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- rdf:value = " PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A UN PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIONES, ADOPTADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 19 DE DICIEMBRE DE 2011 (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9465-10)
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En segundo lugar, corresponde tratar el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Javier Hernández.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 48ª, de la presente legislatura, en 22 de julio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 66ª de la presente legislatura, en 9 de septiembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 20.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor HERNÁNDEZ (de pie).-
Señor Presidente , en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores , Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011, el que se encuentra sometido a la consideración de esta honorable Cámara en primer trámite constitucional, sin urgencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15°, y 54, N° 1), de la Constitución Política de la República.
Señala el mensaje que el presente protocolo tiene por objeto facultar al Comité de los Derechos del Niño para recibir comunicaciones presentadas por, o en nombre de, personas o grupos de personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte que afirmen ser víctimas de una violación, por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la venta de Niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, o en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en conflictos armados. Todos esos instrumentos han sido ratificados por Chile. Por tanto, el Comité ejercerá su competencia respecto de nuestro país en relación con la violación de los derechos establecidos en cualquiera de ellos.
Asimismo, el mensaje hace presente que Chile ha sido uno de los principales impulsores de este instrumento internacional y que forma parte del Grupo de Amigos del mismo, junto con Eslovaquia, Eslovenia, Maldivas, Uruguay, Austria, Tailandia y Alemania, el cual trabajó intensamente durante la negociación y adopción del texto.
Añade que en el marco de la Reunión de Altas Autoridades en Derechos Humanos y Cancillerías del Mercosur se expresó el fuerte compromiso de la Región respecto del citado protocolo, en consideración a que dicho mecanismo facilitará los exámenes sobre las quejas presentadas, reforzará el acceso a la información y proporcionará una oportunidad estratégica para que los países del área adopten mecanismos que favorezcan que los niños y niñas tengan garantizados espacios adecuados para la presentación de sus denuncias.
Del mismo modo, precisa que, en ese sentido, la ratificación del presente protocolo por parte de Chile constituye una clara señal de progreso para lograr la participación de los niños, puesto que nuestro país ha declarado su compromiso de garantizar el bienestar y el ejercicio de los derechos de la población infantil y adolescente.
El presente protocolo posee un preámbulo en el cual los Estados parte manifiestan las consideraciones por las cuales decidieron adoptarlo, y 24 artículos, a los que, en aras del tiempo y dado que se encuentran reseñados en el informe que los colegas tienen en su poder, no me referiré.
Durante el estudio de este proyecto de acuerdo, la comisión contó con la asistencia y colaboración del subsecretario de Relaciones Exteriores , señor Edgardo Riveros Marín ; del director jurídico de la Cancillería , señor Claudio Troncoso Repetto , y del director de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Hernán Quezada Cabrera , quienes refrendaron los fundamentos expuestos en el mensaje que acompaña este proyecto de acuerdo, manifestando, en síntesis, que este método de comunicaciones es similar al contemplado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destacando que el Comité de los Derechos del Niño no posee las características de un tribunal de justicia y que sus resoluciones no tendrían fuerza obligatoria, ya que solo podrían generar una recomendación dirigida al Estado supuestamente infractor para que, por ejemplo, adecue su legislación interna a fin de proteger el derecho vulnerado.
Finalmente, el señor subsecretario manifestó que existen requisitos para recurrir ante el referido comité, principalmente relacionados con que el reclamante debe haber agotado todas las instancias internas que contemple el propio Estado para resguardar el derecho supuestamente lesionado.
Por su parte, los diputados presentes que expresaron su decisión favorable a la aprobación de este proyecto de acuerdo manifestaron su plena conformidad con su contenido, que viene a reforzar y complementar la importante función que cumplen las instituciones nacionales, complementando dichos mecanismos en lo concerniente al resguardo y promoción de los derechos de los niños, basados en el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos igualitarios e inalienables.
Por ello, por 7 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, prestaron su aprobación al proyecto de acuerdo en informe la señora Sabat , doña Marcela , y los señores Flores, don Iván ; Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel ; Mirosevic, don Vlado ; Rocafull, don Luis , y Sabag, don Jorge .
Finalmente, me permito señalar a mis distinguidos colegas que la comisión no calificó como normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado ningún precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe. Asimismo, determinó que sus preceptos no deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.
Como consecuencia de los antecedentes expuestos, la comisión decidió recomendar a la honorable Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo, cuyo texto se contiene en el referido informe.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.
El señor FARÍAS.-
Señor Presidente , no podía dejar de intervenir en este proyecto de acuerdo que aprueba el importante Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones. Pertenezco a la Comisión de Familia, donde hemos estado trabajando durante varios años en distintos temas, como la adopción, los guardadores y, en general, los derechos de los niños, que, junto con los adultos mayores -los dos extremos de la sociedad-, son los sujetos más indefensos, debido a que no tienen voz si no hay un adulto que los represente. Los niños tampoco pueden organizarse.
Los niños que sufren agresión, vejamen o violación no son capaces de actuar por sí mismos y denunciar esos hechos. Por lo tanto, son seres que están desamparados. De una u otra manera, como adultos tenemos la obligación de protegerlos. Por eso, el Estado debe generar políticas que tiendan a ello. En tal sentido se ha estado trabajando con el Ejecutivo , con el gobierno de la Presidenta Bachelet , en distintos proyectos relacionados con la protección de los derechos de los niños.
Este protocolo, firmado por nuestro país el 28 de febrero de 2012, sin duda es muy importante, porque, como bien dijo el diputado informante , facultará al Comité de los Derechos del Niño para recibir comunicaciones presentadas por, o en nombre de, personas o grupos de personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte, que afirmen ser víctimas de una violación.
Desgraciadamente, las violaciones que señala el protocolo no solo ocurren en nuestro país, sino en todo el mundo, y se relacionan, por ejemplo, con conflictos armados que hoy se viven en distintos lugares. Los niños tansportan armamento y muchas veces son utilizados como escudos humanos para defender posiciones que deberían ser resguardadas por soldados. Los niños son llevados a la guerra en distintos lugares de conflicto, lo que, evidentemente, no debería ocurrir.
Los derechos de los niños también son vulnerados cuando los hacen trabajar desde muy temprano. Familias carentes, con problemas económicos, los envían a mendigar o a trabajar en distintos lugares, sin contrato, en condiciones paupérrimas, coartándoles la posibilidad de que se desarrollen, estudien y enfrenten su adolescencia y adultez de manera consistente y con las herramientas necesarias.
También hay niños que son usados por pedófilos en pornografía.
En consecuencia, debemos seguir construyendo una legislación para protegerlos de mejor manera, porque, insisto, son personas indefensas y que no tienen voz. A diferencia de los jóvenes, los niños no se juntan para protestar en las calles y reclamar por una educación para todos, gratuita y de calidad. Los niños no pueden hacer eso. Los niños están preocupados de otras cosas. Por consiguiente, tenemos la obligación de entregarles protección.
Por eso, considero muy importante que nuestro Gobierno haya firmado este protocolo y que, como Cámara de Diputados, demos una señal de unidad en este proyecto, aprobándolo en forma unánime, para que pase rápidamente a integrar la legislación de nuestro país.
Al igual que toda la bancada del PPD, con mucha fuerza, voy a votar a favor este proyecto que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones.
Debemos seguir trabajando para que nuestros niños puedan tener una niñez digna y con oportunidades, con el propósito de que, una vez que hayan crecido y madurado, se conviertan en grandes personas.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente , el hecho de adoptar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011, realmente muestra el interés que tenemos, como país y personas, sobre los derechos de los niños.
Desde hace tiempo, distintos diputados han estado trabajando con un grupo de personas ligadas a estos temas, para recibir una mirada distinta en relación con la protección de los derechos de los niños de nuestro país.
El protocolo tiene por objeto facultar al Comité de los Derechos del Niño para recibir comunicaciones presentadas por personas o grupos de personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte que afirmen ser víctimas de una violación por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Ejemplos de ello son la venta de niños, que hemos visto en tantos reportajes; la prostitución infantil, que, aunque no parezca, existe en nuestro país, y la utilización de niños en pornografía o en conflictos armados, como hemos visto en el último tiempo en el Medio Oriente.
Como país y también como diputados, debemos sentirnos orgullosos de que Chile cuente con una serie de reglamentos sobre los derechos de los niños. Ahora, una vez más, nos haremos parte de un protocolo para seguir protegiendo no solo a los niños de nuestro país, sino de todo el mundo. Mediante este protocolo se podrán revisar las denuncias formuladas por distintos países en relación con esta materia y, a partir de allí, actuar.
Todo lo anterior nos impulsa a seguir trabajando cada día más en los derechos de los niños, para darles protección en todos los aspectos. Cuando hablamos de la protección de la familia, debemos considerar que los niños forman parte de ella. Cuando hablamos de la protección de los niños, debemos mirar lo que está pasando con los niños que viven en las diferentes regiones de nuestro país.
Somos testigos de cómo los niños son ocupados en diferentes trabajos. Por ejemplo, hay niños que son utilizados en la propaganda de las empresas de retail o en la que se difunde por televisión, pero no consideramos que eso es un trabajo. Por eso, creo que debemos poner más atención en este tipo de cuestiones.
Cabe señalar que el protocolo faculta al Comité de los Derechos del Niño para recibir información presentada por, o en nombre de, personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte, que afirmen ser víctimas de violación de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, por parte de ese Estado, de modo que tal mecanismo facilite el examen de las quejas presentadas.
La ratificación del protocolo por parte de Chile permitirá la participación de los niños mediante espacios adecuados para la interposición de sus denuncias. En definitiva, garantizará el bienestar y el ejercicio de los derechos de la población infantil y adolescente.
De la misma forma, refuerza el derecho a la educación, privilegio que pretendemos resguardar con la reforma educacional que estamos llevando a cabo.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Poblete.
El señor POBLETE.-
Señor Presidente , la Convención sobre los Derechos del Niño es uno de los instrumentos del derecho internacional moderno más importantes que ha tenido la oportunidad de ratificar la comunidad de naciones en las últimas décadas.
En él se estableció una serie de derechos y obligaciones para los Estados que no tenían un correlato anterior en la legislación comparada. Son derechos de última generación, pilar sobre el cual se han edificado numerosas reformas en favor de la infancia en todo el mundo.
La Convención hunde sus raíces en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño, y en la Declaración de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en sus artículos 23 y 24, y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 10.
Todos estos antecedentes de legislación internacional hicieron el camino necesario para arribar a lo que hoy se conoce como la Convención sobre los Derechos del Niño, que ya en 1990 era materia de consenso en la comunidad internacional. Ella se hizo posible gracias a la cooperación de los Estados y a la certeza de que una herramienta como esta iría en directo beneficio de la infancia de los países signatarios. Además, orientó la legislación de los Estados miembros hacia el reconocimiento de los más elementales patrones de conducta política, jurídica y social que cualquier infancia merece, sin importar sexo, raza, religión, ni condición social.
Hoy, la Convención sobre los Derechos del Niño cumple 24 años, decurso que ha sido de gran importancia en el despegue de estos derechos, pues ha despertado el desarrollo de los mismos en aquellos países que ratificaron y adoptaron el contenido de la convención. Chile no ha sido la excepción, ya que desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño se han promulgado varias leyes de importancia en esta materia, por ejemplo, la ley N° 19.585, que igualó la calidad de los hijos y puso fin a la odiosa distinción entre hijos legítimos, ilegítimos y naturales; la ley N° 19.620, de 1999, sobre adopción, que reemplazó el sistema que existía hasta entonces; la ley N° 20.032, que estableció un sistema de atención a la niñez y la adolescencia a través de la red de colaboradores del Sename; la ley N° 20.207, que estableció que la prescripción de los delitos sexuales contra menores se computará desde el día en que estos cumplan la mayoría de edad, etcétera.
Como las anteriores existen muchas otras normas y programas de gobierno que intentan mejorar la condición de quienes son un segmento especialmente débil de nuestro país. Sin embargo, quedan muchos desafíos pendientes. Es en este sentido y espíritu que se propone la aprobación de este Protocolo Facultativo.
El 19 de diciembre de 2011, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó un nuevo Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. Este tercer Protocolo Facultativo ha sido ratificado por seis Estados parte y entrará en vigor tras la ratificación de diez Estados miembros.
Un procedimiento de quejas o de comunicaciones, como se le conoce, permite que los individuos presenten un reclamo ante el Comité competente de la ONU cuando los derechos recogidos por la Convención hayan sido violados, siempre que el Estado acusado haya aceptado el procedimiento. La Convención sobre los Derechos del Niño es el único tratado internacional que no lo posee, por lo que constituye un paso fundamental en la protección de los derechos de los niños, iniciativa que más de seiscientas organizaciones en el mundo han venido impulsando desde 2006.
Chile, como Estado signatario de la Convención sobre los Derechos del Niño, debe ratificar este Protocolo Facultativo para un mejor funcionamiento y operatividad de la Convención de los Derechos del Niño en nuestro país.
Al ratificar este nuevo tratado, nuestro país complementaría las medidas que ha emprendido para respetar y proteger los derechos y obligaciones que aceptó cuando se hizo parte de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Hoy creemos necesario, entonces, la ratificación de este Protocolo Facultativo, que incentivará la funcionalidad y operatividad entre los organismos internacionales relacionados con la Convención sobre los Derechos del Niño.
Pensamos que esta iniciativa, que irá en directo beneficio de la infancia de nuestro país, contará con el apoyo decidido de los diversos sectores de la política representados hoy en el Congreso Nacional.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, este es un proyecto de acuerdo de mucho contenido humano, que recoge una herramienta fundamental para proteger y resguardar los derechos de los niños.
Anticipo que voy a aprobar este proyecto de acuerdo, que establece el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011, por cuanto, sin duda, es importante contar con una legislación interna que recoja mecanismos y disposiciones sustantivas que resguarden y garanticen la integridad y los derechos de los niños, para que se desarrollen como personas.
Este proyecto de acuerdo está en sintonía con los estatutos internacionales en materia de derechos de los niños, tal como la Convención sobre los Derechos del Niño, que es un verdadero poema a la infancia y un real catálogo de facultades, resguardos y protecciones que todos los Estados suscriptores se han comprometido a respetar.
Sin embargo, no todos los países han asumido la obligación de resguardar los derechos, la integridad y la dignidad de los menores. Es más, incluso en nuestro país se han producido situaciones reñidas con la Convención sobre los Derechos del Niño, dado lo cual hemos tenido que investigarlas, pues los menores no han tenido la protección debida.
Cuando un niño crece solo o deambula por las calles; cuando no estudia; cuando tiene hambre y sus necesidades no son cubiertas, es porque no se le está cuidando ni protegiendo, y ha quedado al margen de los derechos que le corresponden.
Este protocolo obliga a nuestro país a adherir a sus postulados, a objetivos precisos respecto de la protección de los derechos del niño, que se traducen en facultar al Comité de los Derechos del Niño para recibir comunicaciones presentadas por, o en nombre de, personas o grupos de personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte, que afirmen ser víctimas de una violación por parte de ese Estado -el Comité está obligado a recibirlas-, de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño -es decir, está íntimamente relacionado con esta-; en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la Venta de Niños -es algo que ocurre-, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía -es algo que también ocurre-, o en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados. En distintos conflictos armados que ocurren en diversas partes del mundo, los niños son utilizados como escudos humanos para protegerse del enemigo. Todos estos instrumentos han sido ratificados por Chile.
En el Preámbulo, los Estados parte dejan expresa constancia de la importancia del protocolo en lo concerniente al resguardo y promoción de los derechos de los niños, basados en el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables, resaltando la importante función que cumplen las instituciones nacionales y lo primordial que es reforzar y complementar dichos mecanismos, así como mejorar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Nuestros representantes en las Naciones Unidas han señalado que este protocolo constituye una clara señal de progreso para lograr la participación de los niños. Nuestro país ha declarado que debe ser un compromiso garantizar el bienestar y el ejercicio de los derechos de la población infantil y adolescente.
Asimismo, considera pertinente el establecimiento de mecanismos especializados coadyuvantes o complementarios que contribuyan al examen de situaciones, procedimientos, prácticas u omisiones que puedan interferir o restringir el efectivo ejercicio o reparación de los derechos de niños y niñas.
Este protocolo es uno de los acuerdos internacionales de mayor interés para los Estados miembros que se comprometen a resguardar, proteger y tutelar a los niños, según la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Hoy podemos ver que en muchas partes del mundo niños inocentes deben pagar por los actos ilícitos, atropellos e irracionalidad de los adultos.
Considero que este proyecto de acuerdo también debió haber sido tratado por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. En el estudio del proyecto de acuerdo participó don Hernán Quezada Cabrera , director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores , pues se relaciona con los derechos de la persona humana.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece una serie de potestades y facultades que constituyen los derechos elementales de las personas, dentro de los cuales se encuentran los derechos del niño.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la honorable diputada señora Loreto Carvajal.
La señora CARVAJAL (doña Loreto).-
Señor Presidente , ante todo, agradezco la presentación de este proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones, pues declara la intención de nuestro país de convertirse en uno de los principales impulsores de este instrumento internacional, en su calidad de miembro del Grupo de Amigos (GA), junto con Eslovaquia, Eslovenia, Maldivas , Uruguay , Austria , Tailandia y Alemania, tal como lo señaló el diputado informante .
Existe profunda convicción de que en algunos países los niños carecen de algunas protecciones, puesto que ni siquiera están garantizadas. Tengo el más profundo convencimiento de que los niños son patrimonio de todo el mundo y que sus derechos no son solo de responsabilidad de la estructuras judicial y familiar, sino también de las autoridades.
El protocolo es importante, porque su objetivo es facultar al Comité de los Derechos del Niño para recibir comunicaciones presentadas por, o en nombre de, personas o grupos de personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte que afirmen ser víctimas de una violación por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la Venta de Niños , la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, o en el Protocolo Facultativo de la Convención relativa a la Participación de Niños en Conflictos Armados. Todos estos instrumentos han sido ratificados por Chile; por tanto, el Comité ejercerá su competencia respecto de nuestro país en relación con la violación de los derechos establecidos en cualquiera de esas convenciones.
Asimismo, es importante destacar que este Protocolo constituye un mecanismo que facilitará los exámenes de las quejas presentadas, reforzará el acceso a la información y proporcionará una oportunidad estratégica para que los países del área adopten las medidas y los mecanismos necesarios que favorezcan y garanticen los derechos de niños y niñas, y que, además, los espacios sean los adecuados para la presentación de las denuncias.
Con esto, Chile da un paso adelante en esta materia. Sin embargo -lo dije al inicio de mi intervención-, aún tenemos mucho trabajo que hacer en relación con la protección de los niños, con su seguimiento y con la protección de sus derechos cuando son víctimas de delitos violentos. Creo que son tantas las modificaciones que es necesario realizar en materia procesal penal, de derechos, de educación y en tantas otras áreas, que el Estado chileno no puede sino adherir a este Protocolo, y el Congreso Nacional no puede sino aprobarlo en forma unánime. Aunque solo en parte mejora las condiciones de nuestros niños, les garantiza un futuro que les permitirá, con seguridad, educación y amor, tener un futuro promisorio. Me refiero al futuro no solo de los niños de Chile, sino de todo el mundo. Como he dicho, la responsabilidad no solo es familiar, sino que también recae en las autoridades, las que deben dictar normas que vayan en directo beneficio de los niños del mundo y, en particular, de los de nuestro país.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Felipe Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , sin duda, la ratificación de este protocolo garantizará el bienestar de los niños de nuestro país.
Estoy de acuerdo con todos los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra, en cuanto a que estamos ante un tema de la mayor relevancia.
¿Hemos avanzado en Chile en esta materia? Sí, tal como hemos avanzado en muchas cosas, a partir de nuestro desarrollo democrático. Sin embargo, todavía falta emparejar la cancha en relación con los niños que son explotados de distintas formas.
Hago un llamado a la clase empresarial, sobre todo a los supermercados, que saben que en los niños tienen una mano de obra regalada. Dicho sea de paso, los miles de niños de nuestro país que trabajan en los supermercados no tienen beneficios, solo lo que los clientes les puedan entregar. Hechos son amores y no buenas razones. Desde la Cámara de Diputados hago un llamado para que los niños no sigan siendo víctimas, convirtiéndose en una mano de obra barata, regalada para los grandes consorcios de supermercados.
Pretendía hacer un discurso más largo porque tenía muchas cosas que agregar; pero, en honor al tiempo, solo quiero agradecer que se me haya concedido la palabra.
Por cierto, vamos a aprobar este proyecto de acuerdo para que, de una vez por todas, los niños del mundo y de Chile tengan una vida más digna.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de acuerdo en los siguientes términos:
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 69 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Barros Montero Ramón; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Cariola Oliva Karol; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Chahin Valenzuela Fuad; Coloma Alamos Juan Antonio; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Sabat Fernández Marcela; Saldívar Auger Raúl; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Ward Edwards Felipe.
-Se abstuvo el diputado señor Jackson Drago Giorgio
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Despachado el proyecto.
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- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9465-10