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- rdf:value = " El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Boric.
El señor BORIC.-
Señor Presidente , por regla general estoy en desacuerdo con aumentar las penas, pues las causas del delito no se combaten con más represión estatal.
No es menor lo que discutimos cuando nos proponemos aumentar las penas. Cabe preguntarse cuál es el sustento moral de la práctica punitiva del Estado y, en ese marco, cuál es la función que le otorgamos a la pena. Son debates con una larga tradición en el Derecho Penal y en la Filosofía del Derecho, que no pueden ser pasados por alto.
Hay quienes ven la pena como un castigo; otros argumentan que cumple un rol educador de la sociedad, como un todo, o del individuo que delinque, en particular. Es un debate importante, porque busca responder la pregunta que está detrás de leyes como esta: ¿Qué pretendemos al aumentar las penas? ¿Castigar o prevenir?
La semana pasada, como ya se recordó acá, fue atropellada Constanza Lagos, magallánica de 23 años, estudiante de derecho, mujer radiante, de contagiosa alegría. El conductor, Cristián Pinochet Contreras , escapó cobardemente. La Cony murió en brazos de un amigo cuando era trasladada a un hospital. Vi el dolor de sus amigos, pero no puedo siquiera alcanzar a imaginar el dolor de sus padres.
Si hay algo claro en el debate de este proyecto es que no queremos más irresponsables como Cristián Pinochet , como Martín Larraín o como quien atropelló a Emilia Silvia Figueroa . ¡No más!
También debemos preguntarnos: ¿Sirve esta futura ley para los fines que pretende cumplir? Como señalé al comienzo de mi intervención, parece ser que el objetivo es que casos como los mencionados no vuelvan a ocurrir; así se desprende de las intervenciones anteriores y de la discusión que se dio en la Comisión, salvo, quizá, la opinión de la diputada Daniella Cicardini . El objetivo sería prevenir, evitar que estas conductas se repitan.
Entonces, pregunto nuevamente: ¿Sirve este proyecto de ley? La respuesta es que depende; depende de cuán en serio nos lo tomemos. Como dijo el diputado Leopoldo Pérez , si no me equivoco, depende de cada uno de nosotros, de nuestras actitudes individuales y de lo que hagan los poderes del Estado a través de sus órganos dependientes para la difusión de lo que hoy aprobemos.
Siguiendo esa lógica, creo que el aumento de la pena de tres años y un día a diez años, manteniendo las penas accesorias de multa e inhabilidad perpetua para conducir, no es desmedido, pues se asemeja a la penalidad asignada al resto de los delitos de las mismas características. Si bien, como mencione al comienzo, por regla general no estoy de acuerdo en aumentar las penas, creo que en este caso sí se justifica.
Asemejar este delito con otros delitos de las mismas características no es algo menor, porque la proporcionalidad con que nuestro ordenamiento penal castiga la vulneración de ciertos bienes jurídicos protegidos es muchas veces absurda. Así, la propiedad privada pareciera valer más que la vida misma. Pero el dolor que sentimos cuando suceden tragedias como las descritas no nos puede cegar en nuestro deber de legislar considerando todos los factores para resguardar los derechos de quienes se vean involucrados en los efectos de las leyes que emanan del Congreso Nacional.
En ese sentido, me parece peligroso que comiencen a proliferar reglas especiales para la determinación de la pena, como sucede con lo que propone el numero 3) del artículo 1°, sobre todo si su fin es eliminar la posibilidad de aplicar circunstancias atenuantes.
Tampoco tengo certeza de que sea justificable la modificación que introduce el artículo 2° del proyecto a la letra b) del artículo 15 de la ley N° 18.216, solo para este caso, pues exige requisitos no menores para la aplicación del beneficio de la reclusión nocturna. Si creemos que hay que modificarlo, habría que hacerlo de manera sistémica, no solo para este delito en particular.
De lo que tengo certeza es de que sí puede tener sentido la modificación que introduce el artículo 3° del proyecto al artículo 149 del Código Procesal Penal, para permitir que el Ministerio Público pueda apelar verbalmente de la resolución que niega la prisión preventiva, manteniendo al imputado privado de libertad mientras la corte de apelaciones respectiva resuelve sobre el recurso. Ello puede tener sentido, porque equipara el delito que nos ocupa con el homicidio y otros crímenes de similares características. Sin embargo, resulta complejo legislar con ese espíritu, esto es dejar a un imputado en prisión preventiva por un cuasidelito de homicidio si existen los requisitos para no aplicar esa medida.
En conclusión, votaré a favor el proyecto, pero he pedido votación separada de algunos artículos.
Hay que aumentar las penas a quienes, irresponsablemente, conducen en estado de ebriedad y le quitan la vida a una persona o le causan daño irreversible. Hago un sentido llamado a los jóvenes, a mis amigos, a todos quienes creen que un par de piscolas dan lo mismo. Muchos hemos debido llamar la atención a algún amigo cuando se encuentra en esa circunstancia. Con mucha fuerza hay que decir basta, porque en cada uno de esos actos se juega la vida de una Emilia, de una Constanza. Muchas personas han fallecido, con el consiguiente dolor inimaginable que se causa a cercanos, a familiares y a padres, por la irresponsabilidad de quienes dijeron que una o dos piscolas, o lo que fuera, daban lo mismo. Conciencia es lo que pedimos, y por eso legislamos.
He dicho.
-Aplausos.
"
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