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El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que fortalece el resguardo del orden público.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Mixta. Documentos de la Cuenta N° 12 de este boletín de sesiones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , por su intermedio, saludo al ministro del Interior . Ya hemos estado en la Sala discutiendo este proyecto y el señor ministro conoce lo que opinamos respecto a lo que la ciudadanía conoce como “proyecto de Ley Hinzpeter”, hoy denominado “proyecto de Ley Chadwick”.
“No se pueden limitar la libertad de expresión o de información a pretexto de proteger la libertad de expresión o de información”. Esa frase no me pertenece, señor Presidente . Esa frase forma parte de una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y con ella quiero comenzar mis palabras sobre este proyecto.
La premisa de que esta iniciativa busca garantizar el derecho de reunión pacífico y la libertad de expresión constituye claramente una contradicción de naturaleza jurídica y política. Pero, además, desde mi punto de vista y en el de mi bancada, dicha premisa constituye una mala política, habida consideración de dos aspectos fundamentales definidos por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos: primero, la necesidad de cumplir ciertos márgenes antes de regular los derechos humanos, y sobre todo, antes de tipificar ciertas conductas como hechos delictivos; segundo, tomar en cuenta que lo óptimo en los contextos de las manifestaciones no es resolver los problemas sociales mediante la penalización, sino a través del diálogo político-social.
Es cierto que el Estado debe prevenir y controlar cualquier forma de conducta violenta que vulnere los derechos de las personas, pero las medidas que adopte en tal sentido deben considerar que en algunas ocasiones el ejercicio del derecho de reunión puede distorsionar la rutina de funcionamiento cotidiano.
Sin embargo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos es categórica al manifestar que esas alteraciones son parte de la mecánica de una sociedad plural donde conviven inte-reses diversos, muchas veces contradictorios y que deben encontrar los espacios y canales mediante los cuales poder expresarse.
Cabe señalar que, aun considerando lo anterior, esa misma Corte y también el Comité de Derechos Humanos o la Relatoría de la Libertad de Expresión del Sistema Interamericano señalan que efectivamente la libertad de expresión no es un derecho absoluto.
Pero para limitar los derechos señalados se exige, a lo menos, cuatro condiciones:
La primera es que se trate de limitaciones claras, precisas, expresas y taxativas, y que se hagan en virtud de una ley formal, material y previa.
La segunda condición es que dichas limitaciones solo afecten a consecuencias ulteriores, que no respondan a una modalidad de censura previa, excepto -y es la única excepción a que se hace alusión- en aquellas normas referidas a la protección de la infancia y la adolescencia, lo cual se asocia fundamentalmente a los espectáculos públicos que puedan afectar la moral.
El tercer requisito que establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos es que esas limitaciones busquen resguardar el respeto de los derechos o la reputación de los demás, la protección de la seguridad nacional, el orden, la salud, la moral pública u otros objetivos autorizados por la Convención, los que deben encontrarse seriamente amenazados o lesionados para justificar la limitación.
La última condición es que las limitaciones deben ser proporcionales, necesarias e idóneas para conseguir los fines que buscan.
Lo señalado ha sido resuelto de esa forma por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por el Comité de Derechos Humanos o la Relatoría de la Libertad de Expresión del Sistema Interamericano.
A pesar de esas consideraciones, la Comisión Mixta aprobó las proposiciones adoptadas para resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional respecto del proyecto de ley que fortalece el resguardo del orden público, pero lo hizo con los votos en contra de los parlamentarios de la Oposición, porque, a nuestro juicio, las disposiciones que se establecen en la iniciativa no cumplen con ninguna de las categorías mencionadas ni nos sitúa en los estándares que el sistema interamericano en materia de derechos humanos ha dispuesto.
El problema planteado se refiere a los delitos que se cometen en el contexto de manifestaciones sociales, en el ejercicio del derecho de reunión y de libertad de expresión. No obstante, todos ellos están suficientemente resueltos por la legislación penal actual, tales como el maltrato de obra a Carabineros, los daños a la propiedad pública o privada, los hurtos y las lesiones -entre otros- así como -en el caso de algunos- por la propia Ley de Seguridad Inte-rior del Estado. Se trata de hechos punibles que se entienden como delitos comunes.
Por las razones indicadas, los diputados de la bancada de la Democracia Cristiana votaremos en contra el informe de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Harboe.
El señor HARBOE.- Señor Presidente , antes de referirme a lo tratado por la Comisión Mixta, quiero hacer una breve historia de la tramitación de la iniciativa legal que fortalece el resguardo del orden público, más conocida como proyecto de ley antiencapuchados.
Cabe recordar que la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, rechazó gran parte de las disposiciones de ese proyecto, con excepción de dos artículos: el que propone la modificación del artículo 261 del Código Penal, con el fin que todos los miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y los integrantes de Gendarmería de Chile, que estén en el ejercicio de sus funciones, sean considerados como sujetos pasivos del delito de atentado contra la autoridad, y el que establece algunas enmiendas al artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 7.912, del Ministerio del Interior, con el objeto de facultar al Ministerio del Interior y Seguridad Pública para iniciar las acciones judiciales pertinentes, es decir, para querellarse, en el caso de los delitos establecidos en ese cuerpo legal.
Reitero que esas fueron las únicas disposiciones que la Cámara de Diputados aprobó de la totalidad de los artículos contenidos en el mensaje firmado por el Presidente Sebastián Piñera .
Con posterioridad, el Gobierno hizo presente la urgencia de “discusión inmediata” y la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado aprobó los dos artículos mencionados más la indicación presentada por el Ejecutivo al proyecto en su segundo trámite constitucional, la que tenía por objeto reponer los artículos rechazados por la Cámara de Diputados.
Sin embargo, la Sala del Senado rechazó en general la iniciativa, incluidas las enmiendas que la mayoría de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de esa Corporación había acordado incorporar.
Debido a lo anterior, el proyecto fue enviado a Comisión Mixta. El Presidente de esa instancia, senador señor Patricio Walker , estimó que procedía la posibilidad de considerar que el Ejecutivo repusiera los artículos que habían sido rechazados en la Cámara de Diputados. Hice hice presente que ello no me parecía adecuado porque la Comisión Mixta -tal como siempre ha ocurrido- solo debe abocarse a resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional. Por lo tanto, señalé que el trabajo de la Comisión Mixta debía circunscribirse a la discusión de dos artículos, lo que no ocurrió, porque mi opinión fue de minoría, de manera que se ocupó de la totalidad del articulado.
Señor Presiente , aquí no hay buenos ni malos, ni quienes estén a favor o en contra de los encapuchados. Somos muchos los que creemos que es importante el establecimiento de una legislación adecuada sobre la materia, pero también somos muchos los que tenemos conciencia de que la propuesta del Gobierno no es la mejor. Así lo señalaron todos los profesores de derecho penal que concurrieron a las comisiones de Seguridad Ciudadana y Drogas y de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, así como a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Por lo tanto, si en verdad queremos evitar la violencia en las manifestaciones ciudadanas, en especial la participación de encapuchados en ellas, mi percepción al respecto -al observar las estadísticas sobre la materia- es que el camino elegido por el Gobierno no es el adecuado, porque ha optado por el establecimiento de un catálogo de conductas para su incorporación en la denominación de delitos de desordenes graves, en circunstancias de que el problema no se relaciona con la ley penal, sino con la identificación y detención de quienes realizan acciones vandálicas con el rostro cubierto.
En consecuencia, podemos tener leyes con sanciones mucho más duras, pero si las poli-cías no son capaces de identificar a los hechores y detenerlos, no habrá a quien aplicárselas. De hecho, las estadísticas oficiales corroboran que no existe eficiencia desde el punto de vista de su identificación y captura, así como en cuanto a la presentación de las pruebas respectivas en tribunales, razón por la que es lamentable señalar que el alto nivel de impunidad no terminará si se aprueba el proyecto de ley tramitado en Comisión Mixta.
A nuestro juicio, la iniciativa contiene errores que pueden generar situaciones de mucho conflicto. Por ejemplo, en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas de la Cámara de Diputados el Ejecutivo hizo presente una indicación para modificar el artículo 269 del Código Penal, con el objeto de incorporar un conjunto de acciones en el tipo penal para sancionarlas con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, tal como se propone establecer en el número 1 del artículo 269 de dicho código, en el sentido que serán graves los desórdenes públicos en los que se proceda a paralizar o interrumpir, valiéndose de violencia o amenaza, algún servicio público, tales como los hospitalarios, de emergencia y de electricidad, combustibles, agua potable, comunicaciones o transporte. Por su parte, el numeral 2 señala que también lo serán los que impidan o alteren, valiéndose de violencia o amenaza, la libre circulación por puentes, carreteras, caminos u otros bienes de uso público semejantes, resistiendo el actuar de la autoridad.
Al respecto, cabe preguntarse a qué se refiere el proyecto cuando en los artículos señalados se hace alusión a la expresión “valiéndose de violencia o amenaza”. La referencia a la violencia es clara, pero ¿quién determina lo que constituye una amenaza, salvo que sea aquella establecida en el Código Penal? De allí que uno se pregunta si en estos casos existirá la posibilidad de presentar medios probatorios o si se dejará al arbitrio de la doctrina la determinación de si se incurrió en una conducta que pueda ser considerada como amenaza. Del mismo modo, uno se pregunta si se considerará como amenaza la resistencia que se ofrezca a la autoridad que actúa para impedir la interrupción del tránsito.
En consecuencia, el proyecto de ley no logra resolver un problema que se observa en el país en materia de resguardo del orden público y adolece de complejidad extrema desde el punto de vista de su redacción, razón por la que la bancada del Partido por la Democracia votará en contra el informe de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Letelier.
El señor LETELIER.- Señor Presidente , quiero explicar a la Sala que en la Comisión Mixta hubo dos posturas: la de revisar los dos artículos aprobados por la Cámara de Diputados y que formaban parte del proyecto original y la de aceptar lo obrado por la Sala del Senado en segundo trámite constitucional; es decir, la de rechazar en general el proyecto de ley, incluidas las enmiendas que la mayoría de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de esa Corporación acordó incorporar.
Sin embargo, se llegó a una tercera interpretación, en el sentido de que en esa Comisión había precedentes en cuanto a que en ella el Ejecutivo podía presentar una indicación para reponer los artículos rechazados por la Cámara, lo cual fue aceptado.
A mi juicio, la iniciativa legal enviada a Comisión Mixta tiene que ver con el derecho penal democrático que tiene la ciudadanía de que se garantice su seguridad al transitar por las calles en su vida cotidiana, por ejemplo, cuando se dirige desde su casa al trabajo o en dirección contraria. De allí que la reforma al Código Penal que propone el supremo gobierno nos parece que tiene un carácter claramente modernizador.
¿Es grave paralizar o interrumpir, valiéndose de violencia o amenaza, algún servicio público? Es gravísimo, sobre todo para los sectores más necesitados de la población. Asimismo, ¿es grave paralizar o interrumpir, valiéndose de violencia o amenaza, el normal funcionamiento de servicios públicos como los hospitalarios o los de electricidad? ¡Claro que es gravísimo!
Sé que se deben armonizar los intereses de los miembros de la comunidad con los inte-reses particulares, como pueden ser los de un gremio o sindicato -aspecto que está garantizado en la Constitución Política-, pero también se debe considerar lo que ocurre en la práctica, porque siempre hemos dicho que el legislador tiene que adecuar la ley a la realidad de lo que ocurre en la sociedad. ¿Y qué ha ocurrido en la sociedad en el último tiempo? Hemos visto protestas y marchas, muy legítimas, que la Constitución Política de la República garantiza, muchas de las cuales, lamentablemente, han terminado en violencia, con gente encapuchada que lanza bombas molotov, que destruye la propiedad pública y privada, y que altera, molesta y perturba gravemente la convivencia normal de la ciudadanía. Esa situación la queremos abordar mediante una modificación al Código Penal, un código democrático, de la ciudada-nía; pero ello no se quiere entender por razones políticas. Creo que la Oposición, que en algunos días más será gobierno, lamentará el no tener una herramienta jurídica tan importante como esta modificación al Código Penal.
El hecho de llevar este sistema, estas normas, estas disposiciones, estas figuras penales, estos tipos penales, desde la Ley de Seguridad del Estado al Código Penal -ello denota que se trata de un Código democrático- da mayor seguridad respecto del ciudadano que vulnera o que cumple la ley penal, como bien dicen los tratadistas sobre esta materia.
Creemos que incurrirán en un lamentable error aquellos legisladores que votarán en contra el proyecto, porque tenemos un Código Penal que es de 1875, en el que se habla, por ejemplo, de causar injuria. Es cierto que escupir a alguien -el hecho de que la gente escupa a las autoridades que no le gustan hoy lentamente va abriendo puertas- es lamentable y la sociedad lo repudia, al igual que las autoridades. Por eso, con esta iniciativa estamos frente a una legislación modernizadora, que permitirá sancionar a quienes se esconden tras una capucha.
Mucho se ha hecho mofa diciendo de que esta es la “Ley Hinzpeter”. Nosotros creemos que es la ley antiencapuchados. Si no damos señales claras en este ámbito, el próximo gobierno lo va a lamentar muchísimo. Por eso, creemos que esta iniciativa va en el sentido de modernizar, de poner al día la legislación penal en materia de orden público, toda vez que el orden público es una necesidad imperante como bien jurídico en la vida diaria de cada ciudadano, de aquel obrero, de aquel trabajador que todos los días debe cumplir con sus labores, que ya debe sufrir un castigo inmenso por el hecho de tener que utilizar el Transantiago, que muchas veces provoca que deba esperar horas para llegar a su trabajo y que, además, a veces ve interrumpido su traslado porque en las calles hay un grupo de encapuchados quemando neumáticos.
Por ello, felicito al Gobierno por haber reaccionado. No puedo creer que la Cámara de Diputados no apruebe el proyecto, que es una iniciativa ciudadana que recoge la aspiración de contar con una ley penal fuerte que castigue a los encapuchados.
Por lo expuesto, anuncio que votaré a favor el informe de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , seré breve en mi intervención porque nuestros argumentos se han dado no solo hoy sino que en varias oportunidades con ocasión del largo debate de este proyecto iniciado por el ministro Hinzpeter y continuado por el ministro Chadwick . Por esa razón, lo bautizamos como “Ley Hinzpeter-Chadwick”, diputado Letelier . No es tan dramático.
Los fundamentos que expresaré son los mismos. Comparto lo que manifestó el diputado Harboe , en el sentido de que el Gobierno utilizó una técnica legislativa bastante antojadiza, cual es reponer en la Comisión Mixta todo lo que fue rechazado por la Cámara y por el Senado, y no abocarse a las únicas dos cuestiones sancionadas por la Cámara de Diputados, ya que el Senado rechazó la idea de legislar sobre esta materia. En consecuencia, lo que el Gobierno hace es revivir un proyecto fenecido en ambas cámaras por la vía de la Comisión Mixta de una manera bastante poco ortodoxa.
El ministro del Interior fue diputado , senador y Presidente de la Comisión de Constitución del Senado, de modo que conoce todas las triquiñuelas del Reglamento. Seguramente, por esa vía el Gobierno llegó a esta insólita conclusión, cual es que un proyecto rechazado por la Cámara, y cuya idea de legislar fue rechazada por el Senado, vuelve en plenitud a ser debatido por una Comisión Mixta y, en consecuencia, por esta Sala.
Por lo tanto, vamos a reiterar nuestros fundamentos. Este es un proyecto inútil, un proyecto innecesario, un proyecto torpe, un proyecto que finalmente tiene una sola consecuencia: criminalizar la protesta social.
Vuelvo a reiterar lo que he dicho en diversas ocasiones: no hubo ningún abogado penalista o constitucionalista que no fuera traído a esta sede por el Ejecutivo -excluyo a aquellos que vinieron en representación de este y a solicitud del mismo- que señalara que este proyecto iba a ser útil para el fin político o jurídicamente buscado, cual era evitar la utilización de las legítimas protestas sociales con el propósito de cometer desmanes o hechos de violencia contra la propiedad pública o privada o contra las personas. Por el contrario, todos plantearon que este proyecto tenía errores jurídicos y penales severos, que afectaba principios básicos del derecho penal, como la necesidad de la pena, la proporcionalidad y la ofensividad del bien jurídico protegido; que la mayor parte de las cuestiones que se querían regular, con excepción de las dos que aprobamos en la Comisión de Constitución y en la Sala de la Cámara, ya estaba sancionada por nuestro ordenamiento jurídico penal, particularmente lo relativo a los actos ocurridos con ocasión de una manifestación: el atentado, el desacato, los desórdenes públicos -incluso, la Ley sobre Seguridad del Estado, en sus artículos 6° y 7°, consagra delitos contra el orden público, con una penalidad mayor a la establecida en el Código Penal, es decir, la mayor ofensa penal prevista para estos artículos está contenida en un ordenamiento jurídico vigente-; que el control de identidad obligatorio de los encapuchados ya está previsto en el artículo 85 del Código Procesal Penal, que establece que Carabineros e Investigaciones deberán solicitar -están obligados- la identificación de cualquier persona que se encapuche o se emboce para ocultar, dificultar o disimular su identidad, y podrán, incluso, proceder al registro de sus vestimentas, a cotejar la existencia de las órdenes de detención que pudieren afectarle, y a su detención en el caso de tener órdenes pendientes o de encontrarse cometiendo delitos flagrantes. Es decir, todas aquellas cuestiones planteadas en el mensaje ya fueron resueltas, o están resueltas o tienen solución o amparo en alguna norma vigente de nuestro ordenamiento jurídico y de nuestro ordenamiento penal.
En consecuencia, lo que esta iniciativa vendrá a provocar en el evento de que fuere aprobada -espero que sea rechazada una vez más por la Sala- son mayores problemas y dar una señal nefasta, cual es la de criminalizar la protesta social y la de desalentar que la gente se movilice para expresar un legítimo derecho reconocido por la Constitución Política.
En consecuencia, no veo en la persistencia o en la perseverancia del Gobierno en este proyecto otra pretensión que la politización de este tema. A estas alturas, a mi juicio, el Ejecutivo ya debería haber recapacitado sobre la ineficacia política del mismo, ya que respecto de su ineficacia jurídica ya escuchó la opinión de los juristas en la Comisión de Constitución de la Cámara -estamos hablando de personas con capacidad y competencias conocidas-, y el debate habido en esta Sala, en la Comisión de Constitución del Senado y en la Sala del Senado. Por tanto, me cuesta entender cuál es el intento que hay detrás de persistir en un instrumento jurídico ineficaz, políticamente torpe y que además ha merecido reparos de organismos internacionales de derechos humanos, incluyendo nuestro propio Instituto de Derechos Humanos, que a algunos les cuesta entender que es parte de nuestra institucionalidad estatal y no una ONG.
Por lo expuesto, anuncio que la bancada socialista, una vez más, va a rechazar totalmente este proyecto del Ejecutivo.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Tiene la palabra el ministro del Interior y Seguridad Pública señor Andrés Chadwick.
El señor CHADWICK ( ministro del Interior y Seguridad Pública ).- Señor Presidente , al iniciar mis palabras quiero felicitar a los parlamentarios de la coalición Nueva Mayoría por el triunfo en la elección presidencial llevada a cabo el domingo pasado.
A propósito de ese triunfo y de las responsabilidades que se van a asumir al gobernar el país a partir del 11 de marzo próximo, ayer abrigaba la esperanza de que pudiese haber una revisión en las posiciones respecto de este proyecto, que busca fundamentalmente entregar nuevas herramientas a nuestras policías para efectos de garantizar mejor el derecho de reunión y el orden público.
Gobernar -muchos aquí lo han hecho en el pasado- exige desafíos que no están en los libros y que tampoco son conocidos o interpretados adecuadamente por la academia o por los profesores especialistas. Gobernar implica enfrentar y asumir la realidad, la cual nos ha ido señalando en forma creciente que para garantizar adecuadamente el derecho de reunión pacífica es necesario revisar nuestra legislación, con el objeto de disponer de más instrumentos legales.
Como mi deseo es ahorrar tiempo, permítanme leer algunos párrafos del mensaje. Uno de ellos dice: “En el último tiempo hemos podido ver cómo, con el pretexto de participar en legítimas manifestaciones ciudadanas, una o más personas han incurrido en conductas delictivas o dañosas que desligitiman el ejercicio de los derechos garantizados en la Carta Fundamental y provocan diversas consecuencias en el patrimonio público y privado.” El mensaje continúa señalando: “Esta realidad hace necesaria una revisión de nuestra legislación, de manera que la autoridad cuente con herramientas adecuadas para la prevención de dichas conductas o para su ejemplar sanción en el caso de que se produzcan.” El último párrafo del mensaje expresa: “Esto es particularmente importante, en el medida en que la violencia con la que estos pseudomanifestantes actúan se ha presentado como un problema creciente, porque las personas que toman parte en actos vandálicos suelen hacerlo ocultando sus rostros y porque las policías no cuentan con los medios de prueba idóneos para su identificación y persecución.”.
He leído estos párrafos del mensaje porque corresponden a algo que, tal vez, ustedes desconocen. No es el mensaje del proyecto de ley que el Presidente Piñera envió al Congreso Nacional; es el mensaje del proyecto de ley que envió la expresidenta Michelle Bachelet en 2006. Muchos parlamentarios oficialistas, algunos de los cuales hoy están presentes en esta Sala, recordarán que esto fue expresado por la expresidenta Bachelet.
Señores parlamentarios, gobernar es algo distinto de lo que muchas veces se discute o se analiza en los debates meramente jurídicos o académicos. Como Poder Ejecutivo hemos insistido en este proyecto de ley, no porque nos corresponda a nosotros aplicar la ley, sino porque creemos que es necesario entender, desde una perspectiva de país, lo mismo que se entendió en 2006: que el derecho de reunión pacífica está amenazado por un grupo de personas que lo utilizan y que se aprovechan de él para cometer delitos y actos violentos, para ocultar su identidad y generar daños a las personas y a la propiedad y para desvirtuar las motivaciones y los objetivos del legítimo derecho a reunión.
Ya en 2006 se entendía que era indispensable una ley como esta; con mayor razón ahora. Y quienes serán gobierno a partir del próximo 11 de marzo -probablemente, alguno de los diputados presentes podría ser ministro del Interior y Seguridad Pública- necesitarán estos instrumentos legales para enfrentar algo que no está en los libros ni en lo que dicen los especialistas: que es deber fundamental del gobierno garantizar los derechos humanos y su libre ejercicio. Pues bien, ello se logra cuando se dispone de instrumentos que impiden actuar impunemente a quienes se aprovechan de una situación y actúan con violencia.
Es indispensable modernizar el tipo penal que dice relación con los desórdenes públicos graves, porque el que existe data de los orígenes del Código Penal. Por eso, como digo, es indispensable modernizarlo y adecuarlo a las circunstancias actuales. Asimismo, es menester sancionar con mayor rigurosidad a aquellas personas que, aprovechándose de una movilización o de un espectáculo masivo, ocultan su identidad, con el objetivo de cometer actos delictuales o violentos.
Como ministro del Interior y Seguridad Pública quiero decir responsablemente, tal como ocurrió en 2006, que hoy no existen instrumentos legales que permitan actuar con eficacia frente a situaciones de violencia que se producen en torno a actos masivos, no solo manifestaciones políticas o reivindicaciones sociales, sino de cualquier naturaleza.
Este proyecto es necesario y, por eso, como Gobierno hemos insistido ante el Congreso Nacional para que considere la posibilidad de recapacitar respecto de la decisión que tomó hace algún tiempo, precisamente ahora que hay más tranquilidad para reflexionar sobre uno de los desafíos que implica ser gobierno: garantizar los derechos humanos, el orden público, la propiedad de los comerciantes y de terceros y la seguridad de las personas.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL.- Señor Presidente , intervengo brevemente, en nombre de la bancada de Renovación Nacional, porque debo ausentarme de la Sala para concurrir a votar en las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Obras Públicas.
Lo que acaba de plantear el ministro del Interior y Seguridad Pública me ahorra mayores glosas. El ministro decía que hoy este proyecto es necesario; diría que lo es desde hace por lo menos ocho años. Digo que es necesario, y la ciudadanía también advierte que es así y seguramente así se lo plantearon a todos los candidatos a diputados y senadores durante las últimas elecciones. La ciudadanía intuye que la primera obligación de un gobierno es garantizar el orden público, y que el ejercicio de los derechos ciudadanos y de las garantías constitucionales presupone respetar el ejercicio de los derechos constitucionales del resto de la comunidad. Eso es lo que nos está pasando.
La ciudadanía también advierte que la legítima manifestación social se ve empañada, pervertida, desprestigiada y manipulada por la acción vandálica de quienes la usan y se aprovechan de ella.
Como lo recordaba muy bien el ministro , esto ya fue planteado en 2006 por la entonces presidenta Michelle Bachelet , hoy Presidenta electa. Así como para el actual Gobierno ha sido una necesidad imperiosa y absolutamente legítima legislar sobre esta materia, también lo será -así lo vaticino- para el próximo gobierno. Ya lo advertía la Presidenta Bachelet en 2006, y no me cabe duda alguna de que durante los cuatro años de su próximo mandato se repetirán las situaciones que ha debido enfrentar el Presidente Piñera .
Aquí se ha hecho un esfuerzo importante, distinguidos diputados. Este proyecto de ley fue bautizado de diferentes maneras, porque el Ejecutivo realizó un ejercicio de buena fe en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en las salas de la Cámara y del Senado, y en la Comisión Mixta, para que esta normativa fuera aprobada en la forma más significativa posible, porque las únicas políticas públicas que perduran son aquellas que cuentan con muchos votos favorables.
Sin embargo, ello no se logró, porque la Concertación o la Nueva Mayoría, hoy triunfante, ha enfrentado este proyecto de ley desde el punto de vista de la mistificación, de falsear la realidad; es decir, que aquí se estaría criminalizando el derecho de la ciudadanía a manifestarse libremente. Pero, frente a esta mistificación, puedo decir que está absolutamente comprobado que cualquier gobierno, sea de izquierda, de derecha o de centro, tiene la necesidad básica de garantizar el orden público, de manera que lo que es necesario para el Presidente Piñera , sin duda, también lo será para la Presidenta Bachelet .
Si los señores diputados votan en contra de las disposiciones aprobadas por la Comisión Mixta -muchas de ellas fueron respaldadas en forma unánime y otras, por una considerable mayoría de votos- y, por lo tanto, la iniciativa en estudio no se convierte en ley, puedo vaticinar que en un corto plazo, con otros diputados -el que habla ya no formará parte de esta Corporación-, se presentará dentro de los próximos cuatro años un proyecto de ley muy parecido a este, que deberá ser analizado y votado por el Senado y la Cámara de Diputados.
Estamos ante un proyecto de ley importante y necesario para la institucionalidad del país, fundamental para el respeto a la policía, al orden público y al ejercicio legítimo de los derechos garantizados en la Constitución Política.
Quienes plantean la necesidad de redactar una nueva Constitución -es legítimo hacerlo-, debieran partir por hacer respetar la actual, sobre todo en lo referente a las garantías constitucionales y a su libre ejercicio, que es lo que en definitiva busca proteger este proyecto de ley.
Anuncio mi voto favorable al proyecto, que espero que pronto se convierta en ley de la república, porque es muy necesaria.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente , cuando escuchaba al ministro del Interior felicitar a la Nueva Mayoría por el triunfo obtenido en la elección presidencial, no dejaba de pensar: ¡Qué gran espíritu republicano tiene el ministro del Interior!
Sin embargo, la realidad es que tras las felicitaciones había una triquiñuela: señalar que un proyecto similar fue enviado en su oportunidad por la Presidenta Michelle Bachelet , y de esa manera justificar el proyecto ahora enviado por él. Es decir, estamos ante una triquiñuela tras otra. Reitero, uno pensaba: ¡Qué gran espíritu republicano tiene este ministro del Interior al felicitar a nuestro conglomerado! Sin embargo, solo lo hizo para, de contrabando, pedir que aprobemos un proyecto de ley similar al que, en su oportunidad, envió a tramitación la Presidenta Michelle Bachelet . Eso, altiro, deja desahuciado el espíritu republicano del ministro .
Todo esto me llevó a recordar las actas constitucionales de la actual Constitución, sobre todo en lo referente a los derechos garantidos por la Constitución, contenidos en el artículo 19. Las actas constitucionales, en esta materia, comenzaban señalando que la base de todas las libertades es el respeto al derecho de propiedad. Después de conocer esa frase del señor Ortúzar , uno entiende que, en definitiva, este proyecto es otro contrabando para decirnos que el orden público está por encima de las garantías constitucionales y de los derechos de las personas.
Reitero, según las actas constitucionales, la base de todas las libertades es el respeto al derecho de propiedad; por lo tanto, el respeto al orden público está por sobre las garantías constitucionales. Según el proyecto, se pueden restringir derechos, porque lo que interesa es cautelar el buen funcionamiento del comercio, del transporte, de la actividad comercial, de la actividad mercantil. ¡Eso es lo relevante! En cambio, no es relevante que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a protestar, a manifestarse.
Todos los abogados penalistas que fueron invitados a la Comisión manifestaron estar en contra de esta idea; pero el ministro del Interior señala que todas esas personas están más preocupadas de mirar al cielo que de mirar los hechos concretos, en otras palabras, que no saben nada de lo que dicen. Entonces, todos esos abogados penalistas no saben lo que es gobernar y vinieron a hablar puras leseras, porque no entienden lo que es gobernar.
Entonces, ¿qué es gobernar? ¿Gobernar es lo que decía el señor Ortúzar en las actas constitucionales? ¿Es respetar el derecho de propiedad por sobre las garantías constitucionales, porque la base de todas las libertades es el respeto al derecho de propiedad? ¿Eso es?
Aquí estamos ante un problema grave: pretender solucionar los problemas sociales por medio de la penalización. La mayor torpeza de este proyecto es creer, tener la convicción absurda de que los problemas sociales, cualesquiera que estos sean, se solucionan mediante la fuerza, la represión. Entonces, hay derechos garantidos por la Constitución, pero cuando se ejercen, se producen hechos dañosos. Entonces, ¿qué es más importante: garantizar el derecho o garantizar el orden público?
La decisión del Gobierno es clara: es más importante el orden público que los derechos garantizados por las Constitución.
La pretensión de resolver los problemas sociales, como ha sido ya permanente en este Gobierno, por medio de la penalización, no da cuenta de lo que es el derecho penal moderno. Se habla de modernidad; pero la modernidad dice con claridad que el derecho penal es de ultima ratio.
Por eso, desecho por completo este proyecto presentado por el Gobierno.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el ministro del Interior.
El señor CHADWICK ( ministro del Interior ).- Señor Presidente , una breve precisión con respecto a las palabras del señor diputado .
No me he referido a los profesores universitarios y al mundo académico como señala el diputado . Solo he dicho que hay veces en que la visión del mundo académico es distinta a las exigencias y a los desafíos que presenta la realidad al gobernar.
Reitero, no he dicho lo que señaló el diputado , entre otras cosas, porque también soy profesor universitario.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este informe en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que fortalece el resguardo del orden público.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 51 votos. No hubo abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Kast Rist José Antonio; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vilches Guzmán Carlos; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.
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