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- rdf:value = " REGULACIÓN DE ACREDITACIÓN DEL ESTADO CIVIL DE SOLTERO (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL BOLETÍN N° 8239?07)El señor CORNEJO (Presidente) .
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que regula la forma de acreditar el estado civil de soltero.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor
Ricardo Rincón .
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 103ª de la presente legislatura, en 9 de diciembre de 2014
Documentos de la Cuenta N° 9.
El señor CORNEJO (Presidente) .
Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón .
El señor RINCÓN (de pie).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, paso a informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley que regula la forma de acreditar el estado civil de soltero, iniciado en una moción de los diputados señores Ceroni, don Guillermo ; Chahin, don Fuad ; Cornejo, don Aldo ; Monckeberg , don Cristián y Rincón, don Ricardo y de los ex diputados señores Araya, don Pedro ; Cardemil, don Alberto ; Eluchans, don Edmundo ; Harboe, don Felipe , y Latorre, don Juan Carlos .
El proyecto de ley tiene por objeto establecer la forma de acreditar el estado civil de soltero por parte del Registro Civil.
En la actualidad, dicho estado civil se acredita con una declaración jurada notarial, con dos testigos y con los costos que ello implica, lo que ofrece una nula posibilidad de certeza de esa declaración y de los testimonios.
La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el 22 de julio de 2014, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley, con una indicación cursada durante su tramitación, fue remitido nuevamente a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para segundo informe reglamentario, el que fue discutido durante la sesión celebrada el día 12 de noviembre del presente año, y que estoy dando a conocer.
La indicación presentada por los diputados señores Chahin, don Fuad ; Jaramillo, don Enrique ; Rincón, don Ricardo , y Soto, don Leonardo , pretendía incorporar un artículo único al proyecto que reemplazaba, en el inciso primero del artículo 305 del Código Civil, la expresión “separado judicialmente” por el vocablo “soltero” y contemplaba como medio de prueba del estado de soltería una partida de inexistencia del matrimonio.
Al respecto, debo señalar que la Corporación aprobó y despachó un proyecto de ley que elimina la expresión “separado judicialmente” del artículo 305 del Código Civil, porque constituye un error.
La razón de esa indicación radicaba en que, durante la discusión en primer trámite reglamentario, la comisión aprobó la idea de legislar, pero rechazó las indicaciones propuestas y la redacción original del artículo único.
Durante este segundo trámite reglamentario, vuestra comisión no llegó a acuerdo respecto de la indicación mencionada, fundamentalmente en lo relativo al medio de prueba del estado civil de soltería, por lo que fue rechazada por mayoría de votos.
Por lo tanto, ya que está aprobada la idea de legislar, hoy se votará la propuesta original. Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente) .
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO (Presidente) .
Corresponde pronunciarse en particular sobre el proyecto de ley que regula la forma de acreditar el estado civil de soltero.
En votación el texto de la moción rechazado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en su primer informe.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 28 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente) .
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Browne Urrejola Pedro ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Chahin Valenzuela Fuad ; Cicardini Milla Daniella ; Cornejo González Aldo ; Espejo Yaksic Sergio ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farcas Guendelman Daniel ; Fernández Allende Maya ; Flores García Iván ; Fuentes Castillo Iván ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; Hernando Pérez Marcela ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Lemus Aracena Luis ; Letelier Norambuena Felipe ; Monsalve Benavides Manuel ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pascal Allende Denise ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Rocafull López Luis ; Rubilar Barahona Karla ; Sabag Villalobos Jorge ; Sabat Fernández Marcela ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Soto Ferrada Leonardo ; Tarud Daccarett Jorge ; Teillier Del Valle Guillermo ; Torres Jeldes Víctor ; Tuma Zedan Joaquín ; Urízar Muñoz Christian ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Walker Prieto Matías .
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Jackson Drago Giorgio ; Morano Cornejo Juan Enrique .
-Se abstuvieron los diputados señores:
Barros Montero Ramón ; Becker Alvear Germán ; Berger Fett Bernardo ; Coloma Alamos Juan Antonio ; García García René Manuel ; Girardi Lavín Cristina ; Hernández Hernández Javier ; Kast Rist José Antonio ; Kort Garriga Issa ; Lavín León Joaquín ; Melero Abaroa Patricio ; Mirosevic Verdugo Vlado ; Molina Oliva Andrea ; Núñez Urrutia Paulina ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Saffirio Espinoza René ; Sandoval Plaza David ; Santana Tirachini Alejandro ; Squella Ovalle Arturo ; Trisotti Martínez Renzo ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Urrutia Soto Osvaldo ; Vallejo Dowling Camila ; Van Rysselberghe Herrera Enrique ; Verdugo Soto Germán ; Ward Edwards Felipe .
El señor CORNEJO (Presidente) .
Despachado el proyecto.
"
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Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que regula la forma de acreditar el estado civil de soltero.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor
Ricardo Rincón .
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 103ª de la presente legislatura, en 9 de diciembre de 2014
Documentos de la Cuenta N° 9.
El señor CORNEJO (Presidente) .
Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón .
El señor RINCÓN (de pie).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, paso a informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley que regula la forma de acreditar el estado civil de soltero, iniciado en una moción de los diputados señores Ceroni, don Guillermo ; Chahin, don Fuad ; Cornejo, don Aldo ; Monckeberg , don Cristián y Rincón, don Ricardo y de los ex diputados señores Araya, don Pedro ; Cardemil, don Alberto ; Eluchans, don Edmundo ; Harboe, don Felipe , y Latorre, don Juan Carlos .
El proyecto de ley tiene por objeto establecer la forma de acreditar el estado civil de soltero por parte del Registro Civil.
En la actualidad, dicho estado civil se acredita con una declaración jurada notarial, con dos testigos y con los costos que ello implica, lo que ofrece una nula posibilidad de certeza de esa declaración y de los testimonios.
La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el 22 de julio de 2014, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley, con una indicación cursada durante su tramitación, fue remitido nuevamente a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para segundo informe reglamentario, el que fue discutido durante la sesión celebrada el día 12 de noviembre del presente año, y que estoy dando a conocer.
La indicación presentada por los diputados señores Chahin, don Fuad ; Jaramillo, don Enrique ; Rincón, don Ricardo , y Soto, don Leonardo , pretendía incorporar un artículo único al proyecto que reemplazaba, en el inciso primero del artículo 305 del Código Civil, la expresión “separado judicialmente” por el vocablo “soltero” y contemplaba como medio de prueba del estado de soltería una partida de inexistencia del matrimonio.
Al respecto, debo señalar que la Corporación aprobó y despachó un proyecto de ley que elimina la expresión “separado judicialmente” del artículo 305 del Código Civil, porque constituye un error.
La razón de esa indicación radicaba en que, durante la discusión en primer trámite reglamentario, la comisión aprobó la idea de legislar, pero rechazó las indicaciones propuestas y la redacción original del artículo único.
Durante este segundo trámite reglamentario, vuestra comisión no llegó a acuerdo respecto de la indicación mencionada, fundamentalmente en lo relativo al medio de prueba del estado civil de soltería, por lo que fue rechazada por mayoría de votos.
Por lo tanto, ya que está aprobada la idea de legislar, hoy se votará la propuesta original. Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente) .
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor CORNEJO (Presidente) .
Corresponde pronunciarse en particular sobre el proyecto de ley que regula la forma de acreditar el estado civil de soltero.
En votación el texto de la moción rechazado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en su primer informe.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 28 abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente) .
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Browne Urrejola Pedro ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Chahin Valenzuela Fuad ; Cicardini Milla Daniella ; Cornejo González Aldo ; Espejo Yaksic Sergio ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farcas Guendelman Daniel ; Fernández Allende Maya ; Flores García Iván ; Fuentes Castillo Iván ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; Hernando Pérez Marcela ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Lemus Aracena Luis ; Letelier Norambuena Felipe ; Monsalve Benavides Manuel ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pascal Allende Denise ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Rocafull López Luis ; Rubilar Barahona Karla ; Sabag Villalobos Jorge ; Sabat Fernández Marcela ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Soto Ferrada Leonardo ; Tarud Daccarett Jorge ; Teillier Del Valle Guillermo ; Torres Jeldes Víctor ; Tuma Zedan Joaquín ; Urízar Muñoz Christian ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Walker Prieto Matías .
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Jackson Drago Giorgio ; Morano Cornejo Juan Enrique .
-Se abstuvieron los diputados señores:
Barros Montero Ramón ; Becker Alvear Germán ; Berger Fett Bernardo ; Coloma Alamos Juan Antonio ; García García René Manuel ; Girardi Lavín Cristina ; Hernández Hernández Javier ; Kast Rist José Antonio ; Kort Garriga Issa ; Lavín León Joaquín ; Melero Abaroa Patricio ; Mirosevic Verdugo Vlado ; Molina Oliva Andrea ; Núñez Urrutia Paulina ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Saffirio Espinoza René ; Sandoval Plaza David ; Santana Tirachini Alejandro ; Squella Ovalle Arturo ; Trisotti Martínez Renzo ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Urrutia Soto Osvaldo ; Vallejo Dowling Camila ; Van Rysselberghe Herrera Enrique ; Verdugo Soto Germán ; Ward Edwards Felipe .
El señor CORNEJO (Presidente) .
Despachado el proyecto.
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