. . . . . . . " \nEl se\u00F1or CHAHU\u00C1N.- \nSe\u00F1ora Presidenta , Honorable Sala, tal como lo expuse en mi intervenci\u00F3n durante el primer tr\u00E1mite del proyecto de reforma constitucional, todos los chilenos mayores de 18 a\u00F1os que no hayan sido condenados a pena aflictiva -esto es, inferior a tres a\u00F1os y un d\u00EDa de privaci\u00F3n de libertad- son actualmente ciudadanos y tal calidad les confiere el derecho a voto y el de optar a cargos de elecci\u00F3n popular, como asimismo los dem\u00E1s que les otorgan la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica y las leyes.\n \nDe igual modo, el ejercicio del derecho a voto es absolutamente voluntario. \nSe ha debatido si realmente era necesaria la enmienda de la Carta, ya que la ciudadan\u00EDa se adquiere con el derecho a sufragio y el texto vigente no hace distingos en cuanto a la posibilidad de ejercerlo en el extranjero. Pero sabemos que esto \u00FAltimo no se puede verificar en la pr\u00E1ctica. Para contar con una mayor certeza jur\u00EDdica, por lo tanto, y evitar interpretaciones dis\u00EDmiles, se ha considerado pertinente que el derecho a sufragio en el extranjero quede incorporado en nuestra Carta Magna. Estoy plenamente de acuerdo con ello y lo considero de suma importancia, ya que anteriormente se ingresaron otras iniciativas similares que lamentablemente no llegaron a buen t\u00E9rmino.\n \nDe hecho, recuerdo que el \u00FAnico proyecto de ley sobre la materia en tramitaci\u00F3n durante la legislatura anterior era una moci\u00F3n presentada por un grupo de Diputados de Renovaci\u00F3n Nacional, entre los cuales estaba yo. Establec\u00EDa, s\u00ED, un adicional: reconoc\u00EDa el derecho a sufragio de los chilenos que viven en el extranjero, pero adem\u00E1s determinaba un modo distinto para designar a los embajadores. Seg\u00FAn esa iniciativa, tal nombramiento deb\u00EDa concretarse a trav\u00E9s de una propuesta del Ejecutivo , ratificada por el Senado. La consider\u00E1bamos una v\u00EDa interesante, pues evitaba que los embajadores se transformaran en activistas de cierta causa, candidato o tendencia. Por desgracia, qued\u00F3 embancada en la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n de la C\u00E1mara de Diputados y no sigui\u00F3 su tramitaci\u00F3n.\n \nQuiero destacar que el proyecto de reforma que nos convoca fue modificado en su segundo tr\u00E1mite, estableci\u00E9ndose que el derecho a voto en el extranjero se podr\u00E1 ejercer en las elecciones primarias de candidatos a la Presidencia de la Rep\u00FAblica , en elecciones presidenciales y en plebiscitos nacionales, y se materializar\u00E1 mediante un tr\u00E1mite. Esperamos que este sea simple y que la ley org\u00E1nica que lo regule no obstaculice mayormente el procedimiento.\n \nDeseo destacar tambi\u00E9n que hoy suscribimos un protocolo, firmado por la Ministra Ximena Rinc\u00F3n y las bancadas partidarias de posibilitar el voto de los chilenos en el exterior, que contiene algunos elementos a ser considerados en la discusi\u00F3n de la ley org\u00E1nica constitucional que regular\u00E1 este derecho.\n \nEs indudable que la implementaci\u00F3n de la regulaci\u00F3n del ejercicio del derecho en cuesti\u00F3n concitar\u00E1 un arduo debate, ya que, como es obvio, para que un acto electoral realizado en el extranjero produzca resultados en Chile debe presentar caracter\u00EDsticas especiales, raz\u00F3n por la cual la normativa tendr\u00E1 que ser analizada exhaustivamente.\n \nPor ejemplo, habr\u00E1 que regular todo lo relativo a la implementaci\u00F3n de las mesas de electores (urnas, \u00FAtiles electorales, c\u00E1maras secretas de votaci\u00F3n); qui\u00E9nes las integrar\u00E1n; si se permitir\u00E1 la presencia de apoderados, y, en fin, una serie de aspectos de detalle para cautelar y resguardar al m\u00E1ximo el libre ejercicio del derecho a sufragio de los ciudadanos que viven en el exterior. \nCada cierto tiempo presenciamos -incluso, con sana envidia- c\u00F3mo en Chile ciudadanos extranjeros, provenientes de diversos pa\u00EDses, hacen uso, con mucho entusiasmo y en un clima absolutamente pac\u00EDfico, del derecho a voto en elecciones que corresponden a las naciones de las que son oriundos, por lo que creemos que con buena voluntad podremos llegar al mismo nivel de pr\u00E1ctica plenamente democr\u00E1tica en la elecci\u00F3n de nuestra m\u00E1xima autoridad.\n \nActualmente hay m\u00E1s de medio mill\u00F3n de chilenos en distintos pa\u00EDses, ya sea por razones laborales, de estudio o porque lisa y llanamente se han radicado fuera de nuestro territorio. Algunos de ellos viajan cada cierto tiempo a Chile, o definitivamente vuelven para quedarse. Existen otros que han perdido todo v\u00EDnculo con la tierra que los vio nacer, adquiriendo incluso otra nacionalidad y sin retornar nunca m\u00E1s a ella durante su vida.\n \nDado el car\u00E1cter voluntario que ahora reviste el voto, quienes se encuentren en el extranjero y realmente se interesen en la marcha de los destinos de la patria ejercer\u00E1n su derecho presentando la solicitud respectiva. Los que no deseen hacerlo, no efectuar\u00E1n dicho tr\u00E1mite. Este es el elemento que establece la vinculaci\u00F3n del chileno que se halla fuera con el inter\u00E9s por participar en los procesos que se desarrollan en nuestro pa\u00EDs. \nIndudablemente, una vez aprobado este proyecto de reforma constitucional -as\u00ED lo espero-, deberemos introducir en la normativa las modificaciones necesarias para llevar a cabo el ejercicio de este derecho. Tendr\u00E1 que llevarse a cabo, por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Servicio Electoral, una adecuada difusi\u00F3n en todos los consulados de nuestro pa\u00EDs en el extranjero, de modo que nuestros compatriotas conozcan cabalmente c\u00F3mo se har\u00E1 efectiva la innovaci\u00F3n que hoy aprobaremos.\n \nCreemos, con absoluta convicci\u00F3n, que la reforma sometida a nuestra consideraci\u00F3n en tercer tr\u00E1mite fortalecer\u00E1 la democracia y la participaci\u00F3n ciudadana, para que todos los chilenos que por diversas razones se encuentren o deban encontrarse en el extranjero ejerzan libremente, en forma informada y con pleno resguardo a sus garant\u00EDas, este derecho establecido en la Carta Fundamental.\n \nDe este modo, quedaremos a la altura de la mayor\u00EDa de las naciones que ya cuentan con esta modalidad de sufragio, como es el caso de los pa\u00EDses que integran la OCDE. \nYo no tengo temor a la votaci\u00F3n de los chilenos que se hallan en el extranjero. Y quiero explicitar uno de los argumentos que nos llevaron a presentar, cuando \u00E9ramos Diputados, la iniciativa que qued\u00F3 en la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n de la otra rama del Parlamento.\n \nEn esa moci\u00F3n sosten\u00EDamos que solo el 27 por ciento de los chilenos que est\u00E1n fuera de Chile se encuentra en tal situaci\u00F3n por razones de car\u00E1cter pol\u00EDtico, y que m\u00E1s del 70 por ciento se halla fuera por motivos econ\u00F3micos, de estudios de posgrado o, finalmente, por haber tomado la decisi\u00F3n voluntaria de radicarse en otro pa\u00EDs. Pero, m\u00E1s all\u00E1 de cu\u00E1l fuera la raz\u00F3n, consider\u00E1bamos que lo importante era que todos los chilenos se sintieran formando parte de un mismo proyecto de naci\u00F3n.\n \nPor ello, estimamos indispensable aprobar la reforma y, en tal sentido, insto a mis colegas a dar su voto favorable a una modificaci\u00F3n que, sin lugar a dudas, constituir\u00E1 un hito en nuestra democracia: permitir a los chilenos que est\u00E1n fuera del pa\u00EDs y tienen un v\u00EDnculo con \u00E9l ser parte de ese proceso. \nTermino, se\u00F1ora Presidenta , pidi\u00E9ndole a la Ministra Ximena Rinc\u00F3n que se incorporen algunas de las materias contempladas en el proyecto que present\u00E9 en la C\u00E1mara de Diputados, a fin de que los embajadores sean propuestos por el Ejecutivo , pero ratificados por el Senado, para los efectos de cautelar la imparcialidad de esos representantes de Chile en el extranjero.\n \n " . .