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El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio, y su protocolo, suscritos en Washington el 4 de febrero de 2010, y las notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas a dicho convenio.
Diputados informantes de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Hacienda, son los señores Carlos Abel Jarpa y Enrique Jaramillo, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 121ª, de legislatura 361ª, en 4 de marzo de 2014. Documentos de la Cuenta N° 4.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 43ª de la presente legislatura, en 8 de julio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 53ª de la presente legislatura, en 7 de agosto de 2014. Documentos de la Cuenta N° 2.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
El señor JARPA (de pie).-
Señor Presidente, en mi calidad de integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y en nombre de mi colega y amigo Jorge Sabag , me corresponde informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio, y su protocolo, suscritos en Washington el 4 de febrero de 2010, y las notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas a dicho convenio, que se encuentra sometido a la consideración de la honorable Cámara en primer trámite constitucional, sin urgencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15°, y 54, N° 1), de la Constitución Política de la República.
La comisión aprobó el proyecto de acuerdo por 8 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Votaron a favor la señora Molina , doña Andrea , y los señores Hernández, don Javier ; Jarpa, don Carlos Abel; Mirosevic, don Vlado ; Morales, don Celso ; Rocafull, don Luis ; Sabag, don Jorge , y Teillier, don Guillermo .
Según lo señala el mensaje, este instrumento internacional es similar a los suscritos con Brasil, Canadá , Colombia , Corea del Sur, Croacia , Dinamarca , Ecuador , España , Francia, Irlanda , Malasia , México , Noruega, Nueva Zelandia, Paraguay , Perú , Polonia , Portugal , Reino Unido y Suecia.
En el estudio de este proyecto de acuerdo, la comisión contó con la asistencia y colaboración de los señores Edgardo Riveros , ministro subrogante de Relaciones Exteriores ; Rodrigo Monardes , jefe del departamento de Servicios , Inversiones y Transporte Aéreo de la Direcon, y Néstor Venegas , abogado del departamento de Normas Internacionales del Servicio de Impuestos Internos .
Este convenio se suma a otros instrumentos jurídicos celebrados por el Estado de Chile, tal como lo he señalado, que se basan en el modelo elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), con las diferencias específicas derivadas de la necesidad de cada país de acuerdo con su propia legislación y política impositiva.
El señor ministro subrogante de Relaciones Exteriores , en su exposición ante la comisión, reiteró que los objetivos perseguidos por el presente convenio son eliminar la doble imposición internacional a la que estén afectos los contribuyentes que desarrollan actividades transnacionales entre los Estados contratantes; asignar los respectivos derechos de imposición entre los Estados contratantes; otorgar estabilidad y certeza a dichos contribuyentes respecto de su carga tributaria total y de la interpretación y aplicación de la legislación que les afecta; establecer mecanismos que ayuden a prevenir la evasión fiscal por medio de la cooperación entre las administraciones tributarias de ambos Estados contratantes y proceder al intercambio de información entre ellas; proteger de discriminaciones tributarias a los nacionales de un Estado contratante que invierten en el otro Estado contratante o desarrollen actividades en él, y establecer, mediante un procedimiento de acuerdo mutuo, la posibilidad de resolver las disputas tributarias que se produzcan en la aplicación de las disposiciones del convenio.
El señor Riveros puntualizó que si bien la aplicación de estos convenios podría suponer una disminución de la recaudación fiscal respecto de determinadas rentas, el efecto final en el ámbito presupuestario es menor. Ello se debe, en primer lugar, a que las inversiones extranjeras hacia Chile se concentran mayoritariamente en actividades sujetas al pago de los impuestos de primera categoría y adicional, que no se verán afectados por el convenio, ya que en atención a la forma en que se estructura la norma que regula la imposición de los dividendos, los límites ahí establecidos no son aplicables en el caso de los dividendos pagados desde Chile.
En segundo término, se debe tener presente que una menor carga tributaria incentiva el aumento de las actividades transnacionales susceptibles de ser gravadas con impuestos, con lo que se compensa la disminución inicial. Incluso más, en el ámbito presupuestario, la salida de capitales chilenos al exterior y el mayor volumen de negocios que genera aumentan la base tributaria sobre la cual se cobran los impuestos a los residentes en Chile.
Durante el estudio del proyecto de acuerdo en la comisión, el ministro subrogante de Relaciones Exteriores señaló que la eliminación o disminución de las trabas impositivas que afectan a las actividades e inversiones desde o hacia Chile tienen incidencias muy importantes para la economía nacional, puesto que, por una parte, permiten o facilitan un mayor flujo de capitales, lo que redunda en una profundización y diversificación de las actividades transnacionales, especialmente respecto de aquellas actividades que involucran tecnologías avanzadas y asesorías técnicas de alto nivel, por la menor imposición que les afectaría, y, por otra, facilitan que nuestro país pueda constituirse en una plataforma de negocios para empresas extranjeras que quieran operar en otros países de la región.
Por su parte, la señora diputada y los señores diputados presentes que expresaron su decisión favorable a la aprobación de este proyecto de acuerdo, manifestaron que él se enmarca dentro de los compromisos asumidos por el país al incorporarse a la OCDE, en el sentido de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio, y constituye un fuerte estímulo para el inversionista y prestador de servicios residente en Chile, quien verá incrementados los beneficios fiscales a que puede acceder en caso de desarrollar actividades en Estados Unidos de América.
Constancias reglamentarias.
La comisión no calificó como normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado ningún precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe.
Como consecuencia de los antecedentes expuestos y visto el contenido formativo del acuerdo en trámite, la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana decidió recomendar a la honorable Cámara de Diputados -por 8 votos a favor y ninguno en contra- aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor JARAMILLO (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio, y su protocolo, suscritos en Washington el 4 de febrero de 2010, y las notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas a dicho convenio.
La Comisión de Relaciones Exteriores dispuso en su informe que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento de este proyecto de acuerdo, que consta de un artículo único.
El proyecto de acuerdo fue tratado en las sesiones de fecha 22 de julio y 5 de agosto del año en curso. Durante su estudio, asistieron a la comisión el director de Presupuestos , señor Sergio Granados ; el director del Servicio de Impuestos Internos , señor Michel Jorratt ; el asesor legal del Departamento de Servicios, Inversiones y Transporte Aéreo, señor Carlos Portales Undurraga , y el asesor del Departamento América del Norte, Central y Caribe, señor Mario Lavín Aliaga , los dos últimos de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores; la jefa del Departamento de Normas Internacionales, señora Liselott Kana , y el abogado del Departamento de Normas Internacionales, señor Néstor Venegas Torrealba , ambos del Servicio de Impuestos Internos.
El debate estuvo centrado principalmente en los efectos de las disposiciones del convenio en los ingresos y en la recaudación fiscal.
El convenio regula el tratamiento de los diferentes tipos de rentas. Así, existen rentas que tributan en ambos países, como las rentas de bienes inmuebles, y rentas que tributan solo en uno de los países, como aquellas provenientes del trasporte internacional.
En los casos en que se tributa en ambos países, el artículo 23 del convenio consagra un mecanismo para evitar la doble imposición. Así, el Estado contratante donde reside el perceptor de la renta debe otorgar un crédito por los impuestos pagados en el otro Estado contratante.
Adicionalmente, el convenio establece una reducción de la tasa de impuesto que se aplica sobre los intereses en general, de 35 por ciento a 10 por ciento. Sin perjuicio de ello, por un período de cinco años contados desde la fecha en que las disposiciones del convenio entren en vigencia, esta tasa será de 15 por ciento.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos señala que la aplicación de las normas del convenio implicará una menor recaudación de 129.197.000 dólares hasta el quinto año, y de 131.746.000 dólares, a partir del sexto año.
De acuerdo con el informe financiero, se precisa que la pérdida estimada en recaudación fiscal se calculó como la diferencia generada entre la recaudación actual y la estimación de recaudación aplicando las tasas del convenio en análisis. Adicionalmente, se incluyó en esta estimación el efecto de la cláusula de la nación más favorecida.
Para los fines del cálculo del efecto tributario de esta rebaja, se tomó como base las cantidades de impuestos declarados y pagados mediante el Formulario N° 50, de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, durante 2012. No se incluye en esta estimación la mayor recaudación que se podría generar por los mayores flujos originados en Estados Unidos hacia Chile.
El director del Servicio de Impuestos Internos coincidió con el director de la Dipres en que este tipo de instrumentos constituyen un incentivo a la inversión. En ese sentido, citó ejemplos de las cifras en materia de recaudación en virtud de los convenios actualmente vigentes, y comparó los montos de recaudación por impuesto adicional existentes al momento de la firma del convenio y cinco años después de su entrada en vigencia. Así, por el convenio existente con España, la recaudación aumentó de 17.965 millones de pesos a 35.321 millones de pesos; con Francia, de 9.118 millones de pesos a 17.550 millones de pesos; con Colombia, de 1.723 millones de pesos a 3.185 millones de pesos, y con Perú, de 527 millones de pesos a 776 millones de pesos.
Sometido a consideración de la Comisión de Hacienda el artículo único del proyecto de acuerdo, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes, en los mismos términos en que lo hizo la comisión técnica.
Por lo tanto, vuestra Comisión de Hacienda propone a la Sala que proceda de igual forma.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En discusión el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente, este proyecto de acuerdo, que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición o doble tributación, y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio, tiene mucha vigencia respecto de la reforma tributaria aprobada hace poco por el Congreso Nacional. Si bien el convenio fue firmado el 4 de febrero de 2010, en Washington, no deja de recobrar su vigencia a la luz de los esfuerzos que los países deben hacer para evitar la doble tributación y la evasión fiscal.
Debemos recordar que antes de la firma de este convenio, Chile firmó un acuerdo de libre comercio con Estados Unidos en el marco de la integración y de la globalización de las economías, el que ha dado muchos beneficios a los ciudadanos chilenos y estadounidenses, pues han visto un aumento en el intercambio comercial y una disminución en los precios de los bienes importados y exportados respectivamente.
De forma que un acuerdo de libre comercio y un convenio para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal, desde mi punto de vista, sellan una relación comercial muy fluida e importante con la nación más grande del mundo desde el punto de vista económico y político.
Esto debe ser motivo de especial orgullo para Chile, ya que no todos los países gozan de esta posibilidad, que significa un impulso al crecimiento y al desarrollo de nuestra economía y, especialmente, de quienes más importa: los sectores medios y los de menores recursos.
No voy a ahondar en el contenido del convenio, pues ha sido claramente expuesto por los diputados informantes. Sí quiero resaltar un aspecto que fue objeto de debate en la Comisión de Hacienda: de acuerdo con el informe financiero, se estiman pérdidas en la recaudación fiscal por 129 millones de dólares hasta el quinto año, y por 131,7 millones de dólares a partir del sexto año.
Al respecto, quiero relativizar estas cifras, porque es muy difícil predecir cómo se va a comportar esta estimación. Perfectamente puede ocurrir que en vez de pérdidas tengamos utilidades o que las cifras sean mucho mayores. Pero lo que se genera con estos acuerdos, en que se disminuye la evasión y la doble tributación, es un círculo virtuoso que debería fomentar más la actividad comercial.
Hace muy poco, la Presidenta de Chile llegó de Estados Unidos. En estos días le hemos escuchado importantes discursos en los que motivaba a los inversionistas norteamericanos a creer en Chile, y enfrentaba las preguntas lógicas sobre los efectos que tendrán las reformas que se han llevado a cabo en nuestro país.
Todo lo anterior ocurre en momentos en que estamos viviendo un verdadero frenazo -“desaceleración”, la llaman algunos eufemísticamente- en nuestra economía. Claramente, las cifras están cayendo en Chile; todos los indicadores económicos van en retroceso. Y, ¡por Dios, qué importante es que la Presidenta de Chile en su discurso en Estados Unidos haya hecho ver que hay plena confianza y apoyo a la inversión privada en nuestro país y que no habrá ninguna acción que perjudique a quienes quieran invertir en Chile desde Estados Unidos, y viceversa!
Por lo tanto, espero que las eventuales pérdidas que indica el informe financiero no se produzcan. Por el contrario, espero que el intercambio comercial, que Chile ha visto acrecentarse de forma importante en la última década a consecuencia de los acuerdos económicos, y este convenio de tributación y de control de la evasión permitan que se paguen los impuestos justos, de modo que nadie vea tan fácil la posibilidad de evadir.
Por lo expuesto, anuncio que la UDI va a apoyar este proyecto de acuerdo, por los beneficios que conlleva.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Sergio Espejo.
El señor ESPEJO.-
Señor Presidente, el proyecto de acuerdo que vamos a aprobar es un ejemplo de buena política, pues establece las reglas razonables que debemos tener no solo para evitar la doble tributación, que evidentemente afecta el intercambio de bienes y servicios entre países y es un obstáculo a la inversión, sino, además -no se ha señalado con tanta fuerza-, para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio.
Es un instrumento similar al que se ha suscrito con otros veinte países, entre los cuales quiero destacar los siguientes: Reino Unido, Suecia, Francia y España. A fin de que sea posible no solo evitar la doble tributación, sino, también, prevenir la evasión y la elusión, el convenio contempla lo que me parece más relevante: un mecanismo de intercambio de información entre las autoridades competentes de ambos Estados, el que debe cumplir con los más altos estándares de la OCDE.
Por esa razón, me parece tan incomprensible que días atrás aprobáramos en la reforma tributaria una norma -el artículo vigesimocuarto transitorio- que permite la repatriación de capitales de quienes no los han declarado o tributado previamente, y que otorga este beneficio -así se nos señaló en su momento- con el objetivo precisamente de entregar a nuestro Estado la capacidad de recibir toda la información tributaria que permita rastrear este tipo de operaciones en el exterior y prevenirlas a futuro.
Es curioso, porque han transcurrido dos semanas desde la aprobación de la reforma tributaria y estamos a un día de su promulgación, y vamos a aprobar esta otra norma, que entrega todos los mecanismos para acceder a la información tributaria necesaria y relevante con el principal país del mundo en materia económica como es Estados Unidos de América.
Valoro este acuerdo y lo apoyo con entusiasmo, pues me parece una regla de buena política; no obstante, me provoca una disonancia monumental, ya que -como dije- hace pocos días aprobamos una norma que va exactamente en la dirección contraria, en circunstancias de que existen instrumentos razonables, como este convenio, para efectos de evitar la elusión e impedir entregar beneficios a quienes, en mi opinión, no los merecen.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, no estoy de acuerdo con el comentario del diputado Patricio Melero ; no soy pesimista en cuanto a la economía del país. Si Chile está viviendo una desaceleración económica, se debe a lo que sucede con la economía mundial; no es otra cosa. Nuestro país está bien preparado para soportar situaciones difíciles en la economía del mundo. Por ello, no me haría problemas al respecto en relación con este convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América.
El colega Sergio Espejo señaló que existen convenios similares con otros países, que, curiosamente, son naciones desarrolladas. Eso habla bien de nosotros. Si sucediera algo como lo que presagia el diputado Melero, Canadá -uno de los países más ricos y desarrollados del mundo-, Dinamarca , Francia, el Reino Unido o Suecia no volverían su mirada hacia Chile para concretar los convenios que en su momento firmaron.
Digo esto para contrarrestar cualquier opinión negativa sobre este proyecto de acuerdo.
Desde el 4 de febrero de 2010, fecha en que se suscribió el convenio y su protocolo, se han llevado a cabo los estudios pertinentes. Países con la trascendencia económica de Estados Unidos son muy prolijos en sus análisis antes aceptar firmar un convenio de esta magnitud. Por ello, debemos tolerar la gran cantidad de tiempo que ha transcurrido, pues firmar un acuerdo con el país más importante del planeta no es menor. A mi juicio, vale la pena el tiempo que se ha dedicado al estudio de esta materia. Por el contrario, felicito a los Ministerios de Hacienda y de Relaciones Exteriores, que han trabajado en este ámbito.
Me parece importante destacar los artículos del proyecto de acuerdo referidos a la evasión fiscal. Por medio de la cooperación entre las administraciones tributarias de ambos países contratantes se procederá al intercambio de información. El director nacional del Servicio de Impuestos Internos , don Michel Jorratt , en su momento dijo que muchas veces reclamamos porque los malos chilenos sacan capitales del país y los envían a paraísos tributarios. Al respecto, el artículo 22 apunta a prevenir lo que algunos ciudadanos no buenos de este país hacen al evadir impuestos y enviar capitales a paraísos fiscales.
Algunos artículos facilitan el flujo de capitales hacia el Estado contratante. En este caso, el beneficiado será nuestro país. Muestra de ello es algo que conviene tener en cuenta. Según las estadísticas, cuando se firmó el convenio respectivo con España, se previó que los primeros años la recaudación tendría un efecto negativo. También se utilizan las estadísticas en relación con el resultado de este convenio con Estados Unidos. En el caso del convenio con España, se estipuló que en los primeros años habría un efecto negativo. Sin embargo, a contar del cuarto año, la recaudación aumentó de 17.000 millones de pesos a 35.000 millones de pesos; con Francia, aumentó de 9.118 millones de pesos a 17.550 millones de pesos; con Colombia, de 1.700 millones de pesos a 3.000 millones de pesos. En consecuencia, estamos hablando de que en tres o cuatro años lo negativo que se prevé se transformará en positivo.
Por lo expuesto, en consideración al beneficio que traerá para nuestro país, solicito a la Sala que, tal como lo hizo la Comisión de Hacienda, apruebe en forma unánime el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de acuerdo en los siguientes términos:
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la renta y al patrimonio, y su protocolo, suscritos en Washington el 4 de febrero de 2010, y las notas intercambiadas, en igual fecha y lugar, relativas a dicho convenio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 64 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Barros Montero Ramón; Berger Fett Bernardo; Cariola Oliva Karol; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Coloma Alamos Juan Antonio; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Sabat Fernández Marcela; Saldívar Auger Raúl; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Boric Font Gabriel; Jackson Drago Giorgio; Silber Romo Gabriel.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Chahin Valenzuela Fuad; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Venegas Cárdenas Mario
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Despachado el proyecto.
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