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El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, este es un proyecto de acuerdo de mucho contenido humano, que recoge una herramienta fundamental para proteger y resguardar los derechos de los niños.
Anticipo que voy a aprobar este proyecto de acuerdo, que establece el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011, por cuanto, sin duda, es importante contar con una legislación interna que recoja mecanismos y disposiciones sustantivas que resguarden y garanticen la integridad y los derechos de los niños, para que se desarrollen como personas.
Este proyecto de acuerdo está en sintonía con los estatutos internacionales en materia de derechos de los niños, tal como la Convención sobre los Derechos del Niño, que es un verdadero poema a la infancia y un real catálogo de facultades, resguardos y protecciones que todos los Estados suscriptores se han comprometido a respetar.
Sin embargo, no todos los países han asumido la obligación de resguardar los derechos, la integridad y la dignidad de los menores. Es más, incluso en nuestro país se han producido situaciones reñidas con la Convención sobre los Derechos del Niño, dado lo cual hemos tenido que investigarlas, pues los menores no han tenido la protección debida.
Cuando un niño crece solo o deambula por las calles; cuando no estudia; cuando tiene hambre y sus necesidades no son cubiertas, es porque no se le está cuidando ni protegiendo, y ha quedado al margen de los derechos que le corresponden.
Este protocolo obliga a nuestro país a adherir a sus postulados, a objetivos precisos respecto de la protección de los derechos del niño, que se traducen en facultar al Comité de los Derechos del Niño para recibir comunicaciones presentadas por, o en nombre de, personas o grupos de personas sujetas a la jurisdicción de un Estado parte, que afirmen ser víctimas de una violación por parte de ese Estado -el Comité está obligado a recibirlas-, de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño -es decir, está íntimamente relacionado con esta-; en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la Venta de Niños -es algo que ocurre-, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía -es algo que también ocurre-, o en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados. En distintos conflictos armados que ocurren en diversas partes del mundo, los niños son utilizados como escudos humanos para protegerse del enemigo. Todos estos instrumentos han sido ratificados por Chile.
En el Preámbulo, los Estados parte dejan expresa constancia de la importancia del protocolo en lo concerniente al resguardo y promoción de los derechos de los niños, basados en el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables, resaltando la importante función que cumplen las instituciones nacionales y lo primordial que es reforzar y complementar dichos mecanismos, así como mejorar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Nuestros representantes en las Naciones Unidas han señalado que este protocolo constituye una clara señal de progreso para lograr la participación de los niños. Nuestro país ha declarado que debe ser un compromiso garantizar el bienestar y el ejercicio de los derechos de la población infantil y adolescente.
Asimismo, considera pertinente el establecimiento de mecanismos especializados coadyuvantes o complementarios que contribuyan al examen de situaciones, procedimientos, prácticas u omisiones que puedan interferir o restringir el efectivo ejercicio o reparación de los derechos de niños y niñas.
Este protocolo es uno de los acuerdos internacionales de mayor interés para los Estados miembros que se comprometen a resguardar, proteger y tutelar a los niños, según la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Hoy podemos ver que en muchas partes del mundo niños inocentes deben pagar por los actos ilícitos, atropellos e irracionalidad de los adultos.
Considero que este proyecto de acuerdo también debió haber sido tratado por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. En el estudio del proyecto de acuerdo participó don Hernán Quezada Cabrera , director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores , pues se relaciona con los derechos de la persona humana.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece una serie de potestades y facultades que constituyen los derechos elementales de las personas, dentro de los cuales se encuentran los derechos del niño.
He dicho.
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