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Considerando:
1.- Que la ley 20.655 establece una serie de beneficios e incentivos especiales para las zonas extremas de nuestro país, específicamente, las regiones de Tarapacá, Arica y Parinacota, Aysén y Magallanes, además de las provincias de Palena y Chiloé, en la Región de Los Lagos.
2.- Que en el marco de estos incentivos especiales, en el año 2008 un grupo de diputados de zonas extremas de nuestro país comenzaron una iniciativa para crear una ley con el propósito de pagar a los asistentes de la educación un bono que aumentara sus bajas remuneraciones.
3.- Que a partir de esta iniciativa, se logró incorporar el pago de una bonificación especial no imponible al personal asistente de la educación que se desempeñara en zonas extremas, en la Ley de Reajuste del año 2008, en la cual se fijó el pago hasta el año 2010, por lo que volvió a ser incorporada en la Ley de Reajuste del año 2011, donde se fijó su pago hasta el año 2016.
4.- Que atendido a que los profesionales de la Provincia de Chiloé no fueron incluidos dentro de los beneficiarios en una primera instancia, como sí lo fueron los de la provincia de Palena, luego de muchas reuniones y viajes a Valparaíso se logró que, los primeros, fueran incorporados pero con una bonificación cuyo valor es mucho más bajo que el resto de las localidades extremas de nuestro país. Ahora bien, es necesario destacar que este beneficio no se refiere al que reciben los funcionarios públicos del Poder Judicial y Fuerzas Armadas, al igual que los funcionarios públicos del nivel centralizado y descentralizado, municipales y docentes.
5.- Que a pesar de ser considerada Chiloé como una zona extrema, el pago de esta bonificación especial no ha llegado de forma constante a sus beneficiarios, esto es, los asistentes de la educación que desempeñan sus labores en esta comuna.
6.- Que debido a que Chiloé cumple con todas características para ser considerada una zona extrema, debido a su geografía aislada, bajo nivel de accesibilidad, población escasa y altamente dispersa, además de una insuficiente cobertura de servicios públicos, es necesario asegurar el pago de esta bonificación especial para los asistentes de la educación que desempeñen sus labores en esta zona, debido a las difíciles condiciones de vida que enfrentan.
Por todo lo expresado anteriormente, el Senado acuerda solicitar a S.E. la Presidenta de la República:
Que se sirva instruir al señor Ministro de Hacienda para que reconozca y otorgue los beneficios contenidos en la ley 20.655 de Zonas Extremas, especialmente el denominado “Bono de Zona Extrema”, a los asistentes de la educación, de la comuna de Chiloé, quienes hoy no estarían recibiendo dicho beneficio, aun cuando evidentemente la Provincia de Chiloé es un territorio geográficamente aislado, con bajo nivel de accesibilidad y una población escasa y altamente dispersa, y dónde además se puede observar una escasa presencia y baja cobertura de servicios públicos, lo que provoca una desigualdad en relación al resto del país.
(Fdo.): Rabindranath Quinteros Lara, Senador.- Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Alfonso de Urresti Longton, Senador.
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