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El señor BERTOLINO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , por formación, soy enemigo de que cualquier niño menor de dieciocho años trabaje, bajo ninguna circunstancia. Las sociedades que desean avanzar, hacen que sus niños y jóvenes estén donde corresponde; es decir, en la escuela o en el liceo, desarrollando sus capacidades para su formación, de manera que cuando lleguen a adultos puedan insertarse en el mundo laboral.
En pleno siglo XXI, y en una sociedad en la que el Estado debe hacerse responsable, los niños no deben trabajar ni desarrollar actividad productiva alguna.
Por eso, cada vez que se presenta algún proyecto para permitir a los niños trabajar, me parece inadecuado. De esa manera, se reconoce que la sociedad no es capaz de resolver un tema relevante.
Incluso más, en la Constitución se establece que la educación básica y la educación media son obligatorias, y que el Estado tiene el deber de financiar un sistema gratuito con tal objeto.
En Chile, de acuerdo con nuestro sistema escolar, un niño entra a los seis años a estudiar en la enseñanza básica y egresa a los dieciocho años de la enseñanza media, después de haber cumplido con toda su escolaridad. Entonces, es evidente que un chico menor de dieciocho años, para laborar, tendrá que dejar sus estudios o hacerlos en horario diferido.
El inciso segundo del artículo 13 del Código del Trabajo plantea una restricción que, ojalá, el Estado haga cumplir religiosamente. Dispone que, para que los menores de dieciocho años y mayores 15 años puedan celebrar contratos de trabajo, deberán, entre otras cosas, acreditar haber culminado su educación media o encontrarse cursando ésta o la educación básica. En otras palabras, exige que los menores comprueben haber culminado sus estudios o estar cursándolos. A mi juicio, eso es muy importante.
El proyecto en discusión hace referencia al mencionado artículo 13, respecto del cual propone eliminar su inciso tercero, de manera de exigir que los chicos estén donde corresponde: en la escuela. En ese sentido, si se va a permitir que los niños menores de dieciocho años con talento artístico desarrollen actividades laborales -se regula que no lo hagan en cabarés, etcétera-, se debería establecer claramente que no lo podrán hacer en horarios de actividad escolar.
Ahí tenemos un problema en este articulado, dado que es evidente que no podemos permitir que menores dejen de estudiar por desarrollar actividades artísticas u otras.
En esta materia, el Código del Trabajo todavía presenta incongruencias. Es evidente que un niño, que debe cursar sus estudios en el colegio o en el liceo, no puede trabajar más de ocho horas. Al contrario, es mucho menor el período en que puede hacerlo. Sin embargo, el Código aún permite que laboren ocho horas.
A mi juicio, debiéramos establecer una regulación para que ningún niño trabaje por motivo alguno. En mi opinión, es perentorio que el Estado se preocupe mucho más por hacer cumplir la ley, en el sentido de entregar a esos niños y jóvenes la posibilidad de formarse integralmente, antes de pensar en producir.
Entiendo que en una sociedad como la nuestra todavía existen focos en que, dadas las precariedades económicas, familias envíen a los niños a trabajar. Sin embargo, eso es inaceptable. Por lo tanto, el Estado debe entregar un apoyo directo a las familias, de manera focalizada, tal vez a través de subsidios. Asimismo, debe garantizar que esas familias dispongan de lo necesario para que sus niños cursen la enseñanza básica y media, independientemente de sus talentos artísticos o de cualquier otra naturaleza.
Una sociedad del siglo XXI debe entregar a sus niños la oportunidad de formarse integralmente, y la única manera de lograrlo es mediante la educación. Por eso, ella es tan fundamental para los radicales pues es el motor del desarrollo.
Proyectos como este se encuentran muy bien orientados, porque apuntan a resguardar de una serie de problemáticas que ocurren; pero no es menos cierto que dejan al descubierto una gran debilidad de la sociedad, en la que todavía menores desempeñan actividades productivas, en circunstancias de que lo lógico sería que se encontraran muy bien acogidos desde el punto de vista social y del Estado, a fin de que desarrollaran sus potencialidades y las expresaran de manera abierta después de los dieciocho años, una vez culminados sus estudios y su desarrollo físico e intelectual.
He dicho.
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