. . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . "[3] M\u00E1s informaci\u00F3n disponible en: http://www.guardian.co.uldenvironment/2009/jul/15/wind-farm-bill-discounts (Marzo 2013)."^^ . . " Proyecto iniciado en moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Harboe, Jaramillo,Latorre, Lemus; P\u00E9rez, don Jos\u00E9; Rinc\u00F3n y Vallesp\u00EDn, y de las diputadas se\u00F1oras Molina y Mu\u00F1oz, que impone descuentos en las cuentas de electricidad aaquellas personas que tienen domicilio en una comuna en cuyo territorio est\u00E1 ubicada una Empresa Generadora de Electricidad. (bolet\u00EDn N\u00B0 9234-08)\n \n \n\u201CFundamentos. \nEn Chile no existe un estrategia o dise\u00F1o de pol\u00EDtica p\u00FAblica que logre satisfacer los requerimientos que el desarrollo del pa\u00EDs demanda, ni -lo que es peor- garantizar el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente libre de contaminaci\u00F3n, consagrado en nuestra Carta Fundamental, en efecto; las externalidades negativas que los asentamientos de generadoras de electricidad provocan en la poblaci\u00F3n son muy altas y perniciosas, tales son los casos de ni\u00F1os contaminados en Puchuncav\u00ED, los da\u00F1os ecol\u00F3gicos provocados en las costas de Coronel , entre muchos otras externalidades que hacen necesaria una revisi\u00F3n de la pol\u00EDtica energ\u00E9tica en Chile.\n \nUn aspecto esencial a la hora de analizar el impacto que las generadoras de electricidad provocan, se refiere al \u00E1mbito local. En especial, es necesario cuestionarse que beneficios o utilidades les reporta a las comunas (representadas por su municipio) y a sus habitantes la locaci\u00F3n de una generadora de electricidad. Por el contrario, r\u00EDos y borde costero contaminado, da\u00F1os a la salud de los habitantes, destrucci\u00F3n de la fauna y flora, y los da\u00F1os a las fuentes laborales y productivas de peque\u00F1os empresarios, son algunos de los perjuicios que los habitantes de comunas donde est\u00E1n situadas las generadoras, deben soportar. M\u00E1s all\u00E1 de los cambios institucionales que demanda el bloque de legalidad ambiental, es necesario buscar medias que sean compensatorias del da\u00F1o, que permanentemente sufren los habitantes de aquellas comunas que tienen en su suelo una generadora. \nVarios esfuerzos han sido desplegados para poder lograr mejoras, desde luego, las movilizaciones sociales han contribuido enormemente a poner el tema en la agenda p\u00FAblica, sin embargo esos esfuerzos deben concatenarse con el de las autoridades p\u00FAblicas. En efecto, con fecha 13 de Diciembre de 2011, un grupo de Diputados suscribi\u00F3 el Proyecto de Acuerdo N\u00B0 475, con el cual se le solicita a los Ministros de Energ\u00EDa y Econom\u00EDa rebajar en un 50% el valor de las cuentas que por concepto de electricidad deben pagar los habitantes de comunas donde se sit\u00FAan generadoras. Mediante resoluci\u00F3n n\u00B0 1278 de fecha 16 de febrero de 2012, el Minecon se limit\u00F3 a responder que era incompetente para ese tipo de decisiones.\n \nSin duda, uno de los esfuerzos m\u00E1s grandes en esta materia fue el encamado el un Proyecto de Ley de fecha 19 de enero de 2010, (bolet\u00EDn 6823-08), enviado para su tramitaci\u00F3n por la Ex Presidenta de la Rep\u00FAblica , Michelle Bachelet, que consist\u00EDa en imponer un impuesto a las generadoras con la finalidad de que las comunas que deben soportar su presencia, reciban una contraprestaci\u00F3n mas justa., al respecto el art\u00EDculo 1, en su primera parte se\u00F1ala que : 'Art\u00EDculo 1\u00B0: Las empresas que a contar del primer d\u00EDa del mes subsiguiente a la fecha de publicaci\u00F3n de la presente ley, conecten unidades de generaci\u00F3n a un sistema el\u00E9ctrico que posea una capacidad instalada igual o superior a 200 megawatts, determinar\u00E1n y pagar\u00E1n por una sola vez, un impuesto espec\u00EDfico de beneficio municipal equivalente a 270 Unidades Tributarias Mensuales por cada megawatt de potencia de placa que tenga cada unidad de generaci\u00F3n.[1]\u00A0 \nAsimismo en los fundamentos del mensaje se se\u00F1ala la necesidad de compatibilizar el necesario aumento en la oferta de energ\u00EDa, con el desarrollo social y econ\u00F3mico de aquellas localidades en las cuales se emplazan los proyectos energ\u00E9ticos. En la actualidad existe una marcada inequidad en la repartici\u00F3n a nivel nacional y local de los beneficios e impactos asociados a la construcci\u00F3n y operaci\u00F3n de centrales de energ\u00EDa: por una parte, los beneficios son mayoritariamente percibidos a nivel nacional, mientras que por otra, los impactos producidos por estos proyectos afectan en forma casi exclusiva a los habitantes de las comunas en las cuales se emplazan los mismos [2]. \u00A0Este proyecto de ley se encuentra actualmente paralizado en su primer tr\u00E1mite constitucional. \nPor las razones anteriores, y reconociendo la necesidad de compensar el perjuicio que sufren cientos de habitantes a nivel nacional, es necesario crear un mecanismo que haga un descuento en las cuentas de electricidad de los usuarios con la finalidad de que opere como una compensaci\u00F3n por el da\u00F1o y molestias que deben soportar decenas de comunas a nivel nacional. La idea central de la presente moci\u00F3n es hacer que quienes soporten el peso econ\u00F3mico del descuento en las cuentas de electricidad sean las empresas generadoras (de una potencia igual o superior a 200 Megawatts, por considerarse que son grandes, excluy\u00E9ndose de paso a peque\u00F1as unidades generadoras) , pero respetando las fases o etapas para que la electricidad llegue a los clientes finales. Por ello se crea un sistema en que la empresa distribuidora de electricidad hace la rebaja, pero se la imputa a la empresa transmisora y esta a su vez a la empresa generadora. \nEn el derecho comparado existen algunas experiencias de estos mecanismos, as\u00ED seg\u00FAn el peri\u00F3dico \u201CThe Guardian\u201D [3] , la Asociaci\u00F3n de los gobiernos locales (Local Government Assocation) del Reino Unido ha lanzado, en 2009, una iniciativa que contempla introducir descuentos en la cuenta de electricidad y medid s de eficiencia energ\u00E9tica sin costo para los residentes de comunas que albergan plantas de energ\u00EDa e\u00F3lica. Es una medida a largo plazo (2050) que est\u00E1 dirigida a motivar las comunas a desarrollar la producci\u00F3n de energ\u00EDa renovable en su territorio [4].\u00A0 \nOtro ejemplo, fue planteado por un art\u00EDculo de prensa del Reino Unido, de fines de diciembre de 2012 [5], por los cuales, los hogares pr\u00F3ximos a una nueva central e\u00F3lica (de 12 turbinas), proyectada en Escocia, van a recibir rebajas en su cuenta de electricidad. El monto de la rebaja depender\u00E1 de la distancia del hogar respecto de las turbinas. Se contempla que los hogares dentro de una zona de hasta 2 kil\u00F3metros (km) de la central, recibir\u00E1n una reducci\u00F3n de \u00A34006 [6], m\u00E1s un 10% de descuento general, en su cuenta anual de electricidad. Los hogares a una distancia entre 2km y 2.5km de la central recibir\u00E1n una reducci\u00F3n de \u00A3200 y el descuento de 10% general. En una tercera zona, los residentes tendr\u00EDan derecho a un descuento de 10% en su cuenta. Hasta 12.000 hogares podr\u00EDan beneficiarse de uno de los tres tipos de descuento.\n \nSin embargo, para poder aprovechar el beneficio, los hogares deber\u00E1n suscribirse a la empresa de electricidad \u201CGreen Energy UK\u201D, la que operar\u00E1 la nueva central [7].\n \n \nPROYECTO DE LEY. \n \nArt\u00EDculo \u00FAnico; incorp\u00F3rese al DFL n\u00B0 l de 1982, Ley General de Servicios El\u00E9ctricos, el siguiente art\u00EDculo 226 nuevo del siguiente tenor:\n \nArt\u00EDculo 226: Las empresas distribuidoras de energ\u00EDa el\u00E9ctrica que prestan el servicio p\u00FAblico de distribuci\u00F3n a todos los usuarios finales ubicados en sus zonas de concesi\u00F3n, deber\u00E1n rebajar, un 40% de las cuentas de consumo el\u00E9ctrico a los clientes que tengan domicilio en la comuna donde este emplazada una unidad de generaci\u00F3n conectada a un sistema el\u00E9ctrico que posea una capacidad instalada igual o superior a 200 megawatts, y que corresponda a su concesi\u00F3n.\n \nEl costo que signifique a la empresa distribuidora la pr\u00E1ctica del descuento se\u00F1alado en el inciso anterior, podr\u00E1 imputarlo al precio que paga a su vez, a la empresa transmisora de electricidad y el costo que signifique a esta \u00FAltima la rebaja en el precio podr\u00E1 imput\u00E1rselo a la empresa Generadora de electricidad con unidades conectadas. \n \n(Fdo.): FELIPE HARBOE BASCU\u00D1AN, Diputados.\u201D\n \n " . . . . . . . . . . . . . . "[7] Minuta SCN elaborada por Annette Hafner 2013."^^ . . . . . . "PROYECTO INICIADO EN MOCI\u00D3N DE LOS DIPUTADOS SE\u00D1ORES HARBOE, JARAMILLO, LATORRE, LEMUS; P\u00C9REZ, DON JOS\u00C9; RINC\u00D3N Y VALLESP\u00CDN, Y DE LAS DIPUTADAS SE\u00D1ORAS MOLINA Y MU\u00D1OZ, QUE IMPONE DESCUENTOS EN LAS CUENTAS DE ELECTRICIDAD A AQUELLAS PERSONAS QUE TIENEN DOMICILIO EN UNA COMUNA EN CUYO TERRITORIO EST\u00C1 UBICADA UNA EMPRESA GENERADORA DE ELECTRICIDAD. (BOLET\u00CDN N\u00B0 9234-08)"^^ . . . "[4] Minuta BCN elaborada por Annette Hafner 2013."^^ . "[6] Corresponde a 287.000 CLP (www.oanda.com) Marzo 2013."^^ . "[2] http://sil.senado.clicgi-binisil_provectos.p1M823-08"^^ . . . "[1] http://sil.senado.clicgi-bin/sil proyectos.pl?6823-08"^^ . "[5] Articulo disponible en: http://www.heraldscotland.corninews/home-news/cheaper-bills-For-homes-near-new-wind-farm.19707284 (Marzo 2013)."^^ .