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El señor MELERO.-
Señor Presidente , considero que no corresponde que las señoras y señores diputados que han pedido inhabilitarse lo hagan. Si quieren, podrán dejar de votar, pero estas disposiciones constituyen un precedente. Hubo un programa de televisión sobre la materia. Se señaló que cuando se trata de causas generales los diputados no tienen por qué inhabilitarse, tal como lo señala el inciso final del artículo 5° B.
Entiendo que las señoras y señores diputados puedan tener escrúpulos sobre la materia, pero no porque se tenga un familiar pensionado se va a dejar de votar un régimen de pensiones. Creo que se está excediendo la norma y sentando un precedente. Cuando estas cosas se acogen, se genera una suerte de comportamiento que la Cámara comienza a avalar como normal.
Quiero dejar establecido con toda claridad que el inciso segundo del artículo 5° B de la ley orgánica señala que no regirá impedimento de votar en asuntos de índole general que interesen al gremio, profesión, industria o comercio a que pertenezcan, en elecciones o en aquellas materias que importen el ejercicio de alguna de las atribuciones exclusivas de la respectiva Cámara. La materia que nos convoca tiene esas características. Menciono el punto para no sentar un mal precedente.
He dicho.
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