. . . . . . . . . . " \nEl se\u00F1or CORNEJO (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el diputado informante. \n \nEl se\u00F1or GUTI\u00C9RREZ, don Romilio (de pie).- \n \n Se\u00F1or Presidente, la Comisi\u00F3n de \u00C9tica y Transparencia me ha encomendado informar la propuesta para el reglamento de los registros de agenda p\u00FAblica de lobbistas y gestores de intereses particulares de esta Corporaci\u00F3n, para dar cumplimiento a lo preceptuado en la ley N\u00B0 20.730, en especial lo dispuesto en el inciso cuarto del art\u00EDculo 10, que establece la potestad de ambas ramas del Congreso Nacional para aprobar los reglamentos que regulan las materias comprendidas en dicho cuerpo legal. \nComo se expresa en el informe, la Comisi\u00F3n de \u00C9tica y Transparencia efectu\u00F3 su trabajo sobre la base de un anteproyecto de reglamento interno que se prepar\u00F3 en conjunto con el Senado y con un grupo de profesionales de la C\u00E1mara de Diputados, del Senado y de la Biblioteca del Congreso Nacional. \nEl contenido del proyecto fue sometido a la opini\u00F3n de toda la comunidad parlamentaria, y mediante su publicaci\u00F3n en la internet, a la sociedad en general. Hoy presentamos a su consideraci\u00F3n el fruto de un trabajo que ha tomado meses y muchas horas de sesi\u00F3n. \nEn una breve rese\u00F1a de sus contenidos, me voy a permitir indicar que nuestra propuesta de reglamento detalla un conjunto de materias esbozadas en la ley y que requieren de normas complementarias para su ejecuci\u00F3n pr\u00E1ctica, por ejemplo, la publicidad de los registros, la determinaci\u00F3n de lo que se considera d\u00EDa h\u00E1bil, a los efectos de los plazos; la incorporaci\u00F3n de ciertas definiciones, con el prop\u00F3sito de clarificar aspectos o conceptos poco definidos en la norma legal, que podr\u00EDan dar lugar a equ\u00EDvocos o a una inadecuada interpretaci\u00F3n. En este caso se encuentran las definiciones de audiencia o reuni\u00F3n, y donativo; una informaci\u00F3n que tenga el car\u00E1cter de confidencial o estrat\u00E9gico, y cuando se est\u00E9 en presencia de una persona interesada. \nEspecial atenci\u00F3n prestamos a la regulaci\u00F3n de diversas cuestiones propias del registro de agenda p\u00FAblica. Aqu\u00ED nos centramos en estudiar en detalle las normas que determinan qui\u00E9nes, dentro de los conceptos definidos en la norma legal, tendr\u00E1n tambi\u00E9n la calidad de sujetos pasivos, el contenido mismo del registro y de los elementos que este contendr\u00E1; las normas que regular\u00E1n el procedimiento respecto de las reuniones o viajes, de los que deber\u00E1 darse cuenta en forma reservada; la informaci\u00F3n voluntaria de audiencias y reuniones, los contenidos de las solicitudes de audiencia, las normas sobre igualdad de trato, con especial \u00E9nfasis en los casos en que podr\u00E1 negarse fundadamente una audiencia; la incorporaci\u00F3n de los sujetos activos en el registro de agenda p\u00FAblica y el tratamiento de las reuniones no programadas, entre otros asuntos relevantes. \nEspecial inter\u00E9s y preocupaci\u00F3n se ha puesto en materia de infracciones y sanciones. Se ha tratado de singularizar la autoridad que deber\u00E1 denunciar las posibles infracciones en que podr\u00EDan incurrir los sujetos activos. Con el mismo inter\u00E9s estudiamos el procedimiento para aplicar las sanciones por infracciones en que podr\u00EDan incurrir los sujetos pasivos, resguardando las normas del debido proceso, pero tambi\u00E9n creando un recurso jer\u00E1rquico ante la Mesa de la Corporaci\u00F3n. \nNo menos importantes son las normas relativas a la verificaci\u00F3n del cumplimiento de las disposiciones de la ley N\u00B0 20.730 por parte del contralor general de la Rep\u00FAblica. Se trata de fijar una instancia que acometa esa labor e informe al pleno sobre las anomal\u00EDas que se registren en la agenda p\u00FAblica de dicha autoridad. En estas materias recibimos la valiosa opini\u00F3n de los expertos de ese organismo contralor. \nDebo resaltar que somos uno de los pocos pa\u00EDses no suman m\u00E1s de quince que ha aprobado una legislaci\u00F3n que regule el lobby. Lo cierto es que nuestra ley, m\u00E1s que regularlo, es una extensi\u00F3n de la ley de transparencia, que, a partir de las de las agendas p\u00FAblicas de los sujetos pasivos, construye un registro p\u00FAblico de lobbistas y gestores de inter\u00E9s. \nComo todos recordar\u00E1n, se trata de una iniciativa en tr\u00E1mite legislativo desde hace casi diez a\u00F1os, que muchas veces no pudo concretarse debido a la acci\u00F3n del propio lobby. \nLa tarea que comenzamos hoy es el inicio de un largo recorrido para aprender de nuestros errores y hacer las cosas mejor. Hay una constante exigencia ciudadana por conocer en detalle la forma como ejercemos el mandato que esta nos confiri\u00F3, y esto es solo una parte de tal labor. \nProbablemente, en un futuro cercano tendremos que ajustar la normativa a las nuevas exigencias que demande la aplicaci\u00F3n pr\u00E1ctica de la ley y de su reglamento. En este sentido, la Comisi\u00F3n de \u00C9tica y Transparencia tendr\u00E1 una importante tarea rectora que se expresar\u00E1 seg\u00FAn su propia jurisprudencia, pues la implementaci\u00F3n de las normas sobre el lobby requiere de una adecuada coherencia institucional para su aplicaci\u00F3n, para la profundizaci\u00F3n de las mismas y para la b\u00FAsqueda de las mejores pr\u00E1cticas, tareas de las que est\u00E1n plenamente conscientes sus integrantes. \nHoy debemos votar en general este reglamento y tendremos un plazo de una semana para formular observaciones y presentar indicaciones que mejoren lo ya hecho. Luego, en la Comisi\u00F3n de \u00C9tica y Transparencia de la C\u00E1mara discutiremos esta propuesta en conjunto con los integrantes de la Comisi\u00F3n de \u00C9tica y Transparencia del Senado, con el objeto de afinar una propuesta \u00FAnica que deberemos votar antes del 29 de noviembre, fecha en la cual entrar\u00E1 en vigencia la ley N\u00B0 20.730. \nFinalmente, no puedo dejar de reconocer el valioso aporte realizado por organizaciones como Ciudadano Inteligente y Chile Transparente, as\u00ED como la colaboraci\u00F3n del grupo de trabajo bicameral y de la Biblioteca del Congreso Nacional, as\u00ED como las opiniones y contribuciones de las diferentes bancadas parlamentarias, a trav\u00E9s de las indicaciones que presentaron durante el tr\u00E1mite del proyecto de acuerdo que aprueba este reglamento. \nHe dicho. \n \n " . .