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La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Orpis, en primer trámite constitucional, que suprime las palabras "amo" y "criado" en el artículo 447 del Código Penal, con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9086-17) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del Senador señor Orpis):
En primer trámite, sesión 51ª, en 3 de septiembre de 2013.
Informe de Comisión:
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 80ª, en 17 de diciembre de 2013.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- El objetivo de la iniciativa es eliminar las mencionadas palabras del Código Penal, con el fin de adecuar la legislación a la realidad actual y a lo prescrito por la Constitución Política de la República y los tratados internacionales suscritos por Chile que se encuentran vigentes.
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía discutió este proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó en general por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Pérez San Martín y señores Gómez y Orpis) y en particular por la unanimidad de sus integrantes presentes (Honorables señoras Alvear y Pérez San Martín y señor Orpis).
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- En discusión general y particular a la vez.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.- Señora Presidenta , tuve la motivación de presentar esta moción parlamentaria ya que muchos de nuestros Códigos son muy antiguos. De hecho, el Código Penal fue dictado el 12 de noviembre de 1874.
Y si uno analiza tanto el Código Civil como el Penal, observa que contienen una serie de términos que no solo son anacrónicos, sino que conllevan un atentado en contra de la dignidad de las personas.
Estamos frente a un caso de tales características: el artículo 447 de la referida normativa se refiere al hurto agravado cuando lo cometen personas de confianza y establece que se aplica la pena inmediatamente superior en grado, tratándose de lo contemplado en el artículo 446..
¿Qué señala el numeral 1° del 447? "Si el hurto se cometiere por dependiente, criado o sirviente asalariado, bien sea en la casa en que sirve o bien en aquella a que lo hubiere llevado su amo o patrón".
Lo que pretende cambiar esta iniciativa no es la penalidad, sino los términos, porque afectan la dignidad de las personas.
Si uno se remite al Diccionario de la Real Academia Española , observa que la palabra "amo" se define como "Dueño o poseedor de algo"; "Hombre que tiene uno o más criados".
Además, nuestra Constitución Política, en el número 1º del artículo 19, asegura: "El derecho a la vida y la integridad física y psíquica de la persona". Y en el número 2º expresa: "En Chile no hay personas ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre".
Pero no solo el Texto Fundamental se refiere a la materia en esos términos; también hemos suscrito un conjunto de tratados internacionales sobre el particular.
Entonces, señor Presidente , si la Carta garantiza que "En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre", las normativas tanto del Código Penal como del Código Civil deben hacer lo mismo. Pero actualmente en estos se usan las palabras "amo" y "criado", lo cual no se condice con nuestra institucionalidad.
Por eso se presentó esta moción. Y no debería ser la única, porque -vuelvo a repetir- hay expresiones de estas mismas características en otros códigos.
La iniciativa busca reemplazar el número 1º del artículo 447 del Código Penal -precisamente ahí se usan las palabras "amo" y "criado", referido al hurto agravado (debido a la relación de confianza)-, por una nueva redacción, del siguiente tenor: "Si el hurto se cometiere por un dependiente, bien sea en la casa en que sirve o bien en aquella a que lo hubiere llevado su empleador.".
Tal agravante se basa en la existencia de una relación de confianza, de dependencia, pero no de esclavitud, de propiedad, como actualmente expresa el número 1º del precepto mencionado.
Ese es, básicamente, el propósito del proyecto en debate.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.- Señora Presidenta , en primer lugar, quiero desearle el mayor de los éxitos en su gestión y manifestarle que, por supuesto, va a contar con la colaboración de todos los parlamentarios de Renovación Nacional y -entiendo- del resto de las bancadas, a fin de que podamos hacer un buen trabajo en estos años.
La moción presentada por el Senador Orpis es de mucho sentido común: busca adecuar la redacción del número 1º del artículo 447 del Código Penal, por no corresponder a la realidad actual del país. En definitiva, reemplaza los términos "amo" y "criado" por "empleador" y "dependiente", respectivamente, fundado en las razones que él ha dado clara y nítidamente.
Es indudable que esa disposición queda mucho mejor con las enmiendas propuestas por el colega.
Deseo aprovechar esta oportunidad, señora Presidenta , para referirme al espacio que se nos abre -puede ser una gran contribución para el país- a propósito de un proyecto que el Presidente Sebastián Piñera ingresó al Parlamento el último día de su mandato, cuya finalidad es sustituir íntegramente el Código Penal.
Por cierto, el texto de esa iniciativa podrá ser modificado y objeto de discusión y análisis, como corresponde en sus trámites legislativos. Pero, sin duda, nuestro Código Penal requiere, de todas maneras, un cambio de fondo. Lo que hemos venido haciendo nosotros durante años es parcharlo.
Si uno fuera extraterrestre, viniera a Chile y mirara nuestra legislación sobre la materia, se daría cuenta de que los juicios de reproche sobre determinadas conductas no dicen relación con el valor que ese bien tiene para la sociedad. Muchas veces a delitos que son menos graves, desde el punto de vista del reproche social, corresponden penas altas, y viceversa.
Eso hay que adecuarlo.
Además, es una cuestión de Estado. No importa si se es de Derecha o de Izquierda. Nuestro Código está absolutamente sobrepasado, parchado. Y gran parte de los problemas que existen en materia penal se produce porque sus normas no obedecen a realidades que la gente, legítimamente, estima que corresponden a los actos por los cuales una persona debe ser sancionada.
Voy a dar un ejemplo.
Uno de los cambios que contiene el proyecto de nuevo Código Penal es terminar con las penas que no son reales. Las contempladas actualmente son solo un marco de referencia.
Por ejemplo, un delito puede tener, en teoría, una pena que va de 3 años y un día a 5 años. Es lo que corresponde hoy día a un accidente de tránsito causado por una persona que conduce en estado de ebriedad, con resultado de muerte. Pero aquella no es la pena que se le aplicará al autor del delito. Eso dependerá de cómo el tribunal juzgue atenuantes y agravantes, lo cual bajará o subirá la penalidad.
El proyecto de nuevo Código Penal propone algo que todas las legislaciones modernas incorporan: que cuando la ley fija un marco referencial (de 3 años y un día a 5 años, como el caso referido), el juez puede sancionar pero moviéndose dentro de ese marco. Una vez determinada la existencia del delito, será posible estimar que el imputado está sujeto a una serie de circunstancias atenuantes, por haber elementos que aminoran su responsabilidad; pero resulta ridículo que se establezca un parámetro penal en nuestro Código que finalmente nunca se aplica, ni para arriba ni para abajo.
Y un último ejemplo: el encubrimiento, como etapa de desarrollo del delito, no dice relación con una figura delictiva específica, sino con la obstrucción a la justicia. Una persona que lo encubre e impide que se investigue no se transforma en autor; solo comete un acto cuyo objetivo es evitar que la justicia pueda aclarar un hecho.
Todos esos elementos se corrigen en el proyecto mencionado. A mi juicio, se trata de un trabajo estupendo, el cual estará sujeto, naturalmente, a todo tipo de modificaciones.
Tenemos una gran oportunidad, como Senado -entiendo que el Ejecutivo ingresó la iniciativa por esta Corporación-, de efectuar todas las correcciones pertinentes para actualizar nuestro Código Penal: incorporar figuras delictivas, eliminar otras que carecen de sentido, contemplar penas reales.
De esa manera podremos lograr un avance enorme en un tema muy sensible: el de la seguridad ciudadana en el país, que es una de las fases que deberíamos abordar.
En cuanto al proyecto en debate, votaremos a favor, por las razones que señalé.
Gracias.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Se encuentra inscrita a continuación la Honorable señora Lily Pérez .
Antes de darle la palabra, deseo agradecer al Senador señor Espina su ofrecimiento de colaboración. Espero que ello dé como resultado un trabajo bueno y fructífero.
Y, de paso, quiero señalarle al Senador señor Orpis que va a tener que acostumbrarse -entiendo que es difícil- a decir "señora Presidenta ". ¡Le sale muy a menudo el "señor Presidente "!
El señor ORPIS .- No me di cuenta.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Estoy segura de que poco a poco Sus Señorías irán adquiriendo esa cultura.
El señor ORPIS .- Disculpe.
La señora ALLENDE (Presidenta).- De a poco me dirán "señora Presidenta".
Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily ).- Señora Presidenta...
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- ¡Eso!
La señora PÉREZ (doña Lily).- ...como las palabras significan mucho más que lo que dice el papel, este es el típico proyecto que probablemente algunos considerarán irrelevante, por ser bastante corto o por tratar sobre algo muy obvio: toda la gente piensa que es lógico y de sentido común eliminar los términos "amo" y "criado", que se establecen en el Código Penal.
El Senador Orpis el año pasado me preguntó: "Lily, ¿tú sabías que en el número 1º del artículo 447 de nuestro Código Penal todavía se usan las palabras `amo' y `criado'?". Y yo, en verdad, lo desconocía. Y me imagino que lo mismo le ocurre a la mayoría de los Senadores y Senadoras presentes. En efecto, cuando se reforman y modernizan las normas legales, se da por obvio que este tipo de cosas deben ir siendo superadas.
La esclavitud, ¡gracias a Dios!, terminó hace muchos años en el mundo entero, aunque tal vez a algunos les gustaría que se hubiera perpetuado.
Señora Presidenta , este es uno de los típicos proyectos que, quizá por ser breves, no generan un debate político ni técnico, pero sí implican algo muy de fondo: tomar conciencia de lo que significan las cosas y las palabras y, en este caso, del imperativo de eliminar del Código Penal los vocablos anacrónicos, que son poco dignificantes para las personas a las que se alude. Además, como están expresamente en la ley, son mucho más vejatorios.
Creo que es realmente muy importante suprimir esos términos.
Me imagino que hay Senadores a quienes no les interesan estos temas. Pero yo, con mucha fuerza, deseo decir que estos son los proyectos de ley que nos calientan el espíritu y el corazón. Entre cosas cotidianas, elementales, de razón, surge este asunto que encierra tanta pasión.
Por ello doy gracias -por su intermedio, señora Presidenta - una vez más al Senador Orpis por habernos iluminado con esta moción tan simple pero, a la vez, tan profunda.
Obviamente, votaré a favor de esta iniciativa, la cual, además, fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. Esperamos que la Sala proceda de la misma manera el día de hoy.
He dicho.
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La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Antes de seguir ofreciendo la palabra, quiero saludar a la delegación de adultos mayores "Pampa Ilusión", de Sierra Gorda y Baquedano, que nos visita, invitada por el Honorable señor Pedro Araya.
¡Bienvenidos al Senado!
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señora Presidenta , a mi juicio, el mérito del proyecto, en todo su sentido, obedece al hecho de poder reflexionar sobre algo que viene desde muy antiguo en nuestra legislación: la terminología con que se designaba cierto tipo de dependencia.
El Código Penal fue dictado en 1870. En ese tiempo había criados, sirvientes, inquilinos, y se usaba un montón de palabras que hoy nos parecen bastante peyorativas y nos provocan contradicción.
Por eso está bien efectuar el cambio propuesto al número 1º del artículo 447.
Sin embargo, si leemos el número 2º, observaremos que se habla de "obrero". Y hace bastante tiempo que ese término ya no se emplea. Se dice "trabajador", para no discriminar entre empleado y obrero, como ocurría hasta no muchos años atrás.
En realidad, nuestra legislación está plagada con esa clase de situaciones.
Estoy de acuerdo en modificar lo propuesto. Pero también comparto lo planteado por el Senador Espina, en el sentido de que pronto discutiremos un proyecto sobre nuevo Código Penal, oportunidad en la que tendremos mucho que revisar. Estoy seguro de que entonces nos encontraremos con diversas contradicciones de lenguaje y nominaciones que no corresponden al tiempo actual. Y si revisamos otros códigos, veremos que en ellos sucede lo mismo.
Sinceramente, a lo mejor, podríamos incluir en este proyecto la enmienda al número 2º del artículo 447. Si solo modificamos lo relativo al número 1º, nos quedaremos con la sensación de no haber actualizado el término "obrero", a sabiendas de que se encontraba en esa norma. Debiéramos hacer ese cambio.
Pero yo iría más allá en esta propuesta.
Pido, señora Presidenta, que remita un oficio a la Biblioteca del Congreso Nacional para solicitarle un estudio a fondo sobre las contradicciones en la legislación entre el lenguaje del mundo actual y el del pasado; de tal manera que nos hagan llegar proposiciones para solucionar otros temas pendientes.
Desde ya, agradezco al Senador Orpis que haya provocado esta discusión con la moción que presentó, y pido que, por lo menos en el artículo 447, hagamos la corrección pertinente.
Por otra parte, mientras se debatía esta materia, reflexionaba si es realmente una agravante la dependencia entre patrón y empleado para castigar el hurto con un grado mayor que otro en que los involucrados tienen una relación diferente. A mi juicio, esa agravante se encontraba dentro de nuestras costumbres en épocas pasadas: era grave que un criado le robara al patrón; era más grave que si lo hiciera un extraño.
Entonces, debemos revisar todo este tema. Estamos viviendo otro tiempo.
En resumen, doy gracias al Senador Orpis por haber provocado esta discusión; segundo, si vamos a corregir el número 1º -con esto me doy por satisfecho-, también incluyamos, por lo menos, lo relativo al número 2º, y, tercero, pidamos a la Biblioteca del Congreso Nacional que nos ilumine con antecedentes para eliminar todo tipo de lenguaje anacrónico en nuestra legislación.
He dicho.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Considero factible solicitarle a la Biblioteca del Congreso Nacional el estudio que Su Señoría señala.
Tiene la palabra el Honorable señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.- Gracias, compañera Presidenta.
Junto con felicitarla, quiero valorar este proyecto de ley.
Conversé con el Senador Orpis al respecto, y me parece muy bien que avancemos en borrar o corregir estos anacronismos. Claramente, las expresiones "amo" y "criado" en el Código Penal están absolutamente desfasadas de la realidad. Reflejan un período bastante oscuro de las relaciones labores y de la sociedad.
Pero quiero hacer presente el siguiente punto. Creo que ya lo consignó el Senador Zaldívar.
Hay un conjunto de normas en el Código Penal cuya terminología es de la época en que fue publicado: 1874.
En la norma que nos ocupa no solo figuran los términos a que ha hecho referencia la iniciativa, sino también el de "obrero", lo cual corresponde a una relación diferente de la que hoy día rige para los trabajadores. Tal distinción puede generar discriminación. De hecho, muchas veces, al aplicar tales disposiciones legales, los jueces tienen inconvenientes para establecer quién es obrero, quién es trabajador o quién es empleado.
Incluso, en varios proyectos de ley en materia previsional se consignan en este ámbito diferencias que no hacen aplicable determinada disposición a un sector de la población.
Difícilmente uno votaría en contra de esta iniciativa. Pero me permito sugerir que ella vaya a la Comisión de Constitución, para analizar el conjunto de normas que mantiene tales expresiones anacrónicas.
También se ha sugerido enmendar el número 2º del artículo 447. Y con el informe de la Biblioteca podremos saber en qué otros artículos del Código Penal se utilizan esos conceptos, a fin de adecuarlos armónicamente.
Más aún, señora Presidenta , anteayer la Administración anterior presentó un proyecto sobre la materia, que busca, además de reformar una serie de tipos penales, establecer un nuevo Código Penal.
Entonces, considero que estamos haciendo un esfuerzo valorable, y reconozco la pertinencia de este proyecto, a pesar de que apunta exclusivamente a un solo aspecto: reemplazar dos palabras en un artículo.
Por lo tanto, junto con respaldar la solicitud del Senador Zaldívar referida al estudio de la Biblioteca del Congreso Nacional, pido que la iniciativa sea enviada a la Comisión de Constitución. De este modo, podremos contar con una visión más completa del asunto y corregir ese tipo de anomalías, de anacronismos. Es necesario entender también que el objetivo fundamental es cambiar tales conceptos en todo el Código Penal y, de ser posible, en otros textos legales.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.
El señor HARBOE.- Señora Presidenta, ante todo, me sumo a los mejores deseos de que tenga una exitosa Presidencia en el Senado.
En segundo lugar, valoro la moción presentada por el Honorable señor Orpis , cuyo objetivo es la actualización de nuestro Código Penal, mediante la eliminación de términos que no solo demuestran una falta de actualidad, sino que, además, se generaron en un tiempo que, obviamente, no es extrapolable al día de hoy.
Don Manuel Rengifo , destacado abogado que participó en la creación del Código Penal, en 1875 señaló que en el artículo 447, relativo al hurto agravado, se consignaba una pena mayor a la establecida en el artículo inmediatamente anterior en función, principalmente, de la relación de confianza que existía entre quien cometía el delito y la víctima de ello.
Para ejemplificar el punto, los legisladores de la época usaron los términos que se utilizaban en esas relaciones de confianza. Y, efectivamente, se habla de "criado o sirviente" en el numeral 1° de dicha norma, el cual pretende modificar el Honorable señor Orpis .
No obstante, al observar los numerales que le siguen, puede apreciarse que se encuentran igualmente desactualizados, y me parece que debiésemos aprovechar la oportunidad, por eficiencia legislativa, de modificarlos. Por ejemplo, el número 2° establece también esta pena agravada cuando el delito es cometido por el "obrero, oficial o aprendiz"; el 3°, utiliza las expresiones "el posadero, fondista", y el 4°, habla del "carruajero, carretero o arriero".
Como usted comprenderá, señora Presidenta , se trata de términos que, probablemente, en 1875, año en que comienza a regir el Código Penal, tenían clara aplicación, pero que hoy día se hallan absolutamente desactualizados, razón por la cual sugiero que este proyecto vuelva a Comisión.
Además, voy a plantear un segundo argumento para modificar dichas normas, y, en definitiva, complementar la moción del Senador Orpis, cambiando las expresiones que, a mi juicio, también afectan la dignidad de las personas.
En tal sentido, ha habido un esfuerzo permanente no solo de Diputados y Senadores, por ejemplo, para eliminar el concepto de "obrero" de todas aquellas disposiciones contenidas en el Código del Trabajo; y en materia de pensiones se está trabajando al respecto.
Sin embargo, quizás lo más complejo del artículo en análisis tiene que ver con la desproporcionalidad.
La ley penal supone que la sociedad, representada por nosotros, precisa el establecimiento de sanciones más graves de acuerdo al valor que le otorga a ciertos bienes jurídicos protegidos. Por eso es de toda lógica que los delitos contra la vida, contra la libertad sexual de las personas reciban penas mayores, pues el bien jurídico agredido es de los más altos.
También resulta lógico que los atentados contra la propiedad tengan una sanción determinada, que no puede, a mi juicio, exceder las que, por ejemplo, afectan la vida o la libertad sexual, porque -es legítimo que haya opiniones diversas al respecto- la vida, la integridad física y la libertad sexual de las personas constituyen un bien superior al de la propiedad.
Tal reflexión la hago porque el artículo 447 en su encabezado señala: "En los casos del artículo anterior podrá aplicarse la pena inmediatamente superior en grado:", según los cuatro numerales que a continuación especifica. Pero cuando uno observa la penalidad del artículo 446, lo primero que surge de la sanción aplicable, de acuerdo a su numeral 1°: "presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de...", es que podemos estar hablando de un presidio entre 541 días y cinco años. Y si le aplicamos la regla del artículo 447, es decir, para el hurto agravado por la relación de confianza, podríamos llegar a la pena superior en un grado, es decir, a los diez años.
Yo entiendo que la relación de confianza agrava la falta, en este caso el delito, pero no parece proporcional...
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Terminó su tiempo, señor Senador.
Le vamos a dar un minuto adicional para que pueda terminar.
El señor HARBOE.- Gracias, señora Presidenta .
No me parece lógico que un delito de hurto, donde no media la violencia en las personas o la fuerza sobre las cosas, reciba una pena similar incluso al piso del homicidio simple, que es de cinco años.
Por lo tanto, en razón de lo anterior, y con el ánimo de contribuir a que esta moción sea eficiente legislativamente y haya proporcionalidad en la aplicación, le pido -por su intermedio, señora Presidenta - al autor de la iniciativa allanarse a la posibilidad de que vuelva a la Comisión de origen, a efecto de introducirle dichas correcciones.
He dicho.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Le ofreceremos la palabra al Senador señor Orpis .
Pero me gustaría que él, como autor de la moción, se pronunciara sobre la factibilidad de que el proyecto vaya a la Comisión de Constitución, aunque originalmente haya sido vista por la de Derechos Humanos, pues se han hecho un par de peticiones al respecto, con el objeto de realizar una revisión más amplia y una adecuación de las normas pertinentes, que parecen bastante necesarias.
Así que, de todas maneras, deseo saber su opinión sobre el particular.
Entonces, vamos a escuchar a Su Señoría y después veremos si hay acuerdo en la Sala para aprobar en general la iniciativa y luego enviarla a la Comisión de Constitución.
Puede intervenir, señor Senador.
El señor ORPIS.- Señora Presidenta , en primer lugar, debo señalar que no fue mi intención proferirle ningún tipo de agravio. Creí haber dicho "Señora Presidenta ", pero si no fue así, que se corrija en la Versión Oficial, y le pido las excusas correspondientes.
En cuanto a la moción en análisis, me parece que se ha producido un debate tremendamente interesante.
Sin embargo, lo que ella busca no es cambiar una norma sustantiva, porque el entrar a discutir una enmienda al Código Penal no implica solo actualizar la terminología que utiliza, sino también modificar sus disposiciones sustantivas. Y de alguna manera lo señalado por el Senador Harboe apunta a eso, cuando se refiere a la proporcionalidad de las penas, que imagino estará presente al momento de estudiar las enmiendas a dicho Código, que deberá abordar el reemplazo de una serie de términos, pero también la modificación de sus normas sustantivas.
Por eso, no estoy de acuerdo con el envío del proyecto a la Comisión de Constitución, porque en él no se propone modificar una norma sustantiva, sino, simplemente, cambiar la terminología usada en ciertas disposiciones, que no solo son anacrónicas -como se ha señalado aquí-, sino que tienen un significado peyorativo e, incluso, pueden afectar la dignidad de las personas.
Por tal razón, soy partidario de que se mantenga en la Comisión de Derechos Humanos.
Dicho lo anterior, estoy plenamente de acuerdo en aprobar la idea de legislar, y que se le pida un informe a la Biblioteca relativo a la existencia de otro tipo de términos en el Código Penal necesarios de actualizar por afectar también la dignidad de las personas e incluirlos en la modificación propuesta. Y desde ya manifiesto mi total disposición a enmendar los numerales señalados, considerando el referido por el Senador Zaldívar en su intervención, en el que se menciona el concepto de "obrero".
No obstante, insisto, sería justificable que esta moción fuera a la Comisión de Constitución si se modificaran normas sustantivas. Pero no en este caso, porque solo se trata de actualizar cierta terminología usada. Todos sabemos la cantidad de proyectos que hay en la Comisión de Constitución, lo cual lleva, muchas veces, a eternizar el trámite de mociones que son de sentido común, como la que ahora debatimos.
Así que sugiero, en definitiva, aprobar la idea de legislar, y que modifiquemos el resto de los numerales del artículo 447 sobre hurto agravado, basándonos en el trabajo de la Biblioteca, que debiéramos tener antes del segundo informe que se emita a la Sala.
Por lo menos yo he detectado en el Código Civil expresiones similares, las cuales requieren ser actualizadas.
Al respecto, quisiera señalar cuál fue mi motivación para presentar esta moción, porque no obedece a una ocurrencia mía.
En un viaje en avión me encontré con un juez que me dijo: "Senador, a mí me violenta tener que aplicar el artículo 447 del Código Penal en los términos en que se halla redactado". Es decir, a los propios magistrados les resulta violento emplear una norma de tales características.
Por eso, en definitiva, mi sugerencia es que se mantenga la iniciativa en la Comisión de Derechos Humanos, porque es una materia que a ella le compete: el hurto basado en la confianza entre amo y criado; hacer extensiva la modificación de términos en desuso al resto de los numerales de dicha disposición; esperar el informe de la Biblioteca por si hay otras expresiones de tales características, y, cuando se enmienden las normas sustantivas del Código Penal, analizar el proyecto respectivo en la Comisión de Constitución.
He dicho.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Tiene la palabra al Honorable señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN .- Señora Presidenta , creo que la iniciativa del Senador Orpis ha provocado una discusión muy interesante, pero, en cierto sentido, quizás está yendo demasiado lejos.
Si uno analiza no solo el Código Penal, sino muchos otros cuerpos legales, nos vamos a encontrar -como alguien ya señaló- con muchas disposiciones anacrónicas y no podemos pretender, a propósito de una iniciativa que busca solucionar un problema en concreto, resolver todas las dificultades.
Pienso que ahí hay un tema bastante complejo.
Por eso, estimo que no significa desencaminar la iniciativa lo planteado por el Senador Zaldívar en cuanto a encargar a la Biblioteca realizar un estudio acerca de qué lenguaje en nuestra legislación no corresponde a la época actual, y tal vez promover una discusión de esta naturaleza. Puede hacerlo también el Ejecutivo , pero si nosotros tenemos una Biblioteca que ha estado trabajando cada vez mejor en estas materias, con un muy buen departamento de estudios, quizás realizaremos una contribución legislativa de mucha relevancia.
Dicho esto, vuelvo al proyecto del Senador Orpis.
¿Cuál es el valor que a mi juicio tiene esta iniciativa? Uno simbólico: dar una señal en el sentido de que debemos impulsar un cambio del lenguaje de nuestra legislación. Y se parte con un ejemplo particular.
Desde luego -y esto lo señalaron los Senadores Harboe y Espina-, hay un proyecto que modifica el Código Penal que probablemente revisaremos en esta legislatura. En ese momento tendremos la oportunidad de revisar todas las expresiones lingüísticas que han quedado desfasadas y espero que en otras áreas también hagamos lo propio, sobre todo si seguimos el camino propuesto de encomendar a la Biblioteca del Congreso Nacional un determinado estudio sobre la materia.
En consecuencia, sugiero que adoptemos el acuerdo, en lo legislativo, de aprobar la presente iniciativa, que me parece clara, precisa y contundente -si se pretende revisar y analizar un poco más el artículo 447 del Código Penal es posible hacerlo-, porque ir más allá nos saca de la idea matriz del proyecto y podemos incurrir en una inadmisibilidad, quitándole además el valor simbólico que tiene. Si eso lo complementamos con el acuerdo de revisar tales materias en nuestra legislación, creo que cumpliremos el objetivo.
Por lo tanto, propongo que aprobemos en general la iniciativa del Senador Orpis.
Si se quieren introducir cambios específicos dentro del ámbito del artículo 447 del Código Penal, propongo que el proyecto vuelva a la Comisión para que se presenten modificaciones a expresiones de lenguaje y no para hacer cambios sustantivos, y dejémoslo ahí porque ese es el propósito de esta iniciativa, tal como lo han explicado su autor y la Comisión de Derechos Humanos.
En ese sentido, tampoco tiene justificación que la iniciativa vaya a la Comisión de Constitución. Todos saben que siempre he reclamado que los asuntos vinculados a su esfera de competencia -y desgraciadamente tenemos una deuda con usted, señora Presidenta - deben ir a el referido órgano técnico, aun cuando esté sobrecargado de trabajo, pues ello forma parte de nuestra responsabilidad.
En esta ocasión, tratándose de una cuestión de lenguaje mediante la cual se busca dar una señal, si se pretenden modificar dentro del artículo 447 otras materias, entonces el proyecto debe pasar a la Comisión de Derechos Humanos para tal propósito, no para un cambio sustantivo de tipo normativo en el ámbito penal.
Finalmente, me sumo a la proposición de pedir un estudio completo a la Biblioteca del Congreso Nacional sobre el particular.
Estoy seguro de que si examinamos el Código del Trabajo nos encontraremos con una cantidad importante de disposiciones similares. Incluso me atrevo a pensar que el Código Civil tiene más de algún término o varias acepciones que reflejan un espíritu distinto, que no fueron peyorativos en su momento, pero que probablemente, a la luz de lo que ocurre hoy día en nuestra cultura, de los cambios sociales, antropológicos, etcétera, se sienten o se perciben en forma muy negativa.
Sugiero ese camino para que avancemos.
Gracias, señora Presidenta.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.- Señora Presidenta , estimados colegas, el Código Civil, al igual que nuestro Código Penal, contiene un lenguaje propio de la época en la cual se redactaron sus normas. De ahí la existencia de conceptos como "amo" o "criado" que corresponden, más bien, a un lenguaje propio de un país esclavista.
Sin embargo, el problema en el artículo 447 no es solo el lenguaje, sino también el hecho de establecer como agravante que el hurto se cometa en perjuicio de un superior que presuntamente ha dado confianza, pues la magnitud de la pena respectiva -como me indicó el Senador Harboe, pues no soy abogado- llega a un nivel similar a la de homicidio.
En consecuencia, la discusión no versa únicamente sobre el lenguaje: el problema de fondo, en términos conceptuales, es que el robo o el hurto de una especie se sanciona con una pena similar a la de homicidio cuando el delito es cometido por un subordinado en perjuicio del superior -eso dice el artículo que estamos discutiendo-, y se establecen diferentes circunstancias.
Por ello, cuando el Senador Harboe llama la atención sobre las expresiones utilizadas con motivo de otras relaciones de dependencia tiene razón: debemos abordar el tema del lenguaje.
Sin embargo, el problema de fondo es sustantivo, por lo que propongo que aprobemos en general el proyecto para que, por cierto, pueda ser analizado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, toda vez que esto sí altera, no un principio verbal, sino un sistema de gradualidad de penas y ese aspecto sí debe verlo dicho órgano técnico.
El texto, curiosamente, contempla como agravante el hecho de que el autor del delito sea un subordinado y medie una relación de confianza, pero no se sanciona al superior que hurta cosas al dependiente y mantiene similar grado de confianza.
En consecuencia, soy partidario de votar en general el proyecto y le pido al Senador Orpis que se allane a la posibilidad de que -ojalá esto se acoja por unanimidad- la Comisión de Constitución lo estudie, porque la magnitud de las penas es absolutamente distorsionada y también debe corregirse.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señora Presidenta , en primer lugar, no me parece necesario que esta iniciativa sea remitida a la Comisión de Constitución -con todo respeto al Senador Letelier-, porque la verdad es que hemos convertido a ese órgano técnico ¡en la sacrosanta Comisión de Constitución...! ¡Todo va a ella y allí queda! ¡Debe ser la que tiene más proyectos de ley y, por tanto, la inmoviliza!
Además, tengo la certeza de que si el proyecto va a dicha Comisión morirá. ¡Ahí quedará por los tiempos de los tiempos...!
Por lo tanto, me parece bien aprobar en general esta iniciativa, toda vez que su idea está bien orientada.
Resulta claro que la motivación para actualizar los términos de esta legislación da cuenta de una situación relacionada con los derechos humanos.
No obstante, si uno revisa el artículo 447 bis del Código Penal vigente (página 2 del informe comparado) llegaremos a la conclusión de que su texto está superactualizado -le daré lectura y se entenderá el porqué de ello-, pues no observo términos anacrónicos que digan relación con la Colonia, con los carruajes ni la época de la Independencia.
El referido precepto dispone: "El hurto de cosas que forman parte de redes de suministro de servicios públicos o domiciliarios, tales como electricidad," -queda claro que se halla actualizado- "gas, agua, alcantarillado, colectores de aguas lluvia" -esta terminología es supernueva y, además, existen bastante pocos- "o telefonía, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo.
"Si con ocasión de alguna de las conductas señaladas en este artículo se produce la interrupción o interferencia del servicio, la pena se aplicará en su grado máximo.".
Por lo tanto, el Código Penal lo hemos ido actualizando solo en aquellas materias que dicen relación con el pago y la interrupción de los servicios básicos -ahí figuran la electricidad, la telefonía, y en el evento de producirse una interferencia del servicio a manos del usuario la pena se aplicará en su grado máximo-, en circunstancias de que todos sabemos que cuando el teléfono deja de funcionar o la electricidad se corta los usuarios jamás o muy raramente reciben compensación.
El Senador Tuma , quien presidió la Comisión de Economía en múltiples oportunidades y ha impulsado modificaciones a la Ley del Consumidor para fortalecer el SERNAC, sabe perfectamente que lograr que los usuarios reciban una compensación a la que se refiere el artículo siguiente al 447 siempre es un desafío.
Por lo tanto, está claro que en algunos aspectos de relación económica el Código Penal se ha actualizado.
Sin embargo, el artículo 447, en su número 2º, dispone:
"Cuando se cometiere por obrero," -aclaro que la palabra "obrero" sigue siendo escasa, ni siquiera figura en los contratos laborales y ya no se utiliza; en la actualidad se usan "jornalero", "carpintero". Además, provoca grandes dificultades en el Servicio Social, pues en algunos casos aparece el vocablo "obrero" y en otros no- "oficial o aprendiz en la casa, taller o almacén...".
La modificación propuesta por el Senador Orpis recae solo en el numeral 1o. Los números 2o, 3o y 4o no son objeto de enmiendas. Pero, a mi entender, el 4o requeriría una revisión.
Señala dicho precepto: "Cuando se cometiere por patrón o comandante de buque, lanchero, conductor o bodeguero de tren, guarda-almacenes, carruajero," (está claro que carruajeros ya no hay) "carretero o arriero en cosas que se hayan puesto en su buque, carro, bodega, etc.". Y se dejan fuera los aviones, en circunstancias de que las líneas aéreas violentan cada día más los servicios básicos.
Los medios de transporte modernos también son susceptibles de ese tipo de situaciones. De hecho, en ellos se registran hurtos: ¡a veces uno se queda dormido y los computadores desaparecen por acción del "llevador"...!
Entonces, considero importante la idea de que la Comisión realice una evaluación.
Señor Presidente , la Cámara de Diputados cuenta con una Comisión que evalúa las leyes; nosotros, no. Después de cierto tiempo (diez años, quizá), ya hay que corregir la legislación.
Entonces, revisar la terminología del Código Penal me parece adecuado.
Que la iniciativa en debate fuera a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia sería un error. En mi concepto, habría que aprobar la idea de legislar, devolver el proyecto a la Comisión de Derechos Humanos y allí establecer la cabeza de playa para discutir una reforma más profunda de la terminología del Código Penal.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Señores Senadores, propongo aprobar en general el proyecto.
En seguida, me parece adecuado el planteamiento del Honorable señor Zaldívar -fue aceptado también por otros Senadores- en el sentido de, en el entretanto, pedirle a la Biblioteca del Congreso Nacional que haga una revisión más detallada, cuidadosa, para ver si hay en el Código Penal otras expresiones inadecuadas o indignas respecto del trato a las personas.
De aprobarse la idea de legislar, el proyecto regresaría a la Comisión original: la de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Si hubiese Senadores que, ejerciendo su derecho, insistieran en que la iniciativa pasara además a la Comisión de Constitución -aquí se ha manifestado voluntad al respecto-, tendríamos que someterlo a votación.
Esa es la sugerencia de la Mesa.
¿Le parece a la Sala proceder de la manera expuesta?
--Así se acuerda.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En votación la idea de legislar.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PIZARRO.- ¡Yo!
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- ¡Muestre sus condiciones atléticas, señor ex Presidente!
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (22 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Goic, Pérez (doña Lily) y Van Rysselberghe y los señores De Urresti, Espina, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Larraín (don Hernán), Letelier, Moreira, Navarro, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Tuma, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor CHAHUÁN.- Señora Presidenta , ¿puede agregar mi voto a favor?
El señor MONTES.- Y también el mío.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Se dejará constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores Chahuán y Montes.
Se le solicitará a la Biblioteca del Congreso Nacional el informe pertinente.
La iniciativa vuelve a la Comisión de origen: la de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se debe fijar plazo para presentar indicaciones, señora Presidenta.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- ¿Hay alguna sugerencia en tal sentido?
El señor PIZARRO .- ¿Cuánto demorará la Biblioteca?
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.- Existen dos alternativas, señora Presidenta: primera, fijar el plazo para formular indicaciones, el cual, desde mi punto de vista, debería ser de aproximadamente dos semanas; y segunda, esperar el informe de la Biblioteca del Congreso Nacional.
Sin embargo, la motivación básica de esta iniciativa es modificar el artículo 447 del Código Penal. De manera que el estudio de la Biblioteca debería emitirse a propósito de una moción distinta, para introducir otras enmiendas.
El señor LARRAÍN.- Pido la palabra.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- La tiene, Su Señoría.
El señor LARRAÍN.- Señora Presidenta, creo que se trata de dos temas distintos.
Revisar la legislación para buscar expresiones anacrónicas, odiosas, innecesarias o inadecuadas debiera demorar algunos meses.
Entonces, una cosa es el estudio que se encargará a la Biblioteca del Congreso Nacional -después la Mesa podrá sugerir qué hacer con su resultado-, y otra diferente, seguir con la iniciativa en debate.
Para los efectos de las indicaciones, sugiero el plazo normal (una o dos semanas), y luego el proyecto volverá a la Sala para la discusión y la votación en particular.
La señora ALLENDE ( Presidenta ).- Si les parece a Sus Señorías, se fijará como plazo para formular indicaciones el lunes 31 de marzo, hasta las 12.
--Así se acuerda. Si le parece a la Sala, se dará por aprobada.
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En este momento ha llegado a la Mesa una solicitud de permiso constitucional del Senador señor Letelier para ausentarse del país a contar del 14 del mes en curso.
--Se accede a lo solicitado.
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- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635910
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/635910/seccion/akn635910-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9086-17