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El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor PÉREZ, don Leopoldo (de pie).- Señor Presidente , en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Recursos Naturales , Bienes Nacionales y Medio Ambiente, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en moción de las diputadas señoras Andrea Molina y Marisol Turres , y de los diputados Enrique Accorsi , Alfonso de Urresti , Edmundo Eluchans , Javier Hernández , Leopoldo Pérez y Patricio Vallespín, que modifica el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente , en lo relativo a Declaración de Impacto Ambiental (Boletín N° 8780-12).
La idea matriz o fundamental del proyecto es extender el plazo para presentar la solicitud de participación ciudadana en el caso de declaraciones de impacto ambiental, que se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
Durante el estudio de la iniciativa, vuestra Comisión contó con la asistencia y participación de doña Sara Larraín , directora ejecutiva del Programa Chile Sustentable; doña Flavia Liberona , directora ejecutiva de la Fundación Terram, y don Samuel Leiva , coordinador de Campañas de Greenpeace Chile .
Fundamentos del proyecto.
El proyecto de ley en informe recogió la preocupación surgida en la sociedad civil respecto de la posibilidad efectiva de participar en la evaluación de proyectos que ingresen al Sistema de Evaluación Ambiental vía Declaración de Impacto Ambiental.
La moción enfatizó que la participación de la comunidad es fundamental dentro de la evaluación ambiental, porque permite que las personas se informen y opinen responsablemente acerca del proyecto o actividad, como también que obtengan respuesta fundada a sus observaciones. Además, se señaló que la ciudadanía puede aportar información relevante a la evaluación ambiental y dar transparencia a la revisión de los Estudios de Impacto Ambiental y Declaraciones de Impacto Ambiental, otorgando solidez a la decisión de las autoridades.
También, del Estudio de Impacto Ambiental , se establece la obligación de informar a la ciudadanía y publicar un extracto de dicho estudio, dando a las personas u organizaciones ciudadanas la posibilidad de formular observaciones sin tener que solicitar la instancia de participación ciudadana, ya que está contemplada dentro del proceso de evaluación del proyecto, lo cual no sucede en la Declaración de Impacto Ambiental.
Para la evaluación de las Declaraciones de Impacto Ambiental que se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas, la ley dispone que las direcciones regionales o el director ejecutivo, según corresponda, podrán decretar la realización de un proceso de participación ciudadana por un plazo de veinte días, siempre que lo soliciten a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas.
Sin embargo, el plazo que contempla la ley para la presentación de la referida solicitud es de solo diez días, contados desde la publicación en el Diario Oficial del proyecto sometido a Declaración de Impacto Ambiental.
Los autores de la moción consideran muy breve el plazo de diez días, ya que dentro de ese reducido tiempo las personas interesadas deben ser capaces de organizarse para realizar la solicitud.
La práctica ha demostrado que los interesados muchas veces no se informan de la Declaración de Impacto Ambiental en el momento mismo de su publicación en el Diario Oficial, sino después de unos días, lo cual disminuye aún más el plazo con que cuentan para formular sus solicitudes.
La actual legislación implica que, en caso de haber transcurrido el plazo sin que se hubiera solicitado la participación ciudadana, la comunidad habrá perdido la oportunidad de presentar observaciones por escrito al proyecto. Por ello, se enfatizó que el plazo para solicitar participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental debiera ser más extenso.
Durante la discusión acerca del contenido del proyecto de ley, los representantes de importantes organizaciones ambientales con experiencia en procesos de evaluación ambiental reafirmaron que el actual plazo para solicitar la participación de la comunidad en el caso de las Declaraciones de Impacto Ambiental es insuficiente. Aun más, estuvieron contestes de que dicho plazo debería aumentarse al menos a treinta días.
En ese sentido, los diputados presentaron una indicación al proyecto para cambiar el guarismo “20” por “30”, de modo de extender el plazo para solicitar la participación ciudadana a treinta días. Esa indicación fue aprobada por la unanimidad de los presentes.
En definitiva, el proyecto propone modificar el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para extender de diez a treinta días el plazo para presentar la solicitud para realizar un proceso de participación ciudadana en el caso de las Declaraciones de Impacto Ambiental que se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
El proyecto de ley fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados presentes, señora Molina y señores Accorsi, Meza, Sandoval, Teillier, Vallespín y quien informa.
En razón de lo expuesto, solicito a la honorable Sala la aprobación de esta iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Comisión.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
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El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor PÉREZ, don Leopoldo (de pie).-
Señor Presidente , en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Recursos Naturales , Bienes Nacionales y Medio Ambiente, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en moción de las diputadas señoras Andrea Molina y Marisol Turres , y de los diputados Enrique Accorsi , Alfonso de Urresti , Edmundo Eluchans , Javier Hernández , Leopoldo Pérez y Patricio Vallespín, que modifica el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente , en lo relativo a Declaración de Impacto Ambiental (Boletín N° 8780-12).
La idea matriz o fundamental del proyecto es extender el plazo para presentar la solicitud de participación ciudadana en el caso de declaraciones de impacto ambiental, que se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
Durante el estudio de la iniciativa, vuestra Comisión contó con la asistencia y participación de doña Sara Larraín , directora ejecutiva del Programa Chile Sustentable; doña Flavia Liberona , directora ejecutiva de la Fundación Terram, y don Samuel Leiva , coordinador de Campañas de Greenpeace Chile .
Fundamentos del proyecto.
El proyecto de ley en informe recogió la preocupación surgida en la sociedad civil respecto de la posibilidad efectiva de participar en la evaluación de proyectos que ingresen al Sistema de Evaluación Ambiental vía Declaración de Impacto Ambiental.
La moción enfatizó que la participación de la comunidad es fundamental dentro de la evaluación ambiental, porque permite que las personas se informen y opinen responsablemente acerca del proyecto o actividad, como también que obtengan respuesta fundada a sus observaciones. Además, se señaló que la ciudadanía puede aportar información relevante a la evaluación ambiental y dar transparencia a la revisión de los Estudios de Impacto Ambiental y Declaraciones de Impacto Ambiental, otorgando solidez a la decisión de las autoridades.
También, del Estudio de Impacto Ambiental , se establece la obligación de informar a la ciudadanía y publicar un extracto de dicho estudio, dando a las personas u organizaciones ciudadanas la posibilidad de formular observaciones sin tener que solicitar la instancia de participación ciudadana, ya que está contemplada dentro del proceso de evaluación del proyecto, lo cual no sucede en la Declaración de Impacto Ambiental.
Para la evaluación de las Declaraciones de Impacto Ambiental que se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas, la ley dispone que las direcciones regionales o el director ejecutivo, según corresponda, podrán decretar la realización de un proceso de participación ciudadana por un plazo de veinte días, siempre que lo soliciten a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas.
Sin embargo, el plazo que contempla la ley para la presentación de la referida solicitud es de solo diez días, contados desde la publicación en el Diario Oficial del proyecto sometido a Declaración de Impacto Ambiental.
Los autores de la moción consideran muy breve el plazo de diez días, ya que dentro de ese reducido tiempo las personas interesadas deben ser capaces de organizarse para realizar la solicitud.
La práctica ha demostrado que los interesados muchas veces no se informan de la Declaración de Impacto Ambiental en el momento mismo de su publicación en el Diario Oficial, sino después de unos días, lo cual disminuye aún más el plazo con que cuentan para formular sus solicitudes.
La actual legislación implica que, en caso de haber transcurrido el plazo sin que se hubiera solicitado la participación ciudadana, la comunidad habrá perdido la oportunidad de presentar observaciones por escrito al proyecto. Por ello, se enfatizó que el plazo para solicitar participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental debiera ser más extenso.
Durante la discusión acerca del contenido del proyecto de ley, los representantes de importantes organizaciones ambientales con experiencia en procesos de evaluación ambiental reafirmaron que el actual plazo para solicitar la participación de la comunidad en el caso de las Declaraciones de Impacto Ambiental es insuficiente. Aun más, estuvieron contestes de que dicho plazo debería aumentarse al menos a treinta días.
En ese sentido, los diputados presentaron una indicación al proyecto para cambiar el guarismo “20” por “30”, de modo de extender el plazo para solicitar la participación ciudadana a treinta días. Esa indicación fue aprobada por la unanimidad de los presentes.
En definitiva, el proyecto propone modificar el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para extender de diez a treinta días el plazo para presentar la solicitud para realizar un proceso de participación ciudadana en el caso de las Declaraciones de Impacto Ambiental que se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
El proyecto de ley fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados presentes, señora Molina y señores Accorsi, Meza, Sandoval, Teillier, Vallespín y quien informa.
En razón de lo expuesto, solicito a la honorable Sala la aprobación de esta iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Comisión.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
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