http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[3] Que conforme al art. 3 del D.S. núm. 521 de 1999- la protección que otorga la denominación de origen pisco- comprende el derecho al uso exclusivo de tal denominación para identificar- distinguir y reconocer a dicho producto- en la medida que se dé cumplimiento en forma íntegra y cabal a las disposiciones legales y reglamentarias establecidas a su respecto."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = " [2] Cfr. Wilkins- James- "Denominaciones de Origen: Análisis comparado de su marco normativo”- Área análisis legal- BCN- 2009. "
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = " [7] Ruiz Tagle. Pablo- "Propiedad intelectual y contratos"- pág. 493- Editorial Jurídica de Chile- reimpresión de la 1ª edición. 2004. "
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = " [1] La Organización Mundial de Propiedad Intelectual (Ompi) define indicación geográfica corno: “Una indicación geográfica es un signo que se utiliza para productos que tienen un origen geográfico concreto y poseen cualidades- características o una reputación derivadas principalmente de su lugar de origen. Por lo general- la indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos". "
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = " [4] Ruiz Tagle. Pablo- "Propiedad intelectual y contratos"- pág. 295- Editorial Jurídica de Chile- reimpresión de la V edición. 2004. "
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = " [6] Cfr. con detalle- Wilkins- James- "Denominaciones de Origen: Análisis comparado de su marco normati-vo "; Área análisis legal- BCN- 2009. "