" 13. Moci\u00F3n del se\u00F1or diputado Tarud. \nIncorpora un articulo 18 bis nuevo en el C\u00F3digo Sanitario prohibiendo la importaci\u00F3n, fabricaci\u00F3n y comercializaci\u00F3n de alimentos infantiles con sodio incorporado artificialmente. (bolet\u00EDn N\u00B0 888011). \n \n\u201CHonorable C\u00E1mara: \n \nNo obstante la conocida evidencia m\u00E9dicocient\u00EDfica sobre las enfermedades que genera el consumo excesivo de sodio en las personas, la industria alimentaria contin\u00FAa produciendo la inmensa mayor\u00EDa de sus productos con sodio a\u00F1adido artificialmente, y a\u00FAn m\u00E1s, con niveles cuyas porciones, por s\u00ED solas, sobrepasan la ingesta diaria m\u00E1xima de 6 gramos para adultos recomendada por la Organizaci\u00F3n Mundial de la Salud. \nPero m\u00E1s grave a\u00FAn, la industria especializada en alimentos infantiles, que en Chile monopoliza un solo fabricante, con dos marcas que copan m\u00E1s del 98% de la oferta existente en el mercado, ofrece productos destinados a la alimentaci\u00F3n de lactantes con alto contenido de sodio, con todas las perjudiciales consecuencias que ello significa para la salud futura de esos ni\u00F1os. \nPor ello, es que proponemos introducir en el C\u00F3digo Sanitario, una norma que proh\u00EDba la importaci\u00F3n, fabricaci\u00F3n y comercializaci\u00F3n de alimentos infantiles que contengan sodio incorporado artificialmente, pues el que contienen los alimentos se estima, por la comunidad cient\u00EDfica, como suficiente para satisfacer las necesidades nutricionales de las personas, y particularmente de los ni\u00F1os. \nLa incorporaci\u00F3n artificial de sodio en los alimentos no tiene justificaci\u00F3n nutricional alguna, pues existe documentada evidencia cient\u00EDfica que desde hace a\u00F1os viene advirtiendo sobre los efectos nocivos que ello importa a la salud humana. \nLa hipertensi\u00F3n arterial, las afecciones coronarias, la irritabilidad, la retenci\u00F3n de l\u00EDquidos y la sobrecarga de trabajo para los ri\u00F1ones son solo algunos de los problemas que arroja la excesiva ingesta de sodio. \nEn condiciones normales de salud, los ri\u00F1ones tienen la capacidad de regular la concentraci\u00F3n de este mineral y provocar una mayor producci\u00F3n de orina, haciendo que \u00E9sta sea m\u00E1s diluida en caso de un consumo superior al requerido. No obstante, el exceso de sodio a mediano y largo plazo tiene consecuencias en el organismo: retiene agua, lo que obliga al coraz\u00F3n, al h\u00EDgado y a los ri\u00F1ones a trabajar por encima de sus posibilidades. \nEl riesgo m\u00E1s evidente del exceso de sodio es la mayor probabilidad de desarrollar hipertensi\u00F3n arterial, dado que al retener agua, aumenta el volumen de sangre y por tanto la presi\u00F3n de la misma. \nSi se redujese su ingesta en tan s\u00F3lo 3 g diarios, en el caso de los adultos, habr\u00EDa un 14% menos de probabilidades de sufrir un accidente cerebrovascular y un 10% menos de riesgo de infarto cardiaco. Los huesos tambi\u00E9n se beneficiar\u00EDan, porque el exceso de sal elimina el calcio, lo que puede llevar al debilitamiento o p\u00E9rdida de la masa \u00F3sea, y por lo tanto a una mayor incidencia de fracturas y aparici\u00F3n de osteoporosis. \nLa dosis diaria recomendada de sal es de 2 g para los ni\u00F1os entre 1 y 3 a\u00F1os, 3 g para los de 4 y 6 a\u00F1os y 4 g para los ni\u00F1os entre los 7 y los 10 a\u00F1os. En la edad adulta, la Organizaci\u00F3n Mundial de la Salud (OMS) recomienda no consumir cada d\u00EDa m\u00E1s de 6 g de sal. A pesar de que las necesidades de nutricionales diarias de sodio para un adulto son de 1,5 g (3 y 4 g de sal), organismos como la OMS pretenden reducir la cantidad de sodio consumido por la poblaci\u00F3n hasta llegar a una cantidad equivalente a 57 g de sal por d\u00EDa. Cifra que no ha sido escogida porque sea una dosis \u201Csin efectos\u201D sobre la salud sino porque es la m\u00E1s realista. Consideran que el sodio, en su forma de sal, est\u00E1 tan presente en todos los alimentos que una reducci\u00F3n dr\u00E1stica ser\u00EDa pr\u00E1cticamente inviable. \nLa sal es excesiva para los ri\u00F1ones de un lactante, ya que \u00E9stos no est\u00E1n lo suficientemente desarrollados para soportar las mismas proporciones de sodio que los adultos. Es cierto que cuando los beb\u00E9s nacen, tienen todos los \u00F3rganos necesarios para sobrevivir, sin embargo a\u00FAn se muestran inmaduros y no desempe\u00F1an todas sus funciones a pleno rendimiento. A medida que el ni\u00F1o crece, \u00E9stos ir\u00E1n evolucionando. El ri\u00F1\u00F3n es uno de estos \u00F3rganos, todav\u00EDa inmaduro durante los primeros meses de vida del beb\u00E9, y por lo tanto incapaz de eliminar el exceso de sodio. \n \nPor tanto, \n \nLos diputados patrocinantes y los dem\u00E1s adherentes que suscriben, vienen en someter a la consideraci\u00F3n de este H. Congreso Nacional, el siguiente: \n \nPROYECTO DE LEY \n \nArt\u00EDculo \u00FAnico. Agregase en el C\u00F3digo Sanitario, contenido en el decreto con fuerza de ley N\u00B0 725 del a\u00F1o 1967, en el Libro I de la protecci\u00F3n y promoci\u00F3n de la salud, T\u00EDtulo I de la Protecci\u00F3n materno infantil, el siguiente art\u00EDculo 18 bis nuevo: \n\u201CArt\u00EDculo 18\u00B0 bis. Se proh\u00EDbe la importaci\u00F3n, fabricaci\u00F3n y venta de alimentos destinados al consumo de ni\u00F1os que contengan sodio incorporado artificialmente\u201D. \n \n " . . . . . . . . .