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El señor NOVOA ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 195 del Código del Trabajo para hacer extensivo a la madre el permiso contemplado para el padre en caso de adopción de un menor, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4401-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 67ª, en 11 de noviembre de 2008.
Informe de Comisión:
Trabajo, sesión 26ª, en 16 de junio de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El principal propósito de la iniciativa es extender a la madre trabajadora el permiso que el artículo 195 del Código del Trabajo otorga al padre trabajador que adopta a un menor.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió este proyecto tanto en general cuanto en particular, por tratarse de una iniciativa de artículo único, y le dio su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Alvear y señores Letelier, Muñoz Aburto y Pérez Varela).
El órgano técnico efectuó una enmienda de carácter formal al texto despachado por la Cámara de Diputados, la que fue acogida con la misma unanimidad anterior.
Cabe señalar que la modificación a la que aludo no altera en absoluto la finalidad del proyecto.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión general.
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Seré muy breve, señor Presidente , porque el señor Secretario ha hecho un buen resumen del contenido de la iniciativa.
Claramente, hubo unanimidad en la Comisión de Trabajo y Previsión Social por cuanto el proyecto busca subsanar un error, una omisión. Porque, en caso de adopción de un hijo, la ley curiosamente otorgaba el permiso de cinco días al padre y no a la madre. Y resulta por completo absurda tal situación.
Sin embargo, con el texto propuesto se supera esa dificultad.
Al mismo tiempo, en la adopción -situación tanto o más difícil que la que genera el nacimiento de un hijo biológico, como se señaló en la Comisión-, dada la importancia del período de adaptación e inserción del menor en la familia, se hace indispensable el permiso referido, incluso si el niño adoptado tiene más de seis meses.
Por eso, señor Presidente , el órgano técnico aprobó por unanimidad tanto en general cuanto en particular la iniciativa.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , de acuerdo a la información de que dispongo, el segundo punto mencionado por la señora Senadora , el relativo a los niños mayores de seis meses, no está resuelto. De hecho, en la Cámara de Diputados se presentó un proyecto de ley sobre la materia. Por tanto, la iniciativa en debate no soluciona tal asunto.
En concreto, solicito que se vote solo la idea de legislar y que, aprovechando que el proyecto está en segundo trámite constitucional, arreglemos de inmediato el problema en la discusión en particular. El permiso de que se trata está hecho sobre la base de la maternidad biológica. Y en el caso de la adopción, se concede si el niño tiene menos de seis meses y no, si es mayor de esa edad.
¿Por qué no aprobar la iniciativa en general, citar a la Comisión y arreglar el asunto de inmediato, en lugar de esperar que otro proyecto de la Cámara Baja aborde el punto, en circunstancias de que ya estamos en el segundo trámite?
Por lo tanto, señor Presidente, propongo que hoy solo se vote la idea de legislar y que resolvamos en la discusión particular el asunto de forma definitiva, a fin de asegurar plena igualdad entre los hijos adoptados y los biológicos.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Señor Senador, primero hay que votar en general la iniciativa. Luego, reglamentariamente, cualquier Comité puede pedir que se fije plazo para presentar indicaciones, no pudiendo establecerse uno inferior a veinticuatro horas.
A mi juicio, la Sala no tendrá inconveniente en acceder a su solicitud para incorporar lo que Su Señoría señala.
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , Chile es pionero en materias laborales relacionadas con la protección del recién nacido y de los derechos de la madre biológica para atender a su hijo. Y con ese objetivo, como ha planteado la señora Senadora que me antecedió en el uso de la palabra, se ha establecido una serie de beneficios a favor de ellos.
Ahora, no se entiende por qué el permiso se aplicaba solo al padre que adoptaba a un menor.
Sobre el particular, gracias a Dios en nuestro país las cifras año a año han ido mejorando, pues se ha incrementado el número de familias chilenas que toman la decisión de adoptar a un hijo para acogerlo en su hogar, mediante el procedimiento legal pertinente con las organizaciones habilitadas para ello.
Es evidente que, cuando se trata de un menor, se requiere todo un proceso de inserción en la familia que lo recibe, en especial si esta es grande y tiene otros hijos.
Por lo tanto, el beneficio en comento resulta importante para todos; más aún, si consideramos que, existiendo la misma razón, debe haber la misma disposición.
El proyecto en análisis corrige, por ende, un error en la legislación vigente.
Sin embargo, me parece relevante recoger lo que ha planteado el Senador señor Orpis.
A veces las iniciativas legales demoran años en su tramitación, dilación que perjudica a algunas familias en Chile, a las que, en realidad, habría que premiar. Se necesita tener un tremendo corazón hoy en día para ser padre, para traer hijos al mundo, teniendo presente todas las dificultades actuales. Y recibir a un hijo no biológico no es cosa fácil.
En consecuencia, hay que recompensar a esas mujeres y a esas familias.
Con ese objetivo, considero bueno acoger lo planteado aquí: no hagamos la discusión particular ahora y aprovechemos el plazo para formular indicaciones para mejorar el beneficio.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , invito a los Honorables colegas a revisar el actual inciso segundo del artículo 195 del Código del Trabajo. Dice: "El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de días corridos, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. Este permiso también se otorgará al padre que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la respectiva sentencia definitiva. Este derecho es irrenunciable.".
Como se desprende de la lectura, no hay ninguna limitación en cuanto a la edad del niño para otorgar el beneficio. Y así quedó explícitamente señalado en el informe de la Comisión de Trabajo.
Lo que pretende el proyecto es extender a la madre el permiso que favorece solo al padre. De esta manera, la preocupación del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra no precisa una indicación para encontrar solución, porque está resuelta en el propio Código, que no hace diferencia con la edad del niño adoptado.
Adicionalmente, en el informe de la Comisión queda completamente claro que la norma contempla a todo niño adoptado, independiente de su edad, porque así lo dispone el Código del Trabajo.
Dejo constancia de ello en la historia de la ley.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
En su segundo discurso, tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , no obstante la explicación dada por la Honorable señora Alvear , reitero mi solicitud para que se fije un plazo, por lo menos de un día, para presentar indicaciones. Porque, según la información que obra en mi poder, habría ciertas cosas que corregir en materia de adopción con relación al posnatal.
Por lo tanto, sería preferible aprobar ahora solo la idea de legislar y, si existen asuntos pendientes, resolverlos en la discusión particular. Y si no los hubiera, mañana igual despachamos el proyecto en análisis sin inconveniente alguno.
En tal virtud, se podría dar un plazo de 24 horas o de una semana, para los efectos de introducir correcciones a la iniciativa.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se pondría en votación general el proyecto y fijaríamos plazo para presentar indicaciones hasta el próximo lunes. De no formularse ninguna, entonces quedaría despachado en particular.
¿Estaría de acuerdo con lo propuesto la Honorable señora Alvear?
La señora ALVEAR .-
Señor Presidente , no tengo problema. Siempre es prudente fijar plazo para indicaciones.
Pero quiero insistir en que se encuentra completamente clara la situación aludida por el Senador que me antecedió en el uso de la palabra. Así se desprende del informe y, también, del artículo 200 del Código del Trabajo.
No me incomoda si se determina cierto período para las indicaciones, pero se trata de dos permisos del todo distintos, lo cual está aclarado en otra disposición del Código del Trabajo.
Hago presente lo anterior para despejar cualquier duda al respecto. Sin embargo, frente a una eventual incertidumbre, no tengo inconveniente alguno en que se abra un plazo para formular indicaciones.
El señor NOVOA (Presidente).-
En votación general la iniciativa.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (16 votos).
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Bianchi, Chadwick, Frei, Girardi, Gómez, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Prokurica, Romero, Sabag y Vásquez.
El señor NOVOA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se fijará hasta el lunes 13, a las 12, como plazo para presentar indicaciones.
--Así se acuerda.
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