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El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , quiero intervenir en forma muy breve para explicar mi posición y apoyar de alguna manera lo que han expresado mis colegas de bancada, los diputados Fuad Chahín y René Saffirio , en el sentido de que no debemos olvidar cuál fue el objetivo por el cual se crearon las empresas individuales de responsabilidad limitada en nuestra legislación, lo que ha tenido bastante aplicación a través de la ley N° 19.857.
Señor Presidente , en mis diez años de ejercicio como abogado, antes de asumir mi cargo parlamentario, me correspondió constituir muchas empresas individuales de responsabilidad limitada en los albores de la entrada en vigencia de esta legislación. Hasta antes de la entrada en vigencia de la ley N° 19.857, se confundía el patrimonio de la empresa con el individual. De esa forma, el empresario individual no podía afectar un patrimonio determinado para la aventura de su emprendimiento y, finalmente, se confundía con su patrimonio como persona natural y, en consecuencia, el de su familia. Eso hacía que los riesgos que existen para crear emprendimiento afectaran el patrimonio de la persona natural y, por lo tanto, de su grupo familiar como su vivienda, vehículo, etcétera. Por eso, se crea la empresa individual de responsabilidad limitada, a fin de que ese empresario tenga un patrimonio distinto como tal del de su familia.
Comparto la aprensión de los diputados Saffirio y Chahín. El hecho de no haber realizado las observaciones en la Comisión no puede inhabilitarnos para formularlas en la Sala. Por algo los proyectos llegan a la Sala. Los diputados trabajamos en distintas comisiones. Quien habla participa en seis comisiones y no podría formular en cada una de ellas mis observaciones respecto de cada uno de los proyectos de ley en particular; por eso, el objetivo de que los proyectos se discutan en la Sala es para plantear tales observaciones en su seno y el país sea testigo de cada una de estas discusiones. De lo contrario, el debate de los proyectos de ley se agotaría en las comisiones, en cuyo caso no tendría ningún sentido que pasen a la Sala.
Por lo tanto, reivindico el derecho que tenemos los diputados de discrepar de algunos puntos de este proyecto, sin perjuicio de mi más alta consideración para cada uno de los colegas que se han abocado al estudio del proyecto de ley, que tiene cuestiones muy positivas.
Por eso, lo vamos a votar a favor en general.
La posibilidad de constituir empresas individuales de responsabilidad limitada mediante instrumento privado, cuyas firmas sean autorizadas ante notario, en cuyo registro será protocolizado dicho documento, apunta en el sentido correcto, pues abarata costos de constitución. Sin embargo, que se permita que una persona jurídica constituya una empresa individual de responsabilidad limitada, de alguna manera, desnaturaliza el objetivo, la esencia, la matriz de la ley N° 19.857.
Creemos en la libertad de emprendimiento y que los empresarios son personas honestas. El 80 por ciento del empleo de nuestro país lo genera la empresa privada. Bienvenido el emprendimiento. Pero las personas jurídicas tienen el instrumento de las sociedades de responsabilidad limitada, de las sociedades en comandita, por acciones, para constituir una persona jurídica en caso de que requieran hacerlo.
Insisto, la posibilidad de que una persona jurídica constituya una empresa individual de responsabilidad limitada desnaturaliza absolutamente el objeto de la ley dictada sobre la materia.
He dicho.
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