. . " \nEl se\u00F1or CERDA (de pie).- \nSe\u00F1or Presidente , en nombre de la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integraci\u00F3n Latinoamericana, paso a informar el proyecto de acuerdo que aprueba el protocolo de modificaci\u00F3n de la Convenci\u00F3n relativa a la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional, aprobado por resoluci\u00F3n de 14 de abril de 2005, adoptado en M\u00F3naco, en la III Conferencia Hidrogr\u00E1fica Internacional Extraordinaria de la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional, el que se encuentra sometido a la consideraci\u00F3n de la C\u00E1mara, en primer tr\u00E1mite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los art\u00EDculos 32, N\u00B0 15, y 54, N\u00B0 1, de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica.\n \nDe acuerdo con el mensaje, la Convenci\u00F3n relativa a la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional fue suscrita en M\u00F3naco, el 3 de mayo de 1967, y entr\u00F3 en vigor internacional el 22 de septiembre de 1970. En Chile, fue promulgada por decreto supremo N\u00B0 494, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 30 de junio de 1971, publicado en el Diario Oficial de 31 de julio de 1971.\n \nEl mensaje agrega que el prop\u00F3sito de dicha Convenci\u00F3n fue fundar la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional (OHI) con car\u00E1cter consultivo, exclusivamente t\u00E9cnico, cuyos objetivos fueron, entre otros, procurar la coordinaci\u00F3n de actividades de los servicios hidrogr\u00E1ficos nacionales y propender a la mayor uniformidad posible en las cartas de navegaci\u00F3n y documentos n\u00E1uticos.\n \nHace presente que la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional, con sede central en M\u00F3naco, cuenta con 83 Estados Partes. \nA\u00F1ade que en 2002 la Conferencia Hidrogr\u00E1fica Internacional, instancia que agrupa a todos los miembros de la Organizaci\u00F3n, decidi\u00F3 impulsar los estudios necesarios para introducir cambios estructurales en la misma, a fin de hacer su trabajo m\u00E1s efectivo en t\u00E9rminos de gesti\u00F3n y capacidad de adaptaci\u00F3n a los nuevos escenarios y desaf\u00EDos de la hidrograf\u00EDa actual.\n \nAgrega que en la III Conferencia Hidrogr\u00E1fica Internacional Extraordinaria de la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional, celebrada en M\u00F3naco, en abril de 2005, se acogieron los cambios propuestos para avanzar hacia una mejor Organizaci\u00F3n y se decidi\u00F3 aprobar, de conformidad con el art\u00EDculo XXI de la Convenci\u00F3n, enmiendas a la misma, las que figuran en el \u201CProtocolo de Modificaci\u00F3n de la Convenci\u00F3n relativa a la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional\u201D. Dichas enmiendas simplifican el ingreso a la Organizaci\u00F3n, modernizan sus objetivos y el proceso de toma de decisiones, y acortan el per\u00EDodo entre Conferencias, entre otras.\n \nPor \u00FAltimo, se\u00F1ala que las modificaciones que introduce el Protocolo entrar\u00E1n en vigor para todas las Partes contratantes tres meses despu\u00E9s de que el depositario reciba las notificaciones de aprobaci\u00F3n de dos tercios de los estados miembros. \nEl indicado Protocolo contiene veinte art\u00EDculos, que introducen enmiendas al Pre\u00E1mbulo y a los art\u00EDculos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XX, XXI, y XXII de la referida Convenci\u00F3n de 1967, que modifican la estructura de la Organizaci\u00F3n.\n \nEn el estudio del presente proyecto de acuerdo, la Comisi\u00F3n cont\u00F3 con la asistencia y colaboraci\u00F3n del subsecretario de Relaciones Exteriores , don Fernando Schmidt Arizt\u00EDa ; del director subrogante de la Direcci\u00F3n de Medio Ambiente y Asuntos Mar\u00EDtimos de la Canciller\u00EDa, se\u00F1or Jos\u00E9 Fern\u00E1ndez Barahona , y del director del Servicio Hidrogr\u00E1fico y Oceanogr\u00E1fico de la Armada (SHOA), capit\u00E1n de nav\u00EDo, se\u00F1or Patricio Carrasco Hellwig .\n \nEl subsecretario de Relaciones Exteriores , adem\u00E1s de refrendar los fundamentos del mensaje que da origen al proyecto de acuerdo, explic\u00F3 que menos de un a\u00F1o despu\u00E9s de que la OHI adquiriera un estatus internacional, fue promulgado en Chile, el 31 de julio de 1971, el decreto supremo N\u00B0 494, del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su entrada en vigor.\n \nAgreg\u00F3 que, como Estado miembro, a Chile le corresponde pronunciarse respecto del Protocolo de Modificaci\u00F3n de la Convenci\u00F3n relativa a la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional, adoptado en la III Conferencia Extraordinaria de 2005.\n \nA\u00F1adi\u00F3 que el Protocolo apunta a realizar cambios estructurales en la instituci\u00F3n, con el fin de hacer su trabajo m\u00E1s efectivo en t\u00E9rminos de gesti\u00F3n y capacidad de adaptaci\u00F3n a los nuevos escenarios y desaf\u00EDos de la hidrograf\u00EDa actual. Dichas enmiendas -finaliz\u00F3- simplifican el ingreso a la Organizaci\u00F3n, modernizan sus objetivos, el proceso de toma de decisiones y acortan el per\u00EDodo entre Conferencias, entre otras. \nPor su parte, las diputadas y los diputados presentes expresaron un\u00E1nimemente su decisi\u00F3n favorable a la aprobaci\u00F3n del proyecto de acuerdo que, tal como se\u00F1ala el mensaje, tiene por finalidad aprobar las enmiendas a la OHI, adoptadas en la III Conferencia Extraordinaria de la Organizaci\u00F3n Hidrogr\u00E1fica Internacional con el fin de hacer su trabajo m\u00E1s efectivo en t\u00E9rminos de gesti\u00F3n y capacidad de adaptaci\u00F3n a los nuevos escenarios y desaf\u00EDos de la hidrograf\u00EDa actual.\n \nPor ello, por siete votos a favor, ninguno en contra y cero abstenci\u00F3n prestaron su aprobaci\u00F3n al proyecto de acuerdo en informe. \nHago presente que vuestra Comisi\u00F3n no calific\u00F3 como normas de car\u00E1cter org\u00E1nico o de qu\u00F3rum calificado ning\u00FAn precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe. Asimismo, determin\u00F3 que sus disposiciones no deben ser conocidas por la Comisi\u00F3n de Hacienda por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.\n \nComo consecuencia de los antecedentes expuestos y visto el contenido formativo del Acuerdo en tr\u00E1mite, la Comisi\u00F3n decidi\u00F3, por la unanimidad antes se\u00F1alada, recomendar a la honorable C\u00E1mara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el art\u00EDculo \u00FAnico del proyecto de acuerdo, cuyo texto se contiene en el informe que sus se\u00F1or\u00EDas tienen en su poder. \nEs todo cuanto puedo informar. \nHe dicho. \n " . . . . . . .