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Reforma constitucional que modifica el artículo 51, referido a la elección de Diputados y Senadores. (boletín N° 8221-07).
“I. Antecedentes
El día 30 de octubre de 2007 algunos de los que suscribimos esta moción, presentamos un proyecto de reforma constitucional (Boletín N°5429-07) que luego de los trámites de rigor fue rechazada en la Sala de la Cámara de Diputados con fecha 12 de agosto de 2009, al haber obtenido 70 votos favorables, en circunstancias que constitucionalmente requería 72 votos. Por ello, habiendo transcurrido ya sobradamente el periodo de tiempo necesario para presentar una nueva moción sobre la materia, los firmantes reiteramos, en idénticos términos la propuesta de reforma constitucional contenida en la presentación de octubre de 2007.
II. Fundamentos que justifican la propuesta
A continuación se desarrollan los argumentos que justificarían la reforma constitucional de acuerdo en los términos planteados en la propuesta. Considerando:
a. Que el desprestigio de la política y de quienes actúan en ella es creciente, todo lo cual hace que parte importante de la ciudadanía no confíe en las autoridades e, incluso, no tenga interés en participar en los procesos eleccionarios. Es algo común que gente valiosa, preparada y con vocación de servicio público, se margine completamente de las actividades políticas y no asuma responsabilidades por considerar que se les niegan las oportunidades y porque las tareas en el servicio público estarían reservadas para quienes hacen carrera política y se afirman en los cargos para los que han sido elegidos, de manera tal que solo excepcionalmente alguien que provenga del mundo privado puede llegar a desplazarlos.
b. Que el hecho que haya personas que ejercen determinados cargos por largos períodos de tiempo, indiscutiblemente atenta contra la renovación de las ideas y propuestas, en contra de la eficiencia y el correcto ejercicio de los cargos y en contra de la seriedad, respetabilidad e independencia de las instituciones en que se cumplen dichas funciones, sin perjuicio, además, de que pueda constituirse en una fuente de corrupción.
c. Que desde la restauración democrática, se han presentado diversos proyectos de reforma constitucional destinados a limitar el número de reelecciones de los parlamentarios, todos los cuales, sea que se hayan archivado o rechazado, en la práctica, se encuentran con su tramitación paralizada, lo que pareciera indicar que no existe mayor interés en el mundo político por ocuparse de este tema que, por el contrario, interesa de sobremanera a la opinión pública, circunstancia que no hace más que aumentar el desprestigio de la política y de quienes se dedican a ella.
d. Que es menester evitar que los cargos de elección popular para el ejercicio de funciones parlamentarias, puedan convertirse en oficios o trabajos a que los elegidos dediquen toda su vida laboral, en circunstancias que lo que corresponde es que al servicio público se venga a aportar, para lo cual resulta primordial que lleguen a él los mejores, los que deberían poder competir sin tener que afrontar las trabas en que se traduce el hecho de que quienes detentan los cargos puedan mantenerlos indefinidamente.
e. Que es gravemente riesgosa para el sistema democrático, la reelección indefinida en los cargos de elección popular, por cuanto ello fomentaría el clientelismo político y la falta de renovación y de acceso de nuevas personas al servicio público. Es primordial que en una democracia moderna exista una efectiva alternancia en el poder, facilitando la renovación de ideas y de personas, en beneficio de un régimen político que debe estar cada vez más cerca de la gente y al servicio de sus necesidades.
f. Es por todo lo anterior, que presentamos el presente proyecto de reforma constitucional, en la esperanza de que tenga verdadera acogida en el Poder Ejecutivo y en el Congreso Nacional, ya que lo entendemos de urgente necesidad para el mejoramiento de nuestra democracia.
Texto de la propuesta
Por lo tanto, en base a las consideraciones precedentemente expuestas, los diputados que suscriben, vienen en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
“Artículo único.- Introclúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:
1 Sustitúyese el inciso segundo del artículo 51 por el siguiente:
“Las elecciones de diputados y de senadores se efectuarán conjuntamente. Los senadores podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo solo por una vez; los diputados, en cambio, podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo por dos períodos.”,
2.- Agrégase la siguiente disposición transitoria:
“Vigésima primera.- Lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 51, tendrá aplicación solo a partir de las elecciones parlamentarias del año 2013”.
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