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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL DEPORTE. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Corresponde continuar con el tratamiento del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley del Deporte.
Hago presente a la Sala que el informe de la Comisión Especial de Deportes fue rendido en la sesión anterior.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión de Hacienda, boletín N° 8316-29, sesión 118, en 2 de enero de 2013. Documentos de la Cuenta N° 9.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado Carlos Recondo.
El señor RECONDO (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 19.712, Ley del Deporte, para flexibilizar la operación de los proyectos deportivos, la asignación de recursos y la gestión institucional.
Durante la discusión del proyecto, expuso el señor Gabriel Ruiz-Tagle , subsecretario director nacional del Instituto Nacional de Deportes.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de fecha 30 de agosto de 2011, dispuso que el proyecto no representa mayor gasto fiscal, primero, porque se especifica que el financiamiento de los proyectos financiados con donaciones está sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Instituto Nacional de Deportes y, segundo, porque la Ley del Deporte establece una limitación general para el crédito, por el total de las donaciones de un mismo contribuyente, sin que ello varíe con la eliminación de la limitación de las referidas donaciones.
En el debate habido en la Comisión, el señor Gabriel Ruiz-Tagle hizo presente que el proyecto propone un conjunto de modificaciones a la Ley del Deporte, que recogen las inquietudes planteadas desde hace varios años por distintos parlamentarios, organizaciones y dirigentes deportivos. Se trata de modificaciones a diversas normas que, en la práctica, han dificultado la aplicación de la citada ley, las cuales no obstan a una reforma más profunda que está pendiente y que habrá que abordar en un futuro cercano.
El diputado señor Robles recordó que, con motivo de las irregularidades detectadas en Chiledeportes durante el gobierno anterior, la Comisión Investigadora creada al efecto por la Cámara Baja concluyó en la necesidad de introducir cambios significativos a la Ley del Deporte, sin que ello ocurriera hasta la fecha. Por otra parte, año tras año, se han formulado indicaciones a algunas glosas presupuestarias relacionadas con la forma de distribuir los fondos que el Instituto Nacional de Deportes asigna a los clubes amateurs. Sin embargo, el proyecto solo plantea soluciones a algunos temas puntuales y no a todos los problemas que en su momento descubrió la Comisión Investigadora, entre los cuales hay algunos relacionados con las donaciones.
Planteó la conveniencia de acoger algunas de las recomendaciones efectuadas en su oportunidad por la Comisión Investigadora antes citada, para resolver la falta de financiamiento que enfrentan quienes se están iniciando en algún deporte, o los clubes de aficionados que requieren ejecutar pequeños proyectos de infraestructura u organización de eventos deportivos, ya que la posibilidad de asignación directa de recursos a este tipo de proyectos hoy está limitada solamente a los campeonatos de gran envergadura.
El diputado señor Jaramillo postuló que se debiera mantener el concurso público para acceder a las donaciones.
El diputado señor Auth afirmó que los clubes deportivos profesionales debieran tener acceso a financiamiento, a través de donaciones, pues el desarrollo de infraestructura por parte de ellos produce un efecto positivo en la población.
El subsecretario de Deportes aclaró diversas inquietudes expresadas por algunos parlamentarios, señalando que la creación de un registro permanente de proyectos susceptibles de donaciones con fines deportivos no conlleva modificación alguna del régimen de evaluación y selección de dichos proyectos.
El proyecto -y por ello no tiene incidencia tributaria- mantiene el límite general para el crédito, de manera que, en ningún caso, el crédito por el total de las donaciones de un mismo contribuyente podrá exceder el 2 por ciento de la renta líquida imponible del año, tratándose del Impuesto de Primera Categoría, o del 2 por ciento de la renta imponible del Impuesto Global Complementario, y tampoco podrá exceder del monto equivalente a 14.000 UTM al año.
El señor Ruiz-Tagle complementó la explicación, señalando que lo que se busca con la modificación del artículo 62 de la Ley del Deporte es disponer de una norma que tenga aplicación, porque desde la creación de esta franquicia tributaria, los donantes de proyectos deportivos siempre se han acogido al crédito tributario del 50 por ciento.
El diputado señor Montes sostuvo que con esta modificación a la Ley del Deporte se profundiza en la lógica de establecer franquicias tributarias muy altas, lo que es refrendado por el estudio que elaboró el exdirector del Servicio de Impuestos Internos, señor Ricardo Escobar .
El señor Ruiz-Tagle precisó que la ampliación del objetivo de las corporaciones de derecho privado que puede integrar o constituir el Instituto tiene precisamente por objeto, tal como lo indica el mensaje, la organización e implementación de torneos deportivos de relevancia internacional, los que en derecho comparado son abordados en la forma propuesta por el proyecto, principalmente por la complejidad propia de este tipo de competencias deportivas. Los Juegos Sudamericanos, por ejemplo, se organizan en conjunto con el Comité Olímpico, que es el que maneja todas las autorizaciones internacionales federativas.
En ningún caso, aclaró, esta norma tiene por finalidad generar una proliferación de corporaciones.
En relación con la norma que diferencia el crédito tributario para los donantes en 35 y 50 por ciento, con el objeto de destinar un porcentaje de la donación a los proyectos inscritos en el registro, reitera que esta no tiene aplicación práctica, de manera que lo que se busca con la modificación propuesta al artículo 62 de la ley N° 19.712 es que dicho cuerpo legal sea eficaz.
Finalmente, reiteró que los proyectos de donaciones no tienen un sistema de concursabilidad per se, sino que un proceso de selección.
Se hizo presente que si bien la Comisión Especial de Deportes dispuso en su informe que el proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda porque sus disposiciones no inciden en materia financiera o presupuestaria del Estado, en sesión N° 45, de 20 de junio de 2012, la Sala acordó remitirlo a esta Comisión, la que optó por analizarlo en su totalidad.
Respecto de la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente.
El diputado señor Robles presentó una indicación al numeral 2), para reemplazar la palabra “concursables” por “seleccionados”, que cuenta con la anuencia del Ejecutivo.
Puestos en votación los numerales 1), 3), 4) y 5) del artículo único del proyecto, fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes.
Sometida a votación la indicación del diputado señor Robles al numeral 2) del proyecto, fue aprobada por la unanimidad de los diputados presentes.
Puesto en votación el numeral 6) del artículo único, fue aprobado por 8 votos a favor y 1 en contra.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 11 y 18 de diciembre de 2012, con la asistencia de los diputados señores Ernesto Silva ( Presidente ), Pepe Auth , Joaquín Godoy , Enrique Jaramillo , Pablo Lorenzini , Javier Macaya , Miodrag Marinovic , Carlos Montes , José Miguel Ortiz , Carlos Recondo, Alberto Robles , Alejandro Santana y Gastón von Mühlenbrock , según consta en las actas respectivas.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- En discusión el proyecto
.
El señor ASCENCIO.- Pido la palabra.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra su señoría.
El señor ASCENCIO.- Señor Presidente , tal como lo dijo en su informe el diputado Carlos Recondo , este proyecto recoge una preocupación de los parlamentarios de hace muchos años: el perfeccionamiento de algunas normas relacionadas con asuntos deportivos.
Quiero destacar algunos aspectos del proyecto. Por ejemplo, es muy importante la eliminación del concurso público anual, como requisito adicional para realizar donaciones con fines deportivos. Existe una rigidez que se rompe con este proyecto, porque flexibiliza la posibilidad de que, para los efectos de donaciones con fines deportivos, no exista solo un concurso anual porque no es posible trabajar con proyectos futuros.
Ojalá que los colegas entiendan esto, porque es uno de los grandes problemas existentes. La ley vigente sobre donaciones con fines deportivos tiene escasa aplicación, en consideración al objetivo que se preten-día. Probablemente, hay grandes empresas que saben cómo utilizarla, pero que no tienen el objeto de contribuir a fomentar el deporte. Por eso, este proyecto sí podría ayudar en ese sentido.
Asimismo, es muy importante la norma que permite evaluar los proyectos deportivos y la organización de competencias internacionales en el año de su realización. En competencias internacionales en las cuales algunos deportistas quieren participar, siempre surgen problemas de financiamiento porque son invitados o porque se ganaron ese derecho a última hora. Ello se debe a que no están incluidos el año antes en los proyectos deportivos de competencias internacionales y porque no se puede generar el financiamiento a última hora. Ello lleva a que se ande peleando, buscando y rogando por recursos para que los deportistas chilenos puedan participar en esas competencias.
Este proyecto perfecciona el sistema actual, por lo que se debería notar una mejoría al respecto.
En cuanto a flexibilizar la obligación de constituir la prohibición de gravar y enajenar los inmuebles por 40 años en caso de financiarse proyectos de infraestructura deportiva, me parece un tema más discutible, pero interesante de analizar.
Además, considero buena la flexibilización al monto límite de las donaciones para financiar proyectos deportivos con beneficio tributario.
En general, estoy a favor de esta iniciativa que recoge las inquietudes de los parlamentarios. Puede significar un avance, aun cuando no siento que le demos -no solo nosotros-, la importancia que requiere.
Este es un proyecto antiguo, que estaba guardado y que contiene pequeñas cosas que pueden resolver tanto detalles como obstáculos con que los deportistas se van encontrando en la búsqueda de financiamiento.
En materia deportiva, este Gobierno prometió muchos cambios, en especial al comprometerse a mejorar lo que teníamos. Sin embargo, si se hace un análisis de lo ocurrido luego de tres años, puede concluirse que nada ha cambiado y que, desde el punto de vista de los anhelos de los deportistas, no tenemos nada que se pueda aplaudir.
Es más, los únicos programas que de alguna manera son destacables, corresponden a la construcción de estadios, lo cual es fundamentalmente la continuación de los programas del gobierno anterior. No hay nada más; por lo tanto, desde el punto de vista de los intereses de los deportistas de nuestro país, este no ha sido un buen gobierno.
Fuimos a las olimpíadas con una gran cantidad de deportistas y expectativas, sin embargo, el fracaso fue absoluto. De ello nadie rindió cuenta ni se hizo un análisis. En materia deportiva fue un tremendo fracaso, y todos miraron para el lado.
La institucionalidad sigue siendo la misma. No hemos cambiado la Ley del Deporte y las inversiones no tienen el claro objetivo de favorecer la práctica deportiva. Por lo tanto, en la Comisión Especial de Deportes debemos evaluar lo ocurrido en los últimos años respecto de nuestros objetivos.
Considero que debemos aprobar este proyecto porque contiene ideas interesantes y, si lo hacemos y se pone en práctica, dichas medidas, debieran ayudar efectiva y especialmente al financiamiento de actividades deportivas que tanto necesita la gente.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , un somero estudio del informe me hace lamentar que el proyecto de origen en mensaje de su excelencia el Presidente de la República , sea tan pobre y mínimo, en circunstancias de que pudo aprovecharse la oportunidad para eliminar de una vez lo que hasta ahora se hace en materia de concurso público.
A su vez, a nivel contable se pudieron haber dejado más claros los montos y haber permitido que quienes están afectos al régimen de renta presunta, participaran de este beneficio tributario para el deporte.
En definitiva, se perdió la oportunidad de hacer cambios profundos, y seguramente en este año o el próximo, nuevamente modificaremos la Ley del Deporte que hoy intentamos mejorar.
El aspecto fundamental de este proyecto es la idea de mantener el registro permanentemente abierto, para que en cualquier momento del año pueda presentarse un proyecto y ser calificado como elegible, de modo que cuando aparezca un donante, pueda seleccionarlo y financiarlo de inmediato. En esa misma línea, y debido al límite de las donaciones para financiar proyectos deportivos, ello no fue posible con la ley vigente. Ello está plasmado en su artículo 62, el cual establece un monto máximo, y que no fue usado prácticamente en los últimos 10 años, como lo señala el mensaje.
El diputado Gabriel Ascencio apoya la aprobación del proyecto. Yo, por lo expuesto, con gusto a poco, apoyaré este proyecto. Espero que la ley no se vuelva a modificar en el presente año, aun cuando es necesario un cambio sustancial.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Celso Morales.
El señor MORALES.- Señor Presidente, este proyecto de ley viene a simplificar una serie de normas de ley, especialmente respecto de las donaciones y los concursos de proyectos deportivos.
Es normal recoger información e inquietudes de los propios deportistas cuando manifiestan la necesidad de presentar un proyecto deportivo, el cual muchas veces no se elabora con la anticipación necesaria a fin de presentarlo en las instancias que corresponda para su correspondiente evaluación.
La ley establece que los proyectos deben evaluarse con un año de anterioridad a la fecha de realización, cuando en la práctica y en la mayoría de las ocasiones, las iniciativas deportivas que se presentan tienen necesidad de concretarse rápidamente.
Destaco dos modificaciones que propone el proyecto de ley. La primera tiene relación con el concurso público anual, establecido como requisito para realizar las donaciones con fines deportivos. Esto, sin lugar a dudas, ayudará efectivamente a simplificar el proceso relativo a las donaciones con fines deportivos, para que quienes quieran hacerlas, puedan interesarse y efectuarlas en forma mucho más rápida y más simple.
La segunda modificación se refiere a la evaluación de los proyectos deportivos, la que podrá efectuarse el mismo año en que se ejecuten.
Reitero, la iniciativa simplifica el proceso de donaciones, dará mayor facilidad para su concreción y la posibilidad de que ideas interesantes a nivel deportivo regional puedan tener el tiempo suficiente para ser evaluadas y así obtener los recursos necesarios.
Considero que esto es lo más relevante del proyecto en discusión, ya que simplifica el proceso para el desarrollo de actividades deportivas.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL .- Señor Presidente , a modo de aclaración y en respuesta a las expresiones que han emitido algunos parlamentarios, quiero señalar que este proyecto no buscaba resolver los problemas del deporte en nuestro país. No era su objetivo, sino el introducir modificaciones puntuales en la ley actual. Repito, este proyecto no pretende resolver los problemas del deporte en Chile. Al respecto, no nos olvidemos de que la nueva institucionalidad deportiva, el Ministerio del Deporte, se encuentra en trámite legislativo.
Por tanto, mal podemos pedir aquello a un proyecto específico y puntual que responde a requerimientos específicos de las organizaciones, como bien decía el diputado Celso Morales.
En esta línea, es importante la eliminación del concurso público para acceder a las donaciones, porque era absurdo que un proyecto que contara con el financiamiento a través de la Ley de Donaciones, si no estaba inscrito en el concurso público, podía quedar con la donación del privado, pero eventualmente no adjudicarse y, por tanto, no ejecutarse. Esta limitación hacía prácticamente inoperante las donaciones con fines deportivos. En todo caso, quiero insistir en que no podemos pedir que este proyecto resuelva todos los problemas del deporte, porque solo apunta a modificar determinados aspectos de la Ley del Deporte.
La otra modificación dice relación con permitir la evaluación de los proyectos deportivos de organización de competencias internacionales en el año en que se realizarán. Esto se debe a que muchas veces las instituciones deportivas se encontraban con el inconveniente de que no podían organizar un evento deportivo internacional, porque la ley les exigía evaluarlos con hasta 18 meses de antelación a la fecha de su celebración.
¿Qué acontecía normalmente? Era prácticamente imposible que alguna institución manifestara que iba a contar con un deportista en esa instancia y si ese evento internacional se iba a ejecutar o no. La modificación permite que las evaluaciones se efectúen en el mismo año de la realización del evento.
Otro aspecto sustantivo de estas modificaciones puntuales dice relación con las prohibiciones de gravar y enajenar. Si una institución, un club deportivo, accedía a recursos a través de la Ley del Deporte para financiar una mejora en su infraestructura, por ejemplo, reparar el cierre perimetral o las puertas, a esa institución se le castigaba con una prohibición de enajenar el inmueble por 40 años. Sin duda es una prohibición absolutamente desmesurada, y curiosamente la misma prohibición también existía para la infraestructura pública. O sea, se aplicaba, por ejemplo, a un gimnasio fiscal que ejecutara una obra de mejoramiento de su infraestructura, cuestión absolutamente absurda.
Esta disposición produjo que muchas instituciones privadas prefirieran no realizar obras de mejoramiento, porque no iban a gravar su inmueble por 40 años para recibir 500.000 pesos para mejorar el cerco. Eso era dejar amarrada a su institución por muchos años. Lo mejor era que esto fuera un canal para mejorar y perfeccionar sus propias infraestructuras deportivas. Ese es el requerimiento de las organizaciones deportivas y a ello apunta el carácter puntual de la resolución de este tema.
Por último, se propone flexibilizar el monto de las donaciones. Nada justificaba que para los eventos deportivos existiera un límite de 1.000 unidades tributarias mensuales como tope máximo de donación y para infraestructura 8.000 UTM. Eso torna inoperante el sistema de donación, por lo cual se busca eliminar estos límites y establecer un parámetro único.
Reitero, este proyecto introduce modificaciones puntuales a la Ley del Deporte, pero no tiene por objetivo resolver el problema del deporte en su totalidad. En ese sentido, hay que tener presente que el Gobierno envió el proyecto de ley de creación del Ministerio del Deporte, que la Cámara ya despachó en primer trámite constitucional.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , valoro esta iniciativa que pretende flexibilizar las donaciones con fines deportivos, pues el texto de la ley vigente es bastante rígido, ya que solo permite realizarlas a través de un concurso público. Si el proyecto no es sometido a concurso público, simplemente no es susceptible de donaciones.
El proyecto en discusión propone eliminar la mención del concurso público para que un proyecto pueda ser financiado a través de donaciones con fines deportivos, lo cual va a permitir incorporar una mayor cantidad de recursos del deporte.
Ayer aprobamos una iniciativa legal que restringe en forma importante la libertad de los fumadores por las consecuencias que produce el consumo de tabaco en la salud humana y que genera enormes gastos en salud pública. Si bien votamos a favor de ese proyecto, más importante que aquello es promover la actividad del deporte en nuestro país, a través del fomento de las donaciones. En este aspecto, tenemos un obstáculo: el límite de 1.000 UTM para la generalidad de los proyectos y de 8.000 UTM para infraestructura deportiva. Con esta modificación a la ley, se libera el límite y el beneficio tributario alcanza las 14.000 UTM, lo cual permite subir las donaciones de 40 a 50 millones, aproximadamente, lo cual va a permitir que las empresas se interesen en financiar proyectos.
Por su parte, la eliminación de la obligación de gravar o enajenar por 40 años los inmuebles donde se hacen las inversiones, ciertamente va a incentivar la inversión en el deporte.
En definitiva, si bien es cierto el proyecto constituye un avance, es bastante tímido, puesto que tenemos altos índices de obesidad y alta prevalencia de enfermedades cardiovasculares. La mejor manera de combatir estas enfermedades es a través del deporte de alto rendimiento y también fomentando el deporte en las zonas rurales y en los sectores más vulnerables, en los que por años hemos luchado para que los clubes deportivos puedan adquirir sus propios campos deportivos y no gasten sus recursos en arriendos o simplemente sometiéndose a comodatos precarios. Para hacer una revolución en el deporte de nuestro país debemos permitir que se desarrolle en las poblaciones, en los sectores rurales y en los más populares.
La idea central es que las personas y sus organizaciones deportivas tengan acceso a una cancha propia tal como tienen acceso a la casa propia, pero para lograr eso tenemos mucho que avanzar, puesto que estos proyectos tampoco permiten, por ejemplo, que un particular pueda adquirir un inmueble para regalarlo a un club deportivo y obtener beneficios tributarios.
Hay mucho que avanzar para que el deporte en Chile sea practicado en forma masiva y de esa forma atacar enfermedades como el cáncer, el tabaquismo y las enfermedades cardiovasculares, ahogando el mal en abundancia de bien.
He dicho.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la Ley del Deporte.
Hago presente a la Sala que las normas del proyecto son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
AccorsiOpazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Hasbún Selume Gustavo; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular, con excepción del número 2) del artículo único, que fue objeto de una indicación de la Comisión de Hacienda.
En consecuencia, corresponde votar el numeral 2) del artículo único con dicha indicación.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi musOpazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Hales Dib Patricio; Hasbún Selume Gustavo; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Le-
Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Despachado el proyecto.
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- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/8316-29