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El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mensaje, que modifica la Ley de Tránsito en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Gustavo Hasbún.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 38ª de la presente legislatura, en 1 de julio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Primer Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, sesión 45ª de la presente legislatura, en 10 de julio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 3.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
Antes de que sea rendido el informe, solicito el acuerdo de la Sala para votar al término del Orden del Día el proyecto que suprime el feriado judicial para los tribunales que indica, que figura en el segundo lugar de la Tabla de la presente sesión, con la sola explicación del señor ministro de Justicia respecto de las dos modificaciones introducidas por el Senado.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Obras Públicas.
El señor HASBÚN (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en mensaje y con urgencia calificada de “suma”, que modifica disposiciones que señala, referidas al delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte.
Idea matriz o fundamental del proyecto.
Desincentivar la conducción de vehículos de tracción mecánica por personas que se encuentren en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas mediante el aumento del rango de la pena asignada al delito, haciendo aplicable solo parcialmente los beneficios contemplados en la ley N° 18.216.
El proyecto no contiene normas de carácter orgánico-constitucional o de quorum calificado. Tampoco requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
La iniciativa fue aprobada en general y en particular por la unanimidad de las diputadas y los diputados presentes en la comisión. Votaron a favor las diputadas señoras Loreto Carvajal, Alejandra Sepúlveda y Clemira Pacheco, y los diputados señores René Manuel García, Felipe Letelier, Fernando Meza ( Presidente ), Iván Norambuena, Leopoldo Pérez, Jorge Sabag, Mario Venegas y quien informa.
Durante el estudio de la iniciativa se contó con la asistencia y colaboración del ministro de Transportes y Telecomunicaciones , señor Andrés Gómez-Lobo.
Asistieron, además, el señor Benjamín Silva y la señora Carolina Figueroa, padres de la menor Emilia Silva Figueroa.
La comisión estimó apropiado, en atención al hecho registrado hace ya más de un año en la comuna de Vitacura, reflexionar, debatir y legislar para sancionar con mayor fuerza el delito de conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas cuando a raíz de ello se causen lesiones gravísimas o la muerte de una persona.
Como todos recordarán, en aquella oportunidad, a raíz de un fuerte impacto provocado por un conductor ebrio, se causó la muerte de una pequeña de tan solo nueve meses de edad, Emilia Silva Figueroa, quien viajaba en la parte posterior de un vehículo en compañía de sus padres.
A pesar de la gravedad de tal hecho, el autor del delito fue condenado por los tribunales de justicia a dos años de pena remitida y cumplió su condena en libertad.
La sociedad no comprende cómo un hombre que voluntariamente bebió hasta embriagarse, condujo un vehículo y mató a una pequeña de nueve meses, con lo cual destruyó a una familia, no sea considerado por la actual legislación como autor de un delito grave que le impida obtener su libertad.
Aparte de ese dramático hecho, también debe tenerse presente que el año recién pasado hubo que lamentar la muerte de 105 personas en nuestro país como resultado de accidentes de tránsito cometidos por conductores en estado de ebriedad, y de 43, por conductores bajo la influencia del alcohol.
Sin perjuicio de que se avanzó en esta materia mediante el establecimiento de fuertes restricciones para las personas que conducen bajo los efectos del alcohol, lo que se hizo sobre la base de redefinir los niveles de esa sustancia en la sangre para tipificar la conducción bajo la influencia del alcohol y la conducción en estado de ebriedad -0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre-, y de que se legisló al respecto a través del denominado proyecto de ley de tolerancia cero, se advierte que tales medidas todavía siguen siendo insuficientes.
Cabe señalar que el artículo 196 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, aplica igual sanción al manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, ya sea que con ello se provoquen las lesiones establecidas en el número 1° del artículo 397 del Código Penal -lesiones gravísimas-, o se cause la muerte.
Se consideró necesario, entonces, para ambos casos aumentar el rango de la sanción aplicable en un grado, y mantener el monto de la pena pecuniaria y la accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.
En consecuencia, se aceptó en forma unánime la propuesta del mensaje en cuanto a que la conducta pueda ser castigada con hasta pena de crimen: de tres años y un día a diez años, y no solo con pena de simple delito, es decir, tres años y un día a cinco años, como sucede en la actualidad.
Además, se estimó pertinente, como señalé, mantener la pena accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, y hacer aplicable solo parcialmente los beneficios establecidos en la ley N° 18.216, sobre cumplimiento alternativo de penas, por lo que el infractor deberá cumplir, cualquiera que sea la sanción aplicable, un tiempo mínimo de un año privado de libertad.
Se trata de inhibir la conducción de vehículos en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. El principal problema radica en que los autores de ese delito en la actualidad no quedan en prisión preventiva mientras dura el proceso y, finalmente, cumplen una breve condena en libertad, lo que genera una sensación de verdadera impunidad. Ello se debe, fundamentalmente, a lo bajo de la pena asignada al ilícito, esto es, presidio menor en su grado máximo: de tres años y un día a cinco años. Esta sanción, en virtud de la ponderación de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal, puede ser rebajada al mínimo por los jueces, lo que permite a los autores del ilícito recuperar de inmediato su libertad, no obstante la entidad del hecho delictual.
Por ello, se estimó apropiado incorporar un nuevo tipo penal, que se configura cuando quien conduce en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas huye del lugar del accidente sin prestar la ayuda debida, si es reincidente en el mismo delito o si el transporte de personas o bienes lo realiza en forma profesional o es su oficio habitual. La sanción aplicable en este caso es la pena de presidio mayor en su grado mínimo, es decir, de cinco años y un día a diez años, y se margina al hechor de los beneficios establecidos en la ley N° 18.216, sobre cumplimiento alternativo de penas, por lo que deberá cumplir la sanción aflictiva privado de libertad.
Si no se está en presencia del ilícito anterior, o si de la ponderación de las circunstancias agravantes y atenuantes que realiza el juez resulta la aplicación de una pena de presidio menor en su grado máximo, el hechor deberá cumplir un año privado efectivamente de libertad y tendrá derecho a la reclusión parcial nocturna solo por la parte restante del cumplimiento de la pena. En todo caso, el juez no podrá rebajar o aumentar los rangos de sanción definidos en el proyecto, cualquiera que sea la entidad de las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.
Hago presente que la persona que transgreda la pena accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica debe ser sancionada, conforme lo prescribe el artículo 209 de la Ley de Tránsito, con la pena de prisión en su grado máximo, esto es, de 41 a 60 días, y multa de hasta 10 unidades tributarias mensuales; corresponderá al juez su correcta aplicación.
También se abordó la situación de quien conduce bajo la influencia del alcohol, sin estar ebrio, y provoca la muerte de una persona. En este caso, quedó claro que se estaría en presencia de un cuasidelito de homicidio -con una pena de hasta tres años de presidio-, en el que concurriría una circunstancia agravante, cual es conducir en condiciones físicas deficientes.
Por último, la comisión manifestó su aprensión en cuanto a la forma en que se cumplirá lo prescrito en el artículo 1º, número 4), guarismo 4, del proyecto, toda vez que el sistema de monitoreo telemático aún no se implementa a cabalidad, y que no existen al efecto establecimientos penales especiales.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto de ley.
Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).-
Señor Presidente , mis palabras no pretenden ahondar heridas ocasionadas por hechos recientes; pero se hace necesario recordar que el proyecto que hoy nos convoca pudo haber sido ley de la república hace más de un año. Si así hubiese sido, hoy se estaría castigando a muchos conductores ebrios que asesinaron a seres humanos inocentes que esperaban en paraderos o que salían de escuelas, y que hoy no nos acompañan en esta sociedad porque sus vidas fueron terminadas por dichos conductores; se estaría condenando a los conductores ebrios que se dieron a la fuga con una pena que iría de cinco años y un día a diez años, y se estaría sancionando a los reincidentes en el manejo en estado de ebriedad.
Pero esas medidas, plasmadas en su momento en un proyecto de ley, no pasaron de ser palabras, hipótesis o eventualidades, porque, en definitiva, no se convirtieron en ley. La Cámara discutió y aprobó de manera unánime el proyecto presentado en aquel entonces. Sin embargo, fue el Senado -por eso no pretendo ahondar en heridas recientes- el que impidió que se convirtiera en ley de la república. Hay que decirlo con todas sus palabras: hoy ten-dríamos una ley Emilia que sancionaría a los conductores ebrios que matan a personas, a los conductores ebrios que reinciden o a los que se dan a la fuga. Pero no fue así, porque el Senado determinó que las penas que aquel proyecto establecía, que hoy la sociedad reclama y exige para romper con la impunidad, eran demasiado elevadas y no se correspondían con el ilícito que pretendíamos sancionar.
Reitero, hoy contaríamos con una Ley Emilia que sancionaría a esos conductores ebrios que hoy todavía gozan de impunidad. Sin embargo, no es así, no porque la Cámara de Diputados no haya entendido el sentimiento ciudadano; por el contrario, entendió el clamor y la exigencia de la sociedad chilena, y aprobó en dos oportunidades los proyectos de ley presentados con respaldo transversal.
Dicha demanda ciudadana hoy nuevamente se ha plasmado, ahora mediante esta iniciativa de la Presidenta de la República, por lo que agradezco a esta Corporación que haya sabido entender lo que nuestra sociedad nos exigía como parlamentarios.
Además, agradezco a la Presidenta de la República que haya entendido la pretensión ciudadana, que haya hecho suyas las referidas mociones y haya enviado un proyecto de ley mejorado, de acuerdo con la exigencia que se nos impone de aplicar una correcta técnica legislativa, con el ánimo de evitar que se sigan produciendo en el Senado estas continuas dispersiones en el entendimiento -por decirlo suavemente-, dado que nosotros interpretamos la reclamación de la sociedad, pero el Senado no.
La iniciativa en discusión nos permite avanzar de manera relevante en dos materias que la ciudadanía nos pide, a las cuales se refirió el diputado informante señor Gustavo Hasbún . La primera dice relación con la actual sanción. En efecto, la sanción de presidio menor en su grado máximo, que va de tres años y un día a cinco años, impedía que los infractores fueran sancionados algún día con una pena privativa de libertad. Por el contrario, tenían la posibilidad de recuperar su licencia de conducir y de reincidir, es decir, de manejar nuevamente en estado de ebriedad y matar a personas o mutilarlas, o dejarlas con lesiones gravísimas. Además, esa baja pena permitía que el infractor, luego de pasar por un tribunal, quedara en libertad inmediata.
La sensación de impunidad que ello provoca es demasiado grande. La estadística de la Conaset señala que en 2013, 344 compatriotas murieron en accidentes del tránsito causados por conductores ebrios. Esta cifra horrorosa no tiene ninguna explicación.
La denominada ley de tolerancia cero, que bajó los límites de alcohol permitidos en la sangre, es una buena ley, pero le hacía falta una parte. Es así que la presente iniciativa complementa aquella ley al establecer una sanción para los conductores ebrios que ocasionan accidentes con resultado de muerte.
Con este proyecto, de una vez por todas queremos decirle a todo aquel que se embriaga, conduce un vehículo y mata a alguien, que va a ir preso por lo menos durante un año; que la actual pena no va a bajar, por lo que ese conductor quedará privado de libertad durante por lo menos un año.
Esto tiene que saberlo bien la sociedad: no se va a tolerar nunca más a conductores en estado de ebriedad. Con esta iniciativa se acabó definitivamente la impunidad.
En lo personal, no quisiera que esta legislación se aplicara a alguien. No soy partidario de aumentar las penas -sé que no es explicación para nada-; pero creo que en este caso puntual dicho aumento sí va a servir. Por lo tanto, quienes manejen en estado de ebriedad y maten a un ser humano deben saber que la impunidad se acabó, pues irán presos y no quedarán en libertad provisional.
La iniciativa es una gran noticia para nuestra sociedad, para los padres de Emilia, para los padres de Franchesca y para muchas personas que sufrieron al ver cómo sus familiares perdieron la vida en manos de conductores ebrios, que, posteriormente, quedaron en libertad.
El proyecto ha sido estudiado de manera acuciosa. Hemos conversado con todos los sectores para llegar a esta legislación; es lo grandioso de esta iniciativa. Nadie ha quedado fuera, todos han sido escuchados. Hemos dialogado para llegar a una mejor propuesta, que permita, de una vez por todas, sancionar a los conductores ebrios que matan a seres humanos.
Es importante dejar clarísimo desde este hemiciclo a quienes manejan en estado de ebriedad que se acabó la impunidad; si manejan en estado de ebriedad y matan a alguien, quedarán presos. Es una noticia que debemos llevar a todos los lugares de nuestro país. No quiero ningún conductor ebrio en Chile; no quiero que nadie más se suba a un vehículo en estado de ebriedad. Insisto, hay que dejarlo clarísimo y que se sepa en todas partes. De esa forma evitaremos que existan casos como el de Emilia, el de Franchesca y el de tantas otras personas que perdieron la vida en manos de conductores ebrios.
Este es un gran día para nuestra sociedad, pues estamos plasmando en esta legislación el clamor popular que se expresó a través de diversos foros y redes. Estamos ante una muy buena iniciativa; está muy bien pensada y es innovadora, toda vez que el juego de las circunstancias atenuantes y agravantes que puedan concurrir en el hecho nunca implicará que la pena menor fijada para el delito baje. Es decir, la pena no bajará de presidio menor en su grado máximo, esto es, de tres años y un día, ni aun gracias al juego de las circunstancias atenuantes. Esto significa que la pena siempre partirá en tres años y un día. Eventualmente, también hay circunstancias agravantes que servirán para que la pena tampoco baje de cinco años y un día.
Estamos elaborando una legislación que, incluso, puede ser copiada respecto de otras circunstancias y otros ilícitos, toda vez que cambiará la forma de efectuar el juego de las agravantes y las atenuantes, lo que implicará que las personas que cometan un delito grave, como aquel sobre el cual estamos legislando, quedarán privadas de libertad. De esta forma daremos a entender -lo repito, porque quiero que todos lo comprendan más allá de estos muros- que no queremos más conductores ebrios.
Quisiera que nunca se aplicara esta legislación, pero también espero que los ciudadanos entiendan que no deseamos conductores ebrios; eso debe terminar. La cifra de fallecidos por accidentes ocasionados por conductores ebrios es muy alta: 344 personas en un año. Eso no lo puede soportar nuestra sociedad.
Por eso, invito a las honorables diputadas y a los honorables diputados a respaldar esta iniciativa -como lo hicimos anteriormente-, presentada por nuestra Presidenta de la República.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Gustavo Hasbún.
El señor HASBÚN.-
Señor Presidente , como dijo el diputado Hugo Gutiérrez , este proyecto pudo haber sido ley hace mucho tiempo.
Estamos debatiendo un proyecto que perfectamente pudo ser aprobado hace tiempo si en su minuto hubiéramos contado con la voluntad de los senadores. La verdad es que la Cámara entendió muy bien el mensaje de terminar con la impunidad, dado que valoramos y respetamos el derecho a la vida y jamás íbamos a aceptar que un conductor en estado de ebriedad, un asesino al volante, quedara en libertad. Lamentablemente, esa postura no se entendió bien en su momento. Pero ahora estamos discutiendo una iniciativa, originada en mensaje, cuyo objetivo es terminar -como esperamos que ocurra- con la impunidad de quienes al conducir en estado de ebriedad provoquen accidentes de tránsito con resultado de muerte o lesiones graves gravísimas. El proyecto tiene por finalidad proteger a las víctimas de esos cobardes, que son verdaderos asesinos al volante.
Sin duda, en el último tiempo se ha creado algo más de conciencia respecto de esa situación; pero como no basta con la voluntad de algunos para condenar a los que conducen en estado de ebriedad, nos hemos visto en la obligación de elaborar proyectos de ley para sancionar en forma drástica a quienes lo hacen. Ello se debe a que no existe conciencia plena de que un conductor en estado de ebriedad puede causar lesiones graves o la muerte de otra persona. Por lo tanto, esa conducta debe ser penalizada con el máximo rigor de la ley, de modo de terminar con la impunidad.
La iniciativa en debate servirá para cambiar los hábitos, porque sin duda sus disposiciones generarán sensación de temor en los que nunca han respetado la legislación vigente y, de una u otra forma, se han amparado en ella para quedar en libertad, a pesar de que a causa de conducir en estado de ebriedad han provocado lesiones graves o la muerte de una persona.
Por lo tanto, estamos cumpliendo con objetivos clave, como el de velar por el respeto a la vida, terminar con la impunidad, sancionar drásticamente a cobardes que son asesinos al volante y, en especial, impartir justicia, la cual se merecen todos los familiares de las víctimas de ese tipo de violencia.
Si bien la iniciativa en discusión es un avance, no es lo único que se debe hacer. Su propósito es sancionar de manera drástica el delito de conducir en estado de ebriedad y causar lesiones graves o la muerte de una persona; pero en algún momento deberemos debatir respecto de qué penas se deberán establecer para las personas que conducen bajo la influencia del alcohol y cometen el mismo delito. Reitero que se trata de una discusión que deberemos llevar a cabo, porque las penas siguen siendo bajas para los conductores que, bajo la influencia del alcohol, causan lesiones graves o la muerte de una persona. Sin embargo, la premura de aprobar este proyecto de ley no permitió presentar las indicaciones necesarias para lograr su perfeccionamiento.
Hay otra tarea pendiente en materia de control y fiscalización, pero esta compete más bien al Ejecutivo . Para evitar que conductores en esas condiciones de manejo causen lesiones graves o la muerte de personas, deben implementarse medidas mucho más drásticas y decididas, pero para eso Carabineros debe contar con las herramientas y los instrumentos necesarios para llevar a cabo un mejor proceso de fiscalización.
Asimismo, debe existir mayor coordinación entre los tribunales y Carabineros para garantizar el cumplimiento de las penas respectivas. Lo señalo porque algo que podría provocar que este proyecto llegara a ser letra muerta sería la falta de coordinación adecuada entre ambas instituciones. Una mejor coordinación entre ellas permitirá garantizar que los condenados con sanciones drásticas paguen con presidio efectivo y que los organismos policiales fiscalicen de manera permanente a los condenados a la pena accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.
Tal como se lo planteamos al entonces ministro de Transportes y Telecomunicaciones señor Pedro Pablo Errázuriz , así como al actual titular de esa cartera, señor Andrés Gómez-Lobo , respecto de esta materia no solo se requiere sancionar y fiscalizar, sino también educar. En ese sentido, una de las tareas pendientes dice relación con la educación vial, para crear el hábito de la conducción responsable, lo cual requiere que se efectúe una campaña educativa clara y precisa, que permita generar conciencia desde la niñez y la adolescencia. De ese modo, se evitaría la elaboración de proyectos de ley que privan de libertad a la gente y que disponen sanciones drásticas o el control estricto de Carabineros.
El cambio de conciencia y de actitud en la vida no solo depende de un proyecto de ley que sancione en forma drástica a los conductores en estado de ebriedad, sino de la educación, la prevención, el control, la fiscalización y la coerción. Los asesinos al volante, que son verdaderos cobardes, deben ser sancionados con dureza.
El proyecto de ley sometido a nuestra consideración ayudará a terminar con la impunidad y a dar una señal de respeto a la vida; pero es solo el puntapié inicial, porque es parte de una política de Estado que deberemos implementar en el largo plazo. Para evitar la reincidencia se deberá perfeccionar la ley. La sanción establecida en la Ley de Tránsito a quien transgrede la pena accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica es baja: pena de prisión en su grado máximo, esto es, de 41 días a 60 días y una multa de hasta 10 unidades tributarias mensuales.
Deberemos debatir ese aspecto, porque el quebrantamiento de condena tiene una pena bajísima. Es una materia que deberá ser parte de la discusión que tendremos que efectuar para mejorar la legislación. En todo caso, ello debe venir de la mano con mayor educación, con campañas preventivas y con mayor control y fiscalización respecto de la aplicación de la norma; de lo contrario, el proyecto que estamos discutiendo será letra muerta.
Por las razones señaladas, debe existir el compromiso de todas las autoridades de trabajar juntos para el establecimiento de una política de Estado a fin de que nunca más suceda un caso como el de la pequeña Emilia .
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Maya Fernández.
La señora FERNÁNDEZ (doña Maya) .-
Señor Presidente , hace unos días nos enteramos de la trágica muerte de Constanza Lagos, joven magallánica estudiante de derecho que murió atropellada por otro joven, quien conducía bajo la influencia del alcohol. El victimario la habría embestido mientras ella esperaba un taxi en Providencia. Según el relato de quienes acompañaban al imputado, este habría dicho, mientras continuaba su camino hacia un after: “La pasé a llevar nomás. No estoy ni ahí con irme preso”.
Casos como ese y como el de la pequeña Emilia reflejan no solo la irresponsabilidad de quienes al conducir en estado de ebriedad terminan con la vida de una persona, sino también la frialdad con la que actúan con posterioridad a los hechos.
De alguna forma, con el proyecto en discusión estaríamos haciendo justicia a las víctimas. La iniciativa impulsada por el Gobierno recoge las mociones sobre la materia presentadas con anterioridad y el debate parlamentario que acompañó la tramitación de esos proyectos, con el objeto de instaurar mayores penas y de asegurar su cumplimiento efectivo cuando el resultado de la conducción en estado de ebriedad cause lesiones gravísimas o la muerte.
Según la Organización Mundial de la Salud, cada año el consumo de alcohol mata a más de 3 millones de personas en el mundo. En los países de menos ingresos de África, Asia Sudoriental, Latinoamérica y el Caribe, dicho consumo está presente entre el 33 por ciento y el 69 por ciento de los conductores que participan en accidentes con lesiones mortales.
Chile sería el país con menor consumo de alcohol per capita de América Latina, y según la Organización Panamericana de la Salud, uno de los países de Sudamérica con más tasas de muertes producidas por esa razón.
Conacet cifra en más de 4.000 chilenas y chilenos los lesionados en accidentes que involucraron la presencia de alcohol en 2012, los que ocasionaron el fallecimiento de 216 personas. La mitad de esas muertes tuvieron como responsables a conductores ebrios.
En las comunas que integran el distrito que represento, Ñuñoa y Providencia , no son pocos los casos de personas que manejan en estado de ebriedad. El alto número de locales nocturnos y el hecho de que sean comunas de paso se traduce en que gran cantidad de jóvenes y adultos circulan por las calles principales embriagados y sin mayor control ni conciencia de los riesgos que produce su conducta. Según cifras de la Conaset de 2012, Ñuñoa se encuentra en el triste top veinte de comunas con más accidentes de tránsito asociados a la presencia del alcohol.
A priori, me parece que el aumento de penas no es la solución para provocar la disminución de casos como los que aquí discutimos. Sin embargo, la frialdad e irresponsabilidad de quienes cometen este tipo de delitos nos obligan a preguntarnos sobre la necesidad de recurrir a este mecanismo como una de las tantas formas para sancionar y también prevenir.
En este sentido, creo que es necesario hacer una reflexión más profunda respecto de otras medidas que pueden ayudar a esta prevención, no solo produciendo más y mejores campañas comunicacionales de concientización, sino también generando políticas educativas de largo aliento.
La educación vuelve a surgir como un área fundamental para que los jóvenes se sientan incentivados a actuar de manera diferente.
La ley de tolerancia cero significó un avance en esta materia, porque con ello se logró instalar la idea de que el consumo de alcohol y la conducción son derechamente incompatibles. Sin embargo, urgen políticas que puedan llevar esta concepción hacia la base de nuestro sistema educativo, promoviendo un cambio cultural, de manera que las nuevas generaciones consideren esta premisa como incuestionable y no solo como un mandato legal.
De este modo, las políticas públicas orientadas a disminuir el consumo de alcohol y a concientizar sobre lo mismo se vuelven apremiantes, una vez analizadas las cifras respecto del consumo per capita de los chilenos y las chilenas.
Las cifras anteriormente expuestas reflejan una suerte de cultura etílica que debemos cambiar, ya que se advierte el consumo desenfrenado de alcohol, lo que facilita conductas irresponsables al volante.
Por eso, solicito a la honorable Cámara la aprobación del proyecto. Emilia , Constanza y tantas otras víctimas anónimas no pueden seguir esperando. No pueden seguir ocurriendo casos tan trágicos como estos, donde miles de familias y amigos quedan destrozados, tanto por el hecho mismo como por la percepción de impunidad en que quedan los autores de estas conductas con resultado de muerte.
Debemos establecer medidas que apunten a remediar esta situación para los futuros casos. La iniciativa en discusión será un paso fundamental en ese camino.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS.-
Señor Presidente , en ocasiones anteriores he hecho ver la inconveniencia, cada vez que se produce un hecho determinado, de recurrir como fórmula a buscar el artículo respectivo en el Código Penal y, como respuesta, a elaborar un proyecto de ley que aumente las penas para esa acción que constituye una falta o un delito. Digo esto porque no necesariamente se cumple el objetivo que hay detrás de las normas.
El derecho positivo busca por excelencia transformarse en un elemento coercitivo que hace que finalmente determinadas conductas que consideramos inadecuadas dejen de practicarse por parte de los ciudadanos. Sin embargo, muchas veces ha ocurrido que se aumentan las penas -los distinguidos colegas abogados estarán de acuerdo-, pero no se tiene ningún efecto práctico.
No obstante lo anterior, en el seno de la comisión concluimos que estábamos frente a una situación absolutamente distinta, porque estamos hablando de un valor superior, que es la vida.
Lo que estamos diciendo aquí es que la conducta irresponsable de quienes conducen vehículos motorizados en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, ha arrebatado la vida a numerosas personas.
¿Cómo podemos no conmovernos, los que tenemos la bendición de ser padres, con la muerte de Emilia? ¿Cómo podemos no conmovernos con la muerte de otras personas inocentes que han sido víctimas de la irresponsabilidad de alguien? Esto ha ocurrido a pesar de todos los esfuerzos que se han hecho, incluso, con iniciativas de ley como la que despachó el Congreso Nacional, la denominada ley de tolerancia cero, a través de la cual se aumentaron las exigencias y subieron las barreras.
Soy de los que creen que la campaña de tolerancia cero ha tenido éxito. Siento que hay un cambio en la conducta de las personas al volante. Los que tenemos hijos jóvenes vemos que hoy los muchachos ya no salen en auto cuando se van de carrete, porque los padres no se lo permiten, pero también porque ellos se autocontrolan. Con frecuencia, los veo usar taxis o ponerse de acuerdo para que alguien no beba cuando van a salir juntos. Insisto, creo que esa campaña está teniendo éxito. La conducta de los jóvenes ha ido cambiando en forma progresiva.
Espero que la aprobación de este proyecto de ley, que aumenta las penas a aquellos que, por conducir bajo los efectos del alcohol o en manifiesto estado de ebriedad, causen lesiones graves gravísimas o la muerte de personas, permita cumplir en forma efectiva con el rol coercitivo que impone la norma legal. Además, es bueno que la gente entienda que no nos hemos convertido en verdaderos talibanes que decimos “no” a la legítima posibilidad de tomarse un trago o beber cuando se estime pertinente, sino que estamos diciendo un “no” definitivo a la mezcla de beber y conducir. Eso es lo que se sanciona.
Esperamos no volver a lamentar situaciones tan dolorosas como las que he descrito.
Por esa razón, como miembro de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, creo que debemos aprobar, sin más dilación, este proyecto, y espero en Dios que cumpla con los propósitos y objetivos que todos tuvimos en mente a la hora de presentarlo y aprobarlo en esta Cámara, como ocurrió la vez pasada.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor AUTH.-
Señor Presidente , espero que aquí termine un proceso larguísimo, que se inició con la tramitación de la ley de tolerancia cero. En ese entonces, muchos de los miembros de la Comisión, de manera transversal, propusimos elevar las penas en el caso de quien comete el delito de manejo en estado de ebriedad, a causa del cual ocasiona lesiones graves o con resultado de muerte. Sin embargo, el Gobierno nos pidió que retiráramos nuestra indicación.
Luego, a propósito de hechos que conmovieron a la opinión pública, esa voluntad se expresó en un proyecto de ley que fue aprobado ampliamente en la Cámara -prácticamente por la unanimidad de sus miembros-; pero el Senado expresó una opinión distinta, porque consideró exageradas las penas. El proyecto fue a trámite de comisión mixta, donde no se produjo una solución legal que garantizara lo que aspirábamos, es decir, que en todos los casos de muerte de una persona como consecuencia de la conducción de un vehículo en estado de ebriedad, el responsable fuera castigado con prisión.
Debo reconocer que eso solucionaba solo en parte el problema, pero no recogía el principio universal de que quien provoca la muerte de otro ser humano como consecuencia de una actitud irresponsable al conducir bajo en estado de ebriedad, debe ir a la cárcel. A estas alturas, nadie piensa que conducir un vehículo en estado de ebriedad no representa un delito grave que podría acarrear potenciales daños o, incluso, la muerte de personas.
Hoy algo ha cambiado. El Gobierno escuchó y nos propone una solución que garantiza los principios que han animado la lucha que hemos dado en la Cámara de Diputados. A partir de ahora, nadie que cometa el delito en comento, bajo ninguna circunstancia, quedará sin cumplir pena de cárcel, pues se eleva el piso, el rango mínimo de la pena, y se extiende el máximo de la sanción penal. Por consiguiente, aquella persona que irresponsablemente conduzca un vehículo luego de consumir alcohol en demasía, a causa de lo cual provoque la muerte de otro, recibirá como mínimo la pena de tres años y un día. Por más atenuantes que tenga, no podrá evitar por lo menos un año de cárcel.
Además, se crea un tipo calificado en relación con la comisión de este delito en los siguientes casos: reincidir en la conducción bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, ser conductor profesional en el transporte de personas y fugarse del sitio del accidente y no prestar ayuda a la víctima. De concurrir alguna de dichas circunstancias, al autor del delito se le impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo, esto es, cinco años y un día a diez años.
En consecuencia, los conductores de vehículos motorizados deberán estar enterados de que la ley en proyecto se orienta no solo a sancionar, sino a evitar el doble dolor de las víctimas y de sus familiares, quienes, al poco tiempo, ven nuevamente tras un volante a quien provocó la pérdida del hijo, del padre, del abuelo o del hermano.
Para que los potenciales infractores estén al corriente de todo esto, pedimos al Gobierno que haga difusión de la ley, pues una cosa es aplicarla y otra muy distinta, que ayude a modificar conductas. Debemos motivar el cambio de conducta. Para tal efecto, todo Chile debe saber que nadie que cometa el delito de conducir un vehículo en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol o de sustancias psicotrópicas, se librará de ser sancionado con cárcel. Asimismo, en el caso de quienes deseen reincidir, es bueno que sepan que deberán pasar varios años en la cárcel.
Aquí estamos completando un ciclo. Primero legislamos para castigar con mayor severidad la irresponsabilidad de subirse a un vehículo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, y bajamos los umbrales en relación con la consideración de cuándo se trata de conducción bajo los efectos del alcohol, y cuándo, en estado de ebriedad. Pero el complemento es la sanción para quienes, a pesar de conocer las consecuencias que puede tener el hecho de conducir en esas condiciones, provocan accidentes con resultado de muerte o de lesiones graves gravísimas.
Aquí se dijo que el número de muertes como resultado de esa conducción irresponsable alcanzaba la cifra de 344 al año. Es decir, durante el 2013 fue asesinada prácticamente una persona cada día por un conductor en estado de ebriedad. Es muy posible que buena parte de ellas no habría fallecido si el Senado hubiera aprobado el anterior proyecto de ley en esta materia tal como salió de la Cámara. Tal vez, algunas de esas personas habrían fallecido de todas maneras, pero no habríamos provocado la profundización del dolor en aquellas familias que han visto en libertad y circulando por las calles de Chile a los asesinos de sus seres queridos. Esa es una de las razones por las cuales debemos aprobar la iniciativa: para terminar con ese dolor.
Por eso, me parece espectacular que el Gobierno haya conseguido el respaldo de los senadores que el año antepasado se opusieron al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, pues podremos aumentar definitivamente las sanciones penales a quienes cometen esta irresponsabilidad gravísima, que equivale a disparar una escopeta en medio de la noche, sin saber cuántas víctimas inocentes van a morir.
Por lo tanto, la bancada del PPD va a aprobar con entusiasmo este proyecto de ley. Esperamos que esta vez el Senado ratifique lo que obre la Cámara de Diputados.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb.
El señor RATHGEB .-
Señor Presidente , el 80 por ciento de los delitos que se cometen en nuestro país involucra el consumo de alcohol y de drogas. Así sucede en los casos de violencia intrafamiliar o en la conducción de un vehículo en estado de ebriedad con resultado de lesiones o de muerte. En el mismo delito de lesiones, muchas veces está involucrado el consumo de alcohol o de drogas. Para qué hablar de los delitos de hurto y de robo, muchos de ellos cometidos con la finalidad de obtener recursos para comprar alcohol o drogas. Lo mismo sucede con otros ilícitos. Quizá uno de los que escape a esta regla sea el de estafa, pero, en general, alrededor del 80 por ciento se relaciona con el consumo de alcohol y de drogas.
Por otro lado, alrededor del 90 por ciento de las personas que cometen delitos no saben cuáles serán sus consecuencias. En primer lugar, ignoran las consecuencias punitivas, penales, la sanción traducida en cumplimiento de penas de cárcel, en restricción de derechos. Para qué hablar de la sanción social que significa esto, debido a la cual muchos jóvenes quedan impedidos de postular a algún trabajo, a las instituciones armadas, etcétera, porque en sus antecedentes penales y extracto de filiación aparecen sus anotaciones prontuariales.
Esta ley en proyecto, que votaré favorablemente, intimida, amedrenta, pero eso no es suficiente. Como señaló algún colega en esta Sala, falta la difusión, la educación, y también el control y la fiscalización, para que este tipo de hechos no siga ocurriendo. Pero además se requiere la coordinación entre las fiscalías, los tribunales y las policías, con un registro de las medidas cautelares al cual puedan acceder las policías y los juzgados de garantía y de policía local. Si esto no se cumple, todas las medidas cautelares y las sanciones que se establecen pasarán a ser letra muerta.
Cuántas veces sucede que personas que están con sus licencias suspendidas o tienen alguna medida cautelar, son sorprendidas conduciendo un vehículo en estado de ebriedad o son controladas por no haber respetado un disco “pare”, un “ceda el paso” o una luz roja. Sin embargo, pasan al juzgado de policía local sin que el funcionario policial que las fiscalizó conociera que están con su licencia suspendida o retenida. Por lo tanto, en esos casos las medidas cautelares se convierten en letra muerta.
Por lo tanto, junto con anunciar mi aprobación a este proyecto, espero que algún día el Ejecutivo establezca un registro de medidas cautelares que sea público y de fácil acceso para las policías y los juzgados, de manera que en nuestro país no se siga cometiendo el delito de conducción en estado de ebriedad, que ha causado tantas muertes y que seguirá ocurriendo si no existe una fiscalización adecuada. Asimismo, es necesario educar y hacer difusión de esta materia y que todos trabajemos juntos para que el alcohol no siga gatillando la comisión de este delito en nuestro país.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, espero que este proyecto de ley esta vez sí pueda convertirse en realidad, porque puedo apreciar que existe transversalidad.
Como una vez más el Senado modificó radicalmente lo aprobado por la Cámara de Diputados, el anterior proyecto de ley denominado “Emilia” no pudo llegar a buen final, porque nadie estuvo dispuesto a permitir que esa iniciativa, tan bien inspirada, se convirtiera en un simple saludo a la bandera.
Hoy no sucederá lo mismo, porque por lo menos la mitad de los miembros del Senado se ha renovado, y las conversaciones realizadas con los senadores me permiten asegurar que este proyecto será aprobado por unanimidad.
Por eso, esta estudiosa Cámara de Diputados se siente con más fuerzas para discutir este proyecto; se siente representada y las intervenciones que hemos escuchado así lo demuestran. Además, es lo que desea el Ejecutivo , porque el proyecto es de iniciativa presidencial y está inserto en una política de Estado. De manera que vamos por el camino que todos hubiéramos querido seguir hace muchos años.
Respecto del fondo, no es necesario abundar demasiado para darse cuenta de la importancia del proyecto. Son miles las personas que cada año resultan lesionadas y muertas a causa de personas que conducen un vehículo en estado de ebriedad. Esta situación no es una excepción, sino una realidad concreta, respecto de la cual debemos reaccionar en términos legales. Es lo que hoy estamos haciendo.
Hace un par de años se despachó la ley llamada tolerancia cero, que aumentó las penas para quienes condujeran un vehículo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. Si bien esa ley había logrado mayor abstinencia de los conductores que beben, hoy es prácticamente una ley más, un poco olvidada. Nos olvidamos del alcotest, ya no está en las noticias, a pesar de que aún hay un número importante de conductores que sigue bebiendo y provocando accidentes, con lamentables resultados para personas inocentes que han sido víctimas de su irresponsabilidad. Es lo que pretendemos corregir. Por otra parte, el parque de automóviles sigue aumentando, con lo cual también aumentan las posibilidades de accidentes, lesiones y muertes.
Por eso, debe terminar la impunidad y deben desaparecer los defensores de los males causados, esos que rasgan vestiduras y dicen que quien causó el accidente es inocente. La tragedia de la pequeña Emilia no se ha olvidado, y el homenaje que le rendirá esta Cámara será la aprobación de este proyecto de ley por unanimidad.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente , honorable Sala, estamos discutiendo un proyecto que envió la Presidenta de la República , recogiendo el clamor de esta Corporación y de los ciudadanos, lo que, sin duda, nos empuja derechamente a evitar la conducción de vehículos por personas que hayan ingerido alcohol o drogas.
En todas las regiones de Chile, muchas familias han sufrido la pérdida de un ser querido. Es el caso de Emilia y de la pequeña de Punta Arenas, que también perdió la vida por la acción de una persona que conducía bajo la influencia del alcohol y en forma absolutamente irresponsable.
Lo que hoy estamos haciendo es reponer una moción de diversos diputados, entre otros, el diputado Gustavo Hasbún , que presentaron aquella iniciativa por considerarlo un deber y una forma de evitar que situaciones tan dramáticas como las que todos conocemos volvieran a ocurrir.
El proyecto propone aumentar la pena de tres años y un día hasta diez años, no hasta cinco años como la que estaba vigente. Además -esto es lo más importante-, se establece como pena accesoria la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica. Sin embargo, creo que esta disposición será letra muerta si no solicitamos a quienes efectúan control preventivo del tránsito, en este caso, Carabineros de Chile, una acción fiscalizadora, especialmente durante las noches, porque todos hemos sido testigos de la forma en que algunas personas, independientemente de su edad, manejan entre las cero, una, dos, tres y seis horas de la madrugada, completamente ebrias, sin que tengan noción de la realidad.
Es más, en mi región, desde hace tres años hasta marzo del presente año, se había recurrido a la práctica de utilizar un camión-ambulancia para tomar muestras con el alcotest. Se hacía en forma intermitente, y no solo fue bien recibido, sino que se obtuvieron estupendos resultados. Pues bien, debido a que se terminó con esa práctica, lamentablemente los índices de las personas que conducen en estado de ebriedad han vuelto a subir.
Entonces, es necesario no solo aplicar lo que dispone la ley, sino hacer las fiscalizaciones correspondientes, no necesariamente a las 10 o a las 17 horas -por ciento, también se pueden hacer a estas horas-, sino en los horarios más propicios para prevenir este mal.
Existe otro problema que también es bueno mencionar. Hoy, tenemos el alcotest, pero carecemos de los instrumentos que permitan probar la ingestión de drogas. Se ha hablado de narcotest, pero no sabemos si este instrumento existe, si se puede utilizar, si está en poder de nuestras policías. Creo que es tiempo de pedir que, junto con la aprobación de esta iniciativa legal, Carabineros cuente con los instrumentos necesarios para llevarla a la práctica.
Quiero plantear un tema adicional. Cada vez más a menudo nos encontramos con la siguiente situación: la huida del conductor después de ocurrido el accidente. Por eso, resulta muy difícil probar que manejaba en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol o de las drogas
Por lo tanto, el mensaje que estamos dando es muy positivo, pues tendrá una sanción mayor aquella persona que, bajo la influencia del alcohol, huya del lugar del accidente y no preste ayuda a la víctima, o bien sea reincidente.
Es absolutamente necesaria esta propuesta que la Presidenta de la República ha recogido de la ciudadanía y de los diputados que antes habíamos aprobado un proyecto que contemplaba sanciones más duras, pero que lamentablemente el Senado, por razones que desconozco, rechazó. Espero que en esta oportunidad los senadores entiendan que estamos frente a una legislación necesaria, frente a una demanda ciudadana del todo razonable, que no tiene ni un solo viso de color político y que, por el contrario, lo que hace es apuntar a mantener la vida de la gente inocente de nuestro país.
Por todas estas razones, la UDI apoyará con fuerza y entusiasmo este proyecto.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señorita Daniella Cicardini.
La señorita CICARDINI (doña Daniella).-
Señor Presidente , ha pasado alrededor de un año y siete meses desde que nuestro país se viera conmovido e impactado por la muerte de una pequeña niña de tan solo nueve meses, luego de que un hombre que conducía con 1,9 gramos de alcohol por litro de sangre impactara con su vehículo al que conducía su padre frente a la municipalidad de Vitacura.
Tras esa terrible desgracia, el país fue testigo del inmenso dolor de esos padres, que vieron partir a su pequeña hija de manera tan prematura debido a la irresponsabilidad de un conductor; pero, además, pudimos ver cómo ellos transformaron ese dolor en fuerza para luchar por la aprobación de una nueva ley, que inicialmente llevaba el nombre de su hija: “ley Emilia”. Dicho proyecto de ley buscaba aumentar las penas para quienes conducían bajo la influencia del alcohol. Lamentablemente, esa iniciativa no prosperó y nos quedamos sin una ley que sancionara adecuadamente a conductores inconscientes, que salen a las calles a causar la muerte de otros, de sus propios acompañantes o de ellos mismos.
En el tiempo que ha transcurrido desde el fatal accidente de Emilia, han seguido ocurriendo otros cientos de muertes debido a la nefasta mezcla de alcohol y conducción. Los causantes de esas tragedias, a juicio del sentido común y de la sociedad, no han recibido la sanción adecuada y ejemplar que merecen por su irresponsabilidad. En Chile, el alcohol está presente en dos de cada diez accidentes fatales. En 2013, más de 4.700 accidentes fueron causados por conductores que manejaban bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. A causa de ellos resultaron 148 personas fallecidas y 475 personas con lesiones graves.
Afortunadamente, hoy tenemos una gran oportunidad para entregar herramientas a la justicia, que tanto demanda nuestra sociedad, porque hemos visto reiteradamente y en relación con varios temas, cómo a la hora de interpretar las leyes y las normas, los jueces señalan que se encuentran limitados a juzgar según la letra ante ellos. Espero que a partir de esta discusión tengamos una ley que provoque que los conductores lo piensen dos veces antes de ponerse frente a un volante cuando han bebido alcohol. Reitero, esperamos generar conciencia para que las personas no cometan la imprudencia de tomar el volante cuando tienen alcohol en su organismo, y, en caso de que sí lo hagan, que sean responsables de las tragedias que provocan -como la muerte de la pequeña Emilia Silva - y reciban su justo castigo.
Con el sencillo acto de ponerse al volante se asume una enorme responsabilidad no solo sobre nuestra vida, sino también de la de quienes nos acompañan, e incluso de las personas que circulan en otros automóviles o que lo hacen como peatones. Es un gran peso sobre los hombros de quienes decidimos libremente las ventajas y los derechos, pero también los grandes deberes que acarrea conducir un automóvil.
Todos sabemos que si al exceso de velocidad agregamos el consumo de alcohol, tenemos una mezcla fatal. Hemos avanzado, pues uno de los principales aspectos que tiene esta iniciativa es sancionar la conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte o lesiones graves, y aumentar las penas en el caso de conducción en estado de ebriedad cuando se ocasionen lesiones graves gravísimas o la muerte de terceros. También se crea un nuevo delito cuando se produce la huida del lugar o la reincidencia.
Es necesario generar políticas públicas para prevenir situaciones como esta y complementarlas con otras medidas, como la elaboración de planes integrales de educación de tránsito, que ojalá puedan ser impartidas desde muy temprana edad.
Por otro lado, se debe revisar el modo de otorgar las licencias de conducir y establecer un sistema más exigente que contemple mayores requisitos, para así tener conductores más responsables. Además, en el contexto internacional se aplican, entre otras medidas, la restricción en el horario de expendio de bebidas alcohólicas, la existencia de tarifas preferenciales en taxis durante ciertos horarios y el fomento de programas de conductores asignados.
Hemos avanzado y estamos dando un gran paso, por lo que votaré a favor el proyecto, pero estimo que este debe ser acompañado de una educación orientada a la prevención, que espero se produzca en el corto plazo para no seguir conociendo casos de irresponsabilidad en que se conduce un vehículo bajo la influencia del alcohol.
He dicho.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Arriagada.
El señor ARRIAGADA .-
Señor Presidente , siempre en los discursos que se pronuncian en la Cámara pareciera que se aplicara la lógica de lo políticamente correcto, sobre todo cuando hay personas en las tribunas que vienen con el interés de que se vote lo que a ellos les importa. Naturalmente, votaré a favor este proyecto, pero quiero decir que impresiona aprobar iniciativas de ley que son políticamente correctas, pero que contradicen la lógica. Reconozco también que no somos capaces de poner todos los temas sobre la mesa, como corresponde.
En 2014 ingresarán 300.000 vehículos al país, los cuales vienen a sumarse a los 500.000 que se internaron el año pasado.
Quienes viajamos todos los días de Santiago a Valparaíso, vemos al costado de la carretera miles de vehículos estacionados de las grandes empresas importadoras de automóviles. Digo esto, porque durante el primer trimestre de este año se vendieron más de 90.000.
En los países desarrollados, cuando los vehículos envejecen y cumplen su vida útil, su tenencia pasa a ser pieza de colección, y para los dueños se encarece su mantención. En Chile, eso sería imposible, porque los vehículos viejos están ligados al mercado a través de las personas de menos recursos, quienes de esa manera pueden acceder a uno más barato. En concreto, la dotación completa de vehículos viejos junto con los modernos, convive en una infraestructura vial absolutamente saturada.
¿A quién debiéramos condenar: a un conductor irresponsable que produce consecuencias de muerte al conducir bajo los efectos del alcohol o a un Estado que importa buses tipo oruga para el Transantiago, a sabiendas de que hay calles y avenidas que no tienen las condiciones necesarias para su circulación?
En distintas ciudades se ha hecho habitual ver bicicletas llenas de flores, de peluches, que reflejan que en ese lugar murió una persona víctima de ese medio de transporte público.
Quiero contar que, hace poco tiempo, en Departamental, en el paradero 12 de Santa Rosa, a uno de mis asesores un bus del Transantiago le mató a su señora y a su hermana. Por otra parte, hace pocos días las noticias señalaban que en la calle Yungay con Las Industrias un bus del Transantiago mató a un ciclista. La consecuencia de muerte es la misma, sea que se conduzca bajo los efectos del alcohol o en condiciones físicas normales.
¿Por qué estamos estudiando esta iniciativa, sin expresar que Chile carece de una ingeniería de tránsito que habilite la infraestructura vial, las señales de tránsito y la instalación de semáforos en los lugares que corresponde?
Cuando se construye un mall, una infraestructura que altera el marco de las comunas y de la ciudad, pueden pasar meses, hasta un año, y se conservan las mismas señales de tránsito que existían antes de su construcción. Así ha ocurrido en Estación Central, en Providencia, en distintas partes donde se han construido grandes supermercados.
Es importante reconocer que no tenemos la infraestructura vial adecuada y que el Estado no se hace responsable de ello.
Es inimaginable para este Parlamento pensar que debiéramos regular la cantidad abrumadora de vehículos que generan inmensos tacos en las ciudades, no solo en Santiago, lo que provoca grandes problemas de tránsito, caos peatonal y daño a la salud mental de la población.
La existencia de vehículos antiguos que circulan por las calles nos da cuenta de que se encuentra pendiente una auténtica fiscalización a las plantas de revisión técnica, las que deben garantizar que esos vehículos reúnan todas las condiciones para ello.
Otros colegas han mencionado la trascendencia que tiene la generación de una verdadera normativa exigente para la entrega de licencias de conducir. Sin embargo, los municipios carecen del número adecuado de profesionales en ingeniería de tránsito para aportar al mejoramiento de esta situación. Tampoco tienen la dotación suficiente las direcciones de tránsito. Más bien se abocan a la entrega de permisos de circulación y licencias de conducir.
Este proyecto de ley está marcado por la iniciativa del Congreso Nacional y también de la familia, que ha sido perseverante en reclamar justicia. Pero debemos dejar sentado que su dolor también es el de muchos otros chilenos, como los ejemplos que cité.
Sería importante que, junto con la aprobación de la iniciativa, el Parlamento conociera de la voz de los ministros de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones, y de Vivienda y Urbanismo las medidas para abordar situaciones como las que mencioné el otro día respecto del Metro. Se da el caso de que en las comunas periféricas sus estaciones salen al interior de las vías principales, y no como ocurre en la zona oriente.
Asimismo, sería relevante saber qué medidas tiene el Ministerio de Transportes para mejorar efectivamente las condiciones en que se desarrolla el trabajo del Transantiago. Hace poco tiempo nos estremecimos con la noticia de que un dirigente sindical se quemó para decirle al país que no tenían baños, que no se les respetaba el horario laboral, que no tenían paraderos ni comedores para comer de manera decente. Esto sucede con el Transantiago, provocador de gran cantidad de accidentes.
Votaremos en forma respetuosa ante el dolor de las familias. Pero también debemos dejar establecido que hay una tarea pendiente, un desafío para los ministerios, por cuanto les corresponde enfrentar esta situación con visión de país.
¿Cuándo Chile será capaz de reclamar que no tiene la vialidad suficiente para la locura del consumo de automóviles, que este año sumará 300.000 más, y el próximo, otros 400.000? Debido a esto, no sé a qué velocidad se podrá circular por las calles de Santiago.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez.
El señor PÉREZ ( don Leopoldo).-
Señor Presidente , como miembro de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, quiero decir que me sumo a los planteamientos de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra.
Hoy estamos por aprobar una iniciativa sobre una materia que ya había sido tratada en este hemiciclo, pero que, por diferentes motivos, en el Senado no logramos tramitar cabalmente. Por fortuna, el Gobierno envió las indicaciones correspondientes y consensuó el proyecto con la Cámara Alta, para que su tramitación tenga la rapidez que requiere.
Tal como lo han manifestado algunos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, esta futura ley será letra muerta si no va acompañada de una serie de acciones o de políticas públicas, sean leyes o no, que refuercen lo que está detrás de esta legislación.
Ya se cuenta con la ley de tolerancia cero, que busca desincentivar la conducción de automóviles o vehículos motorizados en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol. El proyecto en debate viene a crear una figura penal distinta, con el objeto de que la justicia pueda aplicar las penas que se requieren para los irresponsables que insisten en conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes.
Para cerrar este ciclo, el Estado debe fortalecer las campañas de información a toda la ciudadanía, en particular a los jóvenes, que pertenecen al grupo más vulnerable a este tipo de accidentes, por lo cual requieren mayor educación vial en el sentido de la responsabilidad.
Entendemos que no se le puede cambiar el switch a una persona mediante una ley si le decimos que, a partir de su promulgación, no debe beber si va a conducir, y viceversa. Por lo tanto, junto con educar e informar a la ciudadanía, de una vez por todas deberíamos regular de manera más estricta el otorgamiento de licencias de conducir, como sucede en los países desarrollados, donde el número de vehículos motorizados que circula por las calles ha aumentado en forma exponencial, fenómeno que también estamos viviendo en nuestra sociedad. Eso pasa necesariamente por apoyar más a nuestros municipios, ya que no cuentan con las capacidades técnicas adecuadas. Además, nuestra legislación es bastante feble, por decir lo menos, respecto del otorgamiento de licencias.
En consecuencia, para que el proyecto en debate no termine siendo letra muerta, debemos acompañarlo con otras medidas, con otras políticas que refuercen lo que todos queremos: un cambio de conducta en la ciudadanía, ya que, por muchas leyes que dictemos, si la gente continúa conduciendo bajo los efectos de las drogas o del alcohol, seguiremos lamentando accidentes como los que se han mencionado en este debate.
La bancada de Renovación Nacional apoya esta iniciativa, tal como hizo con el proyecto anterior. Esperamos que las muertes por accidentes ocasionados por quienes conducen bajo la influencia del alcohol empiecen a disminuir una vez que entre en vigencia esta futura ley.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Boric.
El señor BORIC.-
Señor Presidente , por regla general estoy en desacuerdo con aumentar las penas, pues las causas del delito no se combaten con más represión estatal.
No es menor lo que discutimos cuando nos proponemos aumentar las penas. Cabe preguntarse cuál es el sustento moral de la práctica punitiva del Estado y, en ese marco, cuál es la función que le otorgamos a la pena. Son debates con una larga tradición en el Derecho Penal y en la Filosofía del Derecho, que no pueden ser pasados por alto.
Hay quienes ven la pena como un castigo; otros argumentan que cumple un rol educador de la sociedad, como un todo, o del individuo que delinque, en particular. Es un debate importante, porque busca responder la pregunta que está detrás de leyes como esta: ¿Qué pretendemos al aumentar las penas? ¿Castigar o prevenir?
La semana pasada, como ya se recordó acá, fue atropellada Constanza Lagos, magallánica de 23 años, estudiante de derecho, mujer radiante, de contagiosa alegría. El conductor, Cristián Pinochet Contreras , escapó cobardemente. La Cony murió en brazos de un amigo cuando era trasladada a un hospital. Vi el dolor de sus amigos, pero no puedo siquiera alcanzar a imaginar el dolor de sus padres.
Si hay algo claro en el debate de este proyecto es que no queremos más irresponsables como Cristián Pinochet , como Martín Larraín o como quien atropelló a Emilia Silvia Figueroa . ¡No más!
También debemos preguntarnos: ¿Sirve esta futura ley para los fines que pretende cumplir? Como señalé al comienzo de mi intervención, parece ser que el objetivo es que casos como los mencionados no vuelvan a ocurrir; así se desprende de las intervenciones anteriores y de la discusión que se dio en la Comisión, salvo, quizá, la opinión de la diputada Daniella Cicardini . El objetivo sería prevenir, evitar que estas conductas se repitan.
Entonces, pregunto nuevamente: ¿Sirve este proyecto de ley? La respuesta es que depende; depende de cuán en serio nos lo tomemos. Como dijo el diputado Leopoldo Pérez , si no me equivoco, depende de cada uno de nosotros, de nuestras actitudes individuales y de lo que hagan los poderes del Estado a través de sus órganos dependientes para la difusión de lo que hoy aprobemos.
Siguiendo esa lógica, creo que el aumento de la pena de tres años y un día a diez años, manteniendo las penas accesorias de multa e inhabilidad perpetua para conducir, no es desmedido, pues se asemeja a la penalidad asignada al resto de los delitos de las mismas características. Si bien, como mencione al comienzo, por regla general no estoy de acuerdo en aumentar las penas, creo que en este caso sí se justifica.
Asemejar este delito con otros delitos de las mismas características no es algo menor, porque la proporcionalidad con que nuestro ordenamiento penal castiga la vulneración de ciertos bienes jurídicos protegidos es muchas veces absurda. Así, la propiedad privada pareciera valer más que la vida misma. Pero el dolor que sentimos cuando suceden tragedias como las descritas no nos puede cegar en nuestro deber de legislar considerando todos los factores para resguardar los derechos de quienes se vean involucrados en los efectos de las leyes que emanan del Congreso Nacional.
En ese sentido, me parece peligroso que comiencen a proliferar reglas especiales para la determinación de la pena, como sucede con lo que propone el numero 3) del artículo 1°, sobre todo si su fin es eliminar la posibilidad de aplicar circunstancias atenuantes.
Tampoco tengo certeza de que sea justificable la modificación que introduce el artículo 2° del proyecto a la letra b) del artículo 15 de la ley N° 18.216, solo para este caso, pues exige requisitos no menores para la aplicación del beneficio de la reclusión nocturna. Si creemos que hay que modificarlo, habría que hacerlo de manera sistémica, no solo para este delito en particular.
De lo que tengo certeza es de que sí puede tener sentido la modificación que introduce el artículo 3° del proyecto al artículo 149 del Código Procesal Penal, para permitir que el Ministerio Público pueda apelar verbalmente de la resolución que niega la prisión preventiva, manteniendo al imputado privado de libertad mientras la corte de apelaciones respectiva resuelve sobre el recurso. Ello puede tener sentido, porque equipara el delito que nos ocupa con el homicidio y otros crímenes de similares características. Sin embargo, resulta complejo legislar con ese espíritu, esto es dejar a un imputado en prisión preventiva por un cuasidelito de homicidio si existen los requisitos para no aplicar esa medida.
En conclusión, votaré a favor el proyecto, pero he pedido votación separada de algunos artículos.
Hay que aumentar las penas a quienes, irresponsablemente, conducen en estado de ebriedad y le quitan la vida a una persona o le causan daño irreversible. Hago un sentido llamado a los jóvenes, a mis amigos, a todos quienes creen que un par de piscolas dan lo mismo. Muchos hemos debido llamar la atención a algún amigo cuando se encuentra en esa circunstancia. Con mucha fuerza hay que decir basta, porque en cada uno de esos actos se juega la vida de una Emilia, de una Constanza. Muchas personas han fallecido, con el consiguiente dolor inimaginable que se causa a cercanos, a familiares y a padres, por la irresponsabilidad de quienes dijeron que una o dos piscolas, o lo que fuera, daban lo mismo. Conciencia es lo que pedimos, y por eso legislamos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.-
Señor Presidente , anuncio mi voto favorable a la iniciativa. Me parece muy bien que la Presidenta Bachelet haya asumido con liderazgo un tema tan sensible y tomado la decisión de enviar un proyecto de ley que establezca una fórmula razonable a fin de terminar con la impunidad del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, de lesiones graves gravísimas o incapacidad para trabajar.
Pido que no sigamos dilatando el despacho de este proyecto, sino que lo aprobemos hoy y lo enviemos al Senado. Pongo énfasis en este punto porque el informe de la Comisión Mixta fue rechazado el año pasado, pese a que había sido consensuado por senadores y diputados. Algunos diputados concurrieron con su voto favorable para aprobar el informe en esa instancia, pero cambiaron su voto en la Sala y finalmente lo rechazaron. El único resultado fue dilatar la aprobación del proyecto.
En cuanto al contenido del proyecto, el artículo 1º es igual al aprobado por la comisión mixta el año pasado. El número 1) de esa disposición señala:
1) Sustitúyese el inciso tercero del artículo 196 por el siguiente:
“Si se causaren algunas de las lesiones indicadas en el artículo 397 Nº 1 del Código Penal o la muerte de una o más personas, se impondrán las penas de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de ocho a veinte unidades tributarias mensuales, además de la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.”. Lo único que cambia en relación con lo dispuesto el año pasado se refiere al monto de la multa, que el proyecto rechazado fijaba entre veinte y cincuenta unidades tributarias mensuales.
Respecto de la incorporación de un inciso cuarto, nuevo, al artículo 196, el informe de la comisión mixta evacuado el año pasado consignaba lo mismo que el emanado de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, que se encuentra en debate, esto es que al autor del delito previsto en el inciso tercero del artículo 196 se le impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo y multa de ocho a veinte unidades tributarias mensuales, además de la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica si concurriere alguna de las circunstancia agravantes que allí se indican.
Tampoco existen diferencias en cuanto a la redacción de los artículos 196 bis y 196 ter. El único cambio se consigna en el número 4.- del número 4) del artículo 1°, que señala que el juez solo podrá ordenar la sustitución de la pena por la de reclusión parcial nocturna en el domicilio del condenado cuando, previo informe favorable de factibilidad técnica de su imposición, sea posible establecer como mecanismo de control de la misma el sistema de monitoreo telemático; de no ser así, deberá ordenar su ejecución en un establecimiento penal especial.
Me parece bien que el proyecto avance en esa sustitución. El sistema de monitoreo telemático fue una medida alternativa de cumplimiento de pena impulsada por el Ministerio de Justicia. Sin embargo, todos sabemos que fracasó la licitación para llevar a cabo ese cumplimiento alternativo de pena, señalado en su momento como de vital importancia respecto de personas condenadas por abusos sexuales, ya fuera como pena accesoria o también como medida cautelar. La iniciativa en debate establece que de no ser posible la implementación de ese sistema, el juez deberá ordenar la ejecución de la pena de reclusión parcial nocturna en un establecimiento penal especial.
Me alegro de que la Presidenta de la República , a través del Ministerio de Justicia, haya resuelto estas discrepancias con el envío de un nuevo proyecto. De este modo, se contará con una pena privativa de libertad efectiva para delitos de esta naturaleza.
Respecto del debate de fondo, he escuchado a varios colegas señalar que no están de acuerdo con el aumento de penas, con excepción de los delitos consignados en este proyecto. Señor Presidente , siempre debemos estar abiertos a perfeccionar el Código Penal. Lo señalo porque en su momento muchos se opusieron a aumentar las penas relacionadas con el delito de secuestro, que afecta bienes jurídicos protegidos, como la propiedad y la libertad.
Repito, por regla general, siempre debemos estar abiertos a modificar y a perfeccionar el Código Penal, que data del siglo XIX. Hay muchas figuras penales no contempladas por el legislador de aquella época. Por ejemplo, ayer la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara -felicito a esa instancia- perfeccionó el proyecto que sanciona el delito de secuestro exprés, cada vez de mayor ocurrencia en nuestro país. Ese ilícito no afecta el bien jurídico de la propiedad, pero sí el de la libertad.
Todos estamos de acuerdo en relevar al máximo el bien jurídico de la vida. En tal sentido, soy coautor de un proyecto cuyo principal impulsor fue el entonces diputado Jorge Burgos , hoy ministro de Defensa Nacional . La iniciativa aumenta la pena del delito de homicidio simple. Ello es fundamental, por cuanto existe una inconsistencia entre la pena asignada a ese delito y la impuesta a otros que afectan la propiedad. Repito, queremos relevar el valor de la vida en el marco de las prioridades de protección jurídica del Código Penal.
Votaré favorablemente la iniciativa. Felicito al Ejecutivo por haber entregado una solución equilibrada y racional a la sanción de este delito tan grave. Por último, hago un llamado al Congreso Nacional a tener consistencia respecto de proyectos de ley de similar naturaleza.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente, me resulta muy grato aprobar hoy este proyecto de ley.
En nombre del Partido Radical agradezco a la bancada del Partido Comunista y a la Izquierda Ciudadana haber permitido ser uno de los diputados patrocinantes del primer proyecto presentado sobre esta materia, bautizado como Emilia, en recuerdo de la niña Emilia Silva Figueroa. Ella es el símbolo del dolor vivido por miles de personas que han debido soportar el fallecimiento de seres queridos debido a la irresponsabilidad de conductores que manejaban sus vehículos en estado de ebriedad.
La iniciativa busca reparar en parte el dolor sufrido por miles de personas que han perdido a familiares en las circunstancias que describe el proyecto. Junto con ello, la iniciativa persigue prevenir y, en lo posible, disminuir las muertes provocadas por el manejo en estado de ebriedad.
Durante los últimos años se constata una fuerte disminución de fallecidos como consecuencia de la conducción en estado de ebriedad. Así, en 2010 fallecieron 202 personas; en 2011, 205, y en 2012, 148. También se registra una merma en materia de lesionados graves.
Por un lado, el proyecto sanciona a quienes produzcan dolor debido a su irresponsabilidad, y, por otro, se erige en un mecanismo para disminuir estas situaciones tan trágicas y dolorosas para miles de personas.
Debemos agradecer a la Presidenta de la República y a sus ministros el hecho de enviar este proyecto al Congreso Nacional. Como han señalado los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, debemos aprobarlo lo más pronto posible, de tal forma que en breve plazo se convierta en ley de la república.
El proyecto establece que a quien causare algunas de las lesiones indicadas en el número 1 del artículo 397 del Código Penal o la muerte de una o más personas, se le impondrán las penas de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo -en este último caso va de cinco años y un día a diez años-, y deberá permanecer privado de libertad por lo menos durante un año. Asimismo, establece que mientras se realice la investigación y la corte de apelaciones no se pronuncie, el fiscal podrá prevenir para que no se otorgue la libertad bajo fianza.
Considero que la labor realizada tanto por el diputado Jiménez como por el senador Espina, además del trabajo coordinado con la Secretaría General de la Presidencia, permitirá aprobar el proyecto prontamente. El aumento de las penas no busca mantener a más personas privadas de libertad, sino -la ley de tolerancia cero en materia de alcohol es un ejemplo- prevenir, disminuir y ojalá terminar con la muerte de personas inocentes por la irresponsabilidad de conductores que manejan bajo la influencia del alcohol o de las drogas.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Issa Kort.
El señor KORT.-
Señor Presidente , anuncio mi apoyo al proyecto, que ha tardado en ser aprobado por el Congreso Nacional. En ese sentido, creo representar el clamor, la necesidad y la urgencia no solo de la familia de Emilia, sino también la de tantas otras familias que han perdido a seres queridos como consecuencia de actitudes irresponsables de conductores que manejan, según ellos, en forma más valiente, pero, a mi juicio, de manera más imprudente. Espero que la ley tenga un sentido correctivo.
Es lógico que a veces debamos preguntarnos por qué hay que aumentar las penas, en circunstancias de que debemos tener un Estado más proactivo. Sin embargo, en ocasiones debemos ejemplarizar a través de normas que coartan la libertad de las personas, como ocurre con la ley de tolerancia cero al alcohol. Este no es un proyecto que prohíba conducir cuando se ha bebido alcohol, sino que modifica la Ley de Tránsito en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones o la muerte. En tal sentido, se debe evitar beber alcohol cuando se sepa que se va a conducir un vehículo, de modo de evitar poner en riesgo al resto de la sociedad.
Detrás de la iniciativa en debate existen muertes que nos enlutan como sociedad. Aquí es donde el Estado de Chile debe buscar nivelar en forma constructiva. Por eso, es necesario que el proyecto sea difundido.
En ese sentido, hago un llamado al Gobierno a que se “ponga las pilas” para difundir y diseñar planes de acción para prevenir con responsabilidad. La idea es anticiparse a los hechos más que celebrar que las personas que cometen los delitos descritos en el proyecto deban permanecer encarceladas durante un largo tiempo. Nuestra meta como sociedad debe apuntar a evitar la conducción en estado de ebriedad. Por eso, la ley no solo pretende ejemplarizar, sino que también debe ser un motor correctivo dentro de las costumbres ciudadanas.
Reitero que espero contar con el compromiso del Ejecutivo para difundir políticas que apunten a evitar futuras muertes como consecuencia de las acciones de conductores irresponsables.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señorita Karol Cariola.
La señorita CARIOLA (doña Karol).-
Señor Presidente , me parece muy importante discutir este proyecto. Como se ha manifestado, el año pasado algunos parlamentarios presentaron una moción a partir de la lamentable muerte de una pequeña niña, a consecuencia de la irresponsabilidad cometida por un conductor que manejaba su vehículo en estado de ebriedad. Es lamentable y me acongoja tremendamente que generemos esta discusión a partir de la muerte de una pequeña inocente -Emilia-, quien comenzaba a vivir junto a sus padres, a quienes conozco. Me consta que ellos han hecho un gran esfuerzo para que se haga justicia por la injustificada muerte de su hija, que, como señalé, ya no está con nosotros por culpa de un irresponsable que, sin ninguna consideración, decidió tomar el volante bajo los efectos del alcohol.
No quiero condenar a aquellos que de manera consciente toman la decisión de consumir alguna droga legal, como el alcohol, o incluso otras. No quiero entrar en ese debate ni confundir la situación que discutimos, sino enfatizar que el acto de consumir cualquier tipo de droga -el alcohol lo es y no lo podemos catalogar como algo distinto- debe ser consciente y no debe poner en riesgo la vida de terceros. Nuestra libertad termina en el punto donde pasamos a llevar la de otros.
Estoy convencida de que las políticas de seguridad no pueden estar basadas en el aumento de las penas solo porque sí y como efecto disuasivo del delito. En ninguna parte del mundo está comprobado que el endurecimiento de las condenas desincentive la delincuencia. Como hemos manifestado en otras ocasiones, no queremos llenarnos de cárceles. Sin embargo, conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas merece un aumento de la pena, sobre todo cuando las víctimas son objeto de daño físico, mental o se les provoca la muerte.
Por eso, me sumo a lo manifestado por varios de mis colegas en cuanto a la imperiosa necesidad de aprobar este proyecto, presentado por el Ejecutivo, que repone la idea manifestada en una moción patrocinada por un grupo de colegas, cuyo objetivo era hacer justicia al caso particular de Emilia. Hoy, situaciones como la de Emilia se siguen repitiendo. Todos los días está en riesgo la vida de niñas, jóvenes, mujeres, hombres y personas en general por culpa de conductores irresponsables
En consecuencia, hago un llamado a aprobar el proyecto, puesto que, a mi juicio, es justo y necesario. Ciertamente, el endurecimiento de penas no terminará con esta situación. Hay que dejar en claro que esto amerita adoptar otras medidas. Aprobar la iniciativa significa establecer un precedente y hacer un acto de justicia a padres y madres que han dado una lucha importante, a fin de que el crimen de Emilia ni ningún otro en el futuro queden en la impunidad. A los irresponsables que los cometen deben imponérseles las penas que se merecen, ya que no entienden que su libertad termina donde se pasa a llevar la de otros.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahin.
El señor CHAHIN.-
Señor Presidente , le solicito que recabe la unanimidad de la Sala para votar una indicación que presentamos junto con el diputado Ricardo Rincón , que resuelve un problema de incoherencia entre el artículo 90, número 8°, del Código Penal, y el artículo 209 bis de la ley de Tránsito.
El artículo 209 bis de la ley de Tránsito sanciona con la pena de presidio menor en su grado mínimo al que haya sido sancionado con la cancelación de su licencia de conductor y que, no obstante ello, sea sorprendido conduciendo un vehículo, y con la pena de presidio menor en su grado máximo al conductor que hubiese sido sancionado con la suspensión de su licencia y es sorprendido conduciendo un vehículo durante la vigencia de la sanción. En ambos casos se trata de faltas. Por su parte, el artículo 90, número 8°, del Código Penal sanciona dicho quebrantamiento con presidio menor en su grado mínimo, por lo que dicho cuerpo legal considera el ilícito como un delito.
Cuando alguien es sorprendido conduciendo sin licencia, habitualmente dice que se le quedó en la casa, por lo que es derivado al juez de policía local respectivo. Cuanto ese juez se da cuenta de que la verdad es que ese conductor tenía su licencia suspendida o cancelada, lo deriva al Ministerio Público, organismo que lo debe formalizar. En el intervalo transcurren los seis meses de plazo en que prescriben las faltas y, por lo tanto, ese conductor queda sin sanción.
Por otra parte, como esto es sancionado por dos normas, la del artículo 90, número 8°, del Código Penal y la del artículo 209 bis de la Ley de Tránsito, los tribunales han interpretado que prima la más favorable al infractor, por aplicación del principio in dubio pro reo. En consecuencia, esta maniobra es utilizada para que, en la práctica, ese quebrantamiento quede sin sanción.
Por lo tanto, hemos presentado una indicación que hace perfectamente coherente el artículo 209 bis de la Ley de Tránsito y el artículo 90, número 8°, del Código Penal, con el objeto de evitar que quienes quebrantan este tipo de condenas queden en la impunidad, como ocurre en muchas ocasiones. Lo hemos conversado con la ministra y creo que va justamente en la línea del proyecto en discusión.
Además, hemos pedido a la ministra secretaria general de la Presidencia , señora Ximena Rincón , y al ministro de Justicia , señor José Antonio Gómez , que el Ejecutivo incorpore una indicación en el Senado para que el Servicio de Registro Civil e Identificación también habilite en los módulos de Carabineros, junto con los registros de condenas, el registro de licencias suspendidas o canceladas, con el fin de mejorar la fiscalización de Carabineros a quienes infringen este tipo de condenas.
No podemos presentar esa indicación ahora, por lo que esperamos que el Ejecutivo lo haga en el Senado.
Repito, la indicación que hemos presentado junto con el diputado Rincón nos parece muy coherente, ya que busca resolver un problema práctico para sancionar a los infractores que tienen suspendida o cancelada su licencia de conducir.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado por el diputado señor Fuad Chahin?
No hay acuerdo.
(Hablan varios señores diputados a la vez)
Recabo por segunda vez la unanimidad de la Sala para acceder a lo solicitado por el diputado señor Fuad Chahin.
Acordado.
Tiene la palabra la ministra secretaria general de la Presidencia , señora Ximena Rincón.
La señora RINCÓN, doña Ximena (ministra secretaria general de la Presidencia ).-
Señor Presidente , sin lugar a dudas, este es un día histórico, porque estamos -¡por fin!- discutiendo un proyecto de ley cuya idea matriz ha tenido una larga tramitación en el Congreso Nacional.
Los orígenes del mensaje se encuentran en una moción presentada en la Cámara de Diputados en 2013 por la bancada del Partido Comunista e Izquierda Ciudadana, conformada por los diputados Hugo Gutiérrez, Sergio Aguiló, Lautaro Carmona, Guillermo Teillier, la que fue respaldada transversalmente por los diputados Gustavo Hasbún, Marcelo Schilling, Carlos Abel Jarpa, la diputada Alejandra Sepúlveda, el entonces diputado Juan Carlos Latorre y la entonces diputada y actual senadora Adriana Muñoz.
Como se ha señalado en muchas intervenciones, esta moción surge a partir de la trágica muerte de la pequeña Emilia Silva Figueroa, de tan solo nueves meses de edad, ocurrida el 20 de enero de 2013, como consecuencia del impacto que recibió la parte posterior del vehículo en que viajaba junto a sus padres, causado por el automóvil perteneciente a Nelson Fariña, quien conducía en evidente estado de ebriedad.
Los padres de la menor, que nos acompañan hoy en las tribunas, han sido impulsores incansables de esta normativa.
La idea matriz de esa primera moción consistía en modificar el delito de manejo en estado de ebriedad que causare lesiones gravísimas o con resultado de muerte contemplado en el artículo 196 del decreto con fuerza de ley N° 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
Después de no fructificar esa iniciativa en la Cámara de Diputados ni en el Senado, el 21 de enero de 2014, al cumplirse un año de la muerte de Emilia Silva Figueroa, se presentó una nueva moción, patrocinada por la bancada del Partido Comunista, la que contó con el respaldo de los diputados Gustavo Hasbún, Pedro Browne, Carlos Abel Jarpa, Víctor Torres, la diputada Alejandra Sepúlveda, la senadora Adriana Muñoz y el senador Carlos Montes.
Posteriormente, el senador Alberto Espina presentó una nueva moción en el mismo sentido de la idea matriz señalada, patrocinada por los senadores Felipe Harboe, Hernán Larraín, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
En virtud de lo anterior y debido a la importancia del proyecto de ley, la familia habló en más de una oportunidad con los legisladores y también con la Presidenta . Gracias a un trabajo impulsado por los ministros Andrés Gómez-Lobo y José Antonio Gómez, junto con quien habla, reunimos a los diputados y senadores autores de las mociones y logramos elaborar el mensaje en discusión, luego de conversar varias veces con la familia de Emilia.
Creemos que lo vivido por Emilia, así como por Franchesca Campos, de Pelequén; Arturo Aguilera, Andrés Mariñanco Marín, Verónica Selman, Alejandra y Ximena Herrera no puede volver a repetirse. Como han dicho ustedes, creemos que esos hechos tienen que ser un oscuro recuerdo en nuestro país.
Resulta impactante revisar las cifras de Conaset sobre los accidentes, fallecidos y lesionados causados por conductores que manejan en estado de ebriedad. En 2010 hubo 4.561 accidentes provocados por esa situación; en 2012 la cifra se redujo a 3.677 casos.
Los fallecidos por accidentes producidos por conductores ebrios bajaron de 202, en 2010, a 148, en 2012, cifra que resulta altísima.
Los lesionados por esa causa bajaron de 5.401, en 2010, a 3.782, en 2012.
Sin lugar a dudas, las normas aprobadas por el Congreso Nacional han ayudado en ese sentido; hemos avanzado, pero no lo suficiente.
Hoy discutimos una normativa que cambia sustantivamente las penas en estos casos. La ley Emilia modifica la Ley de Tránsito, aumenta las penas, crea una figura calificada, crea nuevas normas para la aplicación de circunstancias modificatorias de la pena, crea nuevas normas para la sustitución de las penas privativas o restrictivas, e indica que la libertad condicional para los condenados podrá ser obtenida solo una vez que hayan cumplido dos tercios de la condena.
Sin lugar a dudas, es importante este proyecto, que se inicia con la acción de los padres de Emilia, que recogen ustedes en la Cámara de Diputados y de la cual se hacen eco finalmente el Senado y nuestra Presidenta.
Es importante la indicación presentada por el diputado Chahin -agradezco la unanimidad que le otorgó la Sala-, porque hace coherentes dos normas, lo que impide que se burle la sanción y la pena.
Por intermedio del señor Presidente, solicito a las diputadas y diputados presentes que respalden el mensaje, que no hace sino recoger vuestra idea de legislar y la perfecciona con la ayuda de las voluntades del Senado y, por cierto, del Ejecutivo.
La acción decidida de ustedes, recogida por el ministro de Justicia , José Antonio Gómez, quien nos acompaña, y por el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Andrés Gómez-Lobo, da respuesta al anhelo de los padres de Emilia y de tantas otras víctimas que hoy recordamos, quienes lo verán materializado en una legislación positiva que impida la acción imprudente e irresponsable de quienes beben y manejan.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Cerrado el debate.
El señor FLORES.-
Señor Presidente, solicito que se incorporen en el boletín de sesiones las intervenciones de quienes no alcanzamos a hacer uso de la palabra.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Con mucho gusto, señor diputado.
-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluyen las siguientes intervenciones no pronunciadas en la Sala y que cumplen con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:
El señor POBLETE.-
Señor Presidente , los accidentes de tránsito siguen siendo una de las principales causas de muerte en el Chile de hoy. Aunque se han buscado medios para cambiar esta situación, pienso que queda mucho por hacer en materia de ajustes a nuestra normativa, para así tener mejores leyes que satisfagan el interés público y, por sobre todo, castiguen de manera efectiva y justa a quienes, contraviniendo toda norma de buena conducta y responsabilidad, conduzcan en estado de ebriedad o drogados y originen accidentes que causen lesiones graves o la muerte a personas inocentes.
En los últimos lustros, Chile ha enfrentado un aumento exponencial de los accidentes de tránsito a causa del mayor parque automotor que hoy existe, de la mayor cantidad de conductores y de un aumento del promedio en la ingesta de alcohol en todas las edades. Debido a ello, hace un par de años se modificó la ley en materia de configuración del tipo penal de manejo en estado de ebriedad, disminuyéndose las exigencias para considerar que una persona conduce bajo la influencia del alcohol y en estado de ebriedad. Los índices hoy nos dan la razón. Fue una ley que obtuvo el efecto deseado en cuanto a disuadir a los conductores de manejar vehículos cuando han ingerido bebidas alcohólicas. Sin embargo, un delito como el manejo en estado de ebriedad, que es un delito de mera actividad, también debe ser calificado en cuanto al resultado que este produzca cuando genera lesiones graves o la muerte.
Por ello, la idea matriz de este proyecto, que es desincentivar la conducción de vehículos por personas que se encuentren en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, mediante el aumento del rango de la pena asignada al delito cuando la víctima queda demente, inútil para el trabajo, impotente, impedida de algún miembro importante o notablemente deforme, o se causa la muerte de una o más personas, va en la línea correcta.
Según el proyecto de ley, la pena del delito iría desde presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo -esto es, de tres años y un día a diez años-, manteniendo las penas accesorias de multa de 8 a 20 unidades tributarias mensuales (UTM) y la inhabilitación perpetua para conducir vehículos.
Pues bien, se aumentan las penas privativas de libertad, se aumentan las penas accesorias y, lo que es más importante, se cristaliza un viejo anhelo de muchos, pues se sanciona este delito con la inhabilitación perpetua para conducir vehículos. Esto, que a primera vista pudiera parecer duro, no lo es si se toma en consideración el hecho de que las víctimas de las lesiones graves quedan inútiles para valerse por sí mismas de por vida, inútiles para el trabajo, impedidas de algún miembro importante de su cuerpo o sencillamente se les causa la muerte, generando un costo emocional y económico inmenso en sus seres queridos y en sus familias y entorno.
Por ello, este mensaje va en una dirección apropiada, pues toma las circunstancias y los daños descritos, desincentiva la conducta por medio de un alza en las penas y se hace cargo de la sensación de exceso y de desprotección que hay ante el delito de manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes, cuando se causen las lesiones gravísimas contempladas en el artículo 397, Nº 1°, del Código Penal o la muerte de una o más personas, ya que la baja extensión de la pena y la existencia de penas alternativas finalmente llevan a que sus autores cumplan las penas en libertad.
Esto no puede seguir ocurriendo. Hoy son decenas de familias en el país las que cada año arrastran la tragedia de perder a uno de los suyos o ver a quienes aman con secuelas graves que les impiden vivir normalmente, debido a la acción de personas que, irresponsablemente, conducen vehículos en estado de ebriedad.
Por lo expuesto, apoyamos fervientemente este proyecto y esperamos que a la brevedad sea ley de la república.
He dicho.
El señor FLORES.-
Señor Presidente, tal vez por ser novato en el Congreso Nacional no he perdido la capacidad de asombrarme por lo extenso del trámite y de las discusiones sobre una materia respecto de la cual la comunidad nacional siente que debe actuarse con rapidez, firmeza y ejemplar dureza.
La intervención que había preparado en torno al detalle del proyecto en discusión pediré que sea incorporada a las actas de este debate, porque creo que en esta discusión es mejor decir menos y concentrarse en lo obvio, en lo ético, en lo obligatorio: la mayor dureza y la mayor inflexibilidad con que debe sancionarse a quien conduce en estado de ebriedad o bajo el efecto de estupefacientes. La solución es extremadamente simple -diría “tontamente simple”-: no conducir si uno bebe, o no beber si se debe conducir. Es simple, porque solo requiere tener consciencia básica.
Los accidentes no solo se producen por vehículos de tracción mecánica, sino también por vehículos que hoy no tienen ninguna exigencia de control o de conducción, como los de tracción humana -carretillas, bicicletas, triciclos-, que pueden poner en riesgo la vida de quien los conduce, cuando lo hace con inconsciencia e irresponsabilidad; los de tracción animal, como las carretelas, cuyo deshumanizado uso frecuentemente genera accidentes graves en las calles y carreteras de Chile debido a la conducción imprudente hecha por menores de edad o por adultos bajo los efectos del alcohol; y otros no regulados, como las motos de agua.
Cualquier vehículo guiado con incomprensible irresponsabilidad puede generar accidentes de tránsito con consecuencias leves, graves o gravísimas.
¡Qué culpa han tenido miles de niños, de madres con niños, de adultos mayores, de personas que salieron de sus casas a cumplir con su trabajo, a practicar deportes, a visitar a un amigo o familiar, a estudiar o a recrearse, que fueron lesionados, o quedaron discapacitados, o dañados en lo económico sin que nadie pague, o, mucho peor, que fueron asesinados por irresponsables con o sin licencia para conducir, o más bien para matar, en honor al tan típico dicho nuestro: “No pasa nada”!
Si la obligación ética de no conducir en condiciones comprobadamente riesgosas es vulnerada, ya sea que con ello se causen accidentes o no, el infractor debe ser castigado. Pero si las consecuencias de dicha conducta son mayores, es decir, se producen lesiones o la muerte de personas inocentes, el infractor debe ser castigado con penas ejemplares.
Si somos conscientes de las alarmantes cifras que nuestro país tiene en materia de accidentes provocados por conductores bajo los efectos del alcohol, no seamos ambiguos ni nos tiemble la mano para establecer las más claras y duras normas y sanciones al respecto.
A mi modo de ver, el proyecto aún debe ser complementado con otras disposiciones que contemplen más equipamiento, recursos humanos y financieros que efectivamente generen las condiciones para implementar, fiscalizar y hacer cumplir esta futura ley. Sin perjuicio de ello, estimo que es un buen comienzo para hacer justicia respecto de quienes no tuvieron la oportunidad de realizar su vida.
Por lo expuesto, solicito a mis estimados colegas que aprueben el proyecto sin más trámite.
He dicho.
El señor PILOWSKY .-
Señor Presidente , tal como se ha expuesto en el informe, este proyecto tiene por finalidad desincentivar la conducción de vehículos de tracción mecánica por personas que se encuentren en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Para dicho efecto, se aumenta la pena asignada al delito si tiene como resultado la muerte de alguna persona o se producen las lesiones contempladas en el artículo 397, Nº 1, del Código Penal.
A pesar de la gravedad de estos hechos, quienes infringen la ley son sancionados con penas que cumplen, en general, en libertad. La comunidad no entiende cómo es posible que, ante hechos tan reprochables como el manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, o las lesiones con los resultados señalados en el artículo 397, Nº 1, del Código Penal, las personas no sean sancionadas en forma drástica.
En este tipo penal existen caracteres preterintencionales, dolo al inicio, en el manejo, y culpa en el remate o exceso -muerte o lesiones graves-, lo que permite justificar una pena más alta que la asignada a un simple hecho culposo. Tal como se señala en el informe, en los conductores ebrios existe la voluntad de actuar infringiendo las normas legales que prohíben la conducta, aceptando claramente que su acción en un grado de alta probabilidad afectará la vida o integridad física de terceros.
Respecto de las cifras que se plantean, resalto las siguientes: cinco personas fallecen al día por accidentes de tránsito; los accidentes de tránsito son la primera causa de muerte entre niños de 0 a 14 años; los accidentes de tránsito son la segunda causa de muerte en jóvenes de entre 15 y 29 años; en nuestro país hay tres veces más personas fallecidas por accidentes de tránsito que por homicidios.
En cuanto al contenido, daré mi aprobación al proyecto en sus diversos aspectos, esto es, la aplicación de igual sanción al manejo en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias estupefacientes o psicotrópicas; aumento de la sanción a presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, esto es de tres años y un día a diez años -hoy esta alcanza a tres años y un día a cinco años-; mantención de las multas de 8 a 20 UTM y la pena accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica; creación de un tipo calificado de delito, mediante la incorporación de un nuevo inciso cuarto al artículo 196 de la Ley de Tránsito, asignando una pena de presidio mayor en su grado mínimo, esto es, de cinco años y un día a diez años, en aquellos casos en el que el autor del mismo huya del lugar del accidente y no prestare ayuda a la víctima, en caso de reincidencia o que se trate de un conductor profesional en el ejercicio de sus funciones; incorporación de reglas especiales para la aplicación de la ley Nº 18.216 y sus modificaciones. Así, la reclusión parcial nocturna quedará en suspenso por un año y el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fue condenado.
Asimismo, estoy de acuerdo en que el tribunal no pueda imponer una pena que sea mayor o menor al marco fijado por la ley, así como con la condición de que solo podrá concederse el beneficio de la libertad condicional una vez que el condenado haya cumplido a lo menos dos tercios de la pena impuesta (la regla general considera la mitad de la pena).
Finalmente, deseo dejar establecido que cuando el proyecto se transforme en ley habremos dado un paso importante. La ley, sin lugar a dudas, tiene un efecto en la sociedad. Pero lo más importante será establecer planes, programas y políticas públicas que vayan al fondo del problema, que cambien la actitud de las personas y potencien una cultura de la responsabilidad. La idea es crear no solo una sociedad de derechos, sino también de deberes. Somos todos responsables de aquello; somos todos responsables de evitar que haya nuevos casos como el de Emilia Silva Figueroa.
Anuncio que votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la Ley de Tránsito en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte.
Hago presente a la Sala que la totalidad de las normas contenidas en la iniciativa son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Aplausos.
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación el número 1) del artículo 1° del proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 101 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Aplausos.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación el número 2) del artículo 1°.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 101 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Aplausos.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación el número 3) del artículo 1°.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Se abstuvo el diputado señor Boric Font Gabriel.
-Aplausos.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación el número 4) del artículo 1°.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos; por la negativa, 3 votos. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Boric Font Gabriel; Chahin Valenzuela Fuad; Jackson Drago Giorgio.
-Aplausos.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
El señor Secretario dará lectura a la indicación presentada.
El señor LANDEROS ( Secretario ).-Indicación de los diputados señores Chahin y Rincón, que tiene por objeto agregar un nuevo número 5) al artículo 1°, cuyo propósito es reemplazar en el artículo 209 de la Ley de Tránsito la frase “prisión en su grado máximo” por “presidio menor en su grado mínimo”.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Votó por la negativa el diputado señor Soto Ferrada Leonardo.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Boric Font Gabriel; Jackson Drago Giorgio.
-Aplausos.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para votar en conjunto los artículos 2°, 3° y 4° del proyecto?
No hay acuerdo.
En votación el artículo 2°.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Boric Font Gabriel; Jackson Drago Giorgio.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación el artículo 3°.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos; por la negativa, 8 votos. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Arriagada Macaya Claudio; Boric Font Gabriel; Chahin Valenzuela Fuad; Flores García Iván; Jackson Drago Giorgio; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Silber Romo Gabriel.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación el artículo 4°.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.
-Votó por la negativa el diputado señor Jackson Drago Giorgio
El señor CORNEJO (Presidente).-
Despachado el proyecto.
-Aplausos.
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- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9411-15