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El señor CHAHUÁN.-
Señora Presidenta , Honorable Sala, tal como lo expuse en mi intervención durante el primer trámite del proyecto de reforma constitucional, todos los chilenos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva -esto es, inferior a tres años y un día de privación de libertad- son actualmente ciudadanos y tal calidad les confiere el derecho a voto y el de optar a cargos de elección popular, como asimismo los demás que les otorgan la Constitución Política y las leyes.
De igual modo, el ejercicio del derecho a voto es absolutamente voluntario.
Se ha debatido si realmente era necesaria la enmienda de la Carta, ya que la ciudadanía se adquiere con el derecho a sufragio y el texto vigente no hace distingos en cuanto a la posibilidad de ejercerlo en el extranjero. Pero sabemos que esto último no se puede verificar en la práctica. Para contar con una mayor certeza jurídica, por lo tanto, y evitar interpretaciones disímiles, se ha considerado pertinente que el derecho a sufragio en el extranjero quede incorporado en nuestra Carta Magna. Estoy plenamente de acuerdo con ello y lo considero de suma importancia, ya que anteriormente se ingresaron otras iniciativas similares que lamentablemente no llegaron a buen término.
De hecho, recuerdo que el único proyecto de ley sobre la materia en tramitación durante la legislatura anterior era una moción presentada por un grupo de Diputados de Renovación Nacional, entre los cuales estaba yo. Establecía, sí, un adicional: reconocía el derecho a sufragio de los chilenos que viven en el extranjero, pero además determinaba un modo distinto para designar a los embajadores. Según esa iniciativa, tal nombramiento debía concretarse a través de una propuesta del Ejecutivo , ratificada por el Senado. La considerábamos una vía interesante, pues evitaba que los embajadores se transformaran en activistas de cierta causa, candidato o tendencia. Por desgracia, quedó embancada en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y no siguió su tramitación.
Quiero destacar que el proyecto de reforma que nos convoca fue modificado en su segundo trámite, estableciéndose que el derecho a voto en el extranjero se podrá ejercer en las elecciones primarias de candidatos a la Presidencia de la República , en elecciones presidenciales y en plebiscitos nacionales, y se materializará mediante un trámite. Esperamos que este sea simple y que la ley orgánica que lo regule no obstaculice mayormente el procedimiento.
Deseo destacar también que hoy suscribimos un protocolo, firmado por la Ministra Ximena Rincón y las bancadas partidarias de posibilitar el voto de los chilenos en el exterior, que contiene algunos elementos a ser considerados en la discusión de la ley orgánica constitucional que regulará este derecho.
Es indudable que la implementación de la regulación del ejercicio del derecho en cuestión concitará un arduo debate, ya que, como es obvio, para que un acto electoral realizado en el extranjero produzca resultados en Chile debe presentar características especiales, razón por la cual la normativa tendrá que ser analizada exhaustivamente.
Por ejemplo, habrá que regular todo lo relativo a la implementación de las mesas de electores (urnas, útiles electorales, cámaras secretas de votación); quiénes las integrarán; si se permitirá la presencia de apoderados, y, en fin, una serie de aspectos de detalle para cautelar y resguardar al máximo el libre ejercicio del derecho a sufragio de los ciudadanos que viven en el exterior.
Cada cierto tiempo presenciamos -incluso, con sana envidia- cómo en Chile ciudadanos extranjeros, provenientes de diversos países, hacen uso, con mucho entusiasmo y en un clima absolutamente pacífico, del derecho a voto en elecciones que corresponden a las naciones de las que son oriundos, por lo que creemos que con buena voluntad podremos llegar al mismo nivel de práctica plenamente democrática en la elección de nuestra máxima autoridad.
Actualmente hay más de medio millón de chilenos en distintos países, ya sea por razones laborales, de estudio o porque lisa y llanamente se han radicado fuera de nuestro territorio. Algunos de ellos viajan cada cierto tiempo a Chile, o definitivamente vuelven para quedarse. Existen otros que han perdido todo vínculo con la tierra que los vio nacer, adquiriendo incluso otra nacionalidad y sin retornar nunca más a ella durante su vida.
Dado el carácter voluntario que ahora reviste el voto, quienes se encuentren en el extranjero y realmente se interesen en la marcha de los destinos de la patria ejercerán su derecho presentando la solicitud respectiva. Los que no deseen hacerlo, no efectuarán dicho trámite. Este es el elemento que establece la vinculación del chileno que se halla fuera con el interés por participar en los procesos que se desarrollan en nuestro país.
Indudablemente, una vez aprobado este proyecto de reforma constitucional -así lo espero-, deberemos introducir en la normativa las modificaciones necesarias para llevar a cabo el ejercicio de este derecho. Tendrá que llevarse a cabo, por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Servicio Electoral, una adecuada difusión en todos los consulados de nuestro país en el extranjero, de modo que nuestros compatriotas conozcan cabalmente cómo se hará efectiva la innovación que hoy aprobaremos.
Creemos, con absoluta convicción, que la reforma sometida a nuestra consideración en tercer trámite fortalecerá la democracia y la participación ciudadana, para que todos los chilenos que por diversas razones se encuentren o deban encontrarse en el extranjero ejerzan libremente, en forma informada y con pleno resguardo a sus garantías, este derecho establecido en la Carta Fundamental.
De este modo, quedaremos a la altura de la mayoría de las naciones que ya cuentan con esta modalidad de sufragio, como es el caso de los países que integran la OCDE.
Yo no tengo temor a la votación de los chilenos que se hallan en el extranjero. Y quiero explicitar uno de los argumentos que nos llevaron a presentar, cuando éramos Diputados, la iniciativa que quedó en la Comisión de Constitución de la otra rama del Parlamento.
En esa moción sosteníamos que solo el 27 por ciento de los chilenos que están fuera de Chile se encuentra en tal situación por razones de carácter político, y que más del 70 por ciento se halla fuera por motivos económicos, de estudios de posgrado o, finalmente, por haber tomado la decisión voluntaria de radicarse en otro país. Pero, más allá de cuál fuera la razón, considerábamos que lo importante era que todos los chilenos se sintieran formando parte de un mismo proyecto de nación.
Por ello, estimamos indispensable aprobar la reforma y, en tal sentido, insto a mis colegas a dar su voto favorable a una modificación que, sin lugar a dudas, constituirá un hito en nuestra democracia: permitir a los chilenos que están fuera del país y tienen un vínculo con él ser parte de ese proceso.
Termino, señora Presidenta , pidiéndole a la Ministra Ximena Rincón que se incorporen algunas de las materias contempladas en el proyecto que presenté en la Cámara de Diputados, a fin de que los embajadores sean propuestos por el Ejecutivo , pero ratificados por el Senado, para los efectos de cautelar la imparcialidad de esos representantes de Chile en el extranjero.
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