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- rdf:value = " El señor LETELIER.-
Señora Presidenta, estimados colegas, esta es una iniciativa bastante sencilla, por cuanto establece un permiso especial en el Código del Trabajo.
En verdad, en los últimos años hemos ido modificando, sucesivamente, su Libro II, DE LA PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES, en particular el Título II, que partió como DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, habiéndose reconocido después a los padres derechos similares a los de las madres, lo que tiene que ver con un cambio cultural al interior de la familia. Hoy se plantea una valoración del momento de consagración, sea civil o religioso, como lo permiten nuestras instituciones jurídicas, de quienes deciden convivir y compartir su vida como pareja.
Tal como lo ha expuesto la Senadora señora Goic , este es un avance. Muchos trabajadores tienen, en los contratos de negociación colectiva, un derecho adquirido en la materia. Lo lamentable es que en nuestro país son muy pocos los que negocian colectivamente. De ahí la importancia del proyecto.
En forma adicional, resulta evidente que es la primera vez que abordamos el asunto, y sin duda el texto presenta ciertos tópicos que deberemos analizar posteriormente.
Quiero, eso sí, clarificar un concepto señalado acá.
Es verdad que en nuestro país la mitad de los niños nacen fuera del matrimonio, como lo indicó el Senador Navarro . Pero cabe hacer presente que un porcentaje muy grande de parejas solteras que tienen hijos se casan después. Por tanto, las estadísticas no son precisas. Muchas parejas se constituyen en contrato aunque sus hijos hayan nacido fuera del matrimonio.
Yo, personalmente, soy un defensor de la institución. Y, por lo mismo, considero muy importante para las personas del mismo sexo que opten por el acuerdo de vida en pareja, cuando este sea despachado por el Congreso, que ese proceso de formalización tenga los mismos derechos que se le reconocen al único contrato contemplado hasta el momento en nuestro Código Civil. Esperamos que a futuro haya otros tipos de contrato para constituir familia, no solamente aquel entre heterosexuales; que se permita una variedad de contratos, tal como se ha discutido a propósito del proyecto sobre acuerdo de vida en pareja, de tal manera que el matrimonio no sea el único que exista. Así, tanto parejas heterosexuales como de igual sexo podrán optar por otros contratos que tengan -estoy seguro de que el Parlamento se los reconocerá- los mismos derechos.
Señora Presidenta , la Constitución señala que las instituciones intermedias son fundamentales para la estabilidad de la sociedad. La institución de la vida en pareja es un pilar fundamental de la convivencia entre los seres humanos. Y por eso es tan valioso este proyecto, para que el Código del Trabajo lo reconozca y lo constituya como un derecho.
Entiendo -y lo digo para la historia de la ley- que las personas que se casen más de una vez y sigan en el mismo empleo no verán limitado el derecho previsto en el proyecto. Como ocurre en la vida, algunas personas se casan más de una o dos veces. En la bancada del Partido Socialista, tanto de la Cámara de Diputados cuanto del Senado, hemos tenido reincidentes en el amor. Y creo que esa reincidencia en el amor es algo que se debe valorar.
Por lo tanto, solo para la historia de la ley, no porque una persona se vuelva a casar, por las razones que sean -porque enviudó o porque no resultó su primer matrimonio-, puede ver limitado el derecho a ejercer la opción que consagra la iniciativa en debate.
He dicho.
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