-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637767/seccion/akn637767-ds30-ds12
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/690
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2281
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3369
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3486
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/75
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3251
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1713
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3102
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3002
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1252
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637767/seccion/entityPO89SAO6
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = "5. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún, Arenas, Hernández, Macaya, Morales, Moreira, Salaberry y Ward, y de las diputadas señoras Hoffmann, doña María José y Molina, doña Andrea. Obliga a las empresas construc-toras a reparar los daños ocasionados en la propiedad pública con ocasión de la obra que ejecutan. (boletín N° 8294-09)"^^xsd:string
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637767
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/637767/seccion/akn637767-ds30
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/8294-09
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- dc:title = "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3369
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1252
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3002
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3251
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3102
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/690
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2281
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/75
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3486
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1713
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/seguro-para-la-propiedad-publica
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/danos-ocasionados-en-la-propiedad-publica
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/empresas-constructoras
- rdf:value = " 5.tProyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún , Arenas , Hernández , Macaya , Morales , Moreira , Salaberry y Ward , y de las diputadas señoras Hoffmann , doña María José y Molina , doña Andrea .
Obliga a las empresas constructoras a reparar los daños ocasionados en la propiedad pública con ocasión de la obra que ejecutan. (boletín N° 8294-09)
“El desarrollo económico implica progreso material y bienestar para las personas. Una economía que avanza genera beneficiosas condiciones y perspectivas futuras para la generalidad de los habitantes de un determinado territorio.
Como se ha dicho en innumerables ocasiones, precisamente uno de los barómetros o índices de este desarrollo lo representa el rubro de la construcción y las obras públicas, elemento que goza de un gran dinamismo en estos tiempos, generando numerosos puestos de trabajo estableciéndose un claro círculo virtuoso.
Sin perjuicio de lo anteriormente indicado, todo progreso o más bien toda obra de progreso genera además externalidades negativas, las cuales pueden ser a modo de ejemplo la excesiva contaminación sonora, el problema vial, la disminución de la actividad económica en el sector en donde se desarrolla la obra, entre las más importantes. Todos estos elementos implican eventualidades que por cierto las empresas constructoras y también las personas, generalmente están dispuestas a soportar en la medida que la obra entregue los beneficios proyectados.
Pero de todas formas los firmantes del presente proyecto de ley pensamos que aún cuando una obra determinada tenga como finalidad dar un paso hacia adelante en la infraestructura de una determinada localidad, al mismo tiempo el daño material que implica tales obras en bienes de uso público como calle y veredas evidentemente que no puede soslayarse.
Al respecto, nuestra actual legislación no establece ninguna normativa que solucione este problema de una forma explícita y directa, razón por la cual la normativa aplicable sería aquella general referente a daños y consignada principalmente en nuestro Código Civil.
Que, es por lo anterior que la presente iniciativa tiene por objeto asegurar precisamente el cumplimiento efectivo de las obligaciones surgidas con ocasión del desarrollo de una obra, quien sin tener la intención de inferir un daño, en los hechos lo ocasiona, generando perjuicios a la comunidad en su conjunto.
Es así que, a través de este instrumento, se exigirá jurídicamente a las empresas a reparar los daños que estos hubieren inferido a consecuencia del desarrollo de una determinada obra, sea ésta pública o privada.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Incorpórese un nuevo artículo 9 bis de la Ley de Concesiones de Obras Públicas la siguiente disposición:
“La empresa constructora deberá en todo caso, reparar los daños a la propiedad pública y privada que ésta haya producido como a consecuencia de la ejecución de una faena, de tal manera que sin estas reparaciones la municipalidad respectiva no podrá hacer la recepción definitiva de la obra”.
"