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El señor RECONDO ( Vicepresidente ).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que regula el plazo de vigencia de las tarjetas de prepago de las empresas de telefonía móvil.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Ricardo Rincón.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 7738-03, sesión 45ª de la legislatura 359ª, en 21 de junio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 12.
-Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, sesión 133ª de la legislatura 359ª, en 17 de enero de 2012. Documentos de la Cuenta N° 8.
El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor RINCÓN (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en moción de la diputada señora Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Rincón, De Urresti , Farías , Hasbún , Jiménez , Latorre , Meza , Ortiz , Ward y de quien habla, sin urgencia.
La idea matriz de este proyecto es establecer la obligación para que las empresas de telefonía móvil informen sobre el plazo de vigencia de las tarjetas de prepago de telefonía celular y establezcan su mínimo legal.
La iniciativa fue aprobada en general por unanimidad, y en esa condición se informa por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo.
Agradezco a la Comisión, especialmente a los colegas Arenas , Ortiz , Chahín y a otros, quienes acordaron que quien habla fuera diputado informante , no obstante no ser miembro de la misma, pero sí uno de los autores de la moción.
Básicamente, el proyecto de ley regula las tarjetas de prepago en Chile. Este sistema implica que quienes las compran pagan el valor de los minutos que adquieren y, por lo tanto, no contraen ninguna obligación de pago a futuro, como sí ocurre en los sistemas de planes de telefonía móvil; paga al contado, por anticipado y, en general, el valor del minuto de prepago fluctúa, dependiendo de la empresa, entre 300 y 400 por ciento más caro que el de un plan.
Sin embargo, hoy, si no se han usado los minutos comprados en plazos de 30, 40, 60 o 90 días, las compañías simplemente se quedan con lo que está empozado y las personas no pueden hacer más uso de esos minutos prepagados. No obstante lo caro que es el sistema y que se paga al contado, si una persona no hace uso de los minutos contratados en el plazo impuesto, sencillamente los pierde.
El proyecto de ley establece, primero, la obligación de informar que hay un plazo para el uso de este minutaje tan caro y, segundo, que bajo ninguna circunstancia ese plazo puede ser inferior a un año. No podíamos establecer que no hubiera plazo, por el principio de certeza jurídica que debe informar las relaciones contractuales y comerciales, y porque, para la empresa respectiva, una tarjeta de prepago implica un soporte informático que debe mantenerse actualizado y, por lo tanto, si no se utilizan dichos minutos por quien contrata, se recarga el sistema, por la habilitación de números, lo cual, evidentemente, implica un costo.
Por eso, establecimos el plazo de un año, porque quien contrata 5 mil, 10 mil, 20 mil o 30 mil pesos por el sistema de prepago dispone de un plazo suficiente para utilizar los minutos contratados.
Como consecuencia de este proyecto de ley y de manifestaciones de distintos parlamentarios -hay que decirlo-, las empresas se han autorregulado y han dispuesto que si una persona no usa el minutaje en el plazo de seis meses, pero abonó cien pesos, puede arrastrar ese minutaje y, por lo tanto, seguir usándolo, sin perderlo. Esa regulación de las empresas vale para quienes la han suscrito, pero no para las nuevas que puedan incorporarse -de hecho, lo están haciendo en el mercado de la telefonía móvil-, ni menos para otro tipo de tecnologías que se apliquen y que ya se están viendo en el mercado.
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo mejoró el proyecto, porque, además de aprobar nuestra propuesta, le agregó una sanción. Por consiguiente, esta modificación a la ley del consumidor, que establece un plazo mínimo de un año para el uso de los minutos, la obligación de informar adecuadamente y una sanción, que fue aprobada unánimemente -lo que debemos agradecer a la Comisión-, ha terminado por fortalecer el proyecto. La sanción es una multa de hasta 150 unidades tributarias mensuales por el incumplimiento de las empresas de esta obligación legal.
Por ser este un proyecto que la Comisión aprobó unánimemente, que tiene un respaldo transversal de parlamentarios de todas las bancadas -aprovecho la oportunidad para expresar mi agradecimiento a los diputados Arenas , Ceroni , Chahín , Harboe , Montes , Ortiz , Tuma , Van Rysselberghe y Velásquez , quienes lo han potenciado y mejorado-, solicitamos a la Sala su aprobación para que pase a su tramitación en el Senado de la República, toda vez que las propias empresas han entendido que este tema es importante y se están autorregulando. Además, en el Senado podemos terminar conjugando esa autorregulación -al respecto, hay que felicitar a las empresas- con este proyecto de ley que otorga justicia en las transacciones comerciales de las tarjetas de prepago de telefonía móvil.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Señores diputados, como ha terminado el tiempo del Orden del Día. Quedan inscritos los diputados señores Chahín, García y Jaramillo para intervenir en la próxima sesión en que se discuta el proyecto.
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