"PROYECTO INICIADO EN MOCI\u00D3N DE LOS DIPUTADOS SE\u00D1ORES HASB\u00DAN, DE MUSSY, HERN\u00C1NDEZ, KAST, DON JOS\u00C9 ANTONIO; LAV\u00CDN, MELERO, NORAMBUENA, ULLOA Y WARD Y DE LA DIPUTADA SE\u00D1ORA HOFFMANN QUE MODIFICA EL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO CON EL OBJETO DE EXCLUIR A LOS INTEGRANTES DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA APLICACI\u00D3N DE LA CAUSAL DE DESPIDO QUE INDICA. (BOLET\u00CDN N\u00B0 9417-13)"^^ . . . " Proyecto iniciado en moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Hasb\u00FAn, De Mussy, Hern\u00E1ndez, Kast, don Jos\u00E9 Antonio; Lav\u00EDn, Melero, Norambuena, Ulloa y Ward, y de la diputada se\u00F1ora Hoffmann, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo con el objeto de excluir a los integrantes del Cuerpo de Bomberos de la aplicaci\u00F3n de la causal de despido que indica. (bolet\u00EDn N\u00B0 9417-13)\n \n \n\u201CLa existencia en nuestro pa\u00EDs de un cuerpo de Bomberos compuesto por hombres y mujeres voluntarios, que en virtud a su esp\u00EDritu de sacrificio y de servicio a los dem\u00E1s sirven desinteresadamente a la comunidad, con el objeto de otorgarle la mejor y m\u00E1s expedita asistencia frente a desastres de tanta relevancia en nuestra poblaci\u00F3n como son los incendios, sean estos en las ciudades o en nuestros bosques y constituyendo, en los casos m\u00E1s graves una devastaci\u00F3n sin igual como la ocurrida hace escasos meses en la ciudad Valpara\u00EDso.\n \nQue la calidad de voluntario de estos servidores p\u00FAblicos, en todos los casos implica que \u00E9stos convivan con el cumplimiento de sus obligaciones personales, particularmente en el trabajo, hecho que, sin lugar a dudas, implica un esfuerzo superior de tiempo, energ\u00EDas y disposici\u00F3n. \nSin embargo a lo anterior, es dable recalcar que todo esfuerzo humano, realizado en procura del bien com\u00FAn, debe contener una declaraci\u00F3n estatal que la proteja, que la promueva, instituyendo un r\u00E9gimen jur\u00EDdico diverso al aplicado a los ciudadanos comunes, a partir de las importantes funciones desplegadas por los primeros en beneficio de la comunidad en general. \nDichos marcos jur\u00EDdicos especiales se encuentran establecidos para cada funcionario p\u00FAblico, quienes gozan de prerrogativas en consideraci\u00F3n a su funci\u00F3n p\u00FAblica, la cual debe ser ejercida con apego a las normas jur\u00EDdica que reglan tales empleos y en virtud de estatutos jur\u00EDdicos particulares; de tal manera que la legislaci\u00F3n laboral com\u00FAn s\u00F3lo se aplica supletoriamente en estos casos. \nQue como se ha indicado en el cuerpo de este escrito, existe la idea de compensaci\u00F3n de parte de nuestro derecho hacia estos funcionarios, por ejemplo a los miembros de carabineros e investigaciones, quienes al igual que los bomberos despliegan los mejor de s\u00ED, para el beneficio exclusivo de las personas, y es por ello que los rigen normas particulares que ata\u00F1en exclusivamente a estos servidores p\u00FAblicos. \nSin embargo, nos parece que en el caso de Bomberos, el asunto nos parece algo complejo, toda vez que , si bien es cierto, prestan un importante servicio a la comunidad, existe respecto de ellos una org\u00E1nica basada principalmente en valores de solidaridad, apoyo mutuo, entre otros, a partir del ejercicio gratuito de este trabajo, lo cual implica que cada uno de los componentes del cuerpo de bomberos de Chile, se encuentra en la necesidad de ganarse la vida en otras actividades, y que a partir de la importancia del trabajo en la vida personal de las personas, \u00E9ste constituye la actividad principal de generaci\u00F3n de recursos personales y familiares. \nEn efecto, la naturaleza del trabajo bomberil, de car\u00E1cter imprevisto, en muchas oportunidades se hace incompatible con la jornada laboral ejercida por la generalidad de las personas y en consecuencia \u00E9stos se ven una situaci\u00F3n jur\u00EDdica desventajosa ante el resto de los trabajadores de Chile.\n \nBajo este orden de cosas, el personal voluntario del Cuerpo de Bomberos no posee normas que los protejan en este sentido, quedando al arbitrio del empleador o del juez del trabajo, la justificaci\u00F3n de la insistencia o retraso a sus respectivos trabajos. \nPor lo anteriormente indicado, la presente iniciativa legal tiene por objeto establecer un marco de protecci\u00F3n respecto del personal de bomberos, consagrando ciertas inmunidades o fueros a la hora de proceder a su despido, en el entendido que respecto de tales personas no se aplicar\u00E1 lo establecido en el art\u00EDculo 160 n\u00FAmero 3 del C\u00F3digo cuando el Trabajador (Bombero) presente antecedentes suficientes que permitan acreditar que por motivos graves se encontraba desempe\u00F1\u00E1ndose en su labor bomberil, siendo ella impostergable.\n \nLa presente iniciativa establece un concepto de \u201Cgravedad\u201D de la justificaci\u00F3n, y ella se encuentra relacionada en la labor de bomberos frente a cat\u00E1strofes como incendios de mediana y gran intensidad, desastres naturales como inundaciones, sismos, salidas de mar, y otras de semejante entidad y sucesos del hombre como el ejercicio de labores de salvamento y rescate. \nEl proyecto que a continuaci\u00F3n proponemos tiene por objeto establecer una modificaci\u00F3n en el C\u00F3digo del trabajo, incorporando esta causal de justificaci\u00F3n reglada, que de alguna manera reconozca los importantes esfuerzos que despliegan el personal de bomberos en la patria. \n \nPROYECTO DE LEY \n \nART\u00CDCULO \u00DANICO: Incorp\u00F3rese un nuevo inciso 2\u00B0 en el n\u00FAmero 3 del art\u00EDculo 160 del C\u00F3digo del Trabajo, de la siguiente manera:\n \n\u201CEn el caso de aquellos trabajadores que pertenezcan al Cuerpo de Bomberos de Chile, no proceder\u00E1 esta causal, si dicho trabajador al tiempo de su ausencia se encontraba ejerciendo labores propias de su servicio, la que revistiendo el car\u00E1cter de grave, sean incompatibles con el desempe\u00F1o normal de su trabajo. Se entiende por grave la asistencia del trabajador en labores de incendio, cat\u00E1strofes naturales (como sismo y salida de mar), accidentes y toda otra contingencia que requiera el servicio del Cuerpo de Bomberos. Para justificar su inasistencia el trabajador deber\u00E1 acompa\u00F1ar a su empleador un documento suscrito por el jefe del cuartel en donde se desempe\u00F1a el trabajador, con indicaci\u00F3n precisa del lugar, hora y duraci\u00F3n del acontecimiento que le imposibilit\u00F3 concurrir a su trabajo\u201D\n \n \n " . . . . . . . . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . .