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El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente , con este proyecto de ley uno podría tener la impresión de que probar el estado civil de “soltero” sería algo parecido a tener que probar que una persona viva respira. Podría parecer algo innecesario; pero como se dan algunas circunstancias que hacen complejo probar la realidad, cobra cierto sentido lo que señaló el diputado informante , señor Rincón .
De paso, deseo expresar que el diputado informante también debió haber señalado que el proyecto fue rechazado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. No obstante -reitero-, cuando se reflexiona mayormente acerca de la necesidad de probar la soltería mediante un certificado, uno concluye que hay circunstancias en que puede ser razonable tener a disposición un certificado de esa naturaleza. Ello, por un fenómeno que suele debatirse en sociología jurídica: el llamado umbral de la mentira, que se refiere, por ejemplo, a los casos en que se le pregunta a una persona que debe firmar un contrato cuál es su estado civil, y responde que es soltera, cuando en realidad es casada. Esa respuesta genera una serie de implicancias jurídicas de cierto tenor, de cierta gravedad, sobre todo cuando la persona es casada en sociedad conyugal y lo que está suscribiendo es la compraventa de un bien raíz. Las dificultades que esa respuesta falsa puede provocar son de gran magnitud, por cuanto si se descubre que en realidad la persona es casada, se puede entablar una acción de nulidad relativa que puede llevar a que el contrato sea declarado ineficaz ante el derecho.
Esa es la razón por la cual muchos bancos solicitan, ya rutinaria y cotidianamente, que se acredite la soltería, prueba bastante torpe de exigir, pero que aun así los bancos piden. Si uno quiere comprar un bien raíz, por ejemplo, y requiere para ello un crédito hipotecario, le pedirán que acredite la soltería.
La pregunta es cómo uno acredita que es soltero, cuando solía bastar con que dijera que lo es. Ahora, dado que los bancos no le creen a uno esa declaración, debemos ver cómo probarle que no estamos casados en sociedad conyugal. En ese caso la prueba es compleja.
Es a causa de esa práctica mercantil que el proyecto en debate cobra cierto sentido y encuentra cierta racionalidad, desde el momento mismo en que uno debe probarle al banco que es soltero para efectos de evitar que en el futuro se presente una acción de nulidad relativa por la falta de comparecencia o de autorización del cónyuge con el cual se contrajo matrimonio en régimen de sociedad conyugal.
Si uno fuese honesto al hacer ese tipo de declaraciones ante la celebración de un contrato y dijera que es soltero porque realmente lo es, no tendríamos este tipo de problemas; pero como uno puede mentir cuando debe hacer declaraciones que no traen consecuencias jurídicas inmediatas, miente si le es provechoso. Eso puede acarrear, en el futuro, consecuencias jurídicas de gran magnitud, sobre todo para quienes han adquirido un préstamo o comprado bienes raíces.
Si queremos encontrarle un sentido a esta moción, solo podemos hallarlo en la posibilidad de disponer de un documento que acredite una situación que, obviamente, no debería acreditarse, pero que debe probarse a causa de esta exigencia mercantil de los bancos a la que me he referido.
Entiendo que pueda pensarse que se trata de un proyecto inútil, porque es como que a uno lo obligaran a probar que está vivo. No me parece que eso sea lo más razonable; pero, en atención a que hay circunstancias particulares, circunscritas, excepcionales y especiales que justifican que a uno se le pida que pruebe aquello que considera inútil demostrar, debemos legislar para esas situaciones de excepción. Ese es el caso del proyecto del diputado Rincón .
He dicho.
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