00F3n. Yo habr\u00EDa preferido que esta iniciativa volviera a la Comisi\u00F3n, pues pienso que lo pertinente ser\u00EDa en vez de modificar el C\u00F3digo del Trabajo o la legislaci\u00F3n laboral, entrar directamente a analizar una eventual modificaci\u00F3n de la ley antidiscriminaci\u00F3n.\n \nDe lo contrario, la ley en proyecto podr\u00E1 prestarse para las lecturas que mencion\u00E9. \nSin embargo, no estamos a tiempo. \nAqu\u00ED, lejos de beneficiar a determinado \u00E1mbito, al final se puede perjudicarlo. Porque una norma especial \u00FAnica y exclusivamente para el \u00E1mbito laboral podr\u00EDa llegar a restringir la propia ley antidiscriminaci\u00F3n. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or ALLIENDE ( Secretario General subrogante ).- \n\u00BFAlg\u00FAn se\u00F1or Senador no ha emitido su voto?\n \nLa se\u00F1ora ALLENDE ( Presidenta ).- \nTerminada la votaci\u00F3n.\n \n \n--Se aprueba en general el proyecto (13 votos a favor y uno en contra). \nVotaron por la afirmativa las se\u00F1oras Allende, Goic, Mu\u00F1oz y Lily P\u00E9rez y los se\u00F1ores Araya, Chahu\u00E1n, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Pizarro y Quinteros. \nVot\u00F3 por la negativa la se\u00F1ora Van Rysselberghe. \nLa se\u00F1ora ALLENDE ( Presidenta ).- \nDebemos fijar plazo para presentar indicaciones, pero no tenemos qu\u00F3rum en este momento. De modo que el asunto quedar\u00E1 pendiente para ser resuelto en la pr\u00F3xima sesi\u00F3n. \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . .