
-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1-ds10
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1-ds10-ds12
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1-ds10-ds13
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1-ds10-ds11
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1-ds10-ds14
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1-ds10-ds7
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
- dc:title = "ENMIENDA A LA LEY N° 19.948 QUE PERMITE EL BLOQUEO TEMPORAL O DEFINITIVO DE CÉDULA DE IDENTIDAD Y DE OTROS DOCUMENTOS DE IDENTICACIÓN EN CASO DE EXTRAVÍO, ROBO O HURTO (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9166-07)"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2231
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4240
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3635
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/627
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2849
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1893
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3446
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1580
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2717
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3557
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1175
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/167
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2797
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/862
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1209
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1763
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3625
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1578
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/686
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3473
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3397
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1390
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3735
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/122
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3369
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3562
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3201
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1667
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3669
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1714
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3732
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2413
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2464
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/212
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/899
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/339
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/504
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1950
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3356
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3102
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/845
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/75
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2716
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2281
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3192
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3251
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1925
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/cedula-nacional-de-identidad
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneralYParticular
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/bloqueo-de-documentos
- rdf:value = " ENMIENDA A LA LEY N° 19.948 QUE PERMITE EL BLOQUEO TEMPORAL O DEFINITIVO DE CÉDULA DE IDENTIDAD Y DE OTROS DOCUMENTOS DE IDENTICACIÓN EN CASO DE EXTRAVÍO, ROBO O HURTO (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9166-07)
El señor ELUCHANS ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.948, que crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad y de otros documentos de identificación.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Arturo Squella.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 89ª de la actual legislatura, en 21 de noviembre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Documentos de la Cuenta N° 6 de este boletín de sesiones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor SQUELLA (de pie).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.948, que crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad y de otros documentos de identificación.
De acuerdo con el mensaje, las finalidades perseguidas por la ley N° 19.948 se orientan a proteger a las personas que han sufrido esas pérdidas o extravíos de las consecuencias de los hechos delictivos que puedan cometerse posteriormente con tales documentos, para lo cual establece la posibilidad de solicitar el bloqueo definitivo o temporal del documento de que se trate, estableciendo -además- la presunción de que el titular no ha hecho uso de ello durante todo el tiempo posterior al bloqueo.
Si la solicitud de bloqueo es definitiva, la presunción señalada tiene el carácter de permanente; pero si es temporal, solo adquiere ese carácter si es confirmada dentro de los plazos legales. En caso contrario, desaparece.
Cabe tener presente que el bloqueo temporal puede solicitarse por vía telefónica o electrónica y tiene una duración de dos días hábiles a contar desde aquel en que se solicitó, pudiendo pedirse su renovación en el último día del plazo, caso en el cual durará otros dos días. En tal evento, la presunción de inocencia se retrotrae al momento de solicitarse el bloqueo temporal, en la medida en que dentro del plazo señalado se solicite el bloqueo definitivo.
De acuerdo con el mensaje, la finalidad perseguida por esta iniciativa es eliminar la posibilidad de que se solicite el bloqueo de un pasaporte en forma temporal, permitiéndolo solamente de manera definitiva, para lo cual se tiene en cuenta que, dadas las facilidades que se conceden para solicitar el bloqueo temporal -el cual puede hacerse por vía telefónica o electrónica-, las personas suelen descuidar el continuar con el trámite para obtener el bloqueo definitivo, el cual establece la exigencia de concurrir ante cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación, organismo que comunica a Interpol Chile la nómina de los pasaportes bloqueados en términos definitivos, entidad que -a su vez- lo da a conocer a las diferentes instancias policiales internacionales, lo que impide la utilización del documento en el extranjero por personas distintas del titular. No sucede así con los bloqueos temporales, porque siempre es posible que los documentos recobren su validez si no son objeto de un bloqueo definitivo, circunstancia que permite que documentos que en Chile no pueden utilizarse en razón del bloqueo -el que puede extenderse hasta por cuatro días hábiles- puedan ser utilizados en el extranjero en forma indebida.
Lo señalado afecta de manera negativa la confianza a nivel internacional sobre los pasaportes chilenos y, en especial, compromete el ingreso de Chile a los programas de exención de visas para cierto tipo de viajes, como es el caso del programa previsto, al efecto, por los Estados Unidos de América, el que no admite la figura del bloqueo temporal y al que nuestro país ha sido nominado candidato.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente , el proyecto busca poner nuestra legislación en materia de control de documentos de identidad, tales como la cédula de identidad y el pasaporte, en el nivel de las exigencias de la mayoría de los países del orbe.
Sin embargo, el bloqueo temporal de los pasaportes no permite que los ciudadanos chilenos que deseen viajar, por ejemplo a Estados Unidos, lo puedan hacer sin visa. Para que Estados Unidos levante el requerimiento de la visa es necesario que nosotros adecuemos nuestra propia legislación, en orden a dejar sin efecto la posibilidad de realizar el bloqueo temporal de los pasaportes.
El proyecto está inspirado en la necesidad de facilitar el flujo de tránsito constante que existe, y que cada vez va en aumento, de ciudadanos de nuestro país particularmente a Estados Unidos y, en el futuro, a Europa.
Es una iniciativa que merece ser aprobada con diligencia, con rapidez, de manera que podamos levantar ese obstáculo que hoy tenemos los ciudadanos chilenos de requerir visa para ingresar al país del norte.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la ministra de Justicia señora Patricia Pérez.
La señora PÉREZ, doña Patricia ( ministra de Justicia ).-
Señor Presidente , como muy bien ha expresado el diputado Saffirio, la ley N° 19.948, de 2004, reguló el procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad y de otros documentos de identificación. Este cuerpo legal estableció la posibilidad de efectuar tanto el bloqueo definitivo como el bloqueo temporal de esos documentos, y dispuso la presunción de inocencia, siempre y cuando durante el período del bloqueo temporal se pidiera también el bloqueo definitivo.
El objetivo del proyecto es adecuar la ley N° 19.948, de 2004, en términos de eliminar la posibilidad de efectuar el bloqueo temporal de los referidos documentos de viaje y reservar únicamente para ellos la institución del bloqueo definitivo.
La iniciativa busca asimilar nuestra legislación a las regulaciones imperantes en países con reconocidos estándares de seguridad en los documentos de viaje, toda vez que esos países no establecen la figura de la revocación temporal. En ese sentido, el proyecto se orienta a otorgar seguridad a los afectados por extravío, robo o hurto de los pasaportes. Si los afectados no solicitan el bloqueo definitivo del pasaporte dentro del período del bloqueo temporal, se genera una situación de inseguridad respecto de la confiabilidad de ese documento de identidad en general, y en el ámbito internacional, se extiende un manto de duda respecto de la confiabilidad de los documentos emitidos oficialmente en nuestro país.
Por lo tanto, se propone eliminar del articulado de la ley N° 19.948 la posibilidad de solicitar el bloqueo temporal de los pasaportes extraviados, robados o hurtados, dejando solo subsistente la posibilidad de proceder al bloqueo definitivo de los mismos.
No puedo sino agradecer a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia por la atención brindada al proyecto y por la especial celeridad con que lo abordó, como asimismo a la Comisión de Hacienda.
La iniciativa también es fruto del perfeccionamiento que introdujeron a ella los honorables diputados y diputadas. Por lo tanto, el texto que hoy se propone a la Sala no es sino la suma de un conjunto de esfuerzos que son el resultado de un amplio consenso.
Por lo expuesto, solicito encarecidamente a la Sala que apruebe el proyecto de ley, con el objeto de obtener su pronta promulgación, pues se trata de una iniciativa muy necesaria para nuestro país.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Se suspende la sesión por tres minutos.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente , obviamente vamos a concurrir con nuestro voto favorable al proyecto. Pero no puedo sino señalar que con esta iniciativa nuevamente se devela que el Ministerio de Justicia no ha dado ninguna prioridad a proyectos que son necesarios, fundamentales y que dicen relación, entre otras cosas, con los problemas que vive el Servicio Nacional de Menores. Hace más o menos dos meses hemos lamentado la muerte de un niño de cuatro años en un hogar del Sename en Antofagasta. Hubo un caso de lesiones graves y otros problemas que no han salido a la luz en un centro de Santiago, ocurridos el jueves de la semana pasada. Así, hay una larga lista de situaciones que no se han enfrentado y que se pretenden enfrentar en el ámbito de la adopción con un proyecto de ley de adopción que el Ejecutivo ha ingresado a tramitación al Congreso Nacional. Dicho proyecto amplía las causales de adopción, y consagra entre ellas la negligencia parental que, como hemos dicho, a juicio de muchos legisladores es inadmisible como causal de adopción. Además, la susceptibilidad de adopción, que no implica adopción, no está siendo enfrentada como corresponde.
Por lo tanto, reitero que vamos a concurrir con nuestros votos favorables a esta iniciativa, pero hago presente que con este proyecto nuevamente se demuestra que no existe claridad respecto de las prioridades que debe tener la cartera de Justicia.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Entonces, corresponde este proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 19.948, que crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad y de otros documentos de identificación.
Hago presente a la Sala que su artículo único es propio de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 46 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
ArayaGuerrero Pedro; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Kort Garriga Issa; González Torres Rodrigo; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lemus Aracena Luis; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Saffirio Espinoza René; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Urrutia Bonilla Ignacio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Se abstuvo el diputado señor Rincón González Ricardo.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636125/seccion/akn636125-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9166-07