. . . . . . " \nEl se\u00F1or ESPINA.- \nSe\u00F1ora Presidenta , voy a intervenir en la discusi\u00F3n del proyecto de acuerdo, porque tuve la oportunidad de estudiarlo y creo que marca una huella bien importante en la protecci\u00F3n de los derechos humanos que debe existir en nuestro pa\u00EDs respecto de todos los ciudadanos, sin ninguna distinci\u00F3n. Sobre ello, no solo es preciso hablar, sino tambi\u00E9n hacer las cosas.\n \nEn Chile existen 370 mil trabajadores en el \u00E1mbito de la labor dom\u00E9stica, de los cuales 350 mil son mujeres, y ya se han mencionado los avances de nuestra legislaci\u00F3n en la materia. Desde luego, se ha verificado un incremento gradual en el ingreso m\u00EDnimo mensual de estas personas, el que se igual\u00F3, a partir de 2011, al de los dem\u00E1s sectores. Hace pocos meses se resguardaron los derechos de estos trabajadores y se combati\u00F3 la discriminaci\u00F3n a trav\u00E9s de la ley N\u00B0 20.786, regul\u00E1ndose asimismo, en forma m\u00E1s adecuada y justa, la jornada, descanso y composici\u00F3n de su remuneraci\u00F3n, y contempl\u00E1ndose la prohibici\u00F3n de una serie de medidas que resultaban a todas luces abusivas.\n \nDeseo destacar un p\u00E1rrafo especial del Convenio, en virtud del cual los Estados se obligan a eliminar todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, a la abolici\u00F3n efectiva del trabajo infantil y a la supresi\u00F3n de la discriminaci\u00F3n en materia de empleo y ocupaci\u00F3n. \nAsimismo, se expresa que todo Miembro \"deber\u00E1 adoptar medidas apropiadas a fin de asegurar que los trabajadores dom\u00E9sticos disfruten de condiciones no menos favorables que las condiciones aplicables a los trabajadores en general con respecto a la protecci\u00F3n de la seguridad social, inclusive en lo relativo a la maternidad.\". \nEstos tratados son muy importantes para los pa\u00EDses. Y lo son porque la idea de que todos los chilenos tengan la misma oportunidad de salir adelante con su propio esfuerzo, de ser tratados en igualdad de condiciones, de que se vaya eliminando todo vestigio de abuso o discriminaci\u00F3n, de que nos vayamos poniendo a la altura de los lugares donde se aplica una legislaci\u00F3n con los m\u00E1s altos est\u00E1ndares de exigencia, son parte de los principios que una sociedad inclusiva moderna debe considerar siempre. \nPor lo tanto, el texto en examen tambi\u00E9n marca un hito. Del mismo modo que se\u00F1al\u00E9 otro tanto en relaci\u00F3n con el proyecto anterior, en materia judicial, el instrumento que nos ocupa lo hace en un \u00E1mbito diferente. Ello dice relaci\u00F3n con que el Convenio N\u00B0 189, sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Dom\u00E9sticos, es finalmente el paso en virtud del cual las sociedades van permitiendo que todos se sientan parte de su desarrollo, que no se sientan discriminados, y que va elevando nuestros est\u00E1ndares culturales para tratar a personas de distintas condiciones, raza, origen y situaci\u00F3n econ\u00F3mica, que deben ser todas tratadas en Chile con la misma dignidad y respeto por sus derechos humanos.\n \nPor estas razones, votaremos a favor. \n " . . .