-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161/seccion/akn636161-po1-ds45
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161/seccion/akn636161-po1-ds45-ds48
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161/seccion/akn636161-po1-ds45-ds35
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161/seccion/akn636161-po1-ds45-ds46
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161/seccion/akn636161-po1-ds45-ds47
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- dc:title = "NUEVO ESTATUTO PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6965-07)"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/263
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2787
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/168
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1777
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1175
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1390
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3102
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3883
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2100
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/86
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3735
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1714
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/504
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1588
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3360
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3625
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3080
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/686
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2231
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/899
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2928
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1050
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3516
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3201
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3397
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3356
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2281
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1763
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1893
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2589
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2993
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1860
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/627
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/730
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2413
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2616
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1482
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1619
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3002
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1831
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1252
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1470
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2128
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/856
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2464
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/135
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/75
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3635
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3669
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3251
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/303
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/187
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1001
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1580
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1088
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3562
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3473
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2718
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1209
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/323
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3192
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1950
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3369
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2716
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/826
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3107
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/349
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/331
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2228
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1827
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3270
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/15
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/122
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2356
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/normas-para-el-fomento-del-deporte
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneralYParticular
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/federaciones-deportivas
- rdf:value = " NUEVO ESTATUTO PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 6965-07)
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto, iniciado en moción, en segundo trámite constitucional, relativo a las federaciones deportivas nacionales.
Diputado informante de la Comisión Especial de Deportes es el señor Celso Morales.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, sesión 86ª de la actual legislatura, en 17 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 4.
-Informes de la Comisión Especial de Deportes, sesión 111ª de la actual legislatura, en 9 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 5.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 118ª de la actual legislatura, en 22 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MORALES (de pie).-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo saludar tanto al ministro del Deporte, señor Gabriel Ruiz-Tagle, como a las señoritas Caterin Bravo y Andrea Koch y al señor Daniel Miranda, deportistas del Centro de Alto Rendimiento que se encuentran en las tribunas.
En segundo lugar, en representación de la Comisión Especial de Deportes, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley relativo a las federaciones deportivas nacionales de la referencia, iniciado en moción de la senadora señor Soledad Alvear, con urgencia calificada de suma por el Ejecutivo.
Antecedentes.
En Chile, las federaciones deportivas tienen gran importancia dentro de la estructura institucional diseñada para el deporte. Dentro de la Ley del Deporte, el Estado Chileno deposita en las asociaciones deportivas la formación y desarrollo del deporte de alto rendimiento a nivel nacional.
Para dar cumplimiento a los objetivos planteados por la legislación, se contempla una activa participación del sector privado, el cual, al acceder a fondos para el desarrollo de dichas actividades, puede participar en la ejecución de proyectos deportivos que se encuentren insertos dentro de la lógica de alguno de los programas contemplados en la ley del Deporte. Dentro de este marco, los clubes deportivos, las asociaciones deportivas y, de forma especial, las federaciones deportivas cumplen un rol fundamental, contribuyendo, en la práctica, a la ejecución de la política nacional del deporte.
El marco regulatorio de las organizaciones deportivas nacionales está compuesto por la ley N° 19.712, ley del Deporte. Adicionalmente, le son aplicables las disposiciones administrativas del reglamento de ejecución de dicha ley, dictado por decreto N° 59, de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, denominado Reglamento de Organizaciones Deportivas, y aquellas contenidas en sus estatutos, regulación que carece de los elementos necesarios para distinguir los diversos tipos de organizaciones presentes en la realidad deportiva y que no contiene las herramientas para evitar que los conflictos administrativos generados por una eventual mala gestión redunden en perjuicio de la práctica deportiva y los deportistas.
Objetivos del proyecto
La presente propuesta se hace cargo de los problemas de funcionamiento de las federaciones deportivas de nuestro país, a través de una serie de modificaciones a la forma en que se regulan esas instituciones, especialmente en lo que dice relación con su constitución, administración y control. Con este fin, se propone profesionalizar la labor dirigencial, para lo cual, para ser director de una federación, se requerirá haber aprobado un curso de capacitación en materias de gestión y administración deportiva.
Se propone, además, lo siguiente:
Incorporar a los deportistas en la toma de decisiones de las federaciones; transparentar la selección de deportistas para competencias internacionales; establecer un sistema de control financiero mediante auditorías externas a tales organizaciones, como también, de un tribunal imparcial de arbitraje que resuelva las controversias suscitadas al interior de cada federación deportiva; declarar como ingreso no renta de las becas otorgadas a deportistas, profesionales de la educación física y del deporte y dirigentes de organizaciones deportivas; eliminar la limitación para la reelección de dirigentes de organizaciones deportivas de base; la incorporación y permanencia en una federación no puede ser negada a ninguna asociación deportiva o club que cumpla con los requisitos legales, reglamentarios y estatutarios; regular el derecho de las federaciones a obtener recursos del Estado con el fin de financiar los gastos necesarios para su administración e implementación; se las autoriza a organizar, producir y comercializar espectáculos de su respectivo deporte, como también a realizar actividades económicas relacionadas con sus fines e invertir sus recursos; los programas, proyectos y actividades de las federaciones podrán presentarse en cualquier época al Instituto Nacional del Deporte y tendrán una tramitación preferente cuando se refieran a la participación de sus delegaciones en eventos internacionales o la realización en Chile de competiciones de ese carácter.
Finalmente, una modificación muy importante es la siguiente: aquellas federaciones que se encuentren inhabilitadas para recibir recursos del Instituto del Deporte por una causal establecida en este proyecto o en sus reglamentos, podrán ser sometidas a la administración externa de dichos recursos, por resolución fundada del director Nacional del Instituto. Con ello se evita perjudicar a los deportistas federados en estas circunstancias.
Durante la tramitación del presente proyecto la Comisión contó con la presencia del ministro de Deportes, señor Gabriel Ruiz-Tagle; el asesor jurídico del ministro del Deporte, señor Juan Andrés Dezulovic; el presidente del Comité Olímpico de Chile, señor Neven Ilic; el Vicepresidente del Comité Olímpico de Chile, señor Miguel Ángel Mujica; el abogado del Comité Olímpico de Chile, señor José Hinzpeter; la presidenta de la Agrupación de Deportistas de Alto Rendimiento, señora Claudia Vera, y la vicepresidenta de la Agrupación de Deportistas de Alto Rendimiento, señora Caterin Bravo -que hoy nos acompaña-, todos quienes manifestaron su conformidad con el texto aprobado por el Senado y coincidieron, en conjunto con los integrantes de la comisión, en las ventajas que este proyecto significará para la institucionalidad deportiva nacional y su rol indispensable en complementar la nueva normativa mediante la cual se creó el Ministerio del Deporte.
En consideración a lo expuesto precedentemente, hago presente a esta honorable Sala que la Comisión Especial de Deportes aprobó por unanimidad, tanto en general como en particular, el proyecto en los mismos términos que el honorable Senado, y por ello propongo a esta Cámara aprobarlo en los términos en que constan en el informe que se ha puesto a vuestra disposición.
He dicho.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo, informante de la Comisión de Hacienda.
El señor RECONDO (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar el proyecto que modifica la ley N° 19.712 con el fin de establecer una profesionalización de los directorios de las federaciones deportivas.
Considerando que el colega Celso Morales ha hecho un extenso informe respecto de su tramitación en la Comisión especializada, y la determinación de la Comisión Especial de Deportes, en el sentido de que la Comisión de Hacienda se remitiera a los numerales 1) y 6), artículos 40 J, 40 K y 40 N del artículo único del proyecto, voy a informar respecto de los alcances del gasto fiscal y del informe financiero respecto a este proyecto.
1. La modificación del artículo 12 de la ley N° 19.712 no reviste impacto fiscal alguno, pues hoy, de acuerdo a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Deportes, los ingresos que perciben los beneficiarios por las referidas becas a deportistas no están afectos a tributo alguno.
2. Respecto a la exención del impuesto de timbres y estampillas e impuestos y derechos municipales del artículo 40 K, que sustituye al artículo 40 bis K, no es posible cuantificar el monto de los recursos que se dejarían de percibir por cuenta de las exenciones indicadas. No obstante, se considera un universo acotado de federaciones -alrededor de 54 en régimen- que gozarían gradualmente de este beneficio.
Por su parte, los efectos del proyecto sobre los gastos fiscales serían los siguientes:
1. El administrador interno o interventor establecido en el artículo 40 J, que sustituye al artículo 40 bis j, no significa mayor gasto fiscal, puesto que, de acuerdo a lo expresado por el Instituto Nacional de Deportes, este deberá pagarse con el 10 por ciento de los recursos de los programas de desarrollo estratégico (PDE) de las federaciones en que intervenga el administrador.
2. Se establece el financiamiento de las federaciones en el artículo 40 K, que sustituye al artículo 40 bis k. Actualmente, el Instituto Nacional de Deportes transfiere recursos a las federaciones, de acuerdo a lo señalado en la ley N° 18.768, modificada por la ley N° 19.135 -porcentajes asignados de las entradas del sistema de pronósticos y apuestas-, por lo que, en conformidad con dicho Instituto, los montos ya asignados no debieran variar y no representarían mayor gasto fiscal.
3. El artículo 40 M, que sustituye al artículo 40 bis m, establece la creación de un Comité de Arbitraje Deportivo. El mayor gasto por concepto de dietas a los integrantes del Comité, establecidas en el artículo 40 N, corresponde a UTM 3.168 y a este cálculo se deben agregar gastos de funcionamiento de dicho Comité, los cuales, de acuerdo a lo dispuesto por el IND, serán parte de los gastos de administración que financian actualmente al Comité Olímpico de Chile.
De acuerdo a lo informado por el IND, el Comité de Arbitraje reemplazará el actual gasto del Consejo Nacional de Deportes, por cuanto la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, considera la supresión del referido Consejo Nacional y su reemplazo por otro ad honórem. El gasto actual de este Consejo es de UTM 1.584.
El efecto del proyecto sobre el resultado fiscal, dado lo anterior, implica un mayor gasto fiscal de 1.584 UTM al año. Adicionalmente, se debe considerar un monto menor, no cuantificable, de recursos que se dejarán de percibir como consecuencia de las exenciones indicadas.
Tratado y acordado en la sesión de 15 de enero de 2014, con la asistencia de los diputados señores Marinovic, don Miodrag (Presidente); Auth, don Pepe; Edwards, don José Manuel; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Silva, don Ernesto; Von Mühlenbrock, don Gastón, y Recondo, don Carlos.
Es cuanto corresponde informar a esta Sala.
He dicho.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el ministro señor Gabriel Ruiz-Tagle.
El señor RUIZ-TAGLE (ministro de Deportes).-
Señor Presidente, quiero agradecer a los señores diputados el apoyo recibido en las distintas etapas de tramitación de este proyecto.
Como se sabe, fue aprobado por unanimidad en las diferentes instancias en el Senado.
Como antecedente, quiero señalar que este proyecto se originó en una moción presentada por la senadora Alvear en junio del 2010, es decir, hace más de tres años. Desde ese momento, ha recibido el apoyo entusiasta y ha sido enriquecido por el Ejecutivo, como así también por deportistas y numerosas instituciones ligadas al deporte nacional.
Con la aprobación de este proyecto habremos terminado de construir el segundo de los grandes pilares sobre los cuales se habrá de sustentar nuestro desarrollo deportivo. El primero ya lo terminamos, con la nueva institucionalidad del Ministerio del Deporte. Por eso, esta gran reforma de estatutos tendrá un impacto significativo en las federaciones deportivas. Será un gran avance del aspecto normativo de nuestro deporte, del cual todos podremos sentirnos orgullosos en el futuro.
Muchas gracias por el apoyo. Esperamos que esta aspiración, que está a punto de ser realidad, cumpla con los objetivos que nos hemos fijado todos quienes queremos al deporte.
Muchas gracias.
El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-
Por acuerdo de los Comités el proyecto será votado al término del Orden del día, sin discusión.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Corresponde votar, en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, relativo a las federaciones deportivas nacionales.
Hago presente a la Sala que sus normas son propias de ley simple o común, y que, tanto la Comisión Especial de Deportes como la de Hacienda lo aprobaron en los mismos términos que el Senado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
AguilóMelo Sergio; Alinco Bustos René; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/636161/seccion/akn636161-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/6965-07