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OTORGADOS A DAMNIFICADOS DE LEBU (Oficios)
El señor MONSALVE.- Señor Presidente , en segundo término, quiero informar que se me acercó el señor Ricardo Torres Kliebs , habitante de la comuna de Lebu, damnificado por el terremoto del 27 de febrero de 2010 y beneficiario de un certificado de subsidio habitacional del Fondo Solidario de Vivienda, capítulo I, modalidad: Adquisición de Vivienda, del Plan de Reconstrucción, cuya serie voy a dejar a disposición de la Secretaría.
Es decir, el Estado de Chile le entregó al señor Torres Kliebs un certificado para que procediera a comprar una vivienda, nueva o usada, en su condición de beneficiario del proceso de reconstrucción. El certificado fue otorgado el 8 de octubre de 2010 y tenía una vigencia de 21 meses; de manera que su fecha de cobro caducó el 8 de julio de 2012. Como resulta evidente, terminada la vigencia del certificado, el señor Torres Kliebs no pudo hacer efectivo el subsidio ni, obviamente, comprar una vivienda nueva o usada.
En reiteradas ocasiones, el señor Torres concurrió a la delegación provincial del Serviu de la provincia de Arauco a explicar lo difícil que le había resultado concretar el beneficio que se le había otorgado. ¿Qué se le dijo? Que no se preocupara porque, seguramente, dicho subsidio sería prorrogado. Pero ello no ocurrió.
En suma, uno de los damnificados por el terremoto de febrero de 2010 recibió un certificado que no le sirve de nada, lo que, en la práctica, constituye un verdadero fraude para las víctimas damnificadas por el terremoto, a quienes el Gobierno entregó un certificado de subsidio habitacional del Fondo Solidario de Vivienda Tipo 1, que no pudieron hacer efectivo. ¿Qué les dicen ahora? Que deben postular a los subsidios regulares, para lo cual deben tener un ahorro de 700 mil pesos.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Vivienda y Urbanismo y de Bienes Nacionales , con el objeto de que regularice la situación descrita, de manera que se dé una prórroga a los pobladores damnificados por el terremoto que recibieron subsidios para la compra de una vivienda nueva o usada y que no pudieron hacer uso de él dentro del plazo establecido de 21 meses o, al menos, puedan acceder nuevamente a ellos sin necesidad de contar con el ahorro previo que se les exige.
Además, pido que se envíe copia del oficio al concejo de la comuna de Lebu.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
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