. . . . . . " \nEl se\u00F1or GONZ\u00C1LEZ ( Vicepresidente ).- \nTiene la palabra el diputado se\u00F1or Nicol\u00E1s Monckeberg. \nEl se\u00F1or MONCKEBERG (don Nicol\u00E1s).- \nSe\u00F1or Presidente , el principio que est\u00E1 detr\u00E1s de este proyecto y de otros que, probablemente, la Sala tendr\u00E1 que evaluar en los pr\u00F3ximos d\u00EDas, aunque parezca obvio, no se practica en Chile. No es lo mismo trabajar un martes, mi\u00E9rcoles, jueves o viernes que hacerlo un domingo o d\u00EDa festivo. En consecuencia, no es lo mismo descansar un martes, mi\u00E9rcoles, jueves o viernes que hacerlo un domingo.\n \nLo que ocurre es que, en la pr\u00E1ctica, en Chile hay trabajadores que tienen en su jornada laboral una excepci\u00F3n al descanso del domingo; por lo tanto, pueden trabajar los domingos. Un grupo de esos trabajadores son los del comercio. Ellos, lamentablemente, han estado sometidos a abusos por muchos a\u00F1os -aunque no se puede generalizar-, lo que se ha traducido en que se les concentra su jornada ordinaria de trabajo en algunos d\u00EDas, en los que se incluye el domingo. De manera que, para ellos, el levantarse un domingo a las 6 de la ma\u00F1ana para atender en un mall o en un supermercado tiene el mismo valor econ\u00F3mico que hacerlo un lunes. Y cuando quieren tomar su d\u00EDa de descanso semanal y lo piden, se les ofrece, por ejemplo, el mi\u00E9rcoles, pero no el domingo, porque ese d\u00EDa tienen que trabajar. Entonces, \u00BFqu\u00E9 puede ser m\u00E1s abusivo para un trabajador que, obligatoriamente, por imposici\u00F3n del empleador, tener que descansar un martes o mi\u00E9rcoles, sin su familia, pero no el domingo, que es el d\u00EDa de descanso por naturaleza?\n \nPero hay un abuso aun peor, que este proyecto intenta corregir. \nCuando se organiza la jornada semanal de trabajo, los \u00FAnicos feriados que los trabajadores del comercio tienen asegurado, porque el comercio debe cerrar, son los cinco d\u00EDas de feriados irrenunciables. \nAunque parezca dif\u00EDcil de creer, descubrimos como una pr\u00E1ctica muy asentada en algunos establecimientos del comercio que las jornadas de trabajo, los turnos, son organizados de tal manera que el s\u00E9ptimo d\u00EDa, el de descanso, cayera justo en el d\u00EDa de feriado irrenunciable. Podremos calificar esa pr\u00E1ctica como mezquina, pero as\u00ED es. Por tal situaci\u00F3n, hay denuncias, juicios y dict\u00E1menes de la Direcci\u00F3n del Trabajo. Es decir, a\u00FAn persiste esa mala pr\u00E1ctica.\n \nEl proyecto, muy simple -da un poco de verg\u00FCenza que tengamos que legislar al respecto, porque jam\u00E1s nos imaginamos que, por cinco d\u00EDas de feriado irrenunciables en el a\u00F1o, alguien pudiera aprovecharse y hacerlos coincidir con el d\u00EDa de descanso que corresponde a cada trabajador-, establece que nunca se podr\u00E1 organizar la semana laboral de un trabajador del comercio de manera que el d\u00EDa de descanso caiga en un feriado irrenunciable. Me parece que es de sentido com\u00FAn. \nOjal\u00E1 este sea el primero de muchos proyectos orientados a defender el derecho al trabajo, pero tambi\u00E9n al descanso. La idea es que tanto el derecho al trabajo como al descanso se implementen en un esfera de justicia, y no de imposici\u00F3n. Obviamente, el descanso ideal y natural para todo trabajador debe considerar su entorno familiar, por lo cual el d\u00EDa m\u00E1s apropiado es el domingo. No es lo mismo descansar un domingo que, por ejemplo, un martes o mi\u00E9rcoles. \nPor \u00FAltimo, si el trabajador libremente decide laborar el d\u00EDa feriado o el domingo, es de toda justicia que tal jornada se valore en forma diferenciada y se pague mejor que al hacerlo en un d\u00EDa h\u00E1bil. \nHe dicho. \n " . . .